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ciento é cincuenta é siete maravedis cada uno, que `montan treinta y ocho mil é setenta y dos maravedis é medio..xxXVIII©LXXII é medio."

Año 1466.

601 Entre las noticias tocantes á monedas, que recogió el sabio maestro Fray Martin Sarmiento, se halla una, tomada de los manuscritos originales de Estéban de Garibay, que se guardan en la biblioteca de la santa iglesia de Toledo. Dice año de 1466, cada dobla castellana de la banda valia doscientos maravedis. Item, cada enrique ó alfonsi valia quatrocientos y treinta y cinco maravedis, y un florin de Aragon ciento y ochenta ma

ravedis.

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602 Las cuentas de la obispalía de Roa y su tierra, que principian: (1) » Santa María, tiénela Alfonso Dies, vecino de Roa, ante Alonso Radriguez Daza, escribano, en tres mil » maravedis, rebaxan al florin diez maravedis de la estimacion que », le da la apuntacion de Estéban de Garibay, valuándole solamen »te en ciento y setenta maravedis: En veinte é siete de febrero, » año de LXVI, pagó Rabi Abrahan de la de paga pasqua mayor » primera que viene veinte florines, que montáron tres mil é qua»trosientos maravedis. Dile albalá firmada de mi nombre é del dicho tesorero...... @ccc.

دو

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603 El mismo valor resulta de la cuenta que se copió tratando del real de plata que decia: (2) é á Yucet castellano cin,, cuenta reales é cinco florines, que son 10DCCCL" porque cincuenta por veinte, que es el precio que da al real, montan mil, y los cinco florines á ciento y setenta, suman ochocientos y cincuenta, y unidas las dos partidas componen el total de los

10DCCCL.

604 En la ciudad de Plasencia se apreció el florin dos maravedis ménos que en las villas de Cuellar y Roa, es decir, á ciento y sesenta y ocho maravedis: consta por la cuenta con Johan de Oviedo, vecino de Bexar de los cxvij maravedis que habia de dar por las dehesas del conde del Campo de Arañuelo. (3) „, En el mes de enero (dice) dió el dicho Johan de Oviedo por man

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(1) En el palacio de Cuellar. (2) En el mismo.

da(3) Archivo de los duques de Bexar.

99

dado del conde mi señor á Gonzalo de Sevilla dos flori

" nes...... CCCXXXVI."

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Año 1467.

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605 En 1467 subió el florin á ciento y ochenta maravedis en algunas partes, y así le cuentan los libros del monasterio de san Benito el real de Valladolid: Viérnes xxx de octubre rescebí del arca xviij DCCXL maravedis en esta manera, quaren,, ta enriques á CCCXL maravedis, montan xшDC maravedis, mas xx florines á CLXXX, montan 10DC maravedis, mas LXXI reales montan 10ccccxx maravedis; mas media dobla cxx maravedis. Así son los dichos xviij DCCXL.

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606 Las cuentas de los maravedis, que Ochoa Martines de Olave recibió por el tesorero Johan Gonzales de Coral de las alcabalas de las aldeas (de la villa) de Roa le cargan al mismo precio. (1),,Mas me dió quinse florines é quinse reales á CLXXX ,,maravedis el florin, é el real á xx, que son tres mil maravedis.......jo.

Año 1468.

607 En este año puso demanda el monasterio de nuestra Señora de Valbuena al concejo y vecinos de la villa de Olivares ante el reverendo padre prior de la iglesia de Valladolid, juez conservador de dicho monasterio, sobre la paga de ochenta florines de oro, é de justo peso, en que la habia dado á censo perpetuo la de Valbuena con sus términos y jurisdiccion, alegando los monges que las blancas viejas que corrian al tiempo que se otorgó el contrato, que fué en el año de 1445, eran de mucho mas valor que estas blancas nuevas que agora corren, que son de mas baxo metal, y diciendo el concejo que no era ansí, mas que bastaba pagar segun se habia pagado fasta aquí desta moneda, é maravedis que agora corren, é corriéron al tiempo de las pagas. Este pleyto conduciria mucho para el conocimiento del valor de los florines en este año, y correspondencia de las blancas viejas y nuevas á haberse decidido conforme á derecho, pero la sen

ten

(1) En el que tienen los duques de Alburquerque en su villa de Cuellar

y

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habia habido

tencia fué dada por jueces arbitros arbitradores, y amigables com ponedores, y ásí nada aprovecha, sin embargo que para su determinacion se hicieron pruebas del precio que tuvieron los florines de y blancas al tiempo del otorgamiento de la escritura, que por ellas halláron que variacion. gran 608 (1) Otrosi pronunciamos é mandamos, que por quan„to segun la informacion por nos habida, ansí cerca del valor de la moneda del dicho tiempo, é sazon en que se fizo el dicho ,, censo, como ansimesmo del valor de las rentas é frutos de la dicha villa, é heredades, é otras cosas que para nuestra informacion vimos é tratamos, é porque nos consta é parece de lo susodicho debe ser fecha alguna emienda é satisfaccion á los que dichos abad é prior, é monges por la gran variacion é mudan„za de la dicha moneda, é por quitar cerca dello todo escrúpulo, é cargo de conciencia si lo habia, queremos, é mandamos quel dicho concejo, é vecinos de Olivares dexen, é desamparen, „é tornen, é restituyan al dicho monasterio una cañada que tenia por virtud del dicho censo de Valbuena en Val-hamas::: 609 Otrosi mandamos, é declaramos, porque daquí adelante no haya question, ni pleyto, ni contienda sobre la dicha moneda, agora, nin en algun tiempo del mundo que sea, quel ,, concejo de Olivares dé é pague cada año al dicho monasterio, ,, como solia pagar pagas en el dicho contrato de censo con " tenidas, que son al dia de san Johan de junio, mil é ochocientos é dies maravedis, é á la paga de año nuevo cada año otros mil é ochocientos é dies maravedis, é de aquí adelante mandamos, é declaramos que se paguen por el dicho concejo al dicho convento de la moneda que corriere al tiempo de las pagas, é andoviere por el reyno, é de aquellas se paguen, é non haya mas contienda ni pleyto sobre ello, &c.

