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Buenos-Ayres,
Paraguay, Tu-

la Plata.

hacerse en generos inutiles y no en plata efectiva; y se concluyó que los yndios Chilenos no se reducian por el medio de la suabidad ni ceden a la caricia, sino al escarmiento, y que nada les doma tanto como el castigo en sus mieses, ganados y personas, por lo qual no se utilice las entradas que se hacen en sus tierras quando no estan de paz.

Sobre la Provincia de Buenos-Aires, en' que se cuman y Rio de comprehenden las de Paraguay, Tucuman y Rio de la Plata, se dixo ser fertilisima, al paso que despobladas, pues en 200 leguas de campaña en que se extiende en longitud, y poco menos en latitud, no hay 3000 españoles, cuando la abundancia y fertilidad de la tierra da disposicion para que tubiesen tierras de labranza y crianza mas de 100000 vecinos; y que seria muy conveniente tratar de su poblacion, aunque fuese enviando los condenados por delitos de estos Reynos y de los del Perú; que tiene aquella tierra gran copia de maderas aproposito para todo genero de fabricas y de edificios.

Sobre aumentar la Real Hacienda en Yndias.

Sobre aumentar la Real Hacienda en Yndias por medio de diferentes impuestos, hizo vna larga representacion el Marques de Varinas, diciendo que pues que aquellas Provincias eran las mas ricas y las mas descansadas de toda la Monarquia, devian contribuir a las necesidades, al reposo de su posivilidad y de lo que pagaban y servian estos Reynos. Propuso que estancandose la vevida que llaman chicha, que es general para todos los yndios, el ja

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bon y tabaco en polbo, subirian los derechos reales una cantidad muy crecida con el exemplo de pulque que usan los Yndios de Nueva España. Propuso lo segundo, que pagase el derecho de un peso cada cabeza de las 500 reses bacunas que se mataban cada dia en Mexico, y dos reales cada uno de los 600 carneros, y cuatro reales cada cabeza de ganado de cerda, y que estos derechos serian aun mayores que en Mexico, en el Perú, Nuevo Reyno y Quito. El Marques de Mancera, que la vevida que en el Perú llaman chicha, era tan connatural a los yndios, que se estimaba por una de las causas de su acabamiento el averla dexado por el vino, y que si se cargase en ella alguna pension, la abandonarian del todo. Que la de pulque en Mexico, Puebla y su comarca tambien era familiar y saludable a aquellos naturales como no la viciasen y mixturasen con algunos ingredientes que disponen a la embriaguez; y sobre las demas imposiciones consideradas por Villalobos, dixo que merecian muy alta premeditacion, y que por maxima general asentada, que aunque aquellas remotas Provincias se hallaban inmunes de algunos de los impuestos y gavelas que la necesidad avia introducido en estos, no carecian de otras bien gravosas y de incomparable desconsuelo la de la ausencia y distancia de S. M., cuyas benignas luces hacian qualquiera pena y que era la de injurioso y perpetuo destierro, no se les añadiera nueva pension. La Junta dixo, que en la

Sobre el excesibo numero de

variedad y mezcla de humores de que se compone la poblacion de las Yndias y en la facilidad grande que tienen aquellos naturales, no cavia la introduccion de nuevas cargas sobre las que contribuyan; siendo maxima cierta que en Provincias tan distantes de la Magestad no convenia hacer experiencias del amor ni del respecto de los vasallos, y que asi no era de parecer se pusiesen en execucion los medios propuestos, y que aunque le ay sobre el pulque, esta vevida se avia tenido por viciosa en los Yndios, cuya razon pudo justificar el derecho que se le impuso, y no hacerla tan sensible para los Yndios, lo que no se verificaba en la chicha, por ser sustento natural y provechoso para la salud de aquellas gentes; por lo qual el grabarla con tributos, seria dar otro medio mas para que se acabasen, sobre los grandes incombenientes que en su introduccion se ofrecian.

Represento Villalobos por uno de los mayores daños que padecen las Yndias, las Religiones, y la hatenidos y consulta de la Junta es la siguiente:

religiosos, sus

doctrinas.

Señor. Representa a V. M. Don Gabriel Fernandez de Villalobos por uno de los mayores daños que padecen las Yndias y que mas necesita de remedio, es el excesivo numero que ay de Combentos de Religiosos y Religiosas, porque se han apoderado de la mayor parte y de lo mexor de las haciendas, aviendo Convento donde de las quatro partes las tres son rentas y bienes eclesiasticos,

originandose de este desorden la despoblacion, que es de tanto incombeniente, y la relaxacion en las religiones, que no es de menos perjuicio; la qual tiene ademas de la superfundad, otro principio, que es el poco cuydado que se pone en la educacion de las personas que son algo mas libres que por aca, por natural influencia de aquellos climas, con que los Padres, por evadirse del cuydado de los hixos, los aplican a las religiones; y como no llevan la vocacion necesaria, sino su natural, se llenan los Monasterios de ociosidades y relaxacion, ponderando que ay Convento que tiene mas de setenta y ochenta mil pesos de renta sin el ingreso cotidiano, que es muchisimo, y mas de 300 Frailes, y otro tanto numero en los de Monjas; representando que si esto no se reforma, en todo se perderan las Yndias; y propone que se implore Brebe de su Santidad para que por ninguna razon o titulo puedan incorporar en si, mas bienes raices de los que al presente gozan.

Tambien pondera el perjuicio grande que se reciue en que los frailes tengan doctrinas; porque dice que apartados de la clausura y la religion, no la guardan en cosa alguna, y que no cuydan de los yndios como deuian y lo hacian en los principios quando se las concedieron, siendo causa de esto los pocos sacerdotes seculares que auia entonces para este exercicio; pero que auiendo oy infinitos, y teniendo las religiones los curatos, no tienen con que sustentarse ni a que ascender, por lo qual no estudian

TOMO XIX.

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ni se aplican á las letras como lo hicieran si esperaran por ellas este premio.

Y propone que las doctrinas se quiten a las religiones, y que se den por opposicion a los Sacerdotes seculares; porque ademas de que por este medio se saldra de la ignorancia que oy tienen, estarian los yndios mexor asistidos en lo espiritual, y se excusaran los escandalos y liuertad con que viven los que estan en las doctrinas.

Y porque algunas ay tan quantiosas que rentan cada año mas de quatro, seis, ocho y doce mil pesos, propone que se les carguen a estas, algunas pensiones para que estudien sacerdotes pobres; pues por este medio unos y otros quedaran acomodados.

El Marques de Mançera dice que no le falta razon a Villalobos en lo que discurre sobre la muchidumbre de religiosos de las Yndias, y que no excede en la ponderacion de auer convento que pase de 300, porque asi sucede en algunos de Lima, y assi respecto en los Monasterios de monjas; y que tambien es cierto que la adquisicion de bienes raices, si por algun decente medio no se limita, vendra con el tiempo a notable desorden: que lo que no concedera xamas con 21 años de experiencia de Yndias y con muy especial atencion y aplicacion de la materia, es que la administracion espiritual de los yndios este mexor a cargo de Clerigos seculares que de regulares, por bien fundadas consideraciones que le persuaden lo contrario.

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