sí: mas como crecen los dones, crece y renuevase la obligation de accrecentar diligencia en la guarda y conplimiento de aquello, lo cual nunca puede ser tanto que no pueda ser mas. Y porque vuestra mui excellente prudentia no se contentará desta generalidad, diré yo aquí en especial lo que quizá no querriades que dixiesse, y aun lo que ya yo esto cansado de decir, mas pues no cansa ni cessa la obra, ni canse ni cesse la palabra. =Diceme vuestra alteza en la letra que me escrebió desde Perpiñans (7) al fin de setiembre, por la cual beso mill veces sus reales manos, que con mucho cansantio de espíritu y de cuerpo entendió y participó de las fiestas que mandastes hacer y hecistes á los embajadores (8), y creolo yo assí: lo primero porque no hai buen espíritu, que no canse y que no reciba desabrimiento y descontentamiento con lo que no es bueno, ca al paladar sano no puede ser suave lo amargo ni aun lo acedo. Pues como el vuestro sea tal in rei veritate (bendito sea aquel dador de todo bien que tal vos le dió), como no habia de cansar y tomar desabrimiento en lo que in rei veritate no es bueno ni honesto, mas lleno de mucha liviandad y ageno de todo buen seso, de toda madureza y virtuosa 4 (7) El arzobispo, segun dice después, comenzó á escribir esta carta á 28 de setiembre, en contestacion del aviso que le dió la Réina desde Perpiñan de haberse realizado la restitucion del Rosellon y de la Cerdánia. El 2 de setiembre fué cuando se tomó posesion del castillo de Perpiñan, y el 6 salieron los Reyes de Barcelona para el Rosellon. No tardó mucho la Réina en escribirá su confesor, puesto que la contestacion se empezó á 28 del mes: y por aquellos mismos dias parece que volvió á escribirle estando todavia en Perpiñan, poco antes de restituirse á Barcelona, donde entró el 9 de octubre (Zurita, lib I, cap. 18). El arzobispo hubo de recibir esta segunda car ta cuando estaba á medioescribir la suya, como indican las presentes expresiones, y sigue contestando á ambas. (8) Parte fueron de estas fiestas las que Gonzalo Fernandez de Oviedo refiere (Batalla I, quincuagena III, diálogo XI) que con motivo de la ve nida de la corte celebró la ciudad de Barcelona pocos dias antes de ser herido el Rei por Juan de Cañamás. E esta fiesta, dice, fué en la alonja de aquella ciudad, donde comieron estos príncipes todos (los Reyes, el príncipe D. Juan y sus hermanas las infantas, á excepcion de la princesa de Portugal Doña Isabel que no asistió por su estado de viudez), é ansimesmo los grandes é galanes é damas, é ovo danzas después de la cena, seña que coincide con lo que dice la Réina en su carta de contestacion. E en la tarde, prosigue Oviedo, allí delante entre la lonja é la mar se hizo un hermoso juego de cañas de muchos caballeros, é en el mismo tiempo gravedad? Lo segundo porque fué tanto segun lo que acá yo vi por alguna letra de allá, que por bueno que fuese habia de dar hastio. Dulce es la miel, mas dice el sabio que daña y aun amarga demasiadamente tomada. No reprehendo las dádivas y mercedes, aunque tambien aquellas para ser buenas. y meritórias deben ser moderadas; no las honrras de cenar y hacer collacion á vuestra mesa y con vuestras altezas, no la alegria de los exercicios militares, no el gasto de las ropas y nuevas vestiduras, aunque no carezca de culpa lo que en ello ovo demasiado. Mas lo que á mi ver offendió á Dios multiphariam multisque modis, fué las danzas, especialmente de quien no debia danzar, las cuales por maravilla se pueden hacer sin que en ellas intervengan pecados; y mas la licencia de mezclar los caballeros franceses con las damas castellanas en la cena, y que cada uno llevasse á la que quisiesse de rienda. ¡O nephas et non fas! O licentia tan illecita! O mezcla y soltura no catholica ni honesta, mas gentílica y dissoluta! O quan edificados irán los franceses de la honestidad y gravedad castellana! O quan enseñados para reprimir en su patria toda liviandad, toda inepta leticia, toda dissolution quantoquier que parezca humana! O, si yo lo entiendo, quanto pierde mi Réina y mi soberana señora en ello, ante los onbres digo, que an justaban otros dentro en la mar sobre barcos é á menos de cien pasos de los del juego de cañas. E hacian de esta manera: que en la proa de un batel iba un hombre en pié, é llevaba una lanza enristrada é una pavesina con que se cubría al tiempo de encontrar con otro justador que venia contra él: é cada barco llevaba veinte remeros, é la mar era tranquila, é partia el un barco con su justador contra el otro con la mayor velocidad que les era posible, é encontrábanse los justadores, é á veces iban al agua ellos é los paveses, é hacianse encuentros que causaban mucha risa é placer. E eran mas de treinta bateles con mas de otros tantos justadores; é la ciudad les daba précio á los que mejor lo hacian. Fué fiesta de mucho placer é regocijo, en que aquella insigne ciudad gastó bien. Ya entonces habian venido los embajadores y caballeros franceses para seguir los tratos que se traian entre manos acerca de la restitucion de los condados de Rosellon y Cerdánia, y de la paz que se juró en el inmediato mes de enero. Después verosimilmente se darian otras fiestas á los embajadores con motivo de la conclu del ajuste y de la entrega efectiva de los condados. En el tomo IV de las Memórias históricas de Barcelona escritas por D. António Capmani, (pag. 73 del apéndice) se inserió una notícia de las funciones celebradas en diferentes tiempos en la lonja de aquella ciudad; pero no se hace mencion de las que dieron ocasion á la presente nota. te