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CAPITULO XIX

Limites del Gobierno de la Asuncion con el de Buenos Aires y con el de Montevideo en 1806-Limites con el Brasil-Antecedentes históricos-Tratados de 1494, 1529, 1580 y 1680 -La Nueva Colonia del Sacramento-Su reconquista por el gobernador Garro-Tratado provisional de Lisboa də 1681– Entrega provisoria de la Colonia del Sacramento à Portugal-Reconquista de esta Colonia por España-Tratado de Utrecht de 1715-Nueva entrega de ella á PortugalFundacion de la Ciudad de San Felipe de Montevideo-Tratado de limites de 1750-Devolución de la colonia del Sacramento a España-Concesion del territorio de los siete pueblos orientales del Uruguay à Portugal--Resistencia de los Jesuitas y de los Indios-Expulsion de los Jesuitas de Portugal, España y Amèrica-Anulacion del tratado de 1750 por el de 1761—Accion reivindicatoria de España contra todas las usurpaciones portuguesas de 1776-Tratado de Paz y límites del 1o de Octubre de 1777-Articulos 3.o 4.° 5° 6.° 7° y 8.o-Límites del territorio de Misiones con el Brasil-Diferencias entre los comisarios del tratado de 1750-Reconocimiento del verdadero Pequeri & Pepiriguazu por los señores Varela y Veiga Cabral en 1759, y por Oyarvide en 1791-Resistencia le los comisarios por tugueses para reconocer el verdadero Peperi-Guazú―Guerra de 1801-Sus efectos-Usurpacion del territorio de los siete pueblos de las Misiones Orientales del Uruguay-Argumentos portugueses-Contra-argumentos-Violado ó rechazado el tratado de 1777 por el Brasil renace el derecho y la accion reivindicatoria de los pueblos de origen español-Accion aislada ó en comun de estos contra el BrasilInaplicabilidad del principio del uti-possidetis en las re laciones de aquellos con este, Consecuencia, Tendencia general de los pueblos de origen español contra el Brasil— Razon de ser ella-Conclusion.

En el capítulo anterior vimos que por resolucion de Soberano Español fue reunido el territorio de los treinta pueblos de las Misiones del Paraná y del Uruguay al Gobierno de la Asuncion del Paraguay, en 1806. En su consecuencia la jurisdiccion y dominio de este gobierno se estendió sobre el territorio de dichos pueblos.

«La historia da República Jesuitica do Paraguay» escrita por Pedro Gay refiere que en la parte Occidental del Rio Uruguay la reduccion de Yapeyú era la mas Meridional y su jurisdiccion al Sed quedaba dividida de Entre Rios (Corrientes) por el rio Miriñay, siendo los límites de las Misiones al Oeste, este mismo rio Miriñay y la Laguna Iberá; en la parte Oriental del Rio Uruguay los límites Sud de Misiones era el rio Ibicuy.- (a)

El Gobierno de la Asuncion del Paraguay vino pues á lindar con el Gobierno Intendencia de Buenos Aires, en 1806, sobre el rio Uruguay en el rio Miriñay y al Oeste con este rio y la Laguna de Iberá, para luego seguir los límites de las reducciones del Paraná y demas antiguos lindes señalados anteriormente entre ambos gobiernos.

Por otra parte, con la reunion de los treinta pueblos de Misiones al Gobierno de la Asuncion, este vino tambien á lindar de derecho con el Gobierno de Montevideo en el rio Ibicuy, hasta donde este llegaba al Norte á tocarse con dichas Misiones.

Sobre estas divisorias del Gobierno de la Asuncion con los gobiernos de Buenos Aires y Montevideo no habia cuestion en 1806, ni con posterioridad durante el coloniaje; pero con motivo de las dificultades materiales que la distancia oponia al Gobernador de la Asuncion para que pudiera atender personalmente los pueblos de las Misiones del Uruguay, el Virey tomó bajo su inspeccion directa la defensa y gobierno de dichos pueblos de acuerdo con el Gobernador Don Bernardo de Velazco y á fin de atender mejor el real servicio.

Ninguna dificultad ofrecía pues esos límites territoriales de dominios pertenecientes á un mismo Soberano; pero no sucedia así con la divisoria del Gobierno de la Asuncion con las usurpaciones portuguesas de Rio Grande.

(a) Véase.-dicha importante obra- Cap. III pág. 49 á 51 y la Coleccion de Datos y Documentos referentes á Misiones como parte integrante del territorio de La Provincia de Corrientes hecha por una Comision nombrada por el Gobierno de ella, núm. 45 pág. 148 á 163.

II

Para convencerse de ello bastaría recordar los términos del tratado de Paz y límites del 1.o de Octubre de 1777, ratificado por Portugual el 10 y por España el 11 del mismo mes y año; mas para la mejor inteligencia de las cuestiones antre ambas coronas sobre el territorio de Misiones, tendrémos presentes los demas tratados celebrados con anterioridad.

Recordemos pues que treinta y cinco años despues de celebrado el tratado fundamental de 1494, llamado generalmente de Tordesillas y del cual nos ocupamos en el capítulo I, los españoles se habian apoderado de las islas Molucas, las que los portugueses consideraban que entraban en los dominios de su demarcacion.

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El tratado de Zaragoza del 22 de Abril de 1529 puso término á esta cuestion en la forma de una venta. La España cedia dichas islas por una suma de ducados de oro con la especial cláusula del pacto de retroventa. Bajo Felipe II los españoles se apoderaban de las islas Filipinas; pero los portugueses se introducian en grandes zonas de la América Española, que dicho rey disimulaba porque iba á ceñirse con la Corona de Portugal, como así sucedió en 1580.

