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de este concepto. Lo consiguieron, y el Convenio, mejor dicho, el proyecto de Convenio, que fué resultado de esta conferencia, dice que deberá «ser castigado todo el que para satisfacer. las pa-iones ajenas proporcione, rapte ó seduzca mujeres ó jóvenes, aun cuando los actos aislados que constituyen el hecho se cometan en países distintos». En la Conferencia de Viena, el Comité Nacional alemán para la represión de la trata, preguntó si los diez años transcurridos desde que se adoptó esa definición y la experiencia adquirida desde entonces, no indican la necesidad de proceder á una ampliación de ese concepto. El Comité alemán cree que sí, que es necesario ampliar la definición, modificarla; que es preciso considerar como tra tante en blancas á toda persona «que proporcione ó comercie con mujeres ó jóvenes para destinarlas á fines inmorales, aun cuando los hechos aislados que constituyen el delito se reali. cen en país extranjero». No es de creer que esta propuesta del Comité alemán tropiece con grandes obstáculos, sobre todo después de la Conferencia que se ha reunido últimamente en París para tratar de la reforma də algunos artículos del Convenio internacional de 1904. La cuestión es, de todos modos, muy interesante, porque no necesita decirse que de la defini. ción que pudiera darse al concepto de trata de blancas, resultaría lícito ó ilícito el hecho de abrir casas de prostitución ó de mantenerlas abiertas.

El segundo tema no dará lugar á discusión. Consiste, sen. cillamente, en exponer el estado de la legislación represiva de la trata de blancas en los diferentes países y en indicar al Congreso si convendría ó no solicitar de los Gobiernos un acuerdo internacional relatiyo á la emigración con el fin de lograr que ésta no sirva de medio eficaz para el tráfico en mujeres.

El tercer tema comprende varios puntos de interés: 1.o, un resumen de las medidas de carácter administrativo que se han tomado en los diferentes países para combatir la trata de blåňcas, ya sea en cumplimiento del Convenio de 1904, ya de lca. deseos expuestos por el Congreso de París en 1906; 2.o, la re

forma de las Capitulaciones en Egipto, de suerte que los tratantes en blancas sean juzgados sin distinción de nacionalidad por los tribunales mixtos. En efecto, en este país se hace la trata de una manera escandalosa, y como quiera que los extranjeros sólo pueden ser juzgados por sus respectivos Cónsu. les, el Gobierno egipcio se cruza de brazos y resulta que allí gozan los traficantes de una envidiable libertad. Se desea que las Capitulaciones se modifiquen en el sentido de permitir que los tratantes, lo mismo que los comerciantes que quiebran fraudulentamente, comparezcan ante los tribunales mixtos; 3.o, el estudio de una cuestión muy interesante de derecho internacional, planteada por el Comité dinamarqués. Se trata de averiguar si convendría gestionar la conclusión de un Conve nio internacional, según el que, la repatriación por la autoridad policiaca ó administrativa competente de una joven que haya sido llevada á un país diferente del suyo sin el consentimiento de sus padres, se podrá exigir, por quien tenga derecho á ello, aunque la joven haya cumplido ya la mayor edad en el país extranjero, pero no en el suyo. Y viceversa, ¿podrá pedirse y obtenerse la repatriación de una joven que haya sido llevada á país extranjero siendo menor en su patria, pero mayor de edad en este país extranjero? Como se ve, el es tema de interés.

El tema cuarto del programa se refiere á la organización de la represión de la trata, es decir, al concurso que prestan á esta obra las Sociedades particulares, como la Asociación Católica internacional para la protección de la joven, la Sociedad de Amigas de la joven, la Federación Abolicionista internacional, y otras análogas, y á la constitución de Comités nacionales en aquellos países en donde todavía no existen.

El tema quinto es de indole parecida. Se refiere á los me dios de conseguir que los Comités nacionales obtengan de sus espectivos Gobiernos las subvenciones necesarias para poder desplegar una acción verdaderamente eficaz contra la trata de blancas. Alentados por el ejemplo de España, alguna vez ha

bíamos de servir de ejemplo á los demás, desean los Comités nacionales que les concedan sus Gobiernos cantidades fijas, incluídas en los presupuestos, al modo y manera de lo que hace el Gobierno español con el Patronato Real para la represión de la trata de blancas.