Dios no dubdo nada. O Reina Vasti, quan injustamente privada del reino, porque tu gravedad y honestidad no se conformó con la liviandad y embriaguez del Rei Assuero! O Réina de Sabba quan agenas tus fiestas de aquesto! O bendita Helisabeth, hija del Rei de Ungria y duquesa de Lorena, quan quita y apartada de todo ello! O Reina de los Angeles, porque no andemos por las ramas, porque sofrís á vuestra dama, á vuestra sierva, que quiera y sufra cosa de vuestra soberana excellentia y de vuestra perfectissima honestidad tan agena! O cabeza tan majada y no castigada ni escarmentada, visto en que pararon ayer las de Sevilla (9) ¿Hai osadia para passar un dedo ni un pelo el pié de la mano? O (si lo osare decir) memoria o desmemoramiento de gallo, que canta una y otras veces porque no se acuerda si ha cantado! Pues que diré de los toros, que sin disputa son espectáculo condenado? Lleven doctrina los franceses para procurar que se use en su reino; lleven doctrina de como jugamos con las bestias; lleven doctrina de como sin provecho ninguno de alma ni de cuerpo, de honrra ni de hacienda, se ponen allí los onbres á peligro; lleven muestra de nuestra crueza que assí se embraveze y se deleita en hacer mal y agarrochar y matar tan crudamente á quien no le tiene culpa; lleven testimonio de como traspasan los castellanos los decretos de los padres santos que defendieron contender ó pelear con las bestias en la arena. O que diria si todo lo cupiesse la carta! Pero baste lo dicho, porque creo yo bien que se hizo y hace todo con cansantio de espíritu. Mas esto no callaré, que la mesma circunstantia del cansantio agrava el pecado. Perdon lleva la embriaguez que se causó de mucha sed y el furto que se cometió con gran (9) Pulgar en su crónica aí año 1490 refiere las solemnísimas fiestas que se hicieron en Sevilla, estando allí la corte, desde mediados de abril hasta princípios de mayo con ocasion del ajuste de boda entre la infanta Doña Isabel, hija mayor de los Reyes católicos, y el príncipe heredero de Portugal D. Alonso. Pero antes de pasados siete meses de matrimónio, el príncipe murio desgraciadamente de la caida de un caballo á orillas del Tajo en júlio de 1491. Este es el paradero de las fiestas de Sevilla que menciona la carta; y no habiendo pasado sinó dos años, se habló del suceso como de cosa reciente y de ayer. menester y aun el homicídio cometido con demasiada ira: mas lo que se excede sin appetito y sin deleite, que excusation tiene? Perdónelo todo nuestro Señor, amen, no dé la pena que merece amen, amen; y á mi perdone no lo que excedo en decir esto, mas lo que fallezco en no lo decir assí conplido como debo. Por Dios y por su passion mirese agora con mucha dili gentia que hai emendar en todas las cosas que pueden que recibir emienda, que hai que añadir de bien y de diligentia en las que conciernen las personas, las familias, y los reinos y señorios, los consejos del estado, de la justicia y de la hacienda con todos los otros ministerios y officios, y aun las nominationes á los beneficios por vigor de los indultos (10), Mirese quanto posible fuere en la paga de lo que se debe que sin dubda es mucho, y tomese por espuela y por aguijon para todo, quod quum augentur dona, rationes etiam crescunt do norum. A Vuestra venida sea mucho enhorabuena. Sabe nuestro Señor cuan abiertos tengo los ojos para ver el suelo que: que vuestros chapines huellan y poner allí muchos ratos, ya que no puede ser todavia, mis pollutos labios: pero aquí en esta honrada alhambra en aquellos ricos y lindos pavimentos y tan limpiamente losados cumplalo nuestro Señor, amen. Porque vuestra alteza es avarienta de las escripturas que le presento ó comunico, y no las muestra quizá con mucha prudentia y no menos caridad, sino son tales que se deban mostrar, por esso y porque va en latin, enbio al dottor de Talavera (11) para que (10) Habla del indulto y bula apostólica de 27 de júlio de 1493, en que el Papa Alejandro VI acababa de conceder á los Reyes católicos el derecho de presentacion para ciertas canongias y beneficios en todas las iglésias de Es paña cuyos prelados no fuesen cardenales: y del indulto anterior del afio 1486, en que Inocencio VIII les habia concedido un derecho todavia mas ámplio de presentacion en los territórios hasta entonces adquiridos ó que en adelante se adquirieren de infieles." si le pareciere bien, la presente á vuestra serenidad, la mui excellente victoria y digna de immortal memória que nuestro Señor dió al Rei D. Alonso XI, vuestro cuarto abuelo, cerca del rio que dicen del Salado contra el Rei de Marruecos y de Bellamarin &cetera: la cual puse en latin acompañada de algunas sententias de la santa escriptura para que la leyesemos por lectiones á los maitines de aquella fiesta, que acá comenzamos ogaño á celebrar con mucha solennidad (12), como es razon, porque unas lectiones que ví en un breviario toledano me parecieron breves y no tales como yo quisiera; y assí verá vuestra alteza alguna de las occupationes que estragan mi tiempo, y si es razon dexarme vacar: pues ó que si viesse vuestra mui excellente devotion el officio de vuestra dedition de Granada! que no le publico ni comunico hasta que le vea, ni ge le enbio porque no le debe ver sin que yo sea presente para le dar razon de cada cosa y cosa contenida en él (13). • De la ida del Rei moro para allende (14) remitome á lo que Hernando de Zafra ha escripto y escribe, que lo ha mui bien trabajado mente et corpore: no sé como le será re yse halla entre las pragmáticas de Ra- lez de Mendoza. En el estúdio que fué |