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y otro hacian el mismo número de monedas inferiores, ġ uno y otro tenian el mismo valors 375 La conseqüencia que hace del mayor o menor valor de

ó los maravedis, del mayor ó menor número que hacian los core nados y dineros , claudica de muchos' modos. El maravedí noven ó viejo, se apreció como el nuevo, ó de blancas en seis cor, nados, en diez dineros y en sesenta meajas, y sin embargo todas las escrituras dan mas valor al viejo, computándole unas en dos nuevos, cuya estimacion siguen los contratos que vió dicho ilustrísimo otorgados al cabildo de la iglesia de Córdoba: otras en dos

y me dio, y otras en algo ménos. La blanca vieja montaba cinco dineros, y cinco la nueva , y dos viejas hacian : tres nuevas. El dinero viejo importo diez meajas, y otras tantas el nuevo, y

el viejo valió

por

dos nuevos. El blanco de don Juan el I se estimó en un tiempo en diez dineros novenes , y solo valia un cornado é poco mas de dinero y medio. El maravedí burgales hacia quince sueldos, y

el de la moneda de la guerra siète y medio, y el maravedí burgales valia nueve de los de la guerra, segun su peso

legítimo, y seis segun el valor extrinseco, como expresa el convenio ó concordia que hicieron el abad y monges de mi monasterio de santo Domingo de Silos con los clérigos de la iglesia de san Pedro de la Villa del mismo nombre en el año de 1250 (1):

Abbas et conventus amicabiliter se componentes cum clericis ecclesiæ Sancti Petri ejusdem loci arrendaverunt clericis memoratis, et eorum successoribus in perpetuum medietatem oblationum,

et mortuariorum ad eosdem abbatem et conventum pertinen» tem pro quinquaginta morabetinis antiquæ monetæ burgensium,

qui tunc erat in usu::: cum tunc unus morabetinus dictæ mone

tæ antiquæ secundum pondus legitimum valeat novem morabeti„ nos monetæ de la guerra , aut secundum consuetudinem regionis valet sex.“

376 Los maravedis que por este tiempo llevaban el nombre de viejos eran los novenes acuñados por los reyes don Pedro el Justiciero, don Alonso el XI su padre, y don Fernando el Emplazado su abuelo, á los quales se dió el renombre de viejos para distinguirlos de las blancas de don Enrique III, y de los blancos

de (1) Archivo de mi mnonasterio de santo Domingo de Silos.

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de don Juan el I. La comprobación de estos dos puntos es mas propia de los tiempos en que empezó su fábrica, y la de blancas

у y blancos, que no de los en que estamos; sin embargo daré aquí una ú otra, empezando por el reynado de dicho don Enrique, por no desviarme del método que sigo de nada dexar sin prueba. 377

En
27
de

mayo del año 1397 empeño doña Isabel de Roxas, hija de Roy Sanchez de Roxas, á su primo Diego Lopez de Estúñiga la aldea de Torrijos (1) „por cincuenta é nueve mil „é quinientos é treinta é ocho maravedis é nueve dineros: los nooenta mil de moneda vieja corriente en Castilla,

que

valen diez dineros novenes el maravedí, é un real de plata tres maravedis. En 30 de septiembre de 1395 Alfonso Tenorio, hijo de Arias Gomez de Silva, y de doña Urraca Tenorio su muger, vecinos de la ciudad de Toledo, y doña Beatriz, hija de los dichos Arias у doña Urraca , y muger de Don Alvar Perez de Guzman, otorgáron (2) » que por quanto nos los dichos hermanos fincamos por fijos é herederos de la dicha nuestra madre en todos los heredamientos en Segovia, é en Córdoba, é en sus términos

que

fueron preciados los de Segovia en 300 maravedis de la moneda vieja blanca de diez dineros el maravedí.”Por lo tocante al reynado de don Juan el I. lo manifiesta la obligacion que en diez de diciembre de 1389 se obligáron los monges del monasterio de san Millan de la Cogolla de pagar á don Varon Judio, vecino de Logroño (3) diez mil maravedis de moneda vieja , á diez dinetos novenes el maravedí, y las cortes que celebró este rey en Briviesca en el año de 1387, en las quales dice: (4) que por causa de la entrada de los ingleses labró moneda de menos calidad

que

la vieja, dándola no obstante el mismo valor , de modo que

el blanco nuevo valiese un maravedí como el viejo , é que agora manda quel blanco nuevo que mandó valiese un maravedí de á diez dineros que non vala si non seis dineros novenes::: y que desde

que comenzó á facer primeramente dicha moneda fasta el mes de diciembre acabado que pasó del año de 1386 que se pague por seis dineros novenes.

