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Erden de 30 de Enero de 1775 30. Circular: se reitera la Real órden de 1805 para que bajo la responsabilidad que impone cuiden los pueblos de presentar sin falta en las oficinas, respectivas aptes del 31 de Enero próximo los recibos de suministros que hubiesen, hecho desde 1. de igual mes de 1815 hasta fin del prea da sente año............................. 30. Otra: se encarga á los Intendentes, para que tengan efecto las órdenes comunicadas sobre la supresion de la racion de etapa cuiden de que las partidas que salgan de sus distritos vayan socorridas de sus haberes hasta el que se les destine....

I.

NOVIEMBRE.

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punto .............. 397%

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Real órden: se prohibe la introduccion de las flores, guar
niciones y demas adornos de cabeza en provincias contri-I
buyentes de las fabricadas en las exentas.....

10. Real órden: se manda recaudar en los puertos de Améri¬

ca é islas Filipinas el arbitrio de Reemplazos establecido o en la península por Reales órdenes de 9 y 16 de Seiiem

bre de 1811 en la forma y bajo las reglas que: sel¡ex-)-0€
presan........................... fot

11. Real cédula de S. M. y Señores del Consejo de Hacien-
da se declara por punto general tanteables todos los ofi-:
Acids
cic enagenados de la corona, aunque sus títulos conten-
gah la cláusula de no poderse tantear, pujar ni consumir
por persona alguna...........

415

11. Real órden: se reitera lo que está prevenido en diferentes Reales órdenes para que no se permita venir á la corte á las mugeres de los empleados, bajo toda responsabilidad... 417 12. Otra se reencarga, bajo responsabilidad á las Justicias de todos los pueblos del reino el puntual y exacto cumplimiento á los despachos con que sean requeridos de los Jueces Subdelegados de Cruzada para verificar la cobranza de los sumarios y las correspondientes á la del subsidio. 420 12. Otra prescribe la forma con que se ha de acreditar su

haber á los empleados en la Real servidumbre que disfrutando sueldo por Casa Real gozan otro por el Real Erario. 423 13. Otra se manda llevar á efecto lo que previene la Real cédula de 12 de Julio de 1803, respecto el derecho que expresa ha de exigirse en esta corte por alçabalas y cientos á los frutos y efectos que traiga del Asia la Real Compañía de Filipinas.................................................

TOMO III.

f

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13. Otra se proroga por último y perentorio término la venta de tejidos de algodon extrangero hasta fin de Diciem→ bre del presente año; y se manda que á la Real Compa ñía de Filipinas se la guarden los privilegios-que la estan. concedidos por Real cédula de 1803 en razon de que sola por sí pueda introducir en España y América tejidos de algodon asiáticos.......................

19. Otra se declara que el aumento mandado hacer de paja y cebada a los caballos y mulas de los escuadrones de ar tillería ha de verificarse tambien con cualquiera de las es pecies en que se haga el suministro............................................. 22. Otra: se encarga á las tesorerías Reales cuiden de no expender la moneda que carezca de todo sello, y que las que hubiere en arcas las pasen para su fundición á las respectivas casas de moneda....

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429

.GI

29. Otra declara S. M. por inconducente el aviso que dió el Intendente de Cuenca al Tesorero general, respecto lo que se refiere; y expresa que lo conveniente al Real servicio es que este y los demas del reino se arreglen á lo prescrito en la nueva instrucción en órden á velar sobre la mas activa va y exacta recaudacion de Rentas........ 30. Circular refere lo resuelto por S. M. sobre la consulta thecha por el Intendente de egército de Galicia en razon? si á D. Domingo Ramon Albuin se han de devolver los recibos de suministros que egecutó á las tropas francesas, ó los respectivos á la deuda que tiene pendiente........ 433

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429

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Circular: se designan las reglas que han de observarse p
ра-
ra plantear y sostener por ahora el establecimiento ó cá-
tedra de agricultura mandada erigir en la ciudad de Lle .SI
rena por Real órden de 21 de Abril último...ola 434
Real orden: se encarga á la Dirección de Rentas pidaia
los Intendentes y Sociedades económicas las noticias que.
se refieren, con el conveniente fin de que el Consejo de
Hacienda en junta de Comercio y Moneda pueda infor
mar la regla general que haga desaparecer las disposicio
nes perjudiciales al comercio y cultivo de vinos... 437
Otra: expresa las reglas sobre las que se determina el co-
nocimiento que ha de darse á la Real Compañía de Fili
pinas, respecto los géneros de algodon asiaticos y euro->
peos que por los juzgados de Rentas se decomisen para si
les acomoda ó no comprarlos...............

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I

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Otra: previene se pagues mensualmente sus sueldos á los
empleados de Resguardo, y que sus Gefes cumplan con
exactitud la obligacion que les impone el capítulo 15. de
la instruccion de Rentas de 16 de Abril último............
Otra: se manda exigir desde 1.° de Enero de 817 tres
reales vellon por cada fanega de sal en lugar de los dos
que se recaudan para el fondo de milicias, y previene que
el real de exceso quede á disposicion del Consejo supre-
mo de la Guerra para el pago de los sueldos de sus mi-
nistros y dependientes.......

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10. Real decreto: nombra S. M. nuevamente á D. Victor
Soret para el empleo de Tesorero general con egercicio
desde 1.o de Enero próximo......................
20. Circular: se reitera lo mandado para que en las oficinas
de Real Hacienda no se hagan mas pagos que los de pura
administracion..........

