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ra la reunion de vagos, desertores y dispersos, y que la tropa y Oficiales encargados de su custodia se retiren á sus respectivos cuerpos.......... .... 385 29. Otra: se reitera lo que se previno en 20 de Junio anterior para que los individuos de los Resguardos sean destinados á la conduccion de caudales, exigiendo escolta de tropa en casos muy precisos...............

30.

30.

393

397

Otra: previene que á los individuos militares no se les obligue á surtirse de los abastos públicos entre tanto no se abone y arregle la refaccion que gozan........................ 394 Real decreto: se exonera por dimision que hace del cargo de la Secretaría de Estado y del Despacho á D. Pedro Cevallos, y se nombra para que le suceda despachando interinamente los negocios de la de Gracia y Justicia á D. Josef García de Leon y Pizarro........ 30. Circular: se encarga á los Intendentes, para que tengan efecto las órdenes comunicadas sobre la supresion de la racion de etapa, cuiden de que las partidas que salgan de sus distritos vayan socorridas de sus haberes hasta el punto que se les destine.................................................................................................................................. 397 30. Reglamento de sueldos para los Oficiales y demas clases del egército de América que se retiran del servicio, aprobado por S. M. en Real órden de 30 de Octubre de 1816. 398 Circular: se fijan los casos y circunstancias en que á los Brigadieres del egército ha de concedérseles destinos de cuartel en las provincias del reino con los sueldos que les corresponda por sus años de servicios y méritos de guerra. 405

NOVIEMBRE.

10. Circular: se manda recaudar en los puertos de América é o islas Filipinas el arbitrio de Reemplazos establecido en los

de la península por Real órden de 9 y 16 de Setiembre de 1811 en la forma y bajo las reglas que se prescriben. 413 11. Otra, en la que se previene á los individuos militares que se consideren con derecho á cualquiera de las condecoraeiones de la Real y Militar Orden de San Fernando formen sus solicitudes á este objeto por conducto de sus respectivos Generales en gefe en el preciso término de un mes; con prevencion que finalizado este no se dará curso á ninguna instancia de esta especie..........

12. Otra: prescribe las reglas que han de observarse en los 4 cuerpos de caballería y demas armas del egército para que los empleos de Cabos primeros y segundos se provean en

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individuos de la mejor nota, sin precisarles de módó als guno á perder el tiempo de su empeño, y cumplido et obtener la licencia absoluta..........................AL..............A (248 422 19. Real órden: se déclata que el aumento mandado hacer de c paja y cebada á los caballos y mulas de los escuadrones de artillería ha de verificarse tambien con cualesquiera de las especies en que se haga el suministrolomalia.gaul... 428 30. Circular se prescriben las reglas que han de observarse en punto á que las tropas de los diferentes cuerpos de todas armas debegército oigan niisa dels imodo que es practi pio á la profesion del cristianismo.bls. 1430 30. Otra: refiere lo resuelto por S. M. en la consulta hecha por el Intendente del egército de Galicia en razon de si á D. Domingo Ramon Albuin se han de devolver los recibos de suministros que egecutó á las tropas francesas, ó los respectivos á la deuda que tiene pendiente... 433 sdaags & What?

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9.

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DICIEMBRE.

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440

4. Real órden: ordena S. M. que los alumnos de los Reales colegios de Cirugía destinados al egército pueden egercer siendo Doctores en ella esta y la de Medicina en: sus. pro pios destinos........................ ...ke.com.b...............qe do 436 Circular: se encarga al Inspector de infantería y G.fes superiores de las armas prevengan á los Subinspectores examinen con la mayor detencion y pulso las pruebas sobre las cuales se han hecho los abonos de campaña Real órden: se manda exigir desde 1. de Enero de 817 tres reales vellon por cada fanega de sal en lugar de los dos que se recaudan para el fondo de. Milicias y previe ne que el real de exceso quede á disposicion del Consejo supremo de la Guerra para el pago de los sueldos de sus Ministros y dependientes............................./..................................................... 441 20. Circular: se reitera lo mandado para que en las oficinas de Real Hacienda no se hagan mas pagos que los de pura administracion.................................. 25. Otra: expresa bajo diferentes reglas la forma y circuns tancias con que se han de expedir las cédulas de los Sargentos, Cabos y Soldados de los cuerpos de Inválidos hábiles que pasan á los inhábiles....... ......... 463 28. Otra: se manda, en razon de lo que se refiere, que los Ter nientes de Rey de plazas continúen interviniendo las revistas de las tropas que en ellas hubiere, y que sus Gobernadores den el santo y órden del dia: que permitan el

........

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uso de licencias temporales, y autoricen todos los documentos que de esta naturaleza ocurran como atribuciones sanejas á estos destinos.....................................................

466

30. Otrax sei concede á los individuos de las Santas Hermanda -CI des de Ciudad-Real y Talavera igual gracia que á ja de Toledo, para que puedan usar de la escarapela roja, cuya

8 gracia se hace extensiva á cuantos gocen el fuero militar.. 467

3

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Objetos de que tratan las Reales resoluciones expedidas por la Secretaría de Estado y del Despacho de Marina y Consejo del Almirantazgo.

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ENERO.