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610 En la villa de Cuellar se contó como en el año precedente á ciento y ochenta maravedis, como se ve por las cuentas de los maravedis que habia de haber Tristan. (2),, Mas se carga un florin que dió Ochoa á Perico, hoy domingo, ciento ,,é ochenta maravedis..............

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........CLXXX.

Al

(1) Archivo de aquel monasterio. los duques de Alburquerque en su vi(2) En el archivo que tienen lla de Cuellar.

Al mismo precio le cargan los libros de san Benito de Valladolid, segun me certifica su arthivero el P. Fr. Mauro Mazon.

Año 1469.

611 El valor que da al florin en este año el libro de caxa del monasterio de nuestra Señora de Valbuena, que rige desde el año de 1468 hasta el de 1494, es el de doscientos maravedis. (1) » Diéron por un finado de Vellosillo en limosna un florin.

cc maravedis.

612 Con el libro de caxa del monasterio de Valbuena convienen las cuentas que dió Juan Diez, mayordomo de la villa de Pancorvo, en el mismo año de 1469, que existen en su archivo. Mas que di por componer una ferropea, é un arrelde::: é á Pero Ximenez para ir á Burgos por mandado de los alcaldes un florin..................cc maravedis.

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Año de 1470.

613 En las montañas de Santander se apreció el florin este año en doscientos y quince maravedis. Es expreso en la carta cuenta del prior de Santa María de Puerto con los arrendadores de los bienes de aquel priorato. (2) » Tiene recibidos para en pa"go dellos ciento é quarenta é quatro florines, contando por cada »un florin á ccxv maravedis.

qua

614 Confirmanlo tambien las cuentas que tenia el monasterio de Santa María la real de la ciudad de Náxera con los arrendadores de los derechos que le pertenecian en Santoña, y en los otros lugares de su partido. En la cuenta con Diego Carasa dicen: (3) » Item tiene recibidos para en pago de los ciento é » renta é quatro florines contando por cada un florin á doscien»tos é quince maravedis, que montan treinta mil nuevecientos »sesenta maravedis: los quales florines son de la renta de Ca» rasa de los frutos de LXIX, paga de LXX, é de los frutos de LXX, "paga de LXXI, LXXI, é frutos de LXXI, paga de LXXII, é frutos de

(1) Archivo de aquel monasterio. (2) Archivo del monasterio de

» LXXII,

santa María la Real de Náxera.
(3) En el mismo archivo.

» LXXII, paga de LXXIII, que son en cada un año treinta é seis » florines, que montan en quatro años CXLIII florines."

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Año 1471.

615 Por el ordenamiento que hizo el rey en Medina del Campo á 30 de julio de este año, el florin debió valer doscientos y diez maravedis. (1),, Bien sabedes (dice) como yo, que» riendo remediar, é proveer á los grandes dampnos, é conside»rables males que cada uno de vos ha padecido por la mala é » falsificada moneda que en estos mis regnos se ha labrado::: » mandé que en las mis seis casas antiguas de moneda se labrasen >> las mis monedas de oro é plata, é de vellon; conviene á saber, enriques, é medios enriques de oro fino, é de reales, é medios »reales de plata fina, é moneda menuda de blancas, é medias » blancas de vellon, de cierta ley é talla, é mandé eso mesmo » que cada un enrique de los que se labrasen valiese quatrocien»tos é veinte maravedis de la dicha moneda de blancas, é cada » un real treinta é un maravedis de la dicha moneda, é que cada "dobla de la banda valiese trecientos maravedis, é cada un flo»rin doscientos é dies maravedis." El efecto que tuvo este mandamiento se ve por la partida del año siguiente.

"

Από 1472.

616 En este año valió el florin en la villa de Peñafiel doscientos y quince maravedis. A lo menos así se cargó en las cuentas de jueves de VII de mayo de dicho año, tomadas al mayordomo de la cofradía de san Felipe y Santiago de los caballeros de dicha villa. (2),, Destos maravedis susodichos se falló que te»nia el dicho Francisco Carrasco rescebidos del dicho Alonso » Alderete, é de Fernando Alderete::: con un florin de Juan de »sant Pedro, que valió ccxv maravedis, que eran del cargo de Alonso Alderete, mil ciento é cinco maravedis.

(1) Véase al fin de la demostra

cion antes de las notas.

(2) Estas cuentas están en un tomo en 4 mayor de 83 hojas de papel, y

Año rige desde 2 de enero del año 1452 hasta el de 1508. La partida compulsada se halla al folio 45 buelto.

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