Código civil: concordado y comentado extensamente : con arreglo á la edición oficial, Volumen3Imprenta de Ricardo Rojas, 1893 |
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... reglas de los artículos 158 y 159 sobre la enajenación ó gravamen de los bienes ó intereses opuestos del padre y de los hijos se asemejaban mucho á las de los artículos 164 y primer párrafo del 165 del Código de 1888 respectiva- mente ...
... reglas de los artículos 158 y 159 sobre la enajenación ó gravamen de los bienes ó intereses opuestos del padre y de los hijos se asemejaban mucho á las de los artículos 164 y primer párrafo del 165 del Código de 1888 respectiva- mente ...
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... Reglas generales . 2. * Dis- posiciones de última voluntad . 3. * Disposiciones por causa de muerte , establecidas ... regla general , varios títulos , que à su vez se subdividen en diversos ca- pitulos . Las materias de nuestro Código ...
... Reglas generales . 2. * Dis- posiciones de última voluntad . 3. * Disposiciones por causa de muerte , establecidas ... regla general , varios títulos , que à su vez se subdividen en diversos ca- pitulos . Las materias de nuestro Código ...
Página 31
... reglas : los ascendientes , descen- dientes y el cónyuge perciben la totalidad de las mismas ; los parientes , dentro del sexto grado , deberán reservar el quinto de las rentas en los diez primeros años de la ausen- cia , y la décima ...
... reglas : los ascendientes , descen- dientes y el cónyuge perciben la totalidad de las mismas ; los parientes , dentro del sexto grado , deberán reservar el quinto de las rentas en los diez primeros años de la ausen- cia , y la décima ...
Página 59
... basta por sí sola para justificar la legitimidad ; ésta se rige además por las reglas del matrimonio y las es- tablecidas en el capítulo de los hijos legítimos . Cuando el hijo no esté en posesión de la filiación ESTUDIO COMPARATIVO 59.
... basta por sí sola para justificar la legitimidad ; ésta se rige además por las reglas del matrimonio y las es- tablecidas en el capítulo de los hijos legítimos . Cuando el hijo no esté en posesión de la filiación ESTUDIO COMPARATIVO 59.
Página 76
... regla absoluta para determinar la legitimidad de los hijos . Contra tal ' principio , digno de respeto por su ... reglas de la ciencia médica ? No están conformes todos los 76 ( ART . 108 CÓDIGO CIVIL.
... regla absoluta para determinar la legitimidad de los hijos . Contra tal ' principio , digno de respeto por su ... reglas de la ciencia médica ? No están conformes todos los 76 ( ART . 108 CÓDIGO CIVIL.
Términos y frases comunes
abintestato administración adop adopción adoptado adoptante adoptio alimentos apellido aplicación assi autorización capítulo causa ción Código civil Código civil francés Código de 1851 concede concesión Real condición consentimiento constituye contrato cónyuge cuyo debe declaración de ausencia dere derecho de alimentos Derecho romano descendientes determina deue dezir diesse disposición doctrina edad efectos emancipado enajenar Enjuiciamiento civil establece exige existe expresa fianza fijo filiación fiscal fuesse herederos herederos presuntivos herencia hijo legítimo hijos legítimos hijos naturales reconocidos hipoteca hubiere hubiese Idem íd impugnar judicial Juez juicio jurídica legatario legislación madre marido matri menor Ministerio fiscal muerte del ausente mujer nacimiento nascen obligación otorgamiento parientes párrafo paternidad patria potestad persona poder podrá porfijamiento posesión precepto presunción de muerte primero principio provisional proyecto de Código prueba puesto razón reclamar regla requisitos respecto segundas nupcias sentencia sociedad conyugal subsiguiente matrimonio sucesión sucesión intestada testador testamento tículo trata Tribunal tutela tutor usufructo
Pasajes populares
Página 107 - será apreciada por los Tribunales, conforme á lo establecido en la ley de Enjuiciamiento civil, cuidando de evitar que por la simple coincidencia de algunos testimonios, á menos que su veracidad sea evidente, queden definitivamente resueltos los negocios en que de ordinario suelen intervenir escrituras, documentos privados ó algún principio de prueba por escrito.
Página 603 - De los hijos legitimados. Art. 119. Sólo podrán ser legitimados los hijos naturales. Son hijos naturales los nacidos, fuera de matrimonio, de padres que al tiempo de la concepción de aquéllos pudieron casarse sin dispensa ó con ella. Art. 120. La legitimación tendrá lugar: 1.° Por el subsiguiente matrimonio de los padres. 2.
Página 605 - 2.° Cuando el hijo se halle en la posesión continua del estado de hijo natural del padre demandado, justificada por actos directos del mismo padre ó de su familia. En los casos de violación, estupro ó rapto, se estará á lo dispuesto en el Código penal en cuanto al reconocimiento de la prole.
Página 343 - no se cancelarán sino por providencia ejecutoria contra la cual no se halle pendiente recurso de casación, ó por otra escritura ó documento auténtico en el cual exprese su consentimiento para la cancelación la persona á cuyo favor se hubiere hecho la inscripción ó sus causahabientes ó representantes legítimos.
Página 601 - no se admitirá otra prueba que la de la imposibilidad física del marido para tener acceso con su mujer en los primeros ciento veinte días de los trescientos que hubiesen precedido al nacimiento del hijo. Art. 109. El hijo se presumirá legítimo, aunque la madre hubiese declarado contra su legitimidad
Página 315 - con arreglo al art. 34 de la ley Hipotecaria de 8 de Febrero de 1861, los contratos otorgados por persona que en el Registro aparezca con derecho para ello no se invalidan en cuanto á tercero, una vez inscritos, aunque después se anule ó resuelva el derecho del otorgante en virtud
Página 343 - que las inscripciones hechas en virtud de escritura pública no se cancelarán sino por providencia ejecutoria contra la cual no se halle pendiente recurso de casación, es claro que hasta que recaiga dicha sentencia firme en el pleito que es objeto del recurso no puede ejecutarse la cancelación.
Página 387 - <-El Tribunal que rehuse fallar á pretexto de silencio, oscuridad ó insuficiencia de las leyes, incurrirá en responsabilidad. Cuando no haya ley exactamente aplicable al punto controvertido, se aplicará la costumbre del lugar, y en su defecto, los principios generales del derecho.
Página 273 - ART. 155. El padre, y en su defecto la madre, tienen, respecto de sus hijos no emancipados: 1.* El deber de alimentarlos, tenerlos en su compañía, educarlos é instruirlos con arreglo á su fortuna, y representarlos en el ejercicio de todas las acciones que puedan redundar en su provecho. 2.° La facultad de corregirlos y castigarlos moderadamente.
Página 342 - Las inscripciones ó anotaciones preventivas, hechas en virtud de escritura pública, no se cancelarán sino por providencia ejecutoria contra la cual no se halle pendiente recurso de casación, ó por otra escritura ó documento auténtico, en el cual exprese su consentimiento para la cancelación, la persona á cuyo favor se hubiere hecho la inscripción ó anotación ó sus causahabientes ó representantes legítimos.