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neda nueva, y alguna otra vez por los maravedis de moneda vieja, p. 347. n. 391. Computadas por los maravedis viejos valiéron treinta y seis, treinta y siete, y treinta y ocho maravedis, ibi. Pruébanse dichas estimaciones, ibi. y p. 348. Computadas por maravedis de moneda nueva unas veces se valuaban arbitrariamente, y otras según el precio corriente, ibi. n. 934. y P. 349. n. 935 y siguientes. Algunos documentos las aprecian en setenta y un maravedis. ibi. n. 934 y siguientes. Otros en ciento y cincuenta, y ciento cincuenta y dos, p. 351. n. 9421 y siguientes. En el año 1456 se contáron á ciento cincuenta y seis, ciento cincuenta y siete, y á ciento cincuenta y ocho, p. 353. n. 945. y p. 354. n. 946, y 947, y p. 355. n. 948. Los valores que tuviéron en los otros años del reynado véanse desde la p. 355. hasta la 370. El rey don Enrique en el año 1462 ordenó que valiesen ciento y cincuenta maravedis, p. 361. n. 961. Dicha rebaxa se llevó á efecto en algunas partes, ibi. n. 962, en otras no, p. 362. n. 963 y siguientes. Segun la concordia entre el rey y el reyno debió valer doscientos maravedis, p. 365. n. 969. Por el ordenamiento que vel rey don Enrique hizo en 1471 se debiéron contar á trescientos maravedis, p. 370. n. 982. El mismo valor debiéron tener por la sobrecarta de Medina del Campo, ibi. p. 370. Los Reyes Católicos apreciáron á la de la banda en trescientos treinta y cinco mara

vedis, p. 374. n. 990. Dictámen del presidente Covarrúbias sobre las doblas, p. 374. n. 990 y siguientes. El de el señor Cantos Benitez sobre las mismas. p. 376, 377 y siguientes, n. 996, 997, 998, &c. Se ilustran y enmiendan sus opiniones, p. 383 y siguientes, n. 1013, 1014, hasta el 1048. El rey don Juan el I introduxo las doblas de la segunda suplicacion á las que el rey católico llama doblas de cabeza, p. 380. n. 1007. No fué autor de ellas el rey don Pedro el justiciero, p. 40г. n. 1044. Se prueba que las labró cel rey don Alonso el XI. p. 401. n. 1045, y 1046. Las habia de diferentes valores, p. 399. n. 1041. Su ley, peso y correspondencia con las monedas del señor don Cárlos IV. p. 404, 405, y 406. n. 1049 y siguientes. Tabla de los valores arbitrarios y corrientes que tuviéron valuadas por mara vedis de moneda vieja, y de moneda nueva, p. 407. Cantos Benitez acertó en la conjetura de que las primeras doblas que pudo labrar el rey don Alonso el XI fuéron las que lleváron despues el nombre de doblas castellanas, p. 419. n. 1095. El rey don Alonso el XI labró dos clases de doblas la una con castillos y leones, y la otra con cabezas, p. 419. n. 1095. Las doblas de castillos y leones se llamáron despues castellanos, ibi. El rey don Pedro hizo doblas alfonsis de fino oro, como los maravedis alfonsis, p. 457. n. 1182. El rey don Juan el II hizo labrar doblas de la banda del peso de los al

alfonsis del rey don Pedro, p. 458. n. 1184. El rey don Juan el II mandó que las doblas castellanas de la banda valiesen ciento y once maravedis, p. 474. El rey don Entique mandó que las doblas quebradas y soldadas corriesen y valiesen lo mismo que las sanas, p. 480, 481. El mismo las valuó en 1462, en ciento y cincuenta maravedis. La concordia entre el rey y el reyno en doscientos maravedis, p. 491. El ordenamiento de 1471 en trescientos maravedis, p. 495. Al mismo precio las valua la carta sobre moneda dada en Medina del Campo, p. 498, y al mismo la carta dada en Segovia, p. 501.. Doblas mayores. De las mayores moriscas da razon la crónica del rey don Alonso el XI, p. 468. n. 1212. Las castellanas constan por el recuento ó memoria de las monedas extrangeras que el rey don Cárlos de Navarra compró para su diversion, ibi. n. 1213. Tambien por el inventario del rey católico, p. 469. n. 1214. La moneda que muestra la lámina 5.a puede corresponder á la clase de las doblas mayores, y tambien á la de los enriques, ibi. n. 1215. Documentos justificativos del valor de las monedas en el raynado de don Enrique IV, p. 473 y siguientes..

