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año de 1482 (1), ridiculiza con su acostumbrado donáire estas ordenanzas, indicando al mismo tiempo que no eran á gusto de la Réina Doña Isabel, manifestó sus opiniones acerca de la matéria en vários parages de sus Claros varones y de sus cartas impresas, como asimismo en otra á D. Diego Hurtado de Mendoza, arzobispo de Sevilla, sobre la manera con que eran tratados los conversos de aquella ciudad, que no ha visto la luz pública.

Fr. Alonso de Oropesa, de quien hablamos anteriormente, fué uno de los varones mas señalados de aquel siglo. El crédito de su virtud y sabiduria era tal, que habiéndose pactado el año de 1464 entre el Rei Don Enrique y los grandes malcontentos el nombrar por cada parte dos árbitros que terminasen las diferéncias, se agregó á ellos de acuerdo de todos á Fr. Alonso para que decidiese en caso de discórdia. No satis fecho con haber protegido segun vimos la inocéncia de los conversos de Segóbia, empleó tambien su pluma en defensa de los perseguidos, y escribió un papel contra los que olvidados del precepto de la caridad, de la unidad de la fé y de la debida concórdia é igualdad de los fieles, introducian la odiosa distincion de cristianos viejos y nuevos (2).

Fr. Hernando de Talavera fué sobrino de Fr. Alonso de Oropesa y de su misma órden, en la cual como dan á entender las expresiones del cronista Enriquez del Castillo, se pensaba comunmente á favor de los conversos al revés que en la de los observantes. Tanto por esta consideracion, como por otras várias que suministra la vida y conducta de nuestro arzobispo, es sumamente verosimil que participó de las benignas máximas de su tio, y por consiguiente del desafecto de los que profesaban las opuestas. Entre ellos se contaba Diego Lucero, de quien Pedro Martir dice terminantemente que era enemigo acérrimo del nombre judio y de los neofitos ó conversos, añadiendo que tenia relacion con ello el delito de que se acusaba á Fr. Hernando. Segun estas indicaciones, el (1) Es la XXXI en la edicion de Ma- (2) D. Nicolás António, bibl. ant. todrid de 1775. mo II, lib. 10, cap. 10.

mismo ódio al origen hebreo que produjo la injusta persecucion de los descendientes del obispo D. Pablo como conversos, produjo tambien la del arzobispo de Granada como fautor suyo. El aprécio y la proteccion de la Réina Doña Isabel le cubrieron de los tiros de la malignidad durante la vida de aquella princesa: pero quitado por su fallecimiento el obstáculo, obró libremente el espíritu de venganza contra el arzobispo, y quizá contribuyó á acelerar su muerte. No se extinguió con ella la animosidad de sus émulos, de lo que todavia se hallan vestígios en el índice del año 1583.

Estas son las conjeturas que formamos sobre un punto obscuro, de acierto dificil y arriesgado, y que en otro tiempo podrá ocupar con la extension y claridad conveniente la atencion de nuestros escritores. Entretanto sirvan estas prevenciones para explicar y calificar la carta del arzobispo al Rei D. Fernando que á continuacion se inserta. En ella son de notar los afectos de fidelidad y de amor al Rei que conservaba aquel anciano venerable, la santa libertad con que le habla, la confianza que tenia en su inocéncia, los recuerdos de su gratitud á la difunta Doña Isabel y el modo sentido y tierno con que se queja de la diversa conducta de su marido.

CARTA DE D. FR. HERNANDO DE TALAVERA ARZOBISPO DE

Granada, al Rei Católico.

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Jhs. Serenísimo señor nuestro. A V. A. escribí pocos dias ha con Fr. Domingo de Mendoza de la orden de Santo Domingo. Después recibí dos cartas de aquella, en las cuales me encarga que mire por el servício de la Reyna nuestra señora y por el suyo. No respondí, porque no fuí reque rido: ahora digo que así quiera y ame nuestro Señor mi salvacion y tenga della cuidado, como yo quiero y amo aquello y tengo dello cuidado. Porque no sé como lo tengo tan metido en los huesos que no lo han tocado el água ni el viento pasado, causado y levantado contra mí y contra tantos y tales por negligéncia de mi Rey y mi señor, mi hijo

y mi angel, el Rey D. Hernando: y digo por negligéncia, porque no puedo acabar conmigo que por malícia, ni contra ningun estraño ni menos contra mí, aun que cuantos abren boca dicen lo contrário; mas yo mas quiero ser tenido por nécio y serlo, que creer y tener aquello. Es verdad que la negligéncia fué tan culpable, que tienen razon de lo imputar á gran pasion y á gran malícia. No sé que satisfaccion le da V. A. para con Dios que tanto ha seido y es en ello ofendido, y á toda la gente que desde el menor hasta el mayor y desde el enemigo hasta el amigo todos están mui escandalizados, salvo los que copieron en ello; y tan escandalizados que es menester que V. A. haga miraglos para que le amen y le quieran como primero, y como yo en mi conciéncia tengo que debe ser querido y amado, y como aun que me mate le amo y le quiero. ¡O mi Rey y mi señor! perdoneos Dios amén, que tal mancilla consentistes poner en vuestra gloriosa reputacion y en vuestra mui clara persona. ¡O incauto tan engañado y tan danificado por falta de buenos lados (digo por malos servidores y por mala compañía) ó perezoso, y así aborrecido y desamado por se remitir y creer á quien no debe, por no tomar trabajo de ver y examinar por si mesmo todo aquello en que vá algo, cuanto mas aquello en que vá tanto! Por acá dicen que lo remédia V. A. suplicando que la inquisicion se cometa al reverendíssimo arzobispo de Toledo: aplácase la gente y reposa, porque le tienen por bueno (1). Remediadlo, sereníssimo señor, por cualquier manera, que mucho cumple al descargo de vuestra conciéncia acá y adoquiera. No vos asegureis con ninguna prosperidad, mas entonces tened mas temor; que mas es de temer la fortuna próspera que la adversa. No vos alegreis porqué allá vos han recibido con tanto acatamiento, con tanto triumpho y con tanto servício, mas sentid mucho que se enacede este reyno y lle

