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la ley.

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PROYECTO DE LEY

PARA

REGLAMENTAR LOS JUEGOS DE SUERTE, ENVITE Ó AZAR (1)

Lo ostensible y lo oculto de este proyecto.

Hay en este proyecto de ley algo muy grave, ostensible, claro y manifiesto; la reglamentación, ó, mejor, la autorización de los juegos ilícitos; pero está latente en el mismo proyecto una tendencia mucho más funesta y trascendental: la continuación de la obra demoledora del glorioso edificio de la fe y de la patria española.

Con la suplantación del juramento por la promesa, se procuró olvidar á Dios y encallecer las conciencias, arrebatándoles el amor y el temor al Sér Supremo, principio de la sabiduría› teórica y práctica, y no obstante reconocer que es más eficaz para obrar bien el juramento (y precisamente por esto no se exime de él á los militares que defienden la Patria), se tolera que no juren los jueces de hecho, como si juzgar no fuera reinar por delegación y no dependiera de los Jueces de hecho y de derecho la honra y la vida, la libertad, la tranquilidad y la propiedad, todo lo que el hombre ama más y necesita para su felicidad y para cumplir sus fines en la Tierra. Prescindir de Dios no es signo de fortaleza, sino de debilidad, ni propiedad característica de pueblos grandes, sino de empequeñecidos. Sabido es que en los Estados Unidos del Norte de América empieza siempre la sesión del Parlamento con preces á Dios.

Por el incumplimiento de la vigente ley del Descanso en Domingo se olvida también á Dios, mientras en la libre, rica y poderosa Inglaterra se observa con exactitud admirable. «Es pue

(1) Informe presentado, en la información abierta en el Congreso de señores Diputados con motivo del citado proyecto de ley, por el Catedrático de Derecho penal en la Universidad Central D. José M.a Valdés Rubio (N. de R.)

blo más libre el que mejor cumple sus leyes, dijo el gran orador romano Marco Tulio Cicerón.

Recientemente se ha hecho una campaña odiosa para matar la familia española por medio del divorcio, quitando de este modo toda esperanza de regeneración. Tan funesto intento hat quedado frustrado, porque, gracias a Dios, la familia españolaescuela de buenos patriotas-se halla fuertemente constituída y por esto precisamente en ella estriba la más firme esperanza de reconstitución de nuestra pasada grandeza.

Ahora se procura, al menos inconscientemente, dividir las familias, sembrar en ellas la cizaña de la discordia entre marido y mujer y entre los padres y los hijos. Si fuese aprobado el proyecto de ley que motiva este informe, los llamados círculos de récreo matarían al hogar doméstico y las familias se disolverían por el desamor, por la miseria y por el odio.

Como nada queda sin sanción, los imprudentes padres, partidarios de autorizar el juego, verían practicadas sus doctrinas por sus propios hijos, porque las ideas tienden por ley de su naturaleza á convertirse en actos.

El delito nuevamente cometido es el mayor castigo del delito anterior.

El día en que el padre y el marido sepan que sus hijos y quizá la esposa, malgastan en el juego las cantidades por aquél heredadas ó adquiridas con su honrado trabajo, ninguna razón podrá contrarrestrar la eficacia del mal ejemplo ó de las doctrinas disolventes que ellos siguieron. También el error y el cri. men tienen lógica.

Una vez declarada por la ley humana la licitud de los juegos de azar, el resultado sería el desenfreno de las pasiones innobles para saciar la sed de emociones, el ansia de placeres, y por consiguiente, se estimarian lícitos todos los procedimientos para lograr medios económicos conque satisfacer los más viles apetitos, empleando los juegos de azar, menos molestos y difíciles que el estudio y el trabajo en sus múltiples formas,

II

Diferencia entre los juegos lícitos y convenientes,
y los ilícitos y perjudiciales.

La diferencia entre los juegos lícitos y los inmorales es ostensible, palmaria, evidentísima. Nadie que proceda con buena fe puede desconocerla.

Cuando en el jugador existe el propósito de recrearse, de distraerse, de hallar solaz y esparcimiento del ánimo, el juego es lícito y las personas que á él se dedican no dejan de ser honestas, trabajadoras y virtuosas.

Si, por el contrario, la intención es el lucro, el ansia de ganancia, la avaricia, la codicia, si se ven agrupadas en una mesa, en una sala llamada «del crimen», porque la boca habla de la abundancia del corazón», personas sólo preocupadas de enriquecerse, de procurarse el dinero ajeno, el juego es ilícito y no pocas veces constituye estafa cualificada.

III

Qué se debe reglamentar.

Jamás debe reglamentarse lo malo, lo inmoral, lo injusto, lo criminoso, las acciones de que el hombre de decoro, de pundonor, de honradez, tuviera que arrepentirse.

No se debe reglamentar lo malo, porque equivaldría á autorizar, á hacer artificialmente regular ó sujetar á regla lo que es esencialmente desviación de la regla, lo que constituye infracción del Derecho, conculcación de la Justicia y perturbación del orden jurídico con la secuela de males individuales y sociales para la vida de las almas y de los cuerpos.

Así como existe lógica en el pensamiento humano, y las consecuencias de ignorancias y de errores son también extravíos de la razón, así los males sociales irrogan necesariamente otros males, y no sólo en la esfera moral y jurídica, sino en la vida

del cuerpo con la enfermedad y en la social económica con la miseria.

Sabido es que los juegos de suerte, envite ó azar causan graves enfermedades del corazón y del sistema nervioso principalmente.

Es ilusión vana presumir que no entrarían en las casas de juego los jóvenes. No sólo penetrarían, sino que jugarían, exhibiendo cédulas personales falsificadas ó ajenas si, contra lo que es probable, hubiese rigor en exigirlas para acreditar la mayor edad. Se formaría una industria de prestamistas de cédulas, como existe de fiadores en centros de enseñanza y en otras dependencias oficiales ó semioficiales, en cuyo número habrían de ser incluídas las casas de juegos ilícitos, para inspeccionar que no se cometiesen muchas estafas y para comprobar cuál era el verdadero producto total que se recaudara, y sobre el que habría de recaer el 15 por 100, que se pretende también vanamente imponer, para el Estado y el 10 por 100 para la «Beneficencia municipal....

Ya se entenderían con habilidad los banqueros y los Inspectores para repartirse bonitamente la parte del león y defraudar al Estado y á la Beneficencia municipal.

Los provechos logrados hasta ahora inmoralmente con pretexto de la Higiene y por la tolerancia de los juegos prohibidos, aumentarían indefinidamente cuando éstos estuvieran permitidos. Desconocerlo es vivir fuera de la realidad. Y es lo peor del caso que no repugnaría á conciencias poco escrupulosas tal malversación, porque entrarían á saco en bienes indelicadamente adquiridos.

Lo que se debe reglamentar es lo bueno, para que no deje de serlo. Por esto es un deber de las Autoridades regular ú orde. nar ciertos juegos de agilidad, fuerza ó destreza, porque siendo muy convenientes para la consecución del ideal Mens sana in corpore sano, importa mucho que no se utilicen para apuestas cuantiosas. Así son susceptibles de reglamentación los juegos de pelota y de billar y otros muchos semejantes, las carreras de ca

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