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En (1) Archivo de los Exmos. duques (3) Archivo de san Millan de la de Bexar.

Cogolla. (2) Archivo de don Luis de Sala- (4) Archivo de san Martin de

Madrid.

zar tom. 24.

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21. 378 En el mismo año dió en arrendamiento don Sancho, abad del monasterio de S. Salvador de Oña á Pedro Sanchez de Arze el de S. Fructuoso de Miengo , con sus iglesias de S. Miguel, y otras cosas, por diez años (1) , por precio de quinientos

у mnaravedis de moneda vieja , que se usa en Castilla , que diez

dineros novenes facen un maravedí, ó en buenas doblas castella» qas: :: á rason de a treinta é cinco maravedis la dobla de la dilicha moneda vieja , ó en doblas morescas gió escudos , á rason , de treinta é quatro maravedis, ó en francos á rason de treini, tá maravedis, ó en Aorines á rason de á veinte maravedis, ó en , reales de plata á rason de a tres maravedis." w:: 379! Por lo respectivo al reynado de don Enrique II lo justifica la venta que en trece de febrero de la era de 1415 ( año de 1377) hicieron Diego Fernandez, el escudero de Carrascosa , y doña María su muger, vecinos de Soteca , aldea de Atienza , á Johan Sanchez, fijo de Fernand Perez, de todo el heredamiento que tenian en Cifuentes ( 2 ) por treinta é cinco maradedis de la moneda que agora corre en Castilla que fasen diez dineros novenes , ó seis cornados un maravedi. En 15 de enero de la niisma era consignó Johan Sanchez , 'vecino de Cifuentes de Miguel Sanchez, fijo de Pascoal Domingo de Murillejo , vecinos de Soteca, una faza de trigo de pan llevar en Soteca (3) por ciento é

(é cincuenta maravedis de la moneda que agora corre en Castilla, que

fasen diez dineros novenes, ó seis cornados el maravedi. i 380 De que en el reynado de don Pedro el Justiciero corriéron los maravedis novenes es buena prueba la de haberse hallado por

su muerte treinta millones de ellos, y de cornados , segun escribe Pedro Lopez de Ayala (4); y de que él los acuñó, lo es la compra que hizo Teresa Rodriguez, hija de Aras Ferrandes, morador en Otero de Naraguantes, en 4 de diciembre de la era de 1393, año de 1355 , á María Ferrandes, muger de Fernan Subiela, morador en Lilio, de quanto la perteneció de Johan Alfonso su primer marido, por parte de la abolenga so campana de S. Johan del Otero::: (5) E esto que dito. he vos vendo porque

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re1) Archivo de aquel monasterio. (4) Crónica del rey don Pedro (2) Archivo de las monjas domi- cap. 7. á el fin.

. Aicas de san Blas de la villa de Lerina. (5) Archivo del monasterio de san (3) En el mismo archivo...

Andres de Espinarcda.

11

del dada por

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recebí de vos por elo en precio é robracion cincuenta maravedis desta moneda del rey don Pedro, á dies novenes cada mara. dedi.

