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DE LAS SUCESIONES

TESTADAS E INTESTADAS

QUINTA PARTE

EXAMEN DE LOS INSTRUMENTOS EN GENERAL

y de los testamentos bajo este aspecto

QUINTA PARTE

De los instrumentos en general y de los testamentos bajo
este aspecto

CAPITULO PRIMERO.

De los instrumentos públicos.

¿Qué es instrumento público? ¿Cuántas son sus clases? ¿Qué es protocolo y cómo se forma? ¿Qué es cópia original, cómo se forma y en qué se diferencía del protocolo? ¿Qué es testimonio, traslado ó trasunto y en qué se distingue de los anteriores? ¿Quién puede protocolizar y dar copias y testimonios? ¿Siempre pueden darse cópias y testimonios? ¿Cuáles son los requisitos indispensables para la validez de un instrumento público? Con la resolucion de estas cuestiones, tendremos sabidas las disposiciones legales sobre la materia de este capítulo, ó sea sobre les instrumentos públicos.

Lo relativo á los privados lo estudiarémos en el capítulo siguiente; en el último, nos ocuparémos de aplicar á los testamentos, lo que sé deba, del primero, 6 del segundo.

PARRAFO I.

¿Qué es instrumento público?

La palabra instrumento, tiene por orígen el verbo latino instruire, que significa instruir; se entiende sobre algo. Por eso las leyes 1a tít. 4o lib. 22 del Dig. y 1a tit. 18 Par. 33, definen el instrumento diciendo: "instrumentorum nomina, ea omnia accipienda sunt, quibus causa instrui potest." Como se vé, esta definicion puramente etimológica, no nos marca el objeto ni las ventajas de un instrumento, aunque sí nos las indica. Yo entiendo por instrumento: "la escritura en que se refiere uno ó mas hechos y sus circunstancias, cuya memoria interesa perpetuar." De esta definicion se infiere, que el objeto de todo instrumento, es suministrar los medios de justificacion y de prueba.

PARRAFO II.

¿Cuantas son sus clases?

Segun por quien sea hecho el instrumento y que se guarden en él tales ó cuales requisitos, será público 6 privado. Si los públicos son de los puramente archivados, serán protocolos. Serán originales cópias, los que se den de aquellos: y las que se sacan de éstas, se llaman traslados. Esto es, por lo que hace á instrumentos públicos. Respecto de los privados, les viene este nombre de las personas que los hacen, y segun las circunstancias en que se hallen quienes los hagan serán de las especies que verémos en su lugar respectivo. Mejor dicho; la publicidad auténtica, les viene á los instrumentos públicos, y en consecuencia su nombre, del concurso de requisitos que las leyes han dispuesto haya para el valor de tales documentos.

PARRAFO III.

¿Qué es protocolo y cómo se forma?

Esta palabra protocolo, es compuesta de las dos voces de que se origina: una griega, protos, que significa primera en su orígen; y por esto no puede el escribano dar cópia sin que haya protocolo: y otra latina, collatium ó collatio que significa comparacion 6 cotejo; y esto completa la idea ántes indicada. Tambien tiene el protocolo el nombre de matriz, porque es la fuente de donde nacen los demas instrumentos públicos de que hablamos en el párrafo anterior. En vista de lo espuesto, dirémos que, protocolo es: "el instrumento público donde están originales, en confirmacion del hecho que les sirve de objeto, las firmas de los otorgantes, las de los testigos y la del escribano, así como su signo." La firma de los testigos, no la ordenan las leyes, pero como vimos en otra parte, es conveniente y auu necesaria para evitar males, y así producir bienes; y por esto lo exigió el art. 700 de la ley de 29 de Noviembre de 1858.

Cada escritura matriz se escribe en cuadernos compuestos del número de pliegos del sello tercero correspondiente, que segun la ley se necesita; trabados ó cosidos unos á continuacion de otros; y estas escrituras, con los documentos que haya habido necesidad de agregar, ademas de unirlas y foliarlas, de modo, que con solo encuadernarlas, resulte formado el libro del protocolo, debe el escribano signarlas, custodiarlas, y no dejarlas ver, sino á quien el jnez ordene o tenga drecho. Lo demas que debe hacerse con el protocolo, no lo esponemos en este lugar por no ser de nuestro objeto actual.

PARRAFO IV.

¿Qué es cópia original, cómo se forma y en qué se distingue del protocolo?

El segundo de los instrumentos públicos de que nos ocupamos' es la cópia original, esto es, la que se hace del protocolo al pié de

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