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y otro hacian el mismo número de monedas inferiores, y uno y otro tenian el mismo valora

375 La conseqüencia que hace del mayor o menor valor de los maravedis, del mayor o menor número que hacian los cornados y dineros, claudica de muchos modos. El maravedí noven ó viejo, se apreció como el nuevo, ó de blancas en seis cornados, en diez dineros y en sesenta meajas, y sin embargo todas las escrituras dan mas valor al viejo, computándole unas en dos nuevos, cuya estimacion siguen los contratos que vió dicho ilustrísimo otorgados al cabildo de la iglesia de Córdoba: otras en dos y medio, y otras en algo ménos. La blanca vieja montaba cinco dineros, y cinco la nueva, y dos viejas hacian tres nuevas. El dinero viejo importó diez meajas, y otras tantas el nuevo, y el vie jo valió por dos nuevos. El blanco de don Juan el I se estimó en un tiempo en diez dineros novenes, y solo valia un cornado ó poco mas de dinero y medio. El maravedí burgales hacia quince sueldos, y el de la moneda de la guerra siete y medio, y el maravedí burgales valia nueve de los de la guerra, segun su peso legítimo, y seis segun el valor extrinseco, como expresa el convenio ó concordia que hicieron el abad y monges de mi monasterio de santo Domingo de Silos con los clérigos de la iglesia de san Pedro de la Villa del mismo nombre en el año de 1250 (1): Abbas et conventus amicabiliter se componentes cum clericis ecclesiæ Sancti Petri ejusdem loci arrendaverunt clericis memoratis, et eorum successoribus in perpetuum medietatem oblationum, et mortuariorum ad eosdem abbatem et conventum pertinen,, tem pro quinquaginta morabetinis antiquæ monetæ burgensium, qui tunc erat in usu::: cum tunc unus morabetinus dicta monetæ antiquæ secundum pondus legitimum valeat novem morabeti,, nos monetæ de la guerra, aut secundum consuetudinem regionis valet sex."

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376 Los maravedis que por este tiempo llevaban el nombre de viejos eran los novenes acuñados por los reyes don Pedro el Justiciero, don Alonso el XI su padre, y don Fernando el Emplazado su abuelo, á los quales se dió el renombre de viejos para distinguirlos de las blancas de don Enrique III, y de los blancos

(1) Archivo de mi monasterio de santo Domingo de Silos.

de

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de don Juan el I. La comprobacion de estos dos puntos es mas propia de los tiempos en que empezó su fábrica, y la de blancas y blancos, que no de los en que estamos; sin embargo daré aquí una ú otra, empezando por el reynado de dicho don Enrique, por no desviarme del método que sigo de nada dexar sin prueba. En 27 de mayo del año 1397 empeñó doña Isabel de Roxas, hija de Roy Sanchez de Roxas, á su primo Diego Lopez de Estúñiga la aldea de Torrijos (1),, por cincuenta é nueve mil ,, é quinientos é treinta é ocho maravedis é nueve dineros: los no„, venta mil de moneda vieja corriente en Castilla, que valen diez dineros novenes el maravedí, é un real de plata tres maravedis." En 30 de septiembre de 1395 Alfonso Tenorio, hijo de Arias Gomez de Silva, y de doña Urraca Tenorio su muger, vecinos de la ciudad de Toledo, y doña Beatriz, hija de los dichos Arias y doña Urraca, y muger de Don Alvar Perez de Guzman, otorgáron (2),, que por quanto nos los dichos hermanos fincamos por ,fijos é herederos de la dicha nuestra madre en todos los heredamientos en Segovia, é en Córdoba, é en sus términos que fuéron ,, preciados los de Segovia en 300 maravedis de la moneda vieja blanca de diez dineros el maravedí."Por lo tocante al reynado de don Juan el I. lo manifiesta la obligacion que en diez de diciembre de 1389 se obligáron los monges del monasterio de san Millan de la Cogolla de pagar á don Varon Judio, vecino de Logroño (3) diez mil maravedis de moneda vieja, á diez dineros novenes el maravedí, y las cortes que celebró este rey en Briviesca en el año de 1387, en las quales dice: (4) que por causa de la entrada de los ingleses labró moneda de ménos calidad que la vieja, dándola no obstante el mismo valor, de modo que el blanco nuevo valiese un maravedí como el viejo, é que agora manda quel blanco nuevo que mandó valiese un maravedí de á diez dineros que non vala si non seis dineros novenes::: y que desde que comenzó á facer primeramente dicha moneda fasta el mes de diciembre acabado que pasó del año de 1386 que se pague por seis dineros novenes.

