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Olivares á 30 de junio del mismo año, ante Juan Rodriguez, al sobredicho don Juan Ponce de Leon, conde de Arcos, otros quince mil maravedis de juro, demas de los expresados treinta mil (1), por precio nombrado doscientos ochenta y cinco mil maravedis desta moneda que se agora usa; los quales nos los dichos vendedores rescebimos en ochocientos treinta y ocho enrié alfonsies de buen oro, é justo peso, é en trescientos quaques renta y seis quartos, todo del cuño de Castilla.

1198 Valuados los alfonsis por los florines, correspondia á cada alfonsi un florin, y tres partes de otro, ó dos florines ménos quarto. Este cálculo es conforme á las escrituras así castellanas como navarras, que pusimos tratando del valor del florin de Aragon y del escudo (2) que valuan quatro doblas en siete florines. El mismo cómputo, con poca diferencia, sigue tambien don Manuel de Lámas, ensayador mayor de los reynos, pues á las doblas del rey don Pedro las valua (3) en cincuenta y ocho reales, veinte y un maravedis, y avos de maravedí de nuestro augusto Monarca el señor don Cárlos IV, y á los florines de Aragon en treinta y quatro reales, veinte y seis maravedis, y 43 avos del mismo señor don Cárlos.

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1199 Tampoco dista mucho de dicho modo de calcular estas monedas el que siguen los documentos de los señores Reyes católicos don Fernandu y doña Isabel, por quanto quando estiman al florin en doscientos y sesenta y cinco maravedis, aprecian al castellano en quatrocientos y ochenta y cinco, como verémos tratando del valor de las monedas de dichos reyes. Por ahora solo pondré algunas partidas de las cuentas tomadas por el monasterio de santa María la real de Nájera á los arrendatarios de los derechos de santa María del Puerto. Así dicen. (4),, Recibió Valeriano dos castellanos, que valian á quatrocientos y ochenta y cin,, co mrs. que montan novecientos y setenta mrs.........DCCCCLXX." (5), Pagué á Juan Gonzalez para en el primer tercio cinco flo

(1) Archivo de los duques de Ar

COS.

tes.

(2) Pág. 225.núm. 639.y siguien

(3) En la carta que escribió el autor de esta obra, que se halla en la

,,ridemostracion del valor de las monedas de don Enrique III, pág. 228.

(4) Corresponde al año 1479, y está tomada de las cuentas del libro segundo de censos, y otros contratos. (5) En las cuentas del dicho libro.

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rines de oro, cada un florin docientos é sesenta é cinco mara,, vedis, que montan mil trescientos veinte y cinco maravedis............. ............. 1 D c c c XXV.“ (1),, Mostró conocimiento de Ruy Gutierrez de Ambrosero de dos florines de oro que tiene de merced por servicio de la iglesia quinientos treinta maravedis............

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(2),, Item que dió á la muger de Juan de Castillo, vecino de ,, Castillo, un castellano para en pago de su salario quatrocientos ochenta y cinco maravedis......

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I 200 Doy fin á los alfonsis, previniendo, que por no haber sido estos de una misma ley y peso, no es adaptable á todos el cómputo de dos florines ménos quarto, pues algunos se igualaban á ducado y medio, por cuya cuenta correspondian á cada alfonsi quinientos sesenta y dos maravedis Y medio, que son setenta y siete maravedis mas que los que tenia el alfonsi tomado en comun, porque así solo se contaba en quatrocientos y ochenta y cinco maravedis. De esta diferencia es prueba el inventario del dinero que llevó el presidente del monasterio de santa María la real de Nájera para trocar en Valladolid en el año de 1512 (3). » Mas (dice) una pieza de oro alfonsi de ducado „y medio falta de un grano, que monta quinientos é cincuenta ,,é siete maravedis é medio..... ................................DLVII y medio. Mas otros dos castellanos faltos de grano y medio, que mon,, tan novecientos é sesenta é dos maravedis Y medio..DCCCCLXII ❞ y medio."