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Ducado. El ducado era moneda real y corriente, p. 235. n. 661 y siguientes. Su ley y peso se deduce de la pragmática de los Reyes Católicos, ibi, n. 663. Era la misma moneda que el excelente de la

granada, p. 236. n. 664. y 665. Los habia sencillos y dobles, p. 237. n. 665, y 666. nuevos y viejos, p. 238. n. 667. Los nuevos eran de sesenta y cinco ducados en marco, y de veinte y tres quilates y tres granos largos, ibi. Dos ducados montaban tres florines,

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p. 240. n. 671, y 672. En el año 1455 debiéron estimarse en ciento sesenta y cinco maravedis, y ciento sesenta y seis, p. 242. n. 679. En 1456 les correspondió valer ciento setenta y uno, ciento setenta y uno y medio, y ciento y setenta y dos, p. 243. n. 681. En 1457 ciento setenta y cinco ciento setenta y ocho , y ciento ochenta y seis, ibi. n. 682. En 1458 ciento y veinte ciento y veinte y cinco, ciento y veinte y siete, ciento y veinte y ocho, y ciento y treinta, ibi. n. 683. Los valores que le correspondiéron en los años siguientes, véanse desde la p. 244, hasta 248. Su valor con respecto á la moneda del señor don Cárlos IV., p. 247. n. 698. El rey católico concede que se puedan hacer de cinco, de diez, de veinte, y de cincuenta por pieza, p. 470. n. 1218. El rey don Juan el II mandó que los ducados valiesen ciento y diez maravedis, p. 474. Ducado de Cámara. Su valor y orí

gen, p. 248. n. 699 y siguientes. Dueñas. Los que seguian á don Alonso, que se llamaba rey de Castilla, y al infante don Juan, que se llamaba rey de Leon, labráron moneda en nombre y señal del rey don Fernando en Dueñas, p. 65. n. 205. En

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Enrique. El rey don Enrique III

dió carta de pago al cardenal y obispo de Osma de veinte mil florines que el rey don Juan le habia mandado dar para el sueldo de cierta gente de armas que habian de ir de Francia, p. 225. n. 639. Tambien se la dió de setenta mil florines, que él le embargó en el castillo de Cabrejas, por quanto habia tomado grandes quantias de sus réntas, é con artes é maneras las fizo valer mucho ménos de lo que valian, p. 228. n. 648.

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Enriques. Los primeros fuéron de veinte y tres quilates y medio, despues los hicieron en las casas reales de á sieté quilates, y en las falsas de quan baxa ley querian, p. 4. n. 6. y p. 28. n. 90. Los hubo tambien de diez y nueve quilates, y de á diez y siete, p. 28, y 29. n. 91, y 92. El rey hizo enriques de mucho fino oro, p. 7. n. 12. Valian al comienzo á doscientos y diez maravedis, ibi. Manda el rey labrar enriques y medios enriques de oro fino', y que valiesen aquellos quatrocientos y veinte maravedis, p. 8, y 9, n. 17, y p. 27. n. 87. Fué moneda real y efectiva, p. 427. n. 1f12. Hu"bo dos clases de enriques, la una de viejos, y la otra de nuevos, ó toledanos, ibi. Su ley fué muy varia, ibi. La de los enriques nuevos fué de á diez y ocho quilates, p. 449. n. 167. La estampa no consta, p. 428. n. 1115. Valiéron

