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tre muchísimas) pueden ser ejemplo los fueros de Sepúlveda y de Arguedas, 1076 y 1092: hay tambien privilegios, cuyas confirmaciones se conocen pero no sus instituciones, habiéndose redactado aquellas en idioma castellano sobre original latino: ha habido tambien privilegios y fueros que sucesivamente se han copiado, y modernizado á cada copia, considerándose vigente la última de estas, entre la cual y la feeha, que es de suyo inalterable, resultaba un desa cuerdo filológico no siempre preceptible: ha habido, é fins alteraciones interesadas y por consiguiente lingüisticas en algunos pasages, lo cual ya denunció D. Alonso el bien aquellas palabras «aun aquellos libros raien et escribien que les semejaba á pró de ellos e a danno de los pueblos

Derecho

El segundo estremo se comprueba con los muchos fueros municipales redactados en idioma latino durante el siglo XI, y aun con los muy numerosos que se otorgaron en el mismo idioma por toda la primera mitad del siglo XII, como lo demuestran, sin salir de los reinos de Aragon y Navarra, los de Alonso el Batallador de 1117, 1122, 1124 y 1129 concedidos aTudela, Sangüesa, Cabanillas, San Cerni y otros pueblos, y lo qué es mas, los concedidos por Sancho el Sábio de Navarra desde 1150 á 1193, cuyo rey (ni ningun otro que sepamos) no se sirvió del castellano sino en el fuero de Arguedas año de 1171.

Resulta, pues, que los primeros documentos castellanos. corresponden al siglo XII, pues aunque se habla de documentos de 950, (6) de una escritura de 1066, (7) de una anéc

(6) Los eruditos anotadores de Ticknor, SS. Gayangos y Vedia, apun◄ tan dos piezas del año 950, pero lo hacen con mucha reserva, "diciendo que son documentos curiosos, si no estàn romanceados en época mas moderna, lo cual nos parece à nosotros incuestionable.

(7) Es la restitucion à Dios de un monasterio benedictino; pero aunque

dota de 1095, (8) de un privilegio de 1101, (9) y de algum otro documento á ese tenor, la verdad es que el primero que cita Marina es de 1140, el primero de que habla Gayangos de 1145, el primero que vió Sarmiento de 1130, el primero que parece que han disfrutado Risco y Ticknor de 1155 (10), el primero que menciona Yanguas de 1171, y el primero que copia Berganza de 1173; advirtiendo nosotros de paso que ni en el archivo de Complos de Navarra ni en el de la Corona de Aragon no existe ningun documento anterior á aquellas fechas. Tambien debemos exponer respecto al P. Merino que ni alcanzó otra cosa que lo exhibido en sus Antigüedades Fr. Francisco Berganza, ni anduvo á nuestro parecer muy cuerdo en la calificacion de un romance del Cid que aquel encontró en el monasterio de Cardeña y que estotro supuso anterior en algunos años á Berceo y en un siglo á D. Alonso el Sábio, siendo asi que su estructura revela muy posteriores tiempos, y que Berganza, á quien se debe su haHłazgo, no se atrevió á fijarle antigüedad, limitándose á coronar su obra con esos (que dice él) versos antiguos.

por

Los monumentos primitivos de que hablamos, suponen realmente lo que ya hemos dicho, la existencia de un idio

el autor de la Declamacion contra los abusos introducidos en el castellano lo cita como el documento mas antiguo que ha llegado á su noticia, ¿quién que conozca la formacion de nuestro idioma podrá convenir ni un momento con esa opinion ni conceder á esa escritura mayor antigüedad que la del siglo XIV? Hable por nosotros el siguiente fragmento: «ofrecemos á Dios este monasterio, é la su piedad no desdeñe este donecillo ofrecido de las nuestras manos (magüer pequeñuelo) ansi como recibió los dineros de la viuda del Evangelio, é sobre esto hacemos promision que ge la damos con todas sus pertenencias.. Compárese este trozo con cualquiera pasaje del Fuero Juzgo, obra bien conocida y cuya traduccion se mandó hacer dos siglos despues en 1241.

(8) Citado pero refutado por Ticknor.

(9) Citado por Marina pero con las vehementes sospechas de ser una traduccion del siglo XIV.

(40) La confirmacion de la carta-puebla de Aviles.