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27. Real decreto: exonera S. M. par dimision que hace de la Secretaría del Despacho de Marina á D. Luis Salazar, y nombra para este cargo D. Josef Vazquez Figueroa..... 29

2.

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Circular: se concede una cruz de distincion á los Gefes, Ofi

ciales y demas individuos de la Real Armada que han contribuido al feliz éxito de las operaciones en la última guerra. 43 8. Real decreto: se hace mérito de las ventajas y franquicias que concede S. M. á todos sus vasallos de unos y otros dominios para que al arbitrio y voluntad de cada uno pueda por sílarmar los buques que quiera, oponiendose con vigor á las violencias, y usurpaciones de los rebeldes de América...iqil............Ingimabb.................

58

76

12. Real órden: concede S. M. á los individuos de Maestranza de los tres departamentos, y en general á todos los de su clase, por el atraso de pagos.en que se hallan, permiso y facultad de que puedan dedicarse á da pesca........ 15. Real decreto: se suprime el empleo de Director general de la Real Armada y el de Mayor general de ella con sus respectivas dependencias; egerciendo la sala de Gobierno del Almirantazgo, como hasta ahora lo ha hecho el Director, las funciones señaladas á este destino en las ordenanzas de la Armada, con lo demas que expresa.......... 83 18. Real órden: se declara el sentido que tiene y ha de darse á la Real órden de 8 de Noviembre de 1801 sobre la pension concedida en general á las familias de los que en aquella época fallecieron en el incendio de los navíos Real

Cárlos y San Hermenegildo......................

:

90

19. Otra en la que se previene que á los individuos del Real cuerpo de artillería de Marina se, conceda las licencias que ..... soliciten para navegar en su clase en buques mercantes... 93

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MARZO.

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29. Real órden: se manda que en lo sucesivo no se destinen ni reciban en los Reales arsenales nuevos presidiarios, por el atraso que sufre la marina en el percibo de sus sueldos, 132 2 bit of org - 12

ABRIL.

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que

I. Circular: concede S. M. una cruz de distincion á los in-
dividuos del Egército y Armada que á las órdenes del Te-
niente: General D. Pablo Morillo concurrieron, alt bloquen
y rendicion de la plaza de Cartagena de Indias
6. Real órden; se declara, con el fin de evitar las dudas
puedan suscitarse sobre el Real decreto de 16 de Febrero
último, que la sala de Gobierno del Consejo de Almiran-
tazgo egerce por Subdelegacion del Serenisimo Sengr Al
mirante las funciones señaladas al empleo de Inspector ges
neral de Marina...

118

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22. Otra señala S. M. el número y clase de empleos que de terminadamente en el ramo de Real Hacienda se han de proveer en individuos del Egército y Real Armada....... 145

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25. Real órden: se concede á los Oficiales de mar retirados y jubilados el permiso para navegar en buques mercantes de cabotage y de Indias, con sujecion al art. 19, tít. 4.o, trat. 6. de las ordenanzas generales de la Armada... 178

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I. Real órden: se obliga bajo la mas estrecha responsabilidad á los patrones, dueños ó consignatarios de embarcaciones que viagen á puertos extrangeros á regresar de ellos con la misma marinería que saquen de España, en razon de no serles permitido el despido de ella ni en el todo ni en parte alguna...........................................

9.

Circular: expresa las reglas sobre las cuales estriba la fran-
quicia que se concede á todos los españoles en general,

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sean ó no matriculados, para navegar en buques mercan-
tes, ya para viages de Europa como de América y Asia. 212
Real orden: manifiesta la ampliacion que se da á la Real
órden de 5 de Diciembre último para que en cierta clase
de buques que viajen á Ultramar vaya en ellos Capellan
y Cirujano..........................................................

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26 Circular se declara á los dueños de arbolados y su terre no el libre uso de abrir y cerrar sus propiedades segun mas les fuere conveniente........

249

306

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9.

Real orden se encarga á las Autoridades de América no permitan desembarcar, & que verificado sean aprehendidos, los franceses Pedro Foly y Federico Pablot, que con siniestros fines al comercio y al Estado llegaron á la Coruña en el bergantin San Josef, procedentes de Burdeos...... 332 Circular se derogan los privilegios de que gozaban en el puerto del Málaga con el nombre de barcaza el Marques ISI de Torreblanca, y el de palanca alta y baja que ob ténia D. Juan Agustin Swerts, como opuestos al libre uso de los comerciantes en sus mercancías, y á los trabajadores y gente de mariha para buscar su sustento...................... 333 12. Real órden: se manda admitir al servicio de los Reales

bajeles los individuos útiles que voluntariamente se presenten, sin que obste al efecto la circunstancia de que ha yan sido antes matriculades y borrados de la matrículas por el delito simple de desercion que hubiesen cometido. 342 22. Otra: se hace extensiva la cruz de distincion acordada en Febrero último para los Oficiales y demas individuos de la Real Armada, á los Oficiales y tropa del egército que tuvieron destino en las fuerzas sutiles, ó hicieron servicios. en la marina en la última guerra.........

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352

NOVIEMBRE.

I.

Circular: expresa las circunstancias en que S. M. previene se haya de facilitar á los armadores en corso y mercancías 4 los pertrechos y demas auxilios que les sean indispensables y cómodamente puedan darse sin hacer falta para el Real servicio!!......

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