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NOMBRAMIENTO DE HERNANDO DE MENDOZA COMO TENIENTE DE GOBERNADOR EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

(Foja 4 del libro original)

El Licenciado Juan de Torres de Vera y Aragon Adelantado y Governador y Capitan General y Justicia Mayor y Alguazil Mayor en todas estas Provincias del Rio de la Plata por Su Magestad etc... por quanto yo voy a los reynos de España a dar aviso a Su Magestad del estado destas provincias y conviene ael real servicio dexar en todas las ciudades el recaudo de buen govierno y que por falta del Capitan Rodrigo Ortiz de Zarate podria suceder algun desservicio de Su Magestad, por tanto por la presente nombro y señalo por mi Tenyente də Governador en esta ciudad de la Trenidad y Puerto de Buenos Aires a voz el Capitan Hernando de Mendoça por ser como soys persona de buena conciencia y tal qual conviene para semejantes oficios por lo qual os doy poder para usar el dicho oficio de Tenyente de Governador y Justicia Mayor en esta dicha ciudad y podays uzar y exercer el dicho oficio y conocer de las causas que ante vos vinieren y en todo hazer lo que convenga ael serviçio de Dios y de Su Magestad y bien desta republica, y os remito la juredicion Cevil y Criminal y mando ael Cabildo de esta Ciudad Justicia y Rejimiento y vezinos della os ayan y tengan por tal mi Teniente de Goberna

1 Este nombramiento es el mismo á que se hace referencia en el Cabildo del 26 de Junio de 1589. (Foja 71 del libro original y página 29 de este tomo.)

dor y os dexen y conçientan usar y exercer el dicho oficio y os obedescan y acaten y guarden vuestros mandamientos so las penas que vos les pusierdes en las quales desde luego les doy por condenados lo qual cumplan y hagan so pena de quynientos pesos para la Camara de Su Magestad. De lo qual os doy la presente firmada de mi nombre y refrendada del Escrivano de yuso escrito que es fecha en la ciudad de la Trenidad y puerto de Buenos Aires de seys dias del mes de Junio de mill y quynientos y ochenta y ocho años. El Licenciado Juan de Torres de Vera.-Por mandado de Su Señoria.- Francisco Pere, Escrivano de Su Magestad.

El qual traslado va correjido y concertado con el orijinal donde se saco por mi el dicho Escribano de Cabildo. en la ciudad de la Trinidad y Puerto de Buenos Aires en dos dias del mes de Noviembre de mill y quynientos y ochenta y nueve años en fe de lo cual fize aqui mi firma acostumbrada que es tal como esta: Anton Garzia Caro, Escrivano Publico y Cabildo.-En testimonio de verdad.

16 de Junio de 1588.

CABILDO DEL 3 DE JULIO DE 1589

(Foja 5 del libro original)

Nómbrase á Salvador Gonza

Posito de la ciudad.

En la ciudad de la Trenidad y Puerto de Buenos Aires en tres dias del mes de Julio de myll y quynientos les depositario del y ochenta y nueve años se juntaron a Cabildo como an de costumbre conviene a saber el General Juan de Torres Navarrete y el Alcalde Hernando de Godoy y Mi

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guel Navarro Alcalde y Hernando de Montalvo Tesorero y Regidor y Francisco Bernal Alferez y Regidor y Garcia Hernandes 1 y Miguel del Gorro y Pedro Moran Regidores y parecio el procurador Francisco de Godoy y estando ansi juntos Sus Mercedes dixeron que acordavan y acordaron y nonbravan y nonbraron por Depositario del Posito de esta ciudad a Salvador Gonzalez vezino de esta ciudad para que beneficie el dicho trigo dandole por su guarda la beyntena de todo el numero del dicho trigo del Posito dando sus fianzas y lo firmaron de sus nombres.-Juan de Torres Navarrete.-Fernando de Godoy-Miguel Navarro.-Hernando de Montalvo.-Françisco Bernal.-Garcia Hernandez.-Miguel del Corro.Pedro Moran.-Francisco de Godoy.-Anton Garzia Carro Escribano Publico y Cabildo.

