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9.

FOMENTO.

8 Enero: publicada en 10.

Real órden, dietando varias disposiciones con objeto de dotar en lo posible á los distritos forestales del número de Ingenieros que determina el Real decreto de 19 de Febrero de 1875, hasta cubrir las vacantes que hoy existen.

Ilmo. Sr.: Para dar mayor impulso á los trabajos de repoblacion, fomento y demas mejoras de los montes públicos, y á fin de que tengan debido cumplimiento las disposiciones contenidas en la Real órden dictada con esta fecha al objeto de plantear en las mejores condiciones aquel servicio, cuva importancia requiere atencion preferente, es indispensable dotar en lo posible á los distritos forestales del número de Ingenieros que determina el Real decreto de 19 de Febrero de 1875, hasta cubrir las vacantes que hoy existen; disponiendo del que actualmente presta servicio en la Junta consultiva y demas Comisiones especiales con residencia en esta Córte, en cuyas dependencias sólo quedarán los Ingenieros absolutamente necesarios para que no se paralicen los trabajos que les están encomendados; los cuales, si bien todos revisten gran importancia, no tienen por su naturaleza la trascendencia que los inherentes á los distritos forestales. Es además conveniente al buen servicio que, permaneciendo el Ingeniero Jefe de cada distrito en la capital de la provincia, vayan los demas Ingenieros y el personal subalterno á residir habitualmente en los pueblos más cercanos á los montes, con objeto de que atiendan á los fines primordiales de su instituto, con menores molestias y gastos en el movimiento, y ejerciendo de este modo una vigilancia más eficaz.

En su consecuencia, S. M. el Rey (Q. D. G.), de acuerdo con lo propuesto por V. I., ha tenido á bien dictar las siguientes disposiciones:

Primera. La Secretaría de la Junta consultiva de Montes será desempeñada por un Ingeniero Jefe de primera clase, y dotada con dos Ingenieros agregados.

Segunda. Sólo quedarán á las órdenes del Jefe de la Comision del mapa forestal de la Península dos Ingenieros del

cuerpo.

Tercera. La Comision de rectificacion del Catálogo de montes públicos será auxiliada por tres Ingenieros, conforme á lo determinado en la Real órden de 8 de Noviembre de 1877; desempeñando el cargo de Secretario el de más antigüedad en el cuerpo.

Cuarta. Las plazas á que se refieren las disposiciones precedentes continuarán servidas por los Ingenieros de mayor categoría entre los adscritos á las citadas dependencias, destinándose los excedentes á los distritos forestales.

Y quinta. Los Ingenieros Jefes de los distritos dispondrán la distribucion del personal facultativo y pericial, repartiéndolo en los pueblos de la provincia; teniendo en cuenta la proximidad de éstos á los montes; su posicion intermedia entre ellos; el número de Ingenieros y Ayudantes que están á sus órdenes, y atendiendo exclusivamente á las condiciones del buen servicio; dando cuenta á la Direccion general del ramo tan pronto como lo hayan verificado.

De Real órden lo digo á V. I. para su conocimiento y efectos oportunos. Dios guarde á V. I. muchos años. Madrid 9 de Enero de 1881. Lasala. Sr. Director general de Agricultura, Industria y Comercio.

10.

FOMENTO.

8 Enero: publicada en 10.

Real órden, disponiendo que con arreglo á lo prevenido en la ley de 11 de Julio de 1877 y reglamento de 18 de Enero de 1878, los distritoş forestales se ocupen preferentemente en la redaccion y ejecucion de los proyectos de repoblacion de los montes públicos y demas terrenos á que las citadas disposiciones se refieren.

Ilmo. Sr.: Uno de los servicios que por su importancia requiere preferente atencion es el fomento y mejora de los montes públicos, por cuya prosperidad las Córtes del Reino y el Gobierno de S. M. han manifestado siempre especial predileccion en consonancia con lo que la opinion pública há tiempo vivamente reclama.

Es notoria, y está en el ánimo de las personas ilustradas, la benéfica influencia que ejercen las grandes masas arbóreas en las condiciones climatológicas de un país, así como la necesidad de su existencia por las múltiples funciones que tienen en la vida y bienestar de los pueblos. El ejemplo que

Alemania, Austria, Francia, Rusia y otras naciones nos ofrecen aplicando en su pureza la ciencia dasonómica, seria estímulo bastante para no quedar postergada la nuestra en la eficaz proteccion que dispensan á tan importante ramo de la riqueza pública, y para obtener los cuantiosos rendimientos que dichos países alcanzan, si no se abrigase el propósito de procurar la fiel observancia de las leyes especiales y reglamentos dictados para su ejecucion, dando en lo posible satisfaccion cumplida á una necesidad que se deja sentir cada dia con más fuerza.

Desgraciadamente, hay en España numerosas comarcas estériles é improductivas que en épocas anteriores fueron terrenos feraces, surcados por corrientes regularizadas, gracias á la influencia de la vegetacion arbórea que las poblara; pero de lo cual, conservándose tradicional recuerdo, sólo quedan como triste realidad escuetas regiones, donde no es posible otro cultivo que el forestal.

Las pérdidas materiales sufridas en la provincia de Valencia con la inundacion de 1864; las más sensibles y recientes de Múrcia, Almería y Alicante, cuyo recuerdo contrista aún los sentimientos humanitarios del país; las últimas de Aragon y otros muchos estragos acaecidos en diversas comarcas, imponen al Gobierno de S. M. el sagrado deber de precaver en lo posible tan horribles calamidades, que siembran la desolación y la ruina.

A remediar las funestas consecuencias de la decadencia de nuestras regiones forestales se encaminan la Ley de repoblacion de 11 de Julio de 1877 y el reglamento de 18 de Enero de 1878.

