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zobispo de Compostela, Don Juan, Obispo de Lugo, y D. Alonso de Orense. Siguense en las confirmaciones el Conde de Urgel, y Don Gomez, y luego los Abades D. Vermudo, D. Gil que lo era de Sobrado, D. Vi dal de Meyra, y D. Martin de Melon.

En el mismo dia, mes y año la referida Condesa Dona Fronilde hizo una copiosa donacion al Monasterio de Ferreyra, y asimismo al de Meyra, y à todas las Monjas, que in religione sanita voluerint perseverare juxta consue tudinem Cisterciensium Monachorum per manum Abbatis vocabulo Vitalis de Meyra, & per consensum, &

de la Condesa D. Fronilde movieron à otras personas ilustres à exercitar la misma piedad, enriqueciendo à su Monasterio de Ferreyra con donaciones que hacian à la misma D. Fronilde. En el año de 1182. D. Elvira con el consentimiento de su marido D. Gutierre, y de sus hijos la hizo una donacion, conviniendo ambas Señoras en que si la donante ù otra de su descendencia querian hacer vida religiosa en aquel Monasterio seria admitida y sustentada en él segun las fa cultades que tuviese. Llevado de la buena opinion de la Condesa y de su Monasterio el Rey D. Fernando, la per præcep- hizo merced de todo lo que le tocaba en el Coto de Ferreyra, cum tota silgaria, dice, & totum meum cănitelum, otras gracias que expresa en el instrumento dado en el mes de Febrero del año de 1180. y que comienza asi: Atten dens devotionem, & obsequium, quod sæpissime dilectissima mea comitissa Domna Fronilla mihi exhibuit &c. D. Guiómar, hija de la Condesa imitó per fectamente el exemplo de su madre, confirmando todas las donaciones que habia he

tum Joannis Lucensis Episcopi. A la donacion de D. Fronilde se junta la de Doña Maria Sanchez que se llama Abadesa de Sobrado, y ofre ce la parte que tenia en las Iglesias de Ferreyra. Hablan luego las dos Señoras y dicen que dan todo lo expresado en la Escritura.al Orden del Cister, y à D. Vidal, Abad primero de Meyra, y à to dos los sucesores en la Abadía.

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El exemplo y la devocion

cho

cho à su Monasterio, y de clarando su voluntad, de que şe profesase en él, como su madre tenia determinado, el instituto Cisterciense baxo la direccion del Abad de Meyra, y con la condicion de que si ella, ò alguna de su linagé queria vivir consagra da à Dios en aquel Monasterio, fuese recibida benig. namente, proveyendola de lo necesario. Hízose instrumentó de esta confirmacion, y pac to en el año de 1196. siendo D. Menendo Abad de Meyra. El Monasterio Cisterciense de Ferreyra, se mantuvo su jeto à los Abades de Meyra desde el año de 1175. en que se hizo su incorporacion al Cister, hasta cerca del año de 1600. En este tiempo los Cistercienses destinaron el Monasterio de Meyra para Colegio de Filosofia, y como por esta razon, esta casa debia gobernarse en adelante por Monjes, que podian ser hijos de otros Monasterios, de terminaron que el.de Fer reyra quedase separado del de Meyra, y unido con este à la Congregacion.

De la venerable reforma dora D. Fronilde, dice Manrique que vivió hasta el año Tom. XLI.

de 1196.en que pasó llena de méritos à la vida eterna; mas parece que su obito debe po nerse algunos años antes en vista de que por el lib. de donaciones del Monasterio de Meyra num. 416. y 417. consta, que su hija la Con desa Doña Guiomar tenia cumplido el testamento de su madre en el año de 1189. y entregados al Monasterio de Meyra quatrocientos maravedises que le habia mandado sobre las posesiones que expresa. Se cree que el cuerpo de esta Señora está en uno de los arcos del claustro baxo de Ferreyra à mano izquierda, y que se conserva entero è incorrupto, aunque hoy no puede registrarse facilmente por haberse cubier. to de cal y canto, para evitar los perjuicios de una vana curiosidad.

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Atrevieronse pues,
personas poderosas de la co
marca à invadir las posesio
nes de los Monjes, y à talar
sus campos, oprimir sus cria-
dos, echar de los pastos sus
ganados, y despojar las gran
jas; ni habia entonces potes
tad que pusiese freno à tales
excesos por estar ocupado el
Rey D. Fernando devotisi-
mo patrono del Monasterio
en la guerra contra los Mo
ros en la frontera de Cáce-
res. Por esta razon D. Ni-
colas sucesor en la Abadía
de D. Vidal tuvo que par-
tirse à Cáceres, donde re-
presentó al Rey las grandes
vexaciones que los Príncipes
de la tierra hacian à su Mo-
nasterio. El Rey se apiadó
de los Monjes, y expidió un
privilegio, confirmando con
su/autoridad las posesiones
del Monasterio, y estable-
ciendo graves penas contra
los infractores de su decreto,
è invasores de los bienes de
Meyra. Dióse este privilegio
en Cáceres en 19. del mes

ciertas de Enero del año de 1184;
y juntamente escribió sus le-
tras à los Obispos de Oviedo,
Lugo, Orense, y Mondoñe-
do rogandoles, que pusiesen
toda su vigilancia en conte-
ner con censuras Eclesiásti-
cas à los que procediesen con-
tra el expresado privilegio,
no concediendoles jamás la
absolucion, si no restituian
enteramente lo que llevados
de la malicia de su corazon
robaron á tan santo lugar.
Esta Real proteccion fue bas-
tante, para que el Monasté
rio de Meyra conservase pa-
cificamente sus privilegios y
heredades en los tiempos su-
cesivos; por lo que no solo
se reconoce D. Fernando II.
como bienhechor principal
de aquella ilustre casa, sino
que se le dá el título de
Fundador én atencion à las
copiosas donaciones, que la
hizo, y à la autoridad con
que corroboró sus privilegios
asegurando à los Monjes en
la posesion de todo lo que
gozaban.

