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que estaban amenazados, determinó volver á España, pasando por Italia para asegurar la paz de aquellos países y tratar con el pontífice acerca del futuro concilio. Viéronse otra vez en Bolonia, mas no medió ya entre ellos aquella confianza y aquella expansión que la vez primera. Ni la confesión de Augsburgo, ni la tolerancia con los protestantes sancionada en Ratisbona habían podido ser del agrado del papa; y en cuanto al concilio, ni el pontífice ni la corte de Roma se mostraban afanosos por su convocación. Y como el emperador insistiese con instancia, representando la urgente necesidad que de él había, dió principio Clemente al arreglo de ciertas formalidades que decía debían preceder entre las partes interesadas para su celebración. No era fácil que convinieran en estas formalidades partidos tan opuestos ya como el protestante y el católico. Exigían los reformistas que el concilio se tuviera en Alemania; queríale en Italia el pontífice: pretendían aquéllos que la única regla de fe en él fuese la · Sagrada Escritura; sostenía el papa que debían constituir también dogma los decretos de la Iglesia, y que había de respetarse la autoridad de los Santos Padres. En estas y otras disputas sobre los preliminares se alargaban las negociaciones, y no se resolvía nada en un punto que tanto interesaba á la Iglesia y á la cristiandad (1).

Para el afianzamiento del sosiego de Italia, propuso á todos los príncipes italianos que se formara una liga defensiva, debiendo levantarse al primer asomo ó peligro de invasión un ejército que mandaría Antonio de Leiva, costeado y mantenido por todos. Parecióles bien este pensamiento, y firmada por todos la alianza (24 de febrero, 1533), á excepción de los venecianos que no quisieron entrar en ella, Carlos, para desvanecer todo recelo, licenció una parte de sus tropas, y distribuyendo las demás entre Sicilia y España, dió la vuelta á Barcelona en las galeras del genovés Andrés Doria (24 de abril, 1533).

No faltaba quien conspirara activa aunque secretamente contra sus planes de concilio y de pacificación de Italia. Su eterno rival Francisco I, que sólo obligado por la necesidad había sucumbido á un tratado tan ominoso para él y para la Francia como el de la paz de Cambray; Francisco I, que usando del mismo indigno artificio que había empleado para burlar el compromiso del tratado de Madrid, protestó también secretamente contra el de Cambray, mientras acechaba una ocasión de romperle y de hacer daño al emperador; Francisco I de Francia, no contento con fomentar el descontento y la discordia de los príncipes alemanes, trabajó también por desviar al pontífice de la amistad de Carlos, halagándole él y creando obstáculos para la celebración del concilio. Entre los arbitrios que discurrió para lisonjearle fué uno el de ofrecer la mano de su hijo segundo, el duque de Orleáns, á Catalina, hija de Lorenzo de Médicis, simple negociante de Florencia, pero primo del papa. Complació tanto al pontífice Clemente la elevación en que el de Francia quería poner á su familia, que no sólo no alcanzaron los esfuerzos del emperador á impedirlo, sino que, ó deslumbrado, ó poco reparado el papa, accedió á tener con Francisco una entrevista que éste le pidió en Marsella.

(1) Maimbourg, Sleidan, Seckendorf: Hist. de la Reforma.

Tampoco alcanzó á estorbar el emperador el impolítico viaje del pontífice á una ciudad del reino de Francia para ver y conferenciar amistosamente con su rival, en ocasión que tantas y tan estrechas relaciones mediaban entre Carlos y la Santa Sede. Las vistas se verificaron con mucha pompa (1532) y con gran disgusto del emperador; y el matrimonio del duque de Orleáns con Catalina de Médicis quedó ajustado, favoreciendo tanto el monarca francés á su hijo, que le cedió todos sus derechos á los Estados de Italia. Compréndese bien cuánto alarmaría á Carlos este suceso, y cuánto le desazonaría la conducta del pontífice (1).

Menos condescendiente éste con Enrique VIII de Inglaterra, y más en su lugar como primer depositario y guardador de la religión católica, nunca quiso otorgarle la autorización pontificia que aquél solicitaba hacía seis años para la anulación de su matrimonio. Irritado de tanta dilación el impaciente monarca, tan mal esposo como fogoso amante, y desconfiando ya de que sus gestiones alcanzasen más favorable éxito en la corte de. Roma, acudió á otro tribunal para obtener la licencia que tanto ansiaba. No faltaron universidades y doctores que calificaran de legítimo su recurso, y Tomás Cranmer, nombrado por el rey arzobispo de Cantorbery para este objeto, no escrupulizó en anular el matrimonio de Enrique con la reina doña Catalina de Aragón, en declarar ilegítima su hija, y en sancionar que Enrique y Ana Bolena, que de hecho vivían ya conyugalmente y aun con síntomas de próxima sucesión, estaban legal y legítimamente unidos en matrimonio (20 de mayo, 1533). En su virtud la antigua manceba de Enrique VIII fué proclamada reina de Inglaterra, y coronada á presencia de toda la nobleza (1.o de junio) en medio de solemnes regoci jos, procesiones, torneos y arcos triunfales. El papa Clemente, como era de esperar, creyó de su deber, excitado también por los dos soberanos Carlos y Fernando, sobrinos de la desgraciada reina de Inglaterra repudiada por Enrique, anular la sentencia dada por el arzobispo de Cantorbery (11 de julio), y excomulgar á Enrique VIII y Ana Bolena si no se separaban antes de fines de setiembre.

