Imágenes de páginas
PDF
EPUB

multiplicará su producto. Lev. cap. 19, v. 23. Aut.

(120) V. la teoría y la práctica de jardinería por el Abad Boger de Schabol. Crist.

[ocr errors]

(121) Los vinos de Palestina eran famosos. Plinio el antiguo los alaba. Siendo los viñedos una parte de la riqueza del país, era necesario tratarlos y conservarlos con cuidado. Tambien hablando de las viñas prohibió expresamente Moysés sembrar diferentes granos en el mismo campo, pena de santificación ó confiscacion. No sembrarás en tu viña diferentes especies de granos, &c. Deut. 22, v. 9. Aut.

1.

(122) Teofrasto habla de los dátiles de Palestina, y los hace superiores á todos los demas por su bondad y utilidad. Los dátiles son, como todos saben, el fruto de las palmeras, y parece que entonces los Judíos hacian de ellos un gran comercio. Hoy costaria mucho trabajo encontrar algunas palmeras en todo este país.

Aut.

(123) En la carta siguiente veremos las medidas que sobre esto toma el Legislador. Aut.

(124) V. Lev. 22, v. 24, &c. El texto dice: no hareis en vuestro país á ningun animal que tenga las partes de la generacion ó comprimidas por ligamentos, ó magulladas, ó arrancadas, ó cortadas. Nuestros autores entienden este pasage como Josefo Maimonides y todos los Rabinos. Algunos Comentadores cristianos dudan al parecer que sea este el verdadero sentido de este texto: creen que la palabra hacer significa aquí inmolar, sacrificar, como en el verso de Virgilio: Cum faciam vitulâ pro frugibus. Dudan que un pueblo pueda mantenerse con carne de toro y de carnero; que los Hebréos hayan podido servirse de toros para la labor, &c. Pero la carne de estos animales, cuando se ha pasado el calor no es acaso tan desagradable como se cree porque no hay costumbre de hacer uso de ella. Se come con gusto la carne de la caza menor y la mayor aun cuando no estén castrados. Por otra parte los Israelitas podian comer los animales machos todavía jóvenes. En cuanto á la labor de bueyes, advertiremos que los Arabes, aun hoy, no montan sino caballos enteros, y que los Israelitas no eran muñecos, sino hombres vigorosos y robustos. Vemos no solo á Sanson sino á David, atacar á los osos y á los leones, y hacerlos pedazos. Estos hombres robustos, ejercitados en domar animales, podian tener por cosa fácil lo que nos parece impracticable, &c. Edit.

(125) Segun algunos de nuestros doctores, esta ley es al mismo tiempo una leccion emblemática para evitar los desórdenes comunes en aquellos paises; y segun Maimonides, una prohibicion de imitar las prácticas de los paganos con este motivo.

(126) Se procura tambien en estas dos leyes dar lecciones de religion y de moral. Siu despreciar estas explicaciones, creemos que se puede tambien, como hacen nuestros autores, entenderlas económicamente, y á la letra. Edit.

[ocr errors]

(127) Un particular rico, propietario por sí de una gran renta, y rodeado de grandes propietarios, como él, nos hacia última mente la confesion por lo que ve continuamente, igualmente que sus compañeros, que estas grandes rentas que los enriquecen, son an verdadero desórden político, tan destructivo de la agricultura y de la poblacion, que ya en su canton ha disminuido la poblacion, faltan brazos, &c. Estas observaciones de los hombres del campo equivalen acaso á los sistemas que sobre la agricultura forman en el centro de la capital los Estadistas de la Córte.:

Dividir las propiedades, multiplicar los talleres rústicos, es el único medio de poblar los campos, y aun las ciudades. Tal era el principio de Moysés, el cual es de una política incontestable. Escusado es incomodarse, calcular, sistematizar, siempre vendremos á parar en lo mismo. Crist.

(128) Todos estos objetos ocupan hoy al Gobierno: estos cui❤ dados forman su elogio. Id.

INDICE

DE LA PