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aquí mismo el Sr. Isasa de que se redujese á reglas sencillas el complicado sistema de ingreso y ascenso en la carrera judicial, haciendo innecesarias las combinaciones, con lo cual entendía que se aumentaría por modo extraordinario la autori dad moral de la Magistratura (1). Y yo puedo deciros, no para satisfacción mía, sino más bien vuestra, que à juzgar por los testimonios que he tenido el honor de recibir antes y después de la publicación del Real decreto de 20 de Junio último, que éste ha interpretado, sin duda, en este punto las aspiraciones y deseos, en general, de la Magistratura, contribuyendo así á afianzar en ella esa satisfacción interior, que si las Ordenanzas del Ejército consideran necesaria para el bienestar de las milicias armadas, no lo es menos, seguramente, para las milicias de la toga, que tan rudas batallas tienen que sos tener en la complejidad de la vida moderna en defensa del derecho y de la justicia.

Ved, pues, señores, cómo en todas partes y por todos, con grandes medios y grandes alientos los unos, modestamente los otros, como á mí me sucede, se procura engrandecer la función de la justicia y dar independencia y prestigios á los que tienen la noble misión de administrarla y de aplicar las leyes.

Y de que este y no otro es el propósito de este Gobierno, os lo dice, más que mi desautorizada palabra, el recuerdo de una de las solemnidades más gratas y más interesantes á que me ha tocado asistir en mi ya no corta carrera política, que yo guardo fielmente en mi memoria y que guardarán seguramente algunos de los que me honran con su atención, por lo mis. mo que fué grande, inmensa, la impresión que en todos produjo. Me refiero á la solemne apertura de los Tribunales, verificada el 16 de Septiembre de 1889, en la que el actual señor Presidente del Consejo de Ministros, que por vez primera des

(1) Discurso leído en la solemne apertura de los Tribunales en 15 de Septiembre de 1897.

empeñaba entonces con un acierto y unas iniciativas que nadie ha podido olvidar, la cartera de Gracia y Justicia, leyó, en medio de la admiración general, aquel magistral discurso, modelo de bien decir en la forma, lleno de viriles arrestos, propios de un alma juvenil, pero cuajado á la vez de tan altos conceptos y de tan sana doctrina, que más que la obra de quien estaba en los albores de la vida, parecía el trabajo de un hombre encanecido en el estudio de los más grandes proble. mas jurídicos y sociales, discurso en el cual consignaba los grandes respetos que le merecéis, lo digno de envidia que es vuestro oficio, que califica de noble y de excelso, hace la afirmación de la sustantividad y autonomía de las facultades de los Tribunales, se considera eco de la voz pública que procla. ma vuestra universal reputación de probidad, y requiere vuestra asistencia y vuestra imparcial autoridad, como la requiero yo con mayor necesidad y motivo para cooperar á la obra común y beneficiosa para todos de la reforma de nuestras leyes.

Decidme si la circunstancia inapreciable de que el Minis. tro que así se expresaba sea hoy el director de la gobernación del Estado, y el que, como tal, imprime carácter à la política nacional en todos sus órdenes y en todos sus desarrollos, no constituye para vosotros y para todos una garantía de que cuanto conduzca al enaltecimiento de las funciones de justicia ha de hallar acogida ferviente en las esferas del Gobierno, dentro del cual yo, el más modesto de sus individuos, tendré á gran honor el dar cumplimiento à todo aquello que en esa dirección vaya concebido.