Excusado era pensar que ni Enrique ni Ana retrocedieran por esto del camino en que su voluptuosidad los había precipitado. Mas como en el otoño de aquel año tuvieran el pontífice y el rey de Francia las vistas de que hemos hablado en Marsella, y Francisco I se interesara en favor de su aliado el rey de Inglaterra, creyóse que aun se llegaría á una reconciliación entre el jefe de la Iglesia y el monarca inglés. No fué así sin embargo; y habiendo regresado el papa á Roma, instado por los amigos del emperador y de la infortunada Catalina, pronunció el Santo Padre en pleno consistorio (23 de marzo, 1534) sentencia definitiva, declarando válido y legítimo el matrimonio de Enrique VIII de Inglaterra con Catalina de Aragón, condenando el divorcio, anulando el matrimonio con Ana Bolena, y mandando á Enrique bajo pena de excomunión que volviera á unirse á la legítima esposa. Irritado con esta resolución el desatentado monarca, acabó de perder todo género de miramiento á la corte romana

(1) John Lingard, Hist. de Inglaterra —Luden, Historia de Alemania.-Du Bellay, Mémoir.-Robertson, lib. V.-Sandoval, lib. XX.

y á la autoridad pontificia, y sus súbditos tomaron parte en su sentimiento. Aquel Enrique VIII, que años antes con tanto celo católico había escrito contra las doctrinas de Lutero, estaba ya, como hemos indicado, muy dispuesto a separarse de la comunión católica. El impugnador de la doctrina protestante, se hizo él é hizo á su reino protestante. El parlamento publicó un acta aboliendo el poder y jurisdicción pontificia en Inglaterra, y levantando en el reino una iglesia separada é independiente. Y por otra acta declaró á Enrique VIII y á los reyes sus sucesores jefes supremos de la Iglesia anglicana, con la plenitud de jurisdicción de que acababa de despojar al pontífice (1).

Poco sobrevivió Clemente á este infausto suceso, pues en 23 de setiembre de aquel mismo año (1534) acabó su vida, después de un pontificado de cerca de once años, dejando la Iglesia en un estado bien deplorable. «Una falsa política, dice una obra escrita por una congregación de sabios católicos, dirigida siempre por el interés, fué el alma de los errados pasos de este pontífice y el manantial de todas sus desgracias.>>

Tal fué el resultado de las dos expediciones de Carlos V á Alemania, en 1520 y 1530, en cada una de las cuales estuvo ausente de España tres años. En la última de ellas hizo una paz general, restituyó al desgraciado país italiano el sosiego de que tanto necesitaba, y humilló la soberbia del turco libertando el Austria y la Hungría del poder de la media luna que amenazaba subyugar una gran parte de la cristiandad. Mas en cuanto á la cuestión religiosa, lo mismo el emperador que el pontífice Clemente mostraron mejores deseos que acierto y tino para atajar la funesta división que se introducía en las creencias, y en vez de sacar á salvo la unidad católica, las doctrinas reformistas progresaron más y más en Alemania, y se separó del gremio de la Iglesia romana una de las más importantes y poderosas naciones, la Inglaterra.

(1) Herbert, Hist. de Enrique VIII.-Brunet, Reform.-Du Bellay, Legrand, t. III. -Cartas de Cranmer.-Lingard, Hist. de Inglaterra.-Robertson, Carlos V, lib. V.— Sandoval, lib. XX.

CAPÍTULO XVII

CASTILLA Y ARAGÓN

PRÍNCIPES.-
.-CORTES

De 1530 á 1534

Trátase del rescate de los hijos de Francisco I.-Precio en que se compró la libertad de los príncipes franceses.-Son sacados de la prisión y llevados á Fuenterrabía. — Concierto para su entrega.-Largo y minucioso ceremonial que había de observarse: recelos y precauciones.-Entrega de los príncipes y recibo del dinero.—Gobierno de la emperatriz en España.-Carta del Consejo de Castilla al emperador.—Embajadas de los aragoneses al César sobre privilegios y fueros de su reino.-Fuero de la «Manifestación. Cortes de Segovia.-Vuelta del emperador á España.-Cortes generales de Aragón, Valencia y Cataluña en Monzón.-Súplicas, concesiones, subsidio del reino.-Medidas del emperador contra los moriscos.-Viene á Castilla.-Importantes cortes de Madrid en 1534.-Responde el monarca á las peticiones de las de Segovia.-Recopilación de leyes.-Acuerdos contra la amortización eclesiástica.— Peticiones de las de Madrid.-Leyes que produjeron.-Varias reformas en el estado eclesiástico.-Reformas en la administración de justicia.-Reformas en la administración económica.-Leyes sobre mendigos y gitanos.-Ley para disminuir el excesivo número de doctores y licenciados de universidades.—Idea que dan estas cortes de la marcha política y del estado interior del reino.