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(1) Archivo de los Exmos. duques de Bexar.

(2) Archivo de don Luis de Sala

zar tom. 24.

En

(3) Archivo de san Millan de la Cogolla. (4) Madrid.

Archivo de san Martin de

20378 En el mismo año dió en arrendamiento don Sancho, abad del monasterio de S. Salvador de Oñavá Pedro Sanchez de Arze el de S. Fructuoso de Miengo, con sus iglesias de S. Miguel, y otras cosas, por diez años (1),, por precio de quinientos ,, maravedis de moneda vieja, que se usa en Castilla, que diez ,, dineros novenes facen un maravedí, ó en buenas doblas castella,, nas::: á rason de á treinta é cinco maravedis la dobla de la dicha moneda vieja, ó en doblas morescasó escudos, á rason ,, de á treinta é quatro maravedis, ó en francos á rason de trein,, ta maravedis, ó en florines á rason de á veinte maravedis, ó en ;, reales de plata á rason de á tres maravedis. “

1

379 Por lo respectivo al reynado de don Enrique II lo justifica la venta que en trece de febrero de la era de 1415 (año de 1377) hicieron Diego Fernandez, el escudero de Carrascosa, y doña Maria su muger, vecinos de Soteca, aldea de Atienza, á Johan Sanchez, fijo de Fernand Perez, de todo el heredamiento que tenian en Cifuentes (2) por treinta é cinco maravedis de la moneda que agora corre en Castilla que fasen diez dineros novenes, ó seis cornados un maravedi. En 15 de enero de la misma era consignó Johan Sanchez, vecino de Cifuentes de Miguel Sanchez, fijo de Pascoal Domingo de Murillejo, vecinos de Soteca, una faza de trigo de pan llevar en Soteca (3) por ciento é cincuenta maravedis de la moneda que agora corre en Castilla, que fasen diez dineros novenes, ó seis cornados el maravedí.

380 De que en el reynado de don Pedro el Justiciero corriéron los maravedis novenes es buena prueba la de haberse hallado por su muerte treinta millones de ellos, y de cornados, segun escribe Pedro Lopez de Ayala (4); y de que él los acuñó, lọ es la compra que hizo Teresa Rodriguez, hija de Aras Ferrandes, morador en Otero de Naraguantes, en 4 de diciembre de la era de 1393, año de 1355, á María Ferrandes, muger de Fernan Subiela, morador en Lilio, de quanto la perteneció de Johan Alfonso su primer marido, por parte de la abolenga so campana de S. Johan del Otero::: (5) E esto que dito he vos vendo porque

(1) Archivo de aquel monasterio. (2) Archivo de las monjas dominicas de san Blas de la villa de Lerma. (3) En el mismo archivo...

re

(4) Crónica del rey don Pedro cap. 7. á el fin.

(5) Archivo del monasterio de san Andres de Espinarcda.

recebi de vos por elo en precio é robracion cincuenta maravedis desta moneda del rey don Pedro, á dies novenes cada maravedi.