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cientos y veinte y uno, p. 429. n. 1117, y 1118. En el año 1457 valiéron doscientos y treinta, ibi, n. 1119. Los valores, que tuviéron en los otros años, véanse desde la p. 430 hasta la 450. Razon en que estaban los enriques con las doblas y florines, p. 451. n. 1169, y siguientes. Comparados con las monedas de don Cárlos IV, corresponden á cada enrique cincuenta y ocho reales, veinte y un maravedis y 14 avos de maravedí, p. 454. n. 1177. Tabla que muestra los valores que tuviéron los enriques valuados por maravedis de moneda nueva, p. 455. Los habia de diferentes tamaños y pesos, p. 469. n. 1215. El rey don Enrique mandó en el año 1462 que anduviesen en doscientos y diez maravedis, p. 483. La concordia entre el rey y el reyno en trescientos maravedis, p. 491. El ordenamiento sobre los enriques y medios enriques, p. 493 y siguientes. Conforme á él el enrique debió valer quatrocientos y veinte maravedis, p. 495. Tambien conforme á la carta sobre moneda, dada en Medina del Campo, p. 498. Segun la carta dada en Segovia en el año 1473, quatrocientos marave◄ dis, p. 501. Escarpes. p. 529.

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Escobas. Su precio, p. 512. Escoplos. Su precio, p. 520. Escudillas. Su precio, p. 511., Escudos. Los de Flándes se contaban á quarenta sueldos, p. 275. n. 750.

Escudos á la corona. Véase corona. Es

Escudos de Filipus, ó del rey Feli-
pe. Eran la misma moneda que la
corona, p. 288. n. 789.
Escudos de Francia. Véase corona,
p. 288. n. 789.

Escudos de Joanes, ó del rey Juan.
Eran la misma inoneda que la
corona, p. 288. n. 789.
Escudos de Pontevedra, p. 529.

Escudos de Tolosa. Véase coronas,
p. 288. n. 789.
Espadas. p. 531.

Espuelas de rodet, p. 530.
Esquero. p. 535.
Esqueroyna. p. 533.

Estameña. Su precio, p. 509, 512,

513, y 514.
Esteras. p. 543.
Estofas. p. 529.
Estoques. p. 531, 532.
Estribos. p. 534.

Excelentes. Su ley y peso, p. 236.

n. 664. Sus armas é inscripciones, ibi. Eran de la misma ley y peso que los ducados, p. 237. n. 665.

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agú. p. $32. Fernando. El rey don Fernando mando hacer maravedis de once dineros ménos tercio de un dinero el maravedí, p. 146. n. 411. . y los maravedis de á ocho sueldos cada maravedí, ibi... Fernandez. (Pedro) Señor de Santa María de Albarracin, empeñó al rey don Sancho de Navarra el castillo de Chodas y la Peña de Zalatamor, p 315. n. 862.

Florin de Aragon. El rey mandó que el fiorin valiese doscientos y diez maravedis, p. 9. n. 17. Su ley

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p. 26. n. 86 y siguientes. Era moneda real y corriente, p. 187. n. 518. Su descripcion, ibi. De sus valores trata solo el señor Cantos Benitez, y le da tres, ibi n. 519. Trabajó este autor con mucha escasez de luces su escrutinio de maravedis, ibi. n. 520. El florin se apreció comunmente por maravedis de moneda nueva, y alguna otra vez por los de moneda vieja, ibi. n. 521. Valuado por maravedis de moneda vieja se estimó en veinte y dos, y veinte y quatro maravedis, ibi. Pruebas de estos valores, ibi. n. 522, 523, 524, 525, y 526. Valuado por maravedis de blancas, ó de moneda nueva, tuvo diferentes valores, unos corrientes y otros voluntarios, p. 189. n. 525. declaranse estos, ibi. n. 528, 529 y siguientes hasta el $38. Los precios corrientes del florin fuéron "tantos que solo podrá numerarlos él que tenga á la vista todos los instrumentos que tratan de ellos, ́ ́p. 193. n. 540. En el año 1453 valió ciento y diez maravedis : en 1454 valió lo mismo, y tambien ciento y doce, ibi. n. 542, 543 Y siguientes. En 1455, ciento y diez y ciento y catorce, p. 195. n. 546 y siguientes. En 1456 ciento diez, ciento y catorce, ciento y quince, y ciento diez y seis, p. 196. n. 550 y siguientes. En 1457 ciento y diez y siete, ciento treinta y dos, ciento y quince, ciento veinte y quatro, y ciento veinte y cinco, ibi. y p. 198 y siguientes, n. 552, 553, 554 hasta el 561. En 1458 se es

