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" No puede tomarse dinero á la gruesa sobre los fletes no devengados de la nave, ni sobre las ganancias que se esperen del cargamento; y el prestador que lo haga, no tendrá mas derecho que al reembolso del capital sin premio alguno. "
Leyes comerciales y marítimas de la América latina comparadas entre sí y con ... - Página 444
por Clifford Stevens Walton - 1907
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Código de comercio: estractado con la exposición, al pie de cada artículo ...

España - 1850 - 524 páginas
...conservacion del buque. ART. 822 y 823. No podrá tomarse á la gruesa sobre el cuerpo y quilla del buque mas cantidad que las tres cuartas partes de su valor; y sobre las mercaderías cargadas podrá tomarse todo el importe del valor que tengan en el puerto donde empezaron á correr el riesgo...
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Diccionario general del notariado de España y Ultramar: Pe-Quo (1857. 416 p.)

José Gonzalo de las Casas - 1857 - 428 páginas
...carga, solo este y no lo restante será hipoteca del préstamo. (Arts. 817 y 818 id.) No puede tomarse dinero á la gruesa sobre los fletes no devengados de la nave, ni sobre las ganancias que se esperen del cargamento, y el prestador que lo diere no tendrá mas derecho...
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Código de comercio español: concordado y anotado, precedido de una ...

España - 1855 - 464 páginas
...préstamo. <Art. 320, . Fr.; 575, C. Hol. , Dif. ; 1643 y 1644, C Port.}. Art. 8IO. No puede tomarse dinero á la gruesa sobre los fletes no devengados de la nave, ni sobre las ganancias que se esperen del cargamento ; y el prestador que lo haga no tendrá mas derecho...
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Código de comercio comentado por una sociedad de abogados

1857 - 420 páginas
...de la carga, solo este y no lo restante será hipoteca del préstamo. . Art. 819. No puede tomarse dinero á la gruesa sobre los fletes no devengados de la nave, ni sobre las ganancias que se esperen del cargamento; y el prestador que lo haga no tendrá mas derecho...
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Código de comercio

1864 - 480 páginas
...ó de la carga , solo este y no lo restante será hipoteca del préstamo. Art. 819. No puede tomarse dinero á la gruesa sobre los fletes no devengados de la nave, ni sobre las ganancias que se esperen del cargamento ; y el prestador que lo haga no tendrá mas derecho...
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Legislacion ultramarina, Volumen5

Joaquín Rodriguez San Pedro - 1866 - 508 páginas
...o de la carga, solo este y no lo restante será hipoteca del préstamo. Ai|. 819. No puede tomarse dinero á la gruesa sobre los fletes no devengados de la nave, ni sobre las ganancias que se esperen del cargamento; y el prestador que lo baga no tendrá más derecho...
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Código de comercio: conforme á la edicion oficial

España - 1865 - 604 páginas
...ó de la carga, solo este y no lo restante será hipoteca del préstamo. Art. 819. No puede tomarse dinero á la gruesa sobre los fletes no devengados de la nave , ni sobre las ganancias que se esperen del cargamento ; y el prestador que lo haga no tendrá mas...
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Proyecto de código mercantil ...

Mexico - 1869 - 350 páginas
...en la hipoteca todas las mercaderías y efectos que la componen. • ARTICULO 1401. No puede tomarse dinero á la gruesa sobre los fletes no devengados de la nave ni sobre las ganancias que se esperen del cargamento, y el prestador que lo haga no tendrá mas dereo^0...
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Código de comercio de la República del Perú

Peru - 1875 - 244 páginas
...buque c de la carga, solo éste, y no lo restante, será hipoteca del préstamo. 133. No puede tomarse dinero á la gruesa sobre los fletes no devengados de la nave, ni sobre las ganancias que se esperen del cargamento; y el prestador que lo haga, no tendrá nías...
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Revista general de legislación y jurisprudencia, Volumen50

1877 - 536 páginas
...parte del capital que represente, dado que el art. 822 del Código, no le permite tomará la gruesa sobre el cuerpo y quilla de la nave, más cantidad que las tres cuartas partes de su valor. El capitalista, al contratar con el naviero, sabe que éste no puede ofrecerle ninguna garantía: un...
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