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va camino de ser abrasado, al cual debeis mayor amor y mas beneficio que á ninguno por muchas razones que para quien tan bien las sabe es demasiado contarlas. ¡O cuanta obligacion teneis de lo remediar, de allá y de acá, presente y absente! Mucho diria si no temiese enojar, como en el buen tiempo ni enojaba ni temia: y aun agora no temeria, si supiese que agora aprovechaba como entonces lo sabia. Mas dejado esto, torno á lo que á mí toca. He sabido de vuestro embajador el comendador Rojas que á XIII de júnio envió á V. A. la comision para que inquiriesen contra mí. Suplico que me mande escribir que hizo de ella, porqué el arzobispo de Sevilla dice que no la tiene, ni puede saber quien la tenga, como quier que dice que después que está en Sevilla ha sido requerido que se procediese contra mí. Yo he menester saberlo para purgar mi inocéncia y salir al lobo al encuentro, como salió mi Redemptor á los que vinieron á le prender: de la cual tengo por principal testigo y compurgador á vuestra Real persona, digan lo que quisieren. Digan de vos en el cielo lo que yo deseo que digan, y aun tambien en este suelo, que los príncipes menester han la buena reputacion del suelo para alcanzar la glória del cielo. Ad quam nos perducat &c. En Granada á XXIII de enero de DVII. su humilde capellan, Granatensis, En el sobrescrito: Al muy alto Y muy católico príncipe, y por eso muy poderoso, el Rey de Aragon, mi señor.

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ILUSTRACION XIX.

Sobre Doña Juana, llamada vulgarmente la Beltraneja, y el proyecto de su matrimónio con el Rei Católico después de la muerte de Doña Isabel.

Á poco de haber fallecido la Réina Doña Isabel, comenzaron á brotar las semillas de discórdia que desde la primera venida de Felipe el Hermoso á Castilla en el año de 1502, habian quedado en los ánimos de este Príncipe y de su suegro el Rei D. Fernan

do. Las ocurréncias y particularidades que de aquí se originaron con grave perjuicio del réino, se leen en todos los escritores de aquel tiempo. D. Fernando concibió mui desde luego el desígnio de vengarse de Felipe contrayendo matrimónio con Doña Juana, llamada vulgarmente en Castilla la Beltraneja y en Portugal la Excelente Señora, cuyos dudosos derechos á la succesion del Rei D. Enrique IV, y su desposório con el Rei D. Alonso V su tio, habian dado ocasion á la guerra que sostuvieron los Reyes católicos á princípios de su reinado.

En la paz que despues de ella se ajustó en Moura el año de 1479, una de las condiciones fué que Doña Juana escogiese entre dos partidos, ó el de obligarse á casar con el Príncipe heredero de Castilla D. Juan, luego que este llegase á la edad competente, ó el de tomar el hábito de religiosa. Doña Juana eligió este último, y con efecto el mismo año entró monja en Santa Clara de Coimbra, donde profesó el siguiente de 1480 (1).

El cronista Fernando del Pulgar, contando la embajada que enviaron los Reyes católicos para asegurarse del cumplimiento de esta parte del concierto, refiere que Doña Juana protestó á los embajadores, que sin ninguna prémia, salvo de su própia voluntad, queria vivir en religion é facer profesion é fenescer en ella (2). Sin embargo puede creerse por los sucesos posteriores, que en esta resolucion de Doña Juana tuvo mas parte el despecho que el amor al estado religioso y el menosprecio de la glória mundana.

Los historiadores castellanos afectaron no hablar de Doña Juana desde la época de su profesion en adelante, y de aquí tomaron ocasion algunos escritores modernos para asegurar con sobrada ligereza que Doña Juana continuó en la vida religiosa hasta su muerte (3). Pero aquel siléncio de los coetáneos, que

(1) Zurita lib. 20, cap. 38 confunde la toma de hábito con la profesion, como se vé cotejando su relacion con la de Pulgar, quien distingue con toda claridad una y otra, y coloca entre ambas la ida de los embajadores castellanos.

(2) Parte 2, cap. 92.

(3) Mariana lib. 24, cap. 20. Florez Rein. catól. pág. 766. Ferreras año 1479; aunque no va mui consiguiente con lo que refiere después al afio 1482.

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