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Dada en Buen Retiro, à 28 de Diciembre de 1743.
Yo el Rey.

« Por mandado del Rey Nuestro Señor-Don Miguel de Villanueva. »

« Previniendo lo que se ha de observar en las Misiones. y Pueblos de Indios de los distritos del Paraguay, y Buenos Ayres, que están á cargo de los Padres de la Compañia de Jesus.»

Esta Cédula Real viene á demostrarnos que los trece pueblos de las Misiones del Paraná, en virtud de la Cédula Real del 6 de Noviembre de 1726, pasó á la jurisdic cion del gobernador de Buenos Aires, en 1729, segun el testimonio del Provincial de dichas misiones Don Jaime Aguilar, y no se realizó ninguna modificacion desde entonces, no obstante la Cédula Real del 5 de Septiembre de 1733, pues esta quedó sin ejecucion por las razones espuestas en el referido Memorial y en la Cédula Real del 28 de Diciembre de 1743, que concluyó por derogarla, al ordenar que no se hiciera novedad sobre el particular. Pero el cambio de jurisdiccion sobre el territorio de Misiones fué en el órden temporal. La Cédula de 1726, como la, de 1743, se refieren á esta jurisdiccion; pero no á la eclesiástica, que no habia razon para alterarla en esa parte, ni en ninguna otra. De allí es que el Provincial de la Compañia de Jesus Don Jaime Aguilar, en la introduccion de su Memoria de 1737, habla en nombre de los treinta pueblos de Indios Guaranis, sitos en los Obispados de Buenos Aires y del Paraguay. De donde se esplica que la Cédula Real de 1743 refiera que dichos pueblos eran visitados por los obispos de Buenos Aires y del Paraguay.... etc.; y que el Obispo del Rio de la Plata Don José Peralta, en la carta de 1743 dirigida al Rey Felipe V, para informar sobre el estado de las Misiones Jesuiticas que vi sitó por órden de Su Magestad, diga lo siguiente: « De estas treinta Doctrinas (pueblos de Misiones) las diez y siete pertenecen á esta Diócesis de Buenos Aires, y las trece restantes á la del Paraguay; y habiendo visitado

todas las de mi jurisdiccion, pasé tambien á administrar el Sacramento de la Confirmacion en algunas de la Furisdiccion del Paraguay, á instancia y con facultad del Cabildo, Sede Vacante, de aquella Iglesia (del Paraguay).... etc. (a)

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En la historia aparece pues esta anomalia, á consecuencia de los disturbios del Gobierno de Antequera con los jesuitas. El Paraguay lindaba con el Rio de la Plata, en el órden político y militar, por el rio Tevicuary, en la parte donde á este llegaban las reducciones jesuiticas del Paraná. En el órden eclesiástico lindaba en las vertientes de las aguas que ván al rio Paraná y al Uruguay. En los demas puntos los límites señalados en el Cap. IX, entre ambas gobernaciones, no sufrieron alteracion alguna. En el Chaco la divisoria en lo temporal, como en lo espiritual ó eclesiástico continuó siendo el rio Bermejo, y entre el rio Paraguay y el territorio de Misiones, el rio Paraná. Esto es evidente, desde que se observe que la Cédula Real del 6 de Noviembre de 1726, no introdujo otra modificacion que la de incorporar el territorio de los trece pueblos de Misiones del Paraná á la jurisdiccion del gobierno de Buenos Aires.

Las espediciones frecuentes contra los guaycurús y otros indios del Chaco, la exploracion del rio Pilcomayo por los Padres Patiño y Niebla hasta las sierras del Perú, hoy Bolivia, y los descubrimientos de los primeros conquistadores del Rio de Plata, por el Araquay hasta esas mismas sierras, acreditan con la sancion de los hechos históricos la jurisdiccion y dominio que constantemente la antigua Provincia del Paraguay ha ejercido sobre ese territorio que hoy quiere para sí Bolivia, por error ú olvido de esos hechos y de los títulos de esa antigua gobernacion, sobre los cuales funda sus derechos la República del Paraguay.

(a) La carta figura entre los documentos justificativos de la citadá obra de Charlevoix

CAPÍTULO XV.