Es, pues, un deber ineludible el que tiene este Ministerio de procurar el aumento de arbolado en las zonas impropias para el cultivo agrario permanente, al par que la conservacion y fomento de los montes existentes, fuente de riqueza para los Municipios y sus vecindarios, y que por lo mismo tenemos la obligacion de mantener y mejorar para las generaciones futuras, como legado de nuestros antepasados, del cual no somos en realidad más que usufructuarios.

Bajo este último concepto se ha conseguido una importante mejora, confiando la custodia al benemérito cuerpo de la Guardia civil, cuya fuerza hace imposible con su acreditado celo las talas perdurables.

No deja, sin embargo, de ser sensible la frecuencia con que ya algunas corporaciones, ya los propietarios y usuarios de montes públicos pretenden hallar en ellos productos que, por su naturaleza no pueden suministrar, sin tener en cuenta

que esta importante riqueza llena un fin social, y que siendo tan lenta como contingente en su desarrollo, debe encerrarse su produccion en los límites que, de concierto con la ciencia, establecen las disposiciones que la regulan en pro de los intereses de sus dueños.

La aplicacion, pues, de los principios dasonómicos para la determinacion de los aprovechamientos en la relacion posible con las necesidades y derechos de los pueblos, es una de las obligaciones primordiales que imponen las leyes vigentes á los Ingenieros para la conservacion de la riqueza forestal, y por ello es innecesaria la recomendacion conducente á la fiel observancia de las mismas, y á que se practiquen los reconocimientos oportunos.

Es evidente que á todo proyecto de mejora debe preceder un detenido estudio de las condiciones del monte, como base si se han de obtener los resultados más satisfactorios. Para dar mayor impulso á esta clase de trabajos, así como para que se fijen los montes y terrenos que, reuniendo los requisitos de excepcion determinados por las leyes, deben ser preferentemente objeto de repoblacion y fomento, ó entregarse en otro caso á la venta, se creó la Comision revisora del Catálogo. Con destino á este importante servicio se ha consignado en el presupuesto vigente un crédito de 50.000 pesetas, cuyo empleo y justificada inversion deberá procurar la Comision referida por los medios que le sugiera su competencia, ya comunicando las instrucciones convenientes á los Ingenieros de las provincias y brigadas que se destinen á operaciones de rectificacion, ya girando sus Vocales visitas con objeto de que, dándose á los trabajos la unidad y enlace necesarios, scan en lo posible reproductivos, utilizándose en los de repoblacion y demas mejoras.

El deslinde y amojonamiento de los montes, cuya indeterminacion es causa de frecuentes detentaciones; la ordenacion cientifica y regularizacion de los aprovechamientos sobre la base de su racional posibilidad; la construccion de caminos forestales y el establecimiento de telégrafos ópticos para aminorar los estragos de los incendios, son reformas necesarias que han de mejorar considerablemente el estado de los montes y el valor de sus aprovechamientos, en términos que compensen con exceso los gastos que por estos conceptos se originen. Por ello, y aun cuando no sea posible emprender todos los referidos servicios por la escasez de personal facultativo, este Ministerio, deseoso de darles el impulso conve niente, se propuso mejorar la situacion de los Ingenieros y Ayudantes, solicitando de las Córtes el aumento de crédito

concedido en el actual presupuesto para el ascenso recientemente otorgado, cumplimentándose en parte el Real decreto de 16 de Marzo de 1859, y ofreciendo al propio tiempo el considerable número de plazas que resultan vacantes en el cuerpo de Ingenieros, con lo cual, estimulándose el ingreso en la Escuela especial del ramo, podrá irse aumentando progresivamente el personal que requiere un área tan extensa como la que aún poseemos.

A tan solicita proteccion de las Córtes debe el cuerpo responder con eficacia, procurando el perfeccionamiento del servicio; y en su consecuencia, resuelto el Gobierno á que se apliquen todos los recursos ptorgados por los créditos legislativos presupuestos en la ejecucion de los diversos trabajos forestales, y por los medios de que puede disponer la Administracion para plantearlos, espera confiadamente que, así los Ingenieros y funcionarios de los distritos, como las Comisiones especiales y la Junta consultiva del ramo, pondrán el mayor empeño en secundar las elevadas miras de S. M. para que la repoblacion de los claros y calveros de los montes actuales y la de los demas terrenos á que se refiere la ley relativa a este servicio, reciban el impulso que urgentemente reclama el estado de nuestra riqueza.

Aprobados los anteproyectos de repoblacion y mejora de la mayor parte de los distritos, y dotados estos del material é instrumentos para las operaciones de campo con los recursos del presupuesto de 1879 á 80, es preciso que los Ingenieros Jefes de los mismos formulen con urgencia los proyectos parciales y definitivos que sean consiguientes, procurando ajustarse á las disposiciones del reglamento de 18 de Enero de 1878 y á las órdenes dictadas al efecto á fin de evitar observaciones y reparos que dificulten su aprobacion é inmediato planteamiento; debiendo prevenirse á los que aún no hayan remitido el anteproyecto, lo verifiquen en un breve plazo, así como recomendarse la práctica de los proyectos ya autorizados y en vías de ejecucion en algunas de las provincias con la premura que demandan las necesi dades de los montes y de los pueblos.

Decidido este departamento á que tengan gradual y progresivo desarrollo los trabajos de que queda hecho mérito, no sólo ha procurado mejorar la situacion del personal facultativo y pericial, sino que, siguiendo la regla de no introducir cambios en los distritos forestales, persistirá en ese mismo sistema, salvo cuando urgentes atenciones del servicio ó casos excepcionales exijan o aconsejen alguna modificacion. Al propio tiempo procurará mandar á los distritos fo

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