381 Por lo respectivo á los reyes don Alonso el XI, y don Fernando el Emplazado lo autoriza un pasage de la crónica de dicho don Alonso, escrita por Pedro Lopez de Ayala capítulo XCVIII. E porque este rey don Alonso nunca mandara labrar »moneda del rey su padre, é por esto en todas las villas de la fron»tera de Aragon, y en todo el arzobispado de Toledo corria la moneda del rey de Aragon en esta guisa: los dineros jaqueses en precio de cornados, y los dineros reales en precio de los novenes, y en las villas que son en la frontera de Navarra corrian »los sanchotes. Y otrosi en las villas, fronteras de Portugal corria » la moneda de los portogaleses. Y viendo el rey que esto venia »por apocamiento de su moneda, mandó labrar moneda de no"venes y cornados de la ley, é de la talla que mandó labrar el ❤rey don Fernando su padre. “

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382. Con dicha crónica van contèstes las escrituras entre particulares. En ocho de febrero de la era 1405, año de Cristo 1367, aforo don Alfonso, por la merced de Dios abad del monasterio de san Andres de Espinareda, á Alfonso de Nuño, morador en Villabuena, un suelo de una casa con una cortina en el dicho lugar, so signo de san Justo,, por tal pleyto é con◄ ¿,dicion que diades por ello en foro cada año, por san Martino, una imina de centeno por la toledana, é tres maravedis alfonsis á 'dies novenes." El testamento que otorgáron don Arias Gonzales Cisneros, y doña Mencia de Manzanedo, en la era 1345, año de Cristo 1307, reynando el sobredicho don Fernando el Emplazado, pone la cláusula que sigue. (1),, Salvo que yo don Arias finare ante que vos la dicha doña Mencía, que ..yo pueda dar é mandar por mi alma tambien de mueble como de raiz 100 maravedis desta moneda nueva, que nuestro señor el rey mandó labrar, que facen dies dineros novenes el "maravedí." La siguiente es de una carta de pago dada por el abad y monges de mi monasterio de santo Domingo de Silos á favor de los clérigos de la iglesia de san Pedro de la villa del

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(1) Salazar tomo 4 de la casa de Lara pag. 674.

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mismo nombre, de los trescientos maravedis con que estos debian contribuirles en cada año por la mitad de las obligaciones de dicha iglesia: (1),, que los clérigos de la iglesia de san Pedro que habien á dar cada un año al abad é al convento tresientos ma,,ravedis de la moneda nueva quel rey don Fernando mandó „facer, d dies dineros el maravedi.

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383 Para dar toda la luz posible á estos maravedis de dineros novenes, y que no se confundan con otros maravedis de á once dineros menos tercia, tambien novenes que labró el rey don Alonso, daré aquí parte de los fueros, ó carta de población que los monges de san Andres de Espinareda y su abad don Fernando dieron en 16 de septiembre de la era 1374, año 1336, á los pobladores o placieros de su villa de Vega, pues tratan de unos y otros, y notan su diferencia. (2) „, E que nos diades de cada placia (casa) cada anno en fuero seis maravedis, destos dineros novenes, que nuestro señor el rey don Alon,, so mandou labrar, que facen once dineros menos tercia de », un dinero cada maravedi ou lla estimacion dellos por la fiesta ,, de Sant Martino::: E nos diades cada año para ayuda de la ,, yantar del merino quando vos la enviar demandar cent mara,,vedis, se fordes dusentos placieros, é si non mingüen de los » dineros por lo cunto así como minguaren los placieros. E es,, tos dineros sean de á dies dineros el maravedí, salvo dineros por las placias sean seis maravedis de á oito soldos el maravedi::: E quando el rey echar servicios ou pedidos gene rales en toda la sacada del Vierzo que vos los ditos pobladores ,, que nos ayudedes una vez en el año con seiscientos maravedis, á diez dineros el maravedí de la dita moneda.“

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que

los

384 Tres cosas nos enseña este instrumento. Primera, que rey don Alonso labró maravedis novenes de á once dineros ¿ménos tercia de otro: segunda, que estos maravedis valian oche sueldos; y la tercera, que ademas de ellos habia otros tambien novenes de á diez dineros, los quales labró igualmente dicho rey como llevamos probado. Los primeros se usáron mucho en Galicia, y los segundos en Castilla, segun demuestran las escri turas de ámbos reynos.

(1) Existe en su archivo.

Re

(2) Archivo de aquel monasterio.

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