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estaban acabadas, sino era la de Cuba que entónces comenzaba; y que no las ignorasen, parece por lo que luégo la Instruccion dice: «habeis de estar sobre aviso en una cosa, que todos los cristianos, porque los indios se les encomienden, tienen mucha gana que sean de guerra, y que no sean de paz y que siempre habian de hablar en este propósito, y ésto era verísima verdad, porque nunca otra cosa más pensaban, hablaban, obraban, trabajaban y deseaban. Y pues esta noticia tenian, fuera bien que sospecharan que los indios podian haber rescibido grandes agravios, y por consiguiente podian estar alterados, y tener justa causa y derecho de se defender y perseguir á los cristianos hasta matallos, áun supuesto el dicho error que á venir á la obediencia de los reyes de Castilla fueran obligados, y así fuera cosa justa que á este inconveniente se pusiera algun reguardo, pero no lo pusieron porque no hilaban tan delgado. Y es aquí de ponderar no ménos lo que la Instruccion en aquel cap. 2.o añide, conviene á saber, que los diesen á entender el bien que les vernia en ponerse debajo de la obediencia del Rey; pudieran responder callando, mostrando con el dedo esta isla Española, que tan llena y rebosante estaba de sus naturales Reyes y señores, y sus infinitos vasallos, y las otras muchas islas su comarcanas, ¿cuál fué el bien y utilidad que de estar en la obediencia de los reyes de Castilla reportaron? Y si viviera alguno de los de aquella tierra firme, para donde la dicha Instruccion se pintaba, que señalara cuatro y cinco y más, mil leguas, que por la misma están despobladas, ¿quién de nosotros, ni alguno que fuera muy bárbaro, tuviera cara de redargüillos é increpallos, si reusaran, con piedras y armas, someterse á tal obediencia, puesto que áun supieran y les constara ser á someterse obligados? ¿Qué bestias hobiera en el mundo, que viéndose así entrar y tractar no comieran á bocados, y debieran con razon comer, á los que ansí los tractaban, y para así tractarlos los querian sujuzgar?; y lo que más es, que á matallos y despedazallos eran obligados de ley natural. Por lo dicho se verá con qué consciencia tenian los que tenian por esclavos, y la misma Informacion lo declara

donde dice, «que el fundamento de tenerlos los españoles con buena consciencia por esclavos, era justificar la guerra con los requerimientos que el Rey mandaba hacer de su parte», pues si los requerimientos eran frívolos y llenos de toda vanidad, siendo tan justa la defension y guerra que los indios contra los españoles tenian, que así los asolaban, ¿con qué consciencia los podian hacer y tener por esclavos?

CAPITULO LVI.

Para entendimiento de lo que resta de la Instruccion, es de saber, que como estaban entónces en la corte el bachiller Anciso, y Çamudio, y Caicedo, y Colmenares, y despues llegó Arbolanche y otros quizá idos destas islas, de todos los cuales no era otra su ansia sino tener indios para, por haber oro, desollarlos, y hacerles guerra para á este fin los sojuzgar, por la obstinada y ciega cudicia y ambicion que los abrasaba, debian de insistir que los indios, despues de sojuzgados por bien ó por mal, se los encomendasen; pero el Rey y el Consejo, vista la experiencia en la mortandad y despoblacion que en esta isla Española y en las demas habia sucedido por encomendallos, y podemos decir, cierto, que al diablo, rehusaban mucho conceder tal facultad, como parece por las mismas palabras. Por éste temor y causa puso el Rey tres maneras de dispusicion ó gobernacion para con los indios, para que Pedrárias escogiese la mejor, y que á los indios fuese más útil é ménos perjudicial; la primera fué, encomendallos de la manera ordinaria que se tuvo en estas islas, y, en caso que Pedrárias hobiese de encomendar los indios, mandaba el Rey que hiciese guardar las Ordenanzas ó leyes que habia hecho el año pasado de 512 en Búrgos, engañados por los tiranos desta Española, que á la sazon entónces en la corte se hallaron, y ciegos los del Consejo por sus propios ó ajenos pecados. La justicia y rectitud de las dichas leyes, y cuán provechosas fueron á los indios, y el remedio que dellas y con ellas alcanzaron, en los capítulos 43, 44, 15 y 16, y los siguientes, queda bien á la larga