Justo, es, pues, que vosotros correspondáis á esos altos conceptos y á esos nobles propósitos, dedicándoos con celo incansable á la hermosa función de dar á cada uno su derecho; que aportéis constante ejemplo de abnegación, de desinterés, de austeridad; que tengáis siempre presente aquella antigua sentencia que dice que las varas de la justicia, derechas, miran á Dios; torcidas, de Dios se apartan; que seáis amparo del desvalido, barrera contra los desmanes del poderoso, custodios TOMO 121

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severos de la ley, garantía de la paz, firme seguro de las libertades públicas, que à tanto llega vuestra misión civilizadora y social; y persuadido de que la sabréis desempeñar cumplidamente, contribuyendo así al engrandecimiento de nuestra querida Patria y al mejor servicio del Rey, que os tiene delegado el más preclaro de sus atributos, permitidme que termi ne estas desaliñadas palabras con una fórmula que es tan usual y corriente en vuestro oficio: si así lo hiciéreis, que Dios y el Rey y vuestros conciudadanos os lo premien, y si no, os lo demanden.-HE DICHO.

EL DERECHO PROTECTOR DE LOS CRIMINALES

(Líneas generales de una construcción penal.)

PRIMERA PARTE

DE LOS DELITOS

I

Sobre el poder creador del hombre y la dualidad de mundos.

Yo no sé si será verdad, como dicen, que Dios ha creado voluntariamente al hombre, igual que ha creado también el mundo y todas las demás cosas que lo constituyen. Nadie puede confiar en tener resuelto por manera seguramente inequívoca este problema, respecto del cual, lo mismo que por lo relativo á otros análogos, no caben sino figuraciones ó hipótesis. Pero lo que si es posible afirmar, en cambio, es que los hombres tienen aptitudes para crear á Dios y el mundo á su propia imagen y á su placer, y que efectivamente están creándo. los, recreándolos, retocándolos, modificándolos y destruyendolos á todas horas.

El poder creador humano es inagotable. Todos los movimientos de la vida del hombre son actos creadores; pero muy en especial los movimientos de la vida espiritual, que se consideran como su más indivisible característica. La voluntad, atributo suyo, es eminentemente creadora; si se manifiesta, es siempre como inclinación á producir algún efecto y á poner las cosas de manera distinta de aquélla como las mismas se hallan. Y el juego y movimiento de la mente toda es un jue.

go de creación; de tal suerte, que, sin esta última, la mente ni siquiera se concibe.

Crean los hombres conociendo, recibiendo impresiones del llamado mundo exterior, sintiendo estas impresiones, capturándolas y formando con las mismas el contenido de su conciencia, de su experiencia y su saber. Crean más aún llenando los innumerables y constantes vacíos que en este su trato mental con el mundo objetivo encuentran; y para ello acuden, conforme es sabido, à las conjeturas, las suposiciones, los sistemas hipotéticos é imaginarios. Donde el conocimiento positivo y firme no alcanza, bien por lo deficiente de las observaciones, ya por tratarse de matería sustraída á todo contacto experimental y á toda indagación de esta misma indole, allí penetra arrogante la hipótesis, cuya mirada inquieta no consiente ocul. tar ninguna cosa.

Pero los hombres crean principalmente por medio de sus apetencias o deseos. Este es el campo más fecundo de sus creaciones. Si, con relación á las otras que se acaba de indiear, se contentan con apoderarse mentalmente de la fenome nalidad respectiva, sin pretender introducir cambio alguno en la posición que las cosas tienen (ó creen ellos que tienen) actualmente, cuando de los deseos se trata ya no sucede lo engenmismo. Entonces entra en acción una potencia activa, dradora y combinadora, por virtud de la cual damos origen, ó sólo mentalmente, ó también-cuando para ello alcanzan nuestras fuerzas-real y exteriormente, à un número mayor o menor de fenómenos ó efectos, que no tenían existencia antes de que nosotros se la diéramos. En esta última esfera está in. cluída toda la llamada labor propiamente humana-espiritual, moral, histórica, social-, á distinción de la denominada' labor propia y exclusiva de la Naturaleza; á ella pertenecen el arte, la industria, la educación, el gobierno de unos hombres por otros, y en general todas las instituciones sociales, y también, por cierto respecto, la religión y la ciencia.

Son, de esta manera, dos distintos órdenes de realidad los

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