I 201

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Del valor de los nobles de Inglaterra.

Los nobles de Inglaterra fuéron moneda corriente no solo en este reynado, sino tambien en el de los señores Reyes católicos, como manifiesta la venta que hicieron en 8 de setiembre del año 1488 ante Francisco Fernandez, Fernan Gonzalez Nieto, Juan Sanchez de Mena, y Juana Sanchez su muger, á don Rodrigo Ponce de Leon, conde de Arcos de la Frontera

(1) Cuenta con Pedro García de Ribera en el año de 1500. (2) En las mismas cuentas.

de

(3) Archivo de dicho monasterio, claustra y reforma, leg. unic. u. 46. en los estantes.

de tres décimas partes que tenian en el bodegon del Rubio, término de la ciudad de Sevilla, por precio de nueve mil maravedís, los que recibiéron (1) en ciento setenta é un reales é medio de plata, en dos castellanos de oro, en dos doblas de oro castellanas de la banda, en un enrique viejo, todo del cuño de Castilla, tres florines de oro del cuño de Aragon, é un noble de oro.

1202 Igualmente comprueba su uso la cesion que hic éron en 20 de junio de 1491 Juan Gonzalez, y García Gonzalez de Escalante, á Juan del Hoyo, de las dos terceras partes que les correspondian en las aceñas de Bo (2) » por prescio é quantía de ochenta mil maravedis de la moneda usual corriente en Casti,, lla, que seis cornados fasen un maravedi, é mas un buen cruzado de buen oro é justo peso, que los pagó allí luego el dicho Juan del Hoyo á los dichos Juan Gonzalez, é García Gonzalez de Escalante, su hermano, é en buenos cruzados é nobles, todos de buen oro é justo peso á contentamiento de los dichos Juan Gonzalez, é García Gonzalez, de viéron bien contentos, por

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que ellos

se to

é pagados á toda su voluntad: é ,, mas una sortija de oro con dos piedras preciosas gastonadas en ella, la una de ellas de una turquesa, é la otra de un rubí, preciosas é buenas, segun que ellos dixéron que eran, é lo cono,,ciéron, de que ellos se toviéron por bien contentos é pagados, é las ellos rescibiéron con los dichos cruzados, é nobles de buen ,, oro, é justo peso, los cruzados del cuño del rey de Portugal, é ,, los nobles del cuño del rey de Inglaterra, de que se toviéron los dichos Juan Gonzales, é Garci Gonzales por bien contentos é pagados, é por bien entregados á toda su voluntad sin ,, contradicion alguna."

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1203 Comparados los nobles con los francos, el noble valió dos francos; y comparados con los florines valió tres florines. El primer valor es manifiesto en las cuentas dadas por Diego Lopez de Astúñiga al rey don Juan el I, por quanto valuan al noble en setenta y dos maravedis, y al franco en treinta y

(1) Se guarda en los archivos de los excelentísimos duques de Arcos de la Frontera.

uno.

(2) En el del monasterio de santa María le real de Nájera.

