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Profesor de Edimburgo (1), con un Poder legislativo, ejecutivo y judicial, pero sin que esto quiera decir que será un Poder centralizado; todo lo contrario, los Estados conservarán su autonomía y únicamente en los asuntos de carácter internacional intervendrá el Estado federal. Este ni centralizará, ni modificará á los pueblos como se ha creído y ha querido organizar más de un pensador; así Cornelio de Boon, en su proyecto, pretendía que todos los Estados de Europa se dividiesen en pe queños Estados de cinco millones de habitantes cada uno (2). Esto es absurdo, pues ni la carta de Europa puede variarɛe ca· prichosamente, ni es ello necesario para alcanzar tal fin.

Nuestros descendientes se extrañarán de cómo hemos po dido tardar tanto en convencernos de los beneficios de esta federación, y calificarán nuestras modernas épocas, que tanto orgullo nos causan á nosotros, de bárbaras y salvajes. No hay que olvidar que la utopía de hoy es la realidad de mañana.

GABRIEL BONILLA Y MARÍN.

(1) Lorimer, Problema final del Derecho internacional.
(2) Cornelio de Boon, Base d'une nouvelle Confederation.

LAS REFORMAS LEGISLATIVAS EN PROYECTO (1)

Séame lícito empezar manifestando que, si me he reservado el honor de presidir esta solemnidad, no es tanto por seguir el ejemplo de mis ilustres predecesores, ni por cumplir un precepto legal que, por ser de carácter potestativo, permite que á él se sustraiga quien, como á mí me sucede, se reconoce sin aquella suma de autoridad personal y aquellos títulos de suficiencia que ha de reunir el que intente dirigiros la palabra, sino para rendiros el homenaje de mi profundo respeto; que á tanto me obliga la deuda de perdurable gratitud que vuestras bondades me han impuesto.

Estoy, respecto á vosotros, en una situación excepcional, y justo será que mis palabras la reflejen, siquiera al hacerlo me salga de los moldes en que suelen vaciarse esta clase de trabajos. Los que hasta aquí los realizaron pusieron sus preclaras dotes de talento y elocuencia al servicio de un interés general, ya de orden especulativo, ya práctico, exponiendo las investigaciones de los doctos que en desenvolvimiento progresivo van transformando lentamente algunos puntos de partida en las diferentes ramas del Derecho, ó recogiendo en esfera más modesta las lecciones de la experiencia acerca de necesidades que los Códigos vigentes no pudieran adivinar ni alcanzan, por consiguiente, á satisfacer.

(1) Discurso leído por el Excmo. Sr. D. Trinitario Ruiz y Valarino, Ministro de Gracia y Justicia, en la solemne apertura de los Tribunales, celebrada el 15 de Septiembre de 1910.

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No rehuyo en absoluto, y dentro de la pobreza de mis medios, esos aspectos propios de la naturaleza del encargo à que ha de dar cima el que ocupa este sitial tal día como hoy; más, si ese solo fin hubiera de llenar, no dudéis que no os habría privado de oir la autorizada palabra del eximio Magistrado que os preside. Hay motivos personales que me incitan, acaso diga mal, que me constriñen á aprovechar la ocasión de hablaros acallando mis escrúpulos y el temor que me infunde la conciencia de mi poco valer. Yo, esté donde quiera, y aunque con ello nada vayan ganando vuestros prestigiosos timbres, soy algo vuestro, algo que os pertenece, como pertenece el discípulo al maestro que bondadosamente le guía, protege y fortalece con sus enseñanzas y consejos.

No veáis en mis frases sombra de hipérbole ni de exageración. Está muy lejos de mi propósito el empleo de artificios retóricos para conquistar una simpatía que generosa y noblemente me habéis prodigado antes de ahora. No busco los caminos de la lisonja y del halago para que una vez más cubráis con el manto de la indulgencia lo que de otra suerte me hubiese vedado toda participación en vuestras augustas tareas, alejándome para siempre de aquella investidura fiscal que entre vosotros tuve y que es y será para mí, mientras viva, el más preciado de los favcres que la fortuna me depare. Aspiro sólo á que me juzguéis tal cual soy y tal como me reconozco y considero: una prolongación vuestra, que de vuestro seno ha salido y con vosotros permanece retenido por las ligaduras del espíritu y del afecto.