Mas, como dice, el Padre Don Bernardo Ibañez de Echavarri: « Ni en los sesenta años que ella duró, ni en los otros sesenta que á la separacion se siguieron dejaron los Portugueses, aprovechándose de nuestro descuido, de estenderse por nuestra demarcacion casi Soo leguas en el Marañon, hasta la boca por donde en él desagua el Javary, y casi otras 800 en el Brasil, hasta donde hoy están las célebres Minas de Cuyabá, siendo ese golpe mortal á la España, no porque la quitasen esas tierras, pues tiene desiertas demasiadas y mejores, sino porque comunicando sus caudalosos Rios con nuestras floridas Provincias de Perú, Quito y Nuevo Reyno, se las introducirían frequentes los fraudes de los géneros extrangeros establecido en la boca del Marañon el inagotable Almacen del Gran Pará, con mengua de nuestra Real Hacienda. Al mismo fin y con igual ó

mayor perjuicio de ella, establecieron tambien á la boca del Rio de la Plata sobre su márjen Septentrional frente de Buenos Aires, el año de 1680 la Nueva Colonia de! Sacramento, que habia de descontar todo el Comercio de aquella Gobernacion y el de las Provincias de Paraguay, Tucuman y Chile, haciéndose así tributaría del Portugués, ó por mejor decir del Inglés, que les vende los géneros que introduce todo esta América Meridional Española. El Gobernador de Buenos Aires D. Joseph Garro quiso cortar en su nacimiento la raiz de esta sementara de males, y pasando con su gente tomó prisionero con todos sus Portugueses y quanto habia traido Manuel Lobo Gobernador del Janeyro; y destruida la nueva plantacion, se restituyó á la Ciudad habiendo en ella, antes de partir para su expedicion escrito sobre la venida de los Portugueses a la Corte de Madrid. La de Lisboa tubo antes la noticia del descalabro y disimulando hasta que de Madrid se diesen las quexas, quando llegó ese caso pidió un Congreso para terminar amigablemente la diferencia, y yá junto pu. blicó la noticia oculta y sin distinguir de tiempos dixeron los Portugueses, que nosotros infrinjiamos la concordia del Congreso en las hostilidades de Garro. Firmóse el 6 de Mayo de 1681 el Tratado Provisional de Lisboa, á cuya testa sale bien multado por su heroycidad el inmortal Gobernador de Buenos Aires, y despues se conviene en que se devuelva á los Portugueses la Colonia, mientras en cierto tiempo se decide en que demarcacion está y que pasado el término sin decidirse, quede esto al juicio de la Santa Sede. Como no pretendian mas que pillar su Colonia los Portugueses abusando de nuestra buena fé, eternizaron todo lo demás, y se hicieron sordos á las débiles voces de Cárlos II. »

« Pero el Animoso Phelipe V los dió con el Cañon y tomó esa Plaza á principios de este siglo y se les conservó hasta la Paz de Utrecht, en la que el 6 de Febrero de 1715 se convino en la mútua restitucion de las tomadas en aquella Guerra, y se desolvió la de la Colonia á Por

tugal, dexando su terreno á usos comunes de las dos Naciones, anulando el Tratado Provisional de Lisboa y reservándose España el derecho de ofrecer dentro de un año y medio por la Colonia un equivalente que siendo proporcionado y no admitido en el tal plazo quedase todo como antes de la guerra. Así sucedió, y á vista de tan mala fé puso aquel Agustísimo Monarca por freno á la Colonia la nueva Ciudad y Plaza marítima de San Phelipe de Montevideo el año de 1724. Diez años despues, rota la Paz, se volvió á sitiar la Colonia, que seria ya nuestra si los Indios Guaranis que llevaron al sitio para vana ostentacion de su fidelidad los Jesuitas, no la hubieran entrado socorro de carnes, y el aviso de que se iba á desamparar la empresa el dia mismo que los Portugueses faltos de un todo se iban á entregar. Joseph Ignacio Almeyda, Sargento Mayor de la Colonia y el mejor Portugués de quantos yo he tratado, me refirió muchas veces como testigo ocular, esta noticia con todas sus menudencias que yo omito. Reduxóse el Sitio ó bloqueo, y á pocos dias llegó el navío de aviso con la Paz y resolucion de que las cosas quedasen en el estado que el aviso los cogiese; y así quedaron desde el año de 1735, á saber, bloqueada como Gibraltar, la Colonia por tierra y recibiendo por agua quanto necesita para enriquecer á Inglaterra, de quien es todo el provecho, y arruinan nuestro Comercio y la Real Hacienda, de quien son todos estos enormísinos daños. »

«El ánimo pacífico del Señor Fernando VI tiró á quitarlos por medio del Tratado de Límites, celebrado al empezar el año de 1750 con su Suegro Juan V de Portugal; y observando que el orijen de todas las pasadas discordias. era el haber sido imajinarias y tiradas por Meridianos las líneas de los Tratados precedentes, se dispuso este, por el qual todos los anteriores por lo tocante á este particular, se anulaban y se tiraba una línea Real y muy visible é inequivocable, pues la formaban indelebles Cordilleras y rios muy caudalosos é inmutables. En nada se tuvo quanto conspirase á que la línea saliese clara y sin peligro de

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