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280 Tratando de los tiempos en que corriéron todas las especies de maravedis de que habla en su Escrutinio escribe: (1) Sobre estos maravedises enriqueños se debe tener presente que ,, desde el año 1455 en que se conjetura su fábrica hasta el año „1476 que los minoró el Rey católico, tuvieron de valor onte maravedis de los que al présente corren, y todos los maraÿedises que se hallen en este tiempo en leyes o escrituras, se ha,brán de reputar por este valor como moneda corriente y usual , en dicho tiempo sino tuvieren la expresion de maravedises vie „, jos, ó de moneda blanca, o qualesquier otro indicante que los reduzca á su debido precio: maravedises novenes, ó segun dos blancos desde el año de 1258 hasta el dicho año de 1476 „, dale cada uno un real de vellon y once maravedis, y un tercio de maravedi. Maravedises enriqueños o de Enrique IV desde el año 1455 hasta el de 1476 sú valor once maravedis de los actuales. om en

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281 Esto es lo que escribe el señor Cantos de los maravedis de don Enrique IV. Exâminémoslo ahora menudamente. Estando en Córdoba (el rey don Enrique) estableció por ley (dice) que corriesen sin embargo las blancas de sus padres y abuelos en el modo que estaban recibidos. Lo que ordenó el rey en las cortes de Córdoba fué que no se desechasen las blancas viejas hechas en sus casas de moneda, y esto es lo que suplicó el reyno como se ve por su peticion Otrosi, muy poderoso é señor, vuestrą śe»ñoria sepa que en muchas cibdades, é villas, é logares de vues»tros regnos desechan vuestra moneda de blancas viejas, fechas »en vuestras casas de moneda, diciendo son sevillanas é otras de »la Coruña, é otros nombres que las ponen, por manera que » las non quieren tomar, nin recebir, de lo qual viene deservi »cio á V. A. é grand daño á vuestros subditos é naturales: por ❤ende suplicamos á V. A. que mande remediar en esto, man»dando que la moneda fecha en vuestras casas de moneda nin las quales mande → guna persona non la deseche so ciertas penas, » executar á vuestras justicias de las cibdades, é villas é logares » de vuestros regnos, porque libremente se tomen las mercadu»rías, é otras cosas de vuestros regnos, lo qual será vuestro ser

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(1) Escrutinio de maravedises y doblas cap. XI. núm. 16.

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»vicio, é pro, é bien de la causa pública de vuestros regnos. " 182 La respuesta del rey fué: »Mi merced es que se faga, é guarde, así, segund que nos lo suplicastes por la vuestra peticion, é qualquier que lo contrario ficiere que pague con las sete»›nas para la mi camara la mi moneda que así desechare, la qual »pena es mi merced que haya la mitad el que lo acusare.

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283,,En estas cortes es regular que el rey mandase hacer los marapedises y moneda suya que aparece despues."Tres cosas ordenó el rey en dichas cortes por lo respectivo á monedas. La una, que las doblas quebradas é soldadas, seyendo de la misma ley é peso que las sanas, no se menoscabasen, ni valiesen ménos, segund se facia, é costumbraba facer con las otras monedas fechas en otros regnos é señoríos extraños. La otra que no se sacase del regno oro, plata en moneda amonedada nin por amonedar. Y la tercera, que no se desechasen las blancas hechas en sus.casas de moneda. Tocante á la fábrica de sus maravedises no resulra que diese disposicion alguna. Y siendo preciso que si en estas cortes hubiera mandado hacer los maravedises y moneda vieja que ellas lo declarasen omitiendolo, no es regular que en ellas lo; mandase hacer.