Y este dicho dia estando juntos en su Cabildo acordaron que se de poder a Pedro Sanchez de Luque para que pueda pedir en el Audiencia Real de la ciudad de la Plata lo que conviniere y para que pida que Su Magestad de la orden que ay en el botar en las elecciones sobre aquyen perteneçe el prober boto del Alcalde para que pueda hablar primero.-Juan de Torres Navarrete.— Fernando de Godoy.-Miguel Navarro.-Hernando de Montalvo.-Francisco de Bernal.—Garzia Hernandez.Pedro Moran.-Miguel del Corro.- Ante mi: Anton Garzia Caro, Escrivano Publico y Cabildo.

El Registro Estadistico traduce repetidas veces Fernandez.

CABILDO DEL 21 DE AGOSTO DE 1589

(Foja 5 vuelta del libro original)

Na

En reynte yuno dias del mes

Agosto de

anos.

de 1589

El Procurador de la ciudad pide que se nombre una persona para

animales.

En la ciudad de la Trenidad y Puerto de Buenos Aires en veynte y un dias del mes de Agosto de milly quynientos y ochenta y nueve años se juntaron a Cabildo. como an de costumbre el General Juan de Torres varrete y los Alcaldes y Regidores y presento el dicho Procurador una peticion del tenor siguiente: «Francisco de Godoy Procurador general desta ciudad ante Vuesas Mercedes parezco y digo: Que a mi noticia es venydo y el cuidado de los a Vuesas Mercedes les es notorio el gran daño que se a hecho y hace y mas el que de aqui adelante se hara en las chacaras y sementeras de los vezinos de esta çiudad por el mucho descuydo que todos tienen en guardar sus cavallos y bueyes con que aran ansi, a Vuesas Merçedes pido y si necesario es rrequiero se busque una persona o personas que guarden los dichos cavallos como siempre a sido uso y costumbre y quando esto no ubiere provean Vuesas Mercedes que se rrecojan por los vecinos segun les cupiere. Otro si digo, quen lo que toca aun vando que esta echado y pronunciado por cion de un banmandado de Vuesas Mercedes es a terror y deve ser rrevocado porque de esta pena tan grande no pueden los vecinos llevalla lo otro que por ella no dice que se deve pagar el daño a cuya es la chacara Por tanto a Vuesas Mercedes pido se ponga una pena moderada y esta se ejecute con pena y daños y de como ansi lo pido y rrequiero pido al presente escrivano me lo de por testimonio para lo qual es just. Francisco de Godoy, Procurador General.

El Procurador pide la revoca

do.

Resolucion del

Cabildo.

Condiciones de

la aceptacion de

Miguel del Corro

para la guarda de los animales.

E vista la dicha peticion por los dichos acordaron que se buscase una persona que guardasen los dichos cavallos e luego parecio Miguel del Corro Fiel y ejecutor y puso los cavallos por cada cabeça de cavallo de guarda un peso y vista por Sus Merçedes dixeron que admitian la postura y que le darian corral suficiente para poderse recoxer. Y luego el dicho Miguel del Corro dixo que se obligava y obliga a guardar las chacaras de los cavallos que no hagan daño en las dichas chacaras los cavallos y se obliga a enzerrar los dichos cavallos dos vezes en la semana que se entiende el biernes y martes y se a obligado a correr la tierra hasta la estançia de Juan de Garay, y hasta el paso y reunir todos los cavallos y pagar los daños de los dichos cavallos que hizieren en las dichas chacaras y que si algun cavallo estuviere maneado en las dichas chacaras pague el dueño de dicho cavallo dos tomines y el daño al dueño de la chacara y los dos tomines para el dicho Miguel del Corro, y que debaxo de su juramento se de entero credito, y haga el dicho Miguel del Corro la tasaçion de los daños que se hizieren y que por su declaraçion se manifieste a sus dueños y paguen los dichos los daños, y se comiençan a recojer los dichos cavallos desde mañana martes que se contaran beynte y dos dias del dicho mes y lo firmaron de su nombres con que todos los vezinos que quisieren gar los dichos cavallos y que si alguna persona quisiere. sacar algun cavallo del corral sea abligado su dueño a bolberllo a entregar al dicho Miguel del Corro para que 10 guarde. Y estando ansi juntos presento el General Juan rete y el Algua de Torres Navarrete un hierro de herrar ganado que es

El General Juan

de Torres Navar

cil Francisco Are

1

entre

co presentan para a tal como este 2 y luego presento el Alguazil Mayor

ser

registrados

dos hierros de herrar ganado.

1 El tomin es la tercera parte de un adarme del marco castellano ó

la octava parte de un castellano en el peso perteneciente al oro.

2

Es la letra G con una línea vertical que la corta por el centro.

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