El tema sexto es el más importante de cuantos figuran en la orden del día del Congreso. En Viena, dió lugar á grandes discusiones y á la única votación que se llevó a cabo en la Conferencia. Dice así:

¿Cuáles son, según los Comités nacionales, las principales fuentes de la trata de blancas? - Este tema merece que hagamos un poco de historia, pues no obstante habérsele reservado en el programa del Congreso de Madrid dos sesiones, es muy verosímil que su discusión ocupe mayor espacio. Como ya hemos indicado al comenzar este bosquejo, en la última sesión celebrada por el Congreso Internacional de París, una de las señoras presentes Mad. Avril de Sainte Croix, pidió la palabra para solicitar que en el programa del siguiente Congreso figurase una pregunta concebida en estos términos: ¿La reglamentación de la prostitución, es favorable ó perjudicial á la trata de blan cas? El Presidente del Congreso, M. Bérenger, cuyas tendencias reglamentaristas son de todos conocidas, sorteó hábilmente la cuestión planteada por Mad. Avril de Sainte Croix, manifestando que la Asamblea no podía resolver nada acerca del particular, y que la llamada á incluir en el programa del Congreso de Madrid éste ó cualquier otro asunto, era la Conferencia preparatoria que se reuniría en Viena. Así las cosas, y cuando todavía no se pensaba en reunir esta Conferencia, la Federacion Abolicionista Internacional creyó que sería oportuno consagrar su Congreso de 1908 al estudio de la trata de blancas en us relaciones con la reglamentación de la prostitución, y al efecto invitó á los Comités nacionales fundados para la represión de la trata, para que enviasen delegados à este Congreso y expusieran en el mismo su criterio acerca de tan importante cuestión. Excepción hecha del Comité francés, que

se negó resueltamente à enviar representación de ningún género, todos los demás Comités estuvieron representados en Ginebra, y allí se demostró de una manera que no dejó lugar á dudas, la íntima conexión que existe entre el problema de la trata de blancas y el de la reglamentación de la prostitución, y se demostró igualmente que aun no siendo abolicionista, aun creyendo que no es posible suprimir la reglamentación y aun entendiendo que la supresión de ésta plantearía graves problemas de orden sanitario y moral, existe en la mayoría de los países cultos una marcada tendencia hacia el estudio del problema, y ¿porqué no decirlo? Una simpatía evidente hacia los partidarios de la abolición, que luchan al fin y al cabo, y esto nadie puede negarlo, contra un mal social que lleva consigo la degradación oficial, por decirlo así, de la parte más bella de la humanidad. La discusión del tema sexto, Orígenes de la trata de blancas, fué, pues, en Viena, como lo será seguramente en Madrid, la más importante, la más digna de interés. En Viena discutieron M. Bérenger y Mad. Avril de Sainte Croix, y triunfó el criterio de esta última con ciertas atenuaciones; es decir, con la de di-frazar el tema verdadero, el de la influencia de la reglamentación de la prostitución sobre la trata con la hábil pregunta de ¿cuáles son los orígenes de la trata de blancas? En Ginebra se había demostrado cumplidamente cuáles eran.

El tema séptimo se refiere à la codificación de las leyes y reglamentos relativos à la trata, es decir á la manera más práctica de que todos los interesados en su represión dispongan siempre de una colección ordenada y sistemática de lo legislado en todo el mundo acerca de tan importante problema.

Este es el programa del próximo Congreso de Madrid, al cual asistirán sin duda alguna importantes personalidades del extranjero. Este Congreso despierta grande y legítimo interés en todas partes. En él deben tomar parte todos los que se interesan por los grandes problemas de nuestro tiempo, sean ó no part darios de la abolición, y por eso, insistiendo nosotros en

los términos de la convocatoria redactada por Comisión crganizadora, repetimos que á los españoles nos conviene por todo extremo que los delegados extranjeros «salgan convencidos de que aquí se estudian, de que aquí preocupan, de què aquí se resuelven con amplio espíritu los problemas sociales, y sobre todo, de que cuando se trata de cuestiones de indole parecida á la actual, todos se unen para hacer que triunfen los grandes ideales de moralidad, de derecho y de justicia» (1).

JU. IAN JUDE ÍAS.

Secretario del Patronato Real para la Represión de la trata de Blancas y de la Comisión organizadora del IV Congreso Internacional para el estu dio de este problema.

(1) Las adhesiones pueden enviarse al Ministerio de Gracia y Justicia, Secretaría del Patronato Real, donde darán todos los datos é informes que se crean necesarios y facilitarán programas impresos y cédulas de adhesión.

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