Aprovechamos cuantas ocasiones podemos para volver la vista á las cosas de España, ya que la magnitud de las empresas del emperador nos obliga y aun obligará tantas veces á salir del reino y á seguirle por apartadas regiones en los grandes negocios de interés europeo, en que sus vastos dominios, su posición en el mundo y las extensas miras de su política le hacían intervenir y muchas veces resolver. Acontécenos en esto algo semejante á lo que les sucedía á los consejeros de Castilla cuando rogaban al emperador en 1531 que volviera cuanto antes á España, porque «estos reinos son, decían, su casa principal, y la silla más segura, más cierta y más preeminente, y de esta su casa y reinos, mejor que de otras partes del mundo, podría emprender y acabar sus santos intentos, etc.>> Lo cual prueba más el buen deseo de los magistrados de Castilla, y el sentimiento de ver á su soberano ausente y distraído fuera del reino, que exactitud y verdad en el juicio de que desde aquí podría atender mejor á la solución de los graves negocios que por allá le embargaban.

Había sido uno de los capítulos de la paz de Cambray (1529) el rescate de los dos príncipes franceses hijos de Francisco I, que el condestable de Castilla don Pedro Fernández de Velasco tenía bajo su custodia en el castillo de Pedraza de la Sierra, provincia de Segovia. Aunque el monarca francés deseaba con ansia ver á sus hijos libres de cautiverio, no pudo reunir para el plazo prefijado, que era el 1.o de marzo de 1530, los dos millones de escudos de oro del sol que había ofrecido y Carlos había aceptado por precio del rescate. Menester le fué esperar á que le facilitara alguna cantidad el rey de Inglaterra, el más interesado entonces en la amistad

del de Francia. Cuando ya estuvo dispuesto y pronto para la entrega del dinero, concertóse entre el emperador, la emperatriz, el condestable, el rey de Francia, el señor de Montmorency, mayordomo mayor del monarca francés, y el señor de Praet, caballero flamenco y del consejo del emperador, la manera de sacar á los príncipes de Pedraza y de llevarlos hasta la línea de ambos reinos, juntamente con la reina doña Leonor, esposa de Francisco I, que al propio tiempo había de ser también conducida y entregada. Llegado que hubo el condestable con los rehenes á Fuenterrabía, hízose un concierto entre él, el señor de Praet y Montmorency, en que se redactó un largo ceremonial (26 de mayo, 1530) para la forma que se había de guardar en el acto de la entrega (1).

Fueron tantos los requisitos, y tantas las precauciones que se tomaron de una parte y de otra para el rescate de los príncipes, que excedieron á las que se guardaron en el de su padre cuatro años antes. Además de las medidas para que no hubiese gente armada diez días antes y diez días después á diez leguas de las fronteras de ambos reinos, y otras de esta especie, acordóse que en medio del río que divide las dos naciones se levantase un pontón de determinada forma y dimensiones, el cual dos horas antes de embarcarse los príncipes había de ser visitado por dos caballeros, uno español y otro francés: dos gabarras, una con el dinero del lado de Andaya, y otra con los príncipes de la parte de Fuenterrabía, ambas iguales y conducidas por igual número de remeros, habían de partir á un tiempo, y bogando á compás llegar simultáneamente al pontón.

La escrupulosa minuciosidad con que todo se previno lo prueba la cláusula décima del ceremonial. «Item (decía), para que no haya ventaja en las dichas gabarras, en ir mas liviana la una gabarra que la otra, que la gabarra donde entraren los dichos señores delfin y duque de Orleans sea cargada de tanto peso de hierro que pese tanto como los dichos cofres donde fueren los dineros, y flor de lis y escrituras, los cuales dichos cofres enviarán á pedir el dicho señor condestable y Mr. de Praet si quisieren, para que sea igual el peso del hierro que pusieren del que trajese la barca del dinero, etc.>>

Como un negocio mercantil más que como asunto político parecía haberse tomado y tratado lo de los rehenes. Sobre lo poco digno que era ya para dos tan grandes soberanos el ajuste del rescate por dinero, suscitáronse cuestiones sobre la calidad de la moneda al contar la suma, pretendiendo los de la parte del emperador que el oro debía ser de veinticuatro quilates, y sosteniendo los franceses que había de ser sólo de veintiuno. Arreglada esta diferencia, cayó enfermo de gravedad el condestable (junio), y como los caballeros del rey Francisco instasen por que aquel no fuese motivo para diferir la entrega, y propusiesen al condestable que nombrara un delegado que la hiciera en su nombre, el caballero castellano, antes que confiar á otro la ejecución de un acto á que se daba tanta importancia, y con sospechas que le habían infundido acerca de la intención de los

(1) Este ceremonial constaba de veintiocho capítulos, en los cuales se prescribía con la mayor minuciosidad todas las formalidades con que había de hacerse el canje. Sandoval le copia en el lib. XX de su Historia del emperador Carlos V.

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