ma vulgar, el cual hemos de confesar que todavia se revela en documentos muy anteriores. El erudito D. Tomas Muñoz incluye tres latinos en su apreciabilísima Coleccion de fueros y Cartas-pueblas, que, correspondientes á los años 804, 824 y 857 contienen las voces carrera, carnicerias, calciata, foz, defesis, ganato, omes de villa, pradum, porquerum, tem— pore verani, ille como artículo y no como pronombre, y otras indicaciones análogas de lo que habia de ser, andando el tiempo, el idioma español (11). Lafuente, en el tomo III de su Historia de España, cita, para prueba de esto mismo, la escritura de fundacion del monasterio de Obona, 780, en que se ballan las palabras vacas, tocino, mula, rio y peña; una donacion de Alfonso el Católico que comprende duas campanas de ferro y tres casullas de syrgo; y un documento de Orduño! con las voces verano, iberno, ganado, carnicerias, caballo ete Briz Martinez, en su Historia de S. Juan de la Peñafb H cap. XXXVIII, inserta á la letra el testamento de Ramire Ide Aragon, 1061, en el cual se leen estas palabras: «de meas autem armas qui ad varones, et caualleros pertinent, sellas de argento, et frenos et brunias, et espatas, et adarcas, el gelmos, et testinias, et cinctorios, et sporas, et cauallos, et mulos, et equas et vacas et oues dimitto ad Sanclium... et vassos de auro et de argento, et de girca, et cristalo, et macano, et meos vestitos, et acitaras, et collectras, et almucellas en seruitum de mea mensa, totum vadat cum corpore meo ad Sanctum Joannem... et illos vassos quos Sanctius filius meus

(11) Con estos mismos documentos y con otras tan poderosas razones muy dignas de su acreditada ilustracion, impugnaron los SS. Duran y Hartzenbusch, en carta particular que hemos tenido el gusto de ver, la Introduccion al Poema del Cid que acababa de publicar en Paris Mr. Damas Hinard, libro que hoy es ya mas conocido por los trabajos periodísticos en que mas tarde ha sido impugnado.

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comparauerit et redemerit; peso per peso de plata, aut de Cazeni, illos prendat... et in castellos de fronteras de Mauros qui sunt pro facere;» cuyo contenido, aunque su traduccion lene arta dificultad por algunos términos incógnitos, romancea de este modo Briz Martinez: «Otro si ordeno que mis armas pertenecientes á varones y caualleros, como son sillas y frenos de plata, espadas, adargas, yelmos, cauallos, mulos, yeguas, vacas y ovejas, todo sea y lo herede mi hijo D. Sancho... que todos mis bienes muebles, como son vasos de oro y de plata, de alabastro, de cristal y de macano, mis vestidos y acitaras ó camas colectos y almuzas con todo el serulcio de mi mesa, todo se lleue y entregue, juntamente con mi cuerpo, al monasterio de S. Juan... que todos los vasos que mi hijo quisiere redimir y comprar, aquellos redima peso por peso por otra tanta plata ó cazeno... (y todo se dé) para obras de castillos que están en las fronteras de moros y no acabados de concluir. (12)

En los primeros tiempos documentales no es mucho que se advierta esto mismo con toda la claridad posible, y asi enfuna escritura de 1157 álfavor del monasterio de Beruela se lee: «nullus homo sit ausus casas uestras uel grangias uel cabanas... violente intrare;» en la de fundacion del monasterio de Aza «do etiam præfato monasterio... centum caphices (caices vulgo dicimus) quincuaginta tritici; en el fuero de Valformoso 1189 se dice de tribus arriba y mulierem putam; en el de Santander non vendat á detal. Los documentos aragoneses ofrecen igual comprobacion y dan ademas á entender desde su cuna su total identidad con la formacion del castellano, y asi en

(12) Algo, como se vé, deja de traducir, sin duda por serle incógnito, y algo traduce literalmente que nosotros no entendemos,

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una escritura de 1152 (Biblioteca Salazar) se dán «500 solidos et III kauallos... et illas kassas que forunt de sennior Ennego Sanz... et CCC solidos et una mula;» en otra de 1155, que tambien hemos visto original, se lee «et recipiant eum sane et infirmo et donant illos fratres in caritate ad sua mulier de D. Julian que ad suos filios XX morabetinos, per tale que

illos no clamen magis de ista hereditate... et fuit factum hoal terech

donatiuum in presentia de magister D. Freol;» en otra de 1162 «Hec est carta de una vinéa quam comparauit Petro Tizon magist. de Nouellis... pagato pretio et aliala;» en otra de 173 «dono uobis fidanzas de saluetate affuer de terra... alibala paccata;» en otra de 1202 «Hec est carta de compara quam comparauerunt fratres milicie Templi Salomonis,» en otra de 1223 «suos domos videlicet et corrallos de coelo usque in abissum.»>

Obsérvase al golpe que los primeros documentos, supues to el desarrollo del embrion llamado romance, durante tres siglos á lo menos, nada tienen todavia de perfectos; y á la verdad, sobre sus frases totalmente latinas que eran de rúbrica entre los notarios de aquel tiempo como en los de hoy .༠༠ ས་ mismo, hay documentos, no ya de los primeros sino del siglo XIII, que son mezclados de latin y romance; y aun los que se llaman castellanos ó escritos en el idioma vulgar!, tienen el corte que vá á verse, y son tales que permiten hacer fácilmente, no la operacion que hemos ahora practicado, sino la contraria de entresacar las voces y giros latinos de entre el vulgar informe que les es predominante. En una donacion hecha á favor del monasterio de Cardeña, se lee al fin: «Quiquier que de nostro linage ó de otra cual»quier aqueste nostro fecho et aquesta nostra donacion

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