381. Por lo respectivo á los reyes don Alonso el XI, y don Fernando el Emplazado lo autoriza un pasage de la crónica de dicho don Alonso, escrita

por

Pedro Lopez de Ayala capítulo XCVIII. „E porque este rey don Alonso nunca mandara labrar » moneda del rey su padre, é por esto en todas las villas de la fron»tera de Aragon , y en todo el arzobispado de Toledo corria la pmoneda del rey de Aragon en esta guisa : los dineros jaqueses pen precio de cornados, y los dineros reales en precio de los nopvenes , y en las villas que son en la froûtera de Navarra corriah » los sanchotes

. Y otrosi en las villas fronteras de Portugal corria »la moneda de los portogaleses. Y viendo el rey que esto venia » por apocamiento de su moneda , mandó labrar moneda de no» Venes y cornados de la ley, é de la talla que mandó labrar el orey don Fernando su padre.“,

382. Con dicha crónica van contestes las escrituras entre parçiculares. En ocho de febrero de la era 1405, año de Cristo 1367, aforó don Alfonso , por la merced de Dios abad del monasterio de san Andres de Espioareda, á Alfonso de Nuño, morador en Villabuena, un suelo de una casa con una cortina en el dicho lugar ,'so signo de san Justo. ; por tal pleyto é con

diades por ello en foro cada año, por san Martino, „ una imina de, centeno por la toledana, é tres maravedis alfonsis á dies novenese" El testamento que otorgáron don Arias

, Gonzales Cisneros; y doña Mencia de Manzanedo, en la era 1345 , año de Cristo 1 907 , reynando el sobredicho don Fere nando el Emplazado, pone la cláusula que sigue. (1), Salvo que

si yo don Arias finare ante que vos la dicha doña Mencía, que .. yo pueda dar é mandar por mi alma tambien de mueble como 1.

de raiz 10 maravedis desta moneda nueva , que nuestro se

ñor el rey mandó labrar, que facen dies dineros novenes él y maradedi.“ La siguiente es de una carta de pago

el abad y monges de mi monasterio de santo Domingo de Silos á favor de los clérigos de la iglesia de san. Pedro de la villa del

mis(1) Salazar tomo 4 de la casa de Lara pag. 674.

dicion que

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mismo nombre, de los trescientos maravedis con que estos debian contribuirles en cada año por la mitad de las obligaciones de dicha iglesia : (1) „ que los clérigos de la iglesia de san Pedro que

habien a dar cada un año al abad é al convento tresientos maravedis de la moneda nueva quel rey don Fernando mandó facer , d.dies dineros el maradedi.

383 Para dar toda la luz posible á estos maradedis de die neros novenes, y que 10. se confundan con otros maradedis do

: á once dineros menos tercia , tambien nodenes que labró el rey don Alonso, daré aquí parte de los fueros, ó carta de poblacion que

los
monges

de san Andres de Espinareda y su abad don Fernando dieron en 16 de septiembre de la era 1374, ano 1336, á los pobladores o placieros de su 'villa de Vega ; pues tratan de unos y otros , y notan su diferencia. (2), E que nos

diades de cada placia (casa). cada anno en fuero seis maravei, dis, destos dineros nodenes, que nuestro señor el rey don Alon

so mandou labrar, que facen onoe dineros ménos tercia de » un dinero cada maravedi ou lla estimacion dellos por la fiesta „ de Sant Martino ::: E nos diades cada año para ayuda de la „yantar del merino quando vos la enviar demandar cent mara

vedis, se fordes dusentos placieros , é si non mingüen de los diperos por lo cunto así.como minguaren los placieros. E es„tos dineros sean de á dies dineros el maradedi, salvo que los dineros

por las placias sean seis maradedis de á oito soldos el maradedi ::: E quando el rey echar servicios ou pedidos gene

rales en toda la sacada del Vierzo que vos los ditos pobladores „ que nos ayudedes una vez en el año con seiscientos marade

, dis , á diez dineros el maravedi de la dita moneda.

384 Tres cosas nos enseña este instrumento. Primera, que el rey

don Alonso labró maravedis nodenes de á once dineros ménos tercia de otro: segunda, que estos maradedis valian' ocho sueldos; y la tercera, que además de ellos habia otros tambien novenes de á diez dineros, los quales labró igualmente dicho rey como llevamos probado. Los primeros se usáron mucho en Galicia , y los segundos, en Castilla, segun demuestran las escrituras de ámbos reynos.

Re(1) Existe en su archivo.

(2) Archivo de aquel monasterio.

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