284 Cuyo valor es necesario sacar por ilaciones, porque los documentos que los enuncian no se imprimiéron con la extension que quisieramos. Este pasage da márgen á muchas reflexiones. La primera, que si es cierto que el valor de los maravedises enriqueños no puede averiguarse sino por ilaciones, lo ha de ser tam bien que el señor Cantos Benitez no le descubrió, porque en quanto escribe de ellos no saca ilación alguna. La segunda, que el valor de los maravedis enriqueños le dicen con toda expresion los documentos, pues los que alegamos en comprobacion del de los dineros, cornados y blancas decian que el maravedí valia seis cornados y diez dineros; y que en un tiempo hizo tres blancas, 'y en otro dos; y en los que á su tiempo pondrémos en prueba del precio de los reales, florines y demas monedas superiores hallarémos que dicen con toda distincion que el real hizo, en unos años diez maravedis, en otros once y quince, y en otros diez y seis, veinte, veinte y uno y treinta : que el florin se contó á ciento y tres, ciento y diez, ciento y doce, ciento y catorce, ciento y quince, ciento y cincuenta, doscientos y quince, y á otros

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muchos precios; que la dobla de la banda se valuó en ciento y cincuenta maravedis, en ciento y cincuenta y dos, en ciento y cincuenta y seis, y en los demas que dirémos quando hablemos de ella: luego no es necesario sacarle ilaciones.

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285 La tercera que no se compadece lo que escribe aquí dicho autor que los documentos enuncian los maravedis enriqueños con lo que dice despues: por lo que no se mencionan en escrituras ni documentos que hemos visto: porque si los documentos los enuncian, los mencionan, y si no los mencionan no los enuncian. La quarta, que enuncien, ó no enuncien las escrituras los maravedises enriqueños siempre sale que el señor Cantos no pudo conocer su valor; si no los enuncian, por lo mismo que no los enuncian, y si los enuncian, porque no es con la extension que él quisiera.

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los

286 Por otro cómputo al real de plata de Enrique III, que valia tres maravedis novenes le da en estas cortes el valor de diez y seis maravedis de los suyos, y á su quartillo, ó quarta parte de real, señala quatro maravedis: de modo que tres novenes repartidos entre diez y seis les toca á cinco y un tercio de estos maravedises enriqueños. Esta cuenta no ajusta con la que forma en el resumen que hace del valor de todos los maravedis comprehendidos en su escrutinio, y reduccion á los de su tiempo, pues allí dice: Maravedis, novenes, ó segundos blancos desde el año de 1258 hasta el dicho año de 1476, vale cada uno un real de vellon, y once maravedis, y un tercio de maravedí. Maravedises enriqueños, ó de Enrique IV desde el año de 1455 hasta el de 1476, su valor once maravedis de los actuales, porque si el maravedí noven ó segundo blanco valia cinco enriqueños, y el enriqueño once de los actuales, el noven, segundo blanco debe valer cincuenta y cinco de los actuales, un real de vellon, y veinte y un maravedí, y no un real de ve llon y once maravedis.

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287 » El precio que dió á esta moneda (al quartillo o quar"ta parte del real) el mismo Enrique es el de quatro maravedis » de los suyos, que como se ha dicho, hacen dos dineros de los »antiguos, y una leve parte mas que formarian cada maravedi, »unos once de los de ahora." Tampoco dice bien esta cuenta con la precedente, porque si quatro maravedis enriqueños correspon

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den

den á dos dineros antiguos novenes, ó segundos blancos, el maravedí noven ó segundo blanco por hacer diez dineros novenes en sentir del señor Cantos Benitez, corresponde á veinte maravedis enriqueños; y así salé por esta cuenta que el maravedí noven hacia quince maravedis mas que por la primera. Y si cada maravedí enriqueño hace unos once de los de ahora, tocan al noven ciento y veinte de los de ahora, ó tres reales de vellon y diez y ocho maravedis qué son dos reales y siete maravedis mas que por

la otra cuenta.