explanado. Estas, dijo allí el Rey, que se habian hecho con mucha informacion, pudiera añidir de los mismos que los babian muerto y al cabo los acabaron; mandaba que antes se añidiese á ellas algo, para el bien de los indios, que en ninguna cosa se menoscabasen. Las cuales palabras debieran mover á Pedrárias para cognoscer la voluntad del Rey y del Consejo, que era desear que se acertase, tomando el mejor camino con que los indios fuesen más útilmente para su conservacion gobernados. En esta primera manera ó disposicion, hace mencion el Rey de otro engaño que le debian de querer hacer los susodichos, idos de tierra firme, y éste era que se los diesen por naborias. Naborias eran los indios de quien de contino, noches y dias, perpétuamente se servian, que no les faltaba sino sólo el nombre de esclavos, porque los de repartimiento, aunque no menos que esclavos y mucho peormente eran tractados, como puede haber arriba parecido, no siempre los tenian consigo ni se servian dellos, porque algunos dias ó temporada se iban á sus pueblos, por las Ordenanzas, puesto que harto breve, y vivian harto malaventurada vida, como ha parecido, los que eran naborias, ni aquel poco de tiempo para descansar se les concedia; y en esta manera ó especie de servirse de los indios los españoles en estas islas, toda la desórden y deshacimiento de sus policías, y concierto que tenian en su quieto y suave vivir se perficionaba y complia, porque del todo se desmenuzaban y desparcian los pueblos, llevando un español 10 y otro 15, y con uno iba el padre y con otro la mujer, y con otro los hijos. Esta confusion á los principios pusieron los españoles por su autoridad, cuando andaban robando é inquietando estas gentes, cada uno segun queria; despues la prosiguieron los tristes Gobernadores ó repartidores, que de dar los indios cargo tenian. Esta quisieran que se prosiguiera, porque era más sin hueso y sin cuenta ni razon, y pudieran mejor trabajallos y matallos á su salvo, sin que se supiera, los dichos; que lo procurasen por aquel tiempo, las palabras de la Instruccion del Rey lo testifican, la cual, en el cap. 3.o, dice: «En caso que se hayan de dar los

indios encomendados á los vecinos ó por naborias, habeis de hacer que se guarden las Ordenanzas, etc.» Este vocablo naborias, ni su significacion, nunca lo adivinaron los Reyes ni los de su Consejo, sino dado á entender por los que de acá habian ido, y pues el Rey decia que se hayan de dar encomendados ó por naborias, parece que debian de insistir aquellos que los indios de tierra firme se los diesen por naborias; dando la razon el Rey de que Pedrárias debia trabajar de traer á los indios de aquella tierra por bien, y dados en encomienda ó por naborias debian ser bien tractados. En el capitulo 4.o añade: «Esto es más necesario que allá se haga así que no en la isla Española, porque los indios (quiso decir della), son ménos aplicados al trabajo, y han acostumbrado mucho ó siempre á holgar, y habemos visto que en la Española se iban huyendo á los montes por no trabajar, y es de creer que lo harán mejor los de allá, etc.» ¡Veis aquí la fama que los que los mataban y mataron divulgaron á los Reyes y á los de sus Consejos, por satisfacelles en algo las muertes que les causaron, y el jornal de sus servicios! ¡Oh, qué terrible juicio se debe creer que aquellos han padecido, forjando tan grandes falsedades y mentiras para consumir aquestos inocentes, tan infamados, tan afligidos, tan corridos, tan abatidos y menospreciados, tan desmamparados y olvidados de todos para su remedio, tan sin consuelo y sin abrigo! No huian de los trabajos, sino de los tormentos infernales que en las minas y en las otras obras de los nuestros padecian; huian de las hambres, de los palos, de los azotes continos, de las injurias y denuestos, oyendo llamarse perros cada hora, del riguroso y aspérrimo tractamiento que sin interpolacion se les hacia de noche y de dia. Huian ciertamente de la muerte, no dudosa, sino ciertísima, como en los libros I y II, y en éste III, se puede haber visto; por esta causa se huian á los montes; y creo que, si pudieran, á los infiernos escogieran, teniéndolos por de menor pena, por huir de los españoles, huirse. Por esta causa de huirse, añade Su Alteza luégo: «Y por eso parece muy dudoso y dificultoso que los

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