| Manuel Carrasco Albano - 1858 - 256 páginas
...sus funciones. CAPITULO X. »B LAS GARANTIAS DE LA SEOURIDAD Y PROPIEDAD. Art. 132. En Chile no hai esclavos y el que pise su territorio, queda libre. No puede hacerse este tráfico por chilenos. El estranjero que lo hiciere, no puede habitar en Chile, ni naturalizarse en la República. El principio... | |
| Hilario Abad de Aparicio - 1863 - 790 páginas
...el que pise su territorio <jueda- libre. No puede hacerse este tráfico por chilenos. El estranjero que lo hiciere , no puede habitar en Chile , ni naturalizarse en la república. Art. 133. Ninguno puede ser condenado, sino es juzgado legalmente y en virtud de una ley promulgada antes... | |
| Hilario Abad de Aparicio - 1864 - 260 páginas
...de ejercer sus funciones. CAPITULO DÉCIMO. De las garantías de la teguridad y propiedad. Art. 132. En Chile no hay esclavos y el que pise su territorio...libre. No puede hacerse este tráfico por chilenos. El estranjero que lo hiciere , no puede habitar en Chile , ni naturalizarse en la república. Art. 133.... | |
| José Victorino Lastarria - 1865 - 534 páginas
...CAPITULO X. DE LAS GARANTIAS DE LA SEGURIDAD I PROPIEDAD. ARTICULO 132. " En Chile no hai esclavos i el que pise su territorio, queda libre. No puede hacerse este tráfico por chilenos. El estranjero que lo hiciere, no puede habitar en Chile, ni naturalizarse en la República. „ Esta disposicion,... | |
| Justo Arosemena - 1870 - 482 páginas
...administration provincial, i el modo de ejercer sus funciones. Art. 132. En Chile no hai esclavos, i el que pise su territorio, queda libre. No puede hacerse este tráfico por chilenos. El estranjero que lo hiciere, no puede habitar en Chile, ni naturalizarse en la República. Art. 133.... | |
| Isidro Montiel y Duarte - 1873 - 612 páginas
...y que el que pise su territorio queda libre; que no puede hacerse este tráfico por chilenos, y que el extranjero que lo hiciere, no puede habitar en Chile ni naturalizarse en la república.» *** 1841. El derecho constitucional de Paraguay hizo la declaracion de « quedar prohibido el tráfico... | |
| José María Lozano - 1876 - 514 páginas
...,•..!.:• '.i.-. •»' , ' LÉG-ISLACIOff COMPARADA. Constitucion Chilena. — Art. 13^. — EnCnile'nohay esclavos, y el que pise su territorio queda libre....habitar en Chile, ni naturalizarse en la República. ' i,-ii;r 76 Constitucion Argentina,— Ait. 15. — En la Nacion Argentina no hay eaclayos; los pocos... | |
| Justo Arosemena - 1878 - 682 páginas
...funciones. CAPITULO X DE LAS GARANTIAS DE LA SEGURIDAD I PROPIEDAD Art. 132. En Chile no hai esclavos, i el que pise su territorio, queda libre. No puede hacerse este tráfico por chilenos. El estranjero que lo hiciere, no puede habitaren Chile, ni naturalizarse en la república. Art. 133. Ninguno... | |
| Justo Arosemena - 1878 - 624 páginas
...el que pise su territorio, queda libre. No puede hacerse este tráfico por chilenos. El estranjei'o que lo hiciere, no puede habitar en Chile, ni naturalizarse en la república. Art. 133. Ninguno puede ser condenado, si no es juzgado legalmente, i en virtud de una lei promulgada ántes... | |
| Miguel Cruchaga - 1878 - 382 páginas
...encuentran establecidas en la forma si guíenla: Art. 189. En Chile no hai esclavos, i el qne pisa su territorio, queda libre. No puede hacerse este tráfico por chilenos. El estranjero que lo hiciere no puede habitar en Chile, ni naturalizarse en la Repúbljoa. Art. 133. Ninguno... | |
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