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timó en ciento veinte y cinco, cien

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ciento veinte y ocho, ciento y treinta, y en otros precios, p. 200. n. 562 y siguientes. En 1459 en ciento y veinte, p. 202. n. 571. En 1460 en ciento y veinte, y ciento y treinta, y ciento y quarenta maravedis, p. 203. n. 572, 573, 574 y siguientes. En 1461 en ciento y quarenta, ciento quarenta y ocho, ciento y cincuenta, y en otros precios, p. 205. n. 578, 579, 580, 581, 682, y 583. En 1462 le valu áron las cortes de Madrid en , ciento y tres, p. 206. n. 585. Tuvo por algun tiempo efecto la rebaxa, p. 207. n. 586 y siguientes. En el año de 1463 se contó á ciento y tres, p. 208. n. 591. En 1464 se estimó al mismo precio, y á los de ciento quarenta y cinco, y ciento y cincuenta, p. 208. n. 592 y siguientes. 1465: en este año se celebró la concordia entre el rey y reyno sobre diferentes puntos de gobierno, y el florin se tasó en ciento y cincuenta mrs. p. 210. n. 596. No tuvo efecto dicha concordia, y subió á ciento cincuenta y tres, ciento cincuenta y cinco, ciento cincuenta y siete, ciento y sesenta, ciento sesenta y cinco, y ciento sesenta y siete y medio, ibi. n. 597 y siguientes. En 1466 valió ciento y ochenta maravedis, ciento y setenta, y ciento sesenta y ocho, p. 212. n. 601 y siguientes. En 1467 subió á ciento y ochenta, p. 213. n. 605, y 606. En 1468 se contó al mismo precio, p. 214. n. 610. En 1469 á doscientos maravedis, p. 215. n. 611 y 612. En 1470 subió á doscientos y quince, ibi. n. 613, y 614. En 1471.

Por el ordenamiento que hizo el rey en Medina del Campo debió valer doscientos y diez maravedis, p. 216. n. 615. No tuvo efecto el ordenamiento, porque en 1472 se contó á doscientos y quince, ibi. n. 616. En 1473 debió estimarse en doscientos por haberlo así ordenado el rey en Segovia, p. 217. n. 617. Tampoco tuvo efecto dicho ordenamiento, ibi. En 1474 los Reyes Católicos le apreciáron en doscientos y quarenta maravedis, p. 218. n. 619. Estampa de los florines, su ley, peso y talla, p. 218. n. 620 y siguientes. Doctrina de Cantos Benitez sobre los florines, p. 219. n. 623 y siguientes hasta el 631. Se deshacen sus equivocaciones, p. 221 y siguientes, n. 631, 632, 633, 634. &c. El rey don Juan el II mandó que valiese sesenta y cinco maravedis é non mas, p. 229. n. 633. Los valores que cada dia tomaba, no eran con respecto á la moneda vieja, p. 223. n. 634. La razon en que estaba con el franco era la de florin y medio por franco, p. 225. n. 639 y 640. La proporcion entre él y las doblas era la de cinco florines por tres doblas de la banda, y la de quatro doblas cruzadas por siete florines, ibi. n. 641. La que tenia con las coronas no es posible fixarla, p. 227. n. 645. Los documentos distinguen entre florines y florines fechos, p. 227. n. 647; algunos eran cabales, otros menguados, otros quebrados, y otros malos, p. 228. n. 648. Tabla de los valores arbitrarios y corrientes que tuvo el

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