288 Los maravedis que labró Enrique IV, llamádos en»riqueños, corriéron en todo su reynado segun la rebaxa de oro »y plata que insinua Montalvo, es decir, á diez y seis maravedis el real, y d ciento y tres el florin." Dos cosas tiene contra sí este pasage: la primera, que habiendo batido el rey don Enrique sus monedas en el año de 1455, segun conjetura dicho señor Cantos Benitez, y rébaxado en las cortes de Madrid del año de 1462, como expresa Montalvo, los maravedis enriqueños no pudiéron correr con un solo valor en todo su reynado, sino precisamente con dos ; el uno el que tuviéton antes de la rebaxa, y el otro el que les asignó por ella. La segunda, que las cortes del reyno y escrituras entre particulares dan al real los valores de diez, once, quince, veinte, y treinta maravedis: y al florin ciento y diez, ciento y doce, ciento y quince, y otros muchos, como probaré→ mos á su tiempo.

289 El real de plata antecedente lo reduxéron los Reyes » católicos á treinta maravedis de los suyos, y el maravedí enri» queño, que fué el antecedente de Enrique IV, á tres blancas » de su moneda, que eran maravedí y medio del Rey católico, y »tres maravedis de los que ahora tenemos, de que se conoce la »mala calidad de estos maravedises enriqueños y su poca dura»cion, por lo que no se mencionan en escrituras ni documentos » que hemos visto." Lo que se deduce de que los Reyes católicos apreciaron al maravedí enriqueño en maravedí y medio de los suyos, es que el maravedí enriqueño era de superior calidad, porque siendo de buena los de los Reyes católicos segun sienta el señor Cantos, los enriqueños les llevaban una mitad. Reflexîonemos aun mas: En el capítulo IX tratando dicho señor de las blancas dice: las de don Enrique III fuéron de á cinco dineros

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de buena ley y calidad, de modo que dos formaban el maravedi: las de don Enrique IV fuéron tambien de á cinco dineros, dos hicieron en un tiempo el maravedí: juntemos á esto lo que ya nos tiene dicho García Lopez de Salazar que alcanzó los tiempos de dicho don Enrique: Fizo el rey blancas mucho pequeñas, é de ley, que valian dos el maravedi, é treinta el real: siguese pues que fuéron tambien de buena calidad.

290 Si es mala conseqüencia la que acabamos de ver, aun es peor: los maravedises enriqueños fuéron de poca duracion porque los Reyes católicos los reduxéron á tres blancas, ó á maravedi y medio de su moneda. La poca ó mucha estimacion de los maravedises, y su buena ó mala ley, es mal fiador de su corta ó larga duracion. Las monedas que labró el rey don Juan el I fuéron todas faltas de ley en sentir del señor Cantos, (1) y corriéron mucho tiempo: las que acuñó don Enrique III fuéron todas de fina ley, segun él mismo, y no duráron tanto. Los maravedis prietos excedian á los blancos, como afirma dicho señor, y unos y otros se acabáron á un mismo tiempo.

291 No se deduce mejor que : los maravedis enriqueños no se mencionan en escrituras ni documentos, porque eran de mala calidad. Las blancas de don Juan el II fuéron de muy baxa ley, en sentir de dicho escritor, y las mencionan centenares de escrituras. Los blancos de don Juan el I padeciéron el mismo mal, y fuéron las monedas mas ruidosas, y que mas diéron que hacer al reyno. Los maravedis de don Enrique IV adoleciéron de lo mismo, segun dicho señor, y los enuncian y mencionan á cada paso los documentos.

292 » Sobre estos maravedises enriqueños se debe tener pre» sente que desde el año de 1455 en que se conjetura su fábri"ca, hasta el año de 1476 que los minoró el rey católico, tu»viéron de valor once maravedises de los que al presente corren, »y todos los maravedises que se hallen en este tiempo en leyes ó escrituras se habrán de reputar por este valor como mone»da corriente y usual en dicho tiempo sino tuvieren la expresion » de maravedises viejos, ó de moneda blanca, ó qualesquiera »otro indicante que los reduzca á su debido precio." El valor

(1) Escrutinio de maravedises y doblas, cap. XII. núm. 3. pág. 84.

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