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uno. (1),, E que distes (dicen) para dorar este acetre é guisopo „E é candeleros diez é siete nobles de oro, contado cada noble „sesenta é dos maravedis, que montan mil é cincuenta é quadistes que ,, tro maravedis. E por asogue que entró en el dorar ,, treinta maravedis, é de fechura de cada marco sesenta é cinco ,, maravedis, que montan mil é seiscientos é sesenta quatro maravedis, é cinco dineros; los quales pagástes los quinientos ,, é quarenta é dos maravedis é cinco dineros en diez é siete fran,, cos é medio, contado el franco á treinta é un maravedis, los otros en reales: Así son todos estos dichos maravedis siete mil é docientos é setenta é nueve maravedis é ocho dineros, que entráron de plata en este dicho acetre, é guisopo, é candeleros, é en el dorar, é en la fechura. E que distes á dona Mencía de Orozco, de que le nos fesimos merced en treinta é dos francos, ,, contando el franco á treinta é un maravedis, mil maravedis." 1204 Que el noble valió tres florines, se deduce de que hacia dos francos, el franco montaba florin de medio, y que y la carta de pago como vimos por don Enrique III en 29 de marzo del año 1394 á favor de don Pedro de Frias, cardenal y obispo de Osma, pues decia (2): „,E el dicho Fernand Sanchez de Moya, maestre del Hostal del rey, y en nombre de él otorgó que rescibió del dicho Juan Ximenez vuestro capellan para en cumplimiento de los dichos veinte mil florines quel dicho rey mi padre, que Dios perdone, vos habia enviado el dicho su albalá, que le diésedes dar el dimandar para por cho sueldo á cierta gente de armas que han de ir de Francia: por los las quoales dichas doblas é francos fuéron contadas contadores mayores de las mis cuentas en esta guisa: por quatro doblas castellanas siete florines de oro, que montan en las dichas mil é docientas doblas castellanas al respecto sobredicho dos mil y cien florines; é otrosi fuéron tasados los francos á », razon de un florin é medio por cada franco, que montó en ,, los dichos ciento é sesenta é ocho francos, contados al respecto susodicho, doscientos é dos florines."

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dada el

por rey

1205 El mismo cómputo de tres florines

por noble lleva el

inventario titulado: „, Partidas de que el tesorero (del reyno de

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Navarra) debe facer recepta en sus comptos," hecho en el año 1392, pues hace equivalentes nueve nobles de la nau á veinte y siete florines. Así dice (1). „, Item 1x nobles de la nau valen ,, XXVII florines."

1206 Tambien lleva esta cuenta con leve diferencia la razon de las monedas extrangeras que compró el rey de Navarra don Cárlos III, llamado el noble, para su diversion, en 5 de julio del año 1393, por quanto dá al medio noble de la nau ingles quarenta sueldos, y al florin de Aragon veinte y seis. (2) Item (dice) demi (medio) noble de la nau ingles quarenta sueldos.............. .........................XL sueldos. Item un florin de Aragon veinte y seis sueldos....... XXVI sueldos. Item demi florin Daragon trece sueldos............................................................XIII sueldos.

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1207 Otros documentos dan al noble algun valor mas por calcularle en dos escudos ó coronas, segun se ve por la recepta de dineros de 1 de enero del año 1402,,, pues como vimos en la demostracion de las monedas del rey don Enrique III (3) decia.,, Primo recebí de Johanco de Murugarren, et de García ,, de Llasagua et de Peroch, los quales por el rey nuestro sennor » fuéron enviados á Churvourg con la suma de dos mil é qui"nientos et ochenta et siete escudos doro, et cincuoanta et seis » doblas marroquinas, por cincuoanta é seis escudos, é cien é si» xanta nobles de la nau, el noble por dos escudos sumando, va,,llen tresientos é veinte escudos; así suman las monedas sobre» dictas convertidos á escudos, dos mil é nuevecientos é sixanta é tres escudos de Tolosa, et no mas, por pagar las gentes de la », dicta guarnezon de Chirevourg, comenzando en el primero dia » de noviembre é diciembre, anno à nativitate Domini м cccc. primo, et del mes de jenero en seguient que es en la aynno »M cccc segundo, ata el primero dia de febrero en siguient, los » quoalles dos mil é novecientos et sixanta et tres escudos con»vertidos á francos, vallen ocho coronas contando Ix francos, » III xxx et iii francos, et ix groses de Francia."

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(1) Archivo de los reales contos de Navarra.

(2) Demostracion del valor de las monedas del rey don Enrique III es

,, Re

critura IX. del apéndice pág 486.

(3) En la misma demostracion, escritura 26 del apéndice pág. 501.

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