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21. Real órden: expresa hallarse ya concluido el permiso que se concedió á D. Vicente Bertran de Lis para introducir ciento cincuenta toneladas de géneros de algodon extrangero en el reino..................................................... ............................... ............ 453 23. Circular de la Direccion de Rentas: manifiesta la necesidad que hay de que los ramos productivos de la Real Hacienda se recauden con perfeccion; á cuyo fin invita á los Administradores y Contadores de provincia, persuadida del zelo que los anima al mejor servicio de S. M., que llenarán sus deberes redoblando su actividad al objeto expresado................

23. Real órden: se manda estar á lo resuelto y comunicado en 24 de Junio último, en razon de que el Tesorero gee neral continúé expidiendo sus libranzas directamente á las tesorerías de Rentas, usando de los caudales disponibles hasta que otra cosa se determine.................................. 457 23. Real decreto: admite S. M. á D. Manuel Lopez Araujo la dimision que hace de la Secretaría del Despacho de Hacienda, y nombra para que le suceda, interinamente, á D. Martin Garay.................

458

23. Real órden: se manda llevar á efecto lo resuelto por. S. M. en Real órden de 27 de Octubre último, en razon de que los tenedores de géneros de algodon extrangeros ó los vendan en el término de tres meses á la Compañía de Filipinas ó los extraigan del reino................ ............. 458 27. Real decreto: concede S. M. el uso de media firma para el despacho de los negocios de la Secretaría de Hacienda

3 á D., Martin Garay..................

31. Circular de la Direccion de Rentas: se encarga á los Administradores de la renta de Salinas procedan, en complimiento del artículo 18, capítulo 10 de la nueva instrucPcion de Rentas, á la formacion de acopios de esta especie en los pueblos de su respectiva demarcacion..................... 468 Otra: encarga la Direccion de Rentas, entre otras cosas, se la dé noticia para determinar con el debido conocimiento en muchas de las operaciones de la renta de Salinas los alfolies y toldos que actualmente existen en cada provincia.............

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Otra: previene la misma Direccion á los Administradores
de la renta del Tabaco cuiden, bajo su' responsabilidad,
que á su recibo se hagan prolijos y exactos reconocimien-
tos sobre su verdadero estado y calidad, dándola siempre
cuenta de todo...........

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471

Objetos de que tratan las Reales resoluciones expedidas par Consejo Real y Cámara de Castilla.

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9.

ENERO.

Circular: se manda que las causas que se hallen pendien-
tes en los pueblos, dimanadas de comisiones del extingui-
do Ministerio de Seguridad pública, se pasen para su sus-
tanciacion..á. las. Chancillerías ó Audiencias que corres-
ponda........

9. Otra: expresa que los que hayan padecido alguna veja-
cion ó perjuicio por providencias ú órdenes del extinguido
Ministerio de Seguridad pública pueden reclamar su agra-
vio ante los tribunales respectivos......

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22. Otra: se reencarga á las Chancillerías y Audiencias Reales, Corregidores &c., la puntual observancia de la pragmática-sancion de 31 de Enero de 1768, sobre la toma de razon en las contadurías de Hipotecas de todas las escrituras que en ella y demas Reales órdenes se expresan.. 22 26. Real decreto: restablece S. M. en el uso y egercicio de su primer Secretario de Estado y del Despacho á D. Pe

dro Cevallos...............

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26. Otro: previene S. M. cesen las comisiones que entienden en causas criminales, y que estas se remitan á los tribuna les respectivos, ante quienes comparecerán los delatores, quedando sujetos á las resultas del juicio.........................

28

27. Otro: exonera S. M. del cargo della Secretaría de Estado y del Despacho de Gracia y Justicia á D. Tomas Moyano, y nombra interinamente para su despacho á D. Pedro Cevallos.......

3.

7.

9.

FEBRERO.

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......... 29

Real decreto: se manda que el tribunal creado en está
corte para entender en las causas de Estado continúe en
sus tareas hasta finalizar las que hubiere pendientes..... 46
Circular: se manda cumplir y observar la circular de 31
de Agosto de 1787 en razon del pago de los derechos de
Lanzas y Medias-anatas que deben efectuar las personas
sucesoras ó agraciadas con títulos de Grandes, Duques,
Marqueses &c., con lo demas que expresa...............
Otra: se encarga á las Autoridades y Justicias del reino
recojan todos los egemplares de los varios folletos que
con títulos de Catecismos políticos y religiosos en estos
últimos tiempos se han publicado, y á continuación se
designan............

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14. Real decreto: participa S. M. al Consejo Real y demas supremos de esta corte su tratado casamiento y el del Serenísimo Señor Infante D. Cárlos María.........!....................................... 14. Real órdenes se manda que los Intendentes den noticia exacta y en la forma que se previene sobre el número, calidad y cantidad de las propiedades que en España gozaban los súbditos franceses al tiempo de su embargo y confisco................

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16. Real cédula de S. M. y Señores del Consejo, se manda - guardar y cumplir el Real decreto inserto, sobre que cesen las comisiones que entienden en causas criminales en la conformidad que se expresa.................... ....... 87 17. Otra: se manda guardar y cumplir lo contenido en el decreto inserto en que S. M. participa su tratado casamiento y el del Serenísimo Señor Infante D. Cárlos............... 88 18. Real órden: expresa que en todas las iglesias del reino se Shagan rogativas por el feliz viage de las Serenísimas Señorás, Infantas de Portugal........... 21. Otra se renueva la Real órden de 14 de Abril de 1864, con el objeto de que los provistos en dignidades y otras cualesquiera prebendas acudan en el preciso término de tres meses á solicitar en la Cámara las correspondientes Reales presentaciones...............................................

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