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Memorias últimas del Obispo D. Juan.

El grande y religioso Prín cipe D. Fernando, que por su piedad era sumamente ama

donde sus vasallos continuó su liberalidad en los años siguientes al de 1175. como

com

comprueban los muchos privilegios que tengo referidos en mis libros, y se expidieron en aquel tiempo. El Tumbo viejo de la Catedral de Lugo nos ofrece un buen testimonio de la beneficencia del Rey con los vecinos de esta Ciudad, à quienes Hama sus amados vasallos, confirmandoles todos los fueros concedidos por sus progeni tores, y concediendoles otras nuevas gracias. La data de la Escritura que contiene estos fueros es muy importante para la hist. del año de 1177 por lo que la pongo aqui li teralmente. Faita Carta in Zamora mense Decembri anno quo Rex Dominus Fernandus rediit ab exercitu de Sevilla sub Era MCCXV. Regnante Rege Fernando Legione, Ga llacia, Asturiis & Extremadura.

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un Concilio, à que asistieron el Rey, los Obispos de su Reyno, los Abades, y otras personas Eclesiásticas, los Condes, Príncipes y Gobernadores de las Provincias. La piedad y liberalidad del Rey con las Iglesias hasta dicho año habia sido tan sobresaliente, que era generalmente ensalzado con los elogios de Príncipe munifico, y amante de la Religion, y de los lugares sagrados. Sin em bargo dice el mismo Rey en el expresado privilegio que entre las cosas que ofrecio en presencia del Concilio guardar con todas sus fuerzas, fue una la de amparar y defender las posesiones de la Santa Iglesia de Lugo, asi for el respeto que se debia à un lugar tan digno, de reverencia, como por lo mucho que amaba al Obispo D. Juan, à Síguese el año de 1178., en quien estaba encargado el go que el Rey de Leon Don bierno de la misma Iglesia. Fernando concedió à la Santa Confirma luego las donacio! Iglesia de Lugo, y á sú Obis nes que se le habian hecho po D. Juan un privilegio por sus progenitores, y des que debo referir por las clauseando que las donaciones que sulas que contiene, muy im- él mismo tenia hechas, tuportantes à nuestra historia. viesen endosisiglos sucesivos Consta, pués, por este inst su debida forma, las confirma trumento, que en el año de con mayor expresion ó indi1178 se juntó en Salamanca vidualidad, y las pone baxo

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la proteccion del Pontífice pliendo en ella la voluntad Romano. Concluyese el pria de la Reyna, señalando los vilegio con estas palabras: términos de las posesiones, Data Carta apud Taurum è imponiendo à los transgreso paulo post celebrationem Con- res la multa que debian påcilii Salmanticæ Nono Octob. garasi al fisco Real, como y anota el año del modo ex à la referida Iglesia, dandola traordinario que se puede ver el dictado del muy digna de en los Apend. del Tom. pres. reverencia. Dice la data: Face Los Obispos que confirma- ta ta Karta apud Legionem ron la Escritura, son Pedro VIII. Id. Februarii sub Era de Compostela, Juan de MCCXVIII, y despues de Leon, Rodrigo de Oviedo, la firma del Rey se pone la Fernando de Astorga, Villel de la Reyna con estas pala mo de Zamora, Vidal de bras: Ego Regina Domina Salamanca, Alonso de Oren Tharasia hanc donationem facse, Bertram de Tuy, Rabi tam Deo & B. Marie Lu nato de Mondoñedo, y Pedra censi de supradictis quatuor de Ciudad-Rodrigo.o Ecclesiis & hæreditate mea de -La Reyna Doña Teresa Musia ob remedium animæ meæ poseía en el territorio de Pa conf. Ilares quatro Iglesias, que eran S. Juan de Campo, Santiago de Ferroin, S. Martin de Castro, y S. Mames de Fra mir, y asimismo tocabarà su patrimonio una posesion que se decia de Musia. So brevinola una peligrosa en fermedady hallandose ya en ef extremo de su vida ofre ció las dichas heredades à la Iglesia de Santa Maria de Lu go, y à su Obispo D. Juan, ynde esta donacion hizo su piadoso marido el Rey Don Fernando una Escritura cum

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En el mismo año de 1181. ponen algunos las dos últimas mémorias de este Prelado, y son dos confirmaciones de las Escrituras de donacion que el Conde D. Rodrigo Alvarez, y su hermana Doña Sancha hicieron al Monasterio de Meyra en 137 de Junio, y 13 de Septiembre, segun se lee en el Becerro del referido Monasterio num. 1. y 534 Pero aunque la data de la primera pueda verificarse, no casi la de la segunda; porque como veremos en el

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