Prision de José de Antequera y Castro-Nombramiento de Ignacio Soroeta de gobernador- Fernando Mompo- Sus doctrinas democráticas-Su influencia sobre los comuneros-Estos rechazan á Soroeta-Actitud de Barúa-Prision de SoroetaEste se retira de la Provincia-Renuncia de Barúa-El Presidente Luis Barreiro-Prision de Mompo-Revolucion contra Barreiro - Huida de este - Miguel de Garay-Actitud de las Misiones Jesuiticas-Condenacion y ejecucion de Antequera y Mena Impresion que causa Nueva espulsion de los Jesuitas-Medidas defensivas del Gobernador Zabala sobre Misiones-El Gobernador Manuel Agustin de Ruiloba El Obispo de Buenos Aires Fray Juan de Arregui Arenga del Gobernador Ruiloba · Sublevacion de los comuneros-Muerte de Ruiloba-El Obispo Arregui es elejido Gobernador-Junta General-Sus resoluciones-Actitud del Gobernador Zabala El Paraguay es declarado Provincia rebelde- Medidas contra ella Anarquia entre los comuneros-Invasion de los indios Mbayás-Espedicion de Zabala contra los comuneros- Derrota de estos-Invasion de los guaycurús y Mbocobis - Espedicion de Espinola Presidios sostenidos por el Gobierno del Paraguay - Espedicion contra los Abipones - Decadencia del Paraguay -Peticion al Virey y á la Corte de España - Espediciones de 1758 y 1759-Observaciones.

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Mientras la paz se restablecia con Barúa, véamos lo que sucedia al doctor don José de Artequera y Castro. Burlando los esfuerzos de Zabala por prenderle llegó á la Ciudad de Córdoba y se refugió en el convento de San Francisco. Logró esquivar la vigilancia de sus sitiadores en este lugar y pasó á Chárcas en busca de la proteccion de la Audiencia, pero fué preso y remitido á Lima, donde se le procesó como reo de lesa-magestad. Empero su causa recibió en esta Ciudad el áura de la simpatia general, como espresion de una necesidad ya sentida en la América Española.

En tanto que el juicio seguia su curso lento, en la Asuncion Barúa sufrió la influencia de la opinion pública, inclinándose pronunciadamente á la causa popular que aquel había defendido con la resolucion del heroismo; pero si este no tuvo el valor moral de abrazarla abiertamente, era fuera de duda que simpatizaba con ella y contemporizaba con sus partidarios, de tal manera que su gobierno se hermanaba perfectamente con la voluntad general de la provincia. Mas en 1730 el Virey resolvió reemplazarle nombrando para gobernador á Don Ignacio Soroeta, quien, desde Santa Fé comunicó el hecho á la capital.

El pueblo se agitó, porque aspiraba á un gobierno propio y tenia á su frente al doctor Don Fernando Mompo, compañero de prision de Antequera, quién huyó de la cárcel de Lima y vino á abrazar la justa causa de la libertad del pueblo paraguayo, erijiéndose en el mas decidido campeon de sus derechos.

Intérprete fiel de sus aspiraciones, se hizo comunero sin reservas. « Con un coraje dignos de los tiempos antiguos, dice el Sr. Estrada, desafiaba la cólera del poder, arengaba al pueblo en las calles de la Asuncion, fascinándolo con su fuego de tribuno, para inocularle definitivamente una idea, que estaba comprendida en las anteriores doctrinas esparcidas por Antequera, pero envuelta en un prudente respeto hacia el derecho de la monarquia. Mompo sometió el símbolo para descubrir la deidad. »>

« La autoridad del comun no reconoce superior. La voluntad del monarca, y todos los poderes, que de ellas derivan, son otras tantas fórmulas del mismo principio. La autoridad de los comunes es elemental, permanente, inalienable. Preexiste á todas las modificaciones de la monarquia y es la forma y como el molde primitivo del Estado. La monarquia, principio estraño á la antigua constitucion de los pueblos latinos, fué introducida en una crísis turbu lenta del mundo romano. Implica la delegacion de la soberania, pero de ningun modo el suicidio moral de las naciones. El derecho natural es el código universal y el

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