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lidad, y el aficion que siempre habeis tenido e teneis a las cosas de Nuestro servicio, habemos acordado que vos hayades de ir a las Yslas e tierras que se han descubierto y estan por descubrir, donde agora enviamos al Almirante Don Cristobal Colon, para que rescibais en Nuestro Nombre todo lo que alla hobiere en cualquier manera que pertenezca a Nos, para que lo envies aca, segund e de la forma que vos lo dira Don Joan de Fonseca, Arcediano de Sevilla, del Nuestro Consejo, que alla enviamos, el cual vos fablara largamente sobre ello. Nos, vos Mandamos y Encargamos que por servicio Nuestro, vos dispongais a ir este viage en que seremos de vos mucho servidos, y si se vos ficiere grave estar alla algunos dias, podreis volver vos con los primeros navios que vinieren, como el dicho Don Joan de Fonseca vos fablara, el cual vos dira el asiento que se vos fara, y otras cosas: dadle entera fe e creencia, en lo cual mucho servicio Nos fareis. De Barcelona a siete de Mayo de noventa y tres años.

PROVISION REAL ACRECENTANDO A COLON Y SUS DESCENDIENTES UN CASTILLO Y UN LEON MAS EN SUS ARMAS POR PREMIO DE SUS SERVICIOS (1).

MAYO 20 DE 1493.

Don Fernando e Doña Ysabel, etc. Por facer bien e merced a vos D. Cristobal Colon, Nuestro Almirante de las Yslas e Tierra-firme por Nuestro mandado descobiertas e por descobrir en el Mar Oceano en la parte de las Yndias; acatando los muchos y leales servicios que nos habeis fecho e esperamos que nos fareis, especialmente en poner vuestra persona como la pusistes a mucho arrisco e trabajo en descobrir las dichas Yslas; e por vos honrar e sublimar, e porque de vos e de vuestros servicios e linage e descendientes quede perpetua memoria para siempre jamas, habemos por bien, e es Nuestra Merced, e vos damos licencia e facultad para que podades traer e traigades en vuestros reposteros e escudos de armas e en las otras partes donde las quisieredes poner de mas de vuestras armas, encima dellas un Castillo e un Leon, que Nos vos damos por armas, conviene a saber: el Castillo de color dorado en campo verde, en el cuadro del

(1) Archivo de Indias.-Original en el de los Duques de Veragua.

escudo de vuestras armas en lo alto a la mano derecha, y en el otro cuadro alto a la mano izquierda un Leon de purpura en campo blanco rampando de verde, y en el otro cuadro bajo a la mano derecha unas islas doradas en ondas de mar, y en el otro cuadro bajo a la mano izquierda las armas vuestras que soliades tener, las cuales armas sean conocidas por vuestras armas e de vuestros fijos e descendientes para siempre jamas. E por esta Nuestra Carta, Mandamos al Principe Don Joan, Nuestro muy caro e muy amado Fijo, e a los Ynfantes, Prelados, Duques, Marqueses, Condes, Maestres de las Ordenes, Ricos-Homes, Priores, Comendadores e Subcomendadores, Alcaides de los Castillos e Casas Fuertes e llanas, e a los del Nuestro Consejo, Alcaldes, Alguaciles, Regidores, Caballeros, Jurados, Escuderos, Oficiales, Homes-buenos de todas las Ciudades e Villas e Lugares de los Nuestros Reinos e Señorios, que vos dejen e consientan traer e que traigades las dichas armas que Nos vos asi damos de suso nombradas e declaradas, e en ello vos non pongan ni consientan poner à vos ni á los dichos vuestros fijos e descendientes embargo ni contrario alguno; e si desto que dicho es, quisieredes Nuestra Carta de provision, Mandamos al Nuestro Chanciller e Notarios e a los otros Oficiales que estan a la tabla de los Nuestros sellos, que vos la den, e libren, e pasen, e sellen. Dada en la Ciudad de Barcelona a veinte dias del mes de Mayo, Año

del Nascimiento de Nuestro Señor Jesucristo de mil cuatrocientos noventa y tres años.

CEDULA MANDANDO A RODRIGO NARVAEZ DAR LA ARTILLERIA, POLVORA Y DEMAS PERTRECHOS NECESARIOS PARA LA ARMADA (1).

MAYO 23 DE 1493.

El Rey e la Reina: Rodrigo de Narvaez, Mayordomo de Nuestra artilleria: Nos uos mandamos que toda la polvora e otras cosas que de esa Nuestra artilleria fueren menester para la Armada que Mandamos hacer para enviar a las Yndias, lo dedes e entreguedes a la persona o personas que por ello enviare Joan de Soria, Secretario del Principe Don Joan, Nuestro muy caro e muy amado Hijo; e de lo que dieredes, tomad su carta de pago o de la persona e personas que lo reciuieren, con lo cual vos sera reciuido en cuenta, e non fagades en de al. Fecha en la Ciudad de Barcelona a veinte y tres dias de Mayo de noventa y tres años.

(1) Archivo de Indias.

CEDULA MANDANDO A FRANCISCO PINELO PAGAR A DON JOAN DE FONSECA DOSCIENTOS MIL MARAVEDIS DE AYUDA DE COSTA EN CADA AÑO, MIENTRAS TENGA EL CARGO DE HACER LA ARMADA (1),

MAYO 23 DE 1493.

El Rey e la Reina: Francisco Pinelo, Nuestro Jurado e Fiel ejecutor de la Ciudad de Sevilla: Nos, vos Mandamos que de los maravedis que agora vos Mandamos librar para pagar los gastos del Armada que Mandamos facer para enviar a las Yslas e Tierra-firme que se han descubierto e han de descubrir en el Mar Oceano a la parte de las Yndias, dedes e paguedes a D. Joan de Fonseca, Arcediano de Sevilla, del Nuestro Consejo, doscientos mil mavedis, que es Nuestra Merced de le mandar dar para ayuda de su costa de un año, sirviendonos en el cargo del facer de la dicha Armada; el cual dicho un año, comience e se cuente dende veinte dias. deste mes de Mayo en que estamos en adelante; los cuales dichos doscientos mil maravedis le dad e pagad por fe firmada de su nombre del tiempo questa dicho, como Nos sirviere en el dicho cargo deste año: e tomad su carta de pago, con la cual, e con la

(1) Archivo de Indias.

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