Cuestiones financieras de ChileImprenta Cervantes, 1909 - 670 páginas |
Términos y frases comunes
1.º de Enero 1.º de Mayo 11 de Febrero 18 peniques 23 de Julio 27 de Agosto 31 de Diciembre 31 de Julio 45 peniques ademas alza autoriza balanza Bancos de Emision billete de Banco billete de curso bonos cambio internacional canje cantidad capitales causa centavos Chile chilenos ciento cifras cion circulacion circulante comercio contrato conversion crédito curso forzoso debe deberia demanda de letras depósitos descuentos deudas deudores Diciembre económica esportacion esportaciones espresado esterior estranjero fenómeno fijado fiscales garantía gramos habia hipotecarios inconvertibles interes jeneral lejislador libra esterlina Londres millones de pesos moneda de oro moneda metálica mundo necesidad neda numerario obligacion obligaciones observar orijen pago pais papel moneda peso fuerte pesos de 18 plazo precio Presidente privilejio público réjimen rejistrada República respecto salario saldos Setiembre suma tambien tasa del cambio teoría tipo del cambio trigo valor del papel valor efectivo valor nominal verificar
Pasajes populares
Página 593 - Tacna de la junta directiva y funcionarán durante cuarenta días consecutivos, desde las diez de la mañana hasta las cuatro de la tarde.
Página 620 - República, por el término de un año, para que pueda hacer arrestar y trasladar personas de un punto a otro de la República, fijando la residencia del individuo...
Página 631 - Que desde mucho tiempo atrás el comercio i la industria nacionales se resienten por la falta de circulante; «Que la situación actual del cambio internacional...
Página 641 - Las tesorerías del Estado recibirán en pago las monedas de plata, cualquiera que sea el valor de las obligaciones que con ellas se trate de solucionar. «Art.
Página 631 - ... y por el acrecentamiento de los presupuestos de gastos públicos, el Congreso no adoptó ninguna medida que evitara los resultados que hoy se palpan ; «Que la insuficiencia de la emisión fiscal, aun como medio de cambio, en las operaciones particulares, deja...
Página 641 - ... solucionarán todas las obligaciones, salvo lo dispuesto en la lei de 10 de setiembre de 1892 i en el artículo 2.° de esta lei. Art. 17. Nadie está obligado a recibir mas de cincuenta pesos en moneda de plata. • La Casa de Moneda cambiará por oro los pesos de plata que se le presenten con este objeto. Las tesorerías del Estado recibirán en pago las monedas de plata, cualquiera que sea el valor de las obligaciones que con ellas se trate de solucionar. Art. 18. El Estado recibirá, recojerá...
Página 653 - Art. 12. Se autoriza al Presidente de la República, para invertir hasta la suma de doscientos mil pesos en los gastos que origine el cumplimiento de la presente ley.
Página 609 - Gobierno, de no emitir ni permitir que se emita papel moneda de curso forzoso o billetes de banco que no sean pagaderos en moneda de oro o plata sellada...
Página 641 - Las piezas voluntariamente dañadas perderán su curso legal. «Art. 19. Los costos de amonedación de oro son de cargo del Estado. La compra de estas pastas por la Casa de Moneda se hará sin descuento en razón de esos costos. <Art.
Página 620 - Art. 3.° Cada vez que, en virtud de la autorización concedida en esta lei, se haya completado la emisión de vales o billetes por la suma de un millón de pesos, el Presidente de la República ordenará se pidan propuestas por igual suma para los efectos del depósito a que se refiere el artículo anterior. Serán preferidas las propuestas que, por ser a plazo mas corto, ganen menor interés ia prorrata en igualdad de circunstancias».