Aquí llegué en edad relativamente temprana, y de aquí he salido para los Consejos de la Corona, sin más caudal que el que os plugo darme y sin otro título que el de ser vuestro Fiscal y haberlo sido en otras dos ocasiones anteriores por inmerecida designación del Gobierno, á que no opusisteis el reparo que mi inexperiencia y falta de personalidad debieron suscitar. Durante mi permanencia à vuestro lado aprendí á respetaros y amaros, ya que sólo respetaros y amaros puede el que,

como yo, ha sido testigo de vuestras virtudes y de la transcendental y civilizadora labor á que contanta abnegación os consagráis.

la

Época esta que atravesamos de egoístas regateos para el mérito ajeno, en que no parece sino que hay una tácita, pero general conjuración para derrocar prestigios y establecer un nivel bajo en todo y respecto á todos que sirva de consuelo á los que á otro más alto no podamos arribar, bueno será que conste que hay un organismo no sometido à esa triste condición de los tiempos; y ese organismo es el Tribunal Supremo. Escasa satisfacción y más escaso estímulo os produciría el que sólo mi voz lo proclamara y que únicamente yo fuera el heraldo de vuestros triunfos en esa eterna lucha con el mal Ꭹ injusticia. Yo mismo, aun callando la excitación del reconocimiento, me abstendría de decirlo si en este particular no fuera el eco de una creencia y de una convicción universales. A ella debéis la función que la nueva ley electoral os encomienda y que habéis desempeñado sin menoscabo alguno para vuestro nombre, allí precisamente donde fracasaron cuantos resortes hasta el presente había el legislador escogitado. Los interesados discutieron vuestro acierto con más o menos viveza, que es difícil oponer diques à los ardores de la pasión en asuntos políticos; pero nadie puso en duda la rectitud de vuestra intención y la independencia de vuestros acuerdos, que fueron ratificados integramente por la Cámara popular.

¿Cómo no había de ser ese el resultado? ¿Por ventura vuestra historia no era prenda de que así sucedería? Buscando una garantía para la realización de los fines del legislador, un fre no á los abusos que corrompían las costumbres electorales y mixtificaban el sufragio, se acudió á vosotros y, pese á la explicable repugnancia con que os sometisteis á prestar el concurso que el precepto legal demandaba, soportasteis esa prueba sin detrimento de vuestros prestigios.

Natural parece, puesto que sabéis defender tan bizarramente el legado de inmaculada honorabilidad de que sois de

positarios, que se vayan ensanchando vuestras obligaciones & medida que van haciendo falta temperamentos justicieros y viriles enterezas. De ahí que se os haya conferido la jurisdicción contencioso-administrativa, sacándola de un ambiente que no á todos ofrecía entera confianza, siempre dejando à salvo la merecida reputación y las relevantes cualidades de las personas que antes la ejercían y que ahora tanto enaltecen y decoran la Sala de que han venido à ser dignísimos miembras. De ahí también la intervención que se os asigna en materia un tanto extraña á las funciones de administrar justicia, como son los recursos à que puede dar lugar el nombramiento de jueces y fiscales municipales.

Seria en vano querer desconocerlo, porque se encargaría la evidencia de demostrarlo. En las Memorias que como Fiscal del Tribunal Supremo tuve la honra de elevar al Gobierno, a punté un dato de gran valor para la historia de nuestra cultura jurídica contemporánea. Es desgraciadamente cierto que, por el extraordinario desarrollo de las ciencias físicas y exac tas, asociadas hoy á los asombrosos adelantos que alcanzan á casi todas las manifestaciones de la vida individual y colectiva, por la preponderancia de los estudios sociológicos, por la influencia demoledora de las corrientes modernas sobre los postulados de las antiguas escuelas filosóficas, por la ruina de todo dogmatismo y por la rapidez misma de ese movimiento que sin česar nos empuja hacia adelante en busca de una tierra de promisión donde nuestro ánimo halle la paz y se cal men las ansias que nos agitan y atormentan, las disciplinas jurídicas atraviesan un período crítico de incertidumbre y desafección, a pesar de que ellas son el módulo y regulador de las relaciones que crea la convivencia social.

Pues bien; en esa crisis, que comprende ya un período de muchos años, la acción del Tribunal Supremo ha sido y es fecunda y salvadora. Sin aparatosa resonancia, con una labor reflexiva y persistente, con espíritu abierto y exento de prevenciones, ha sostenido el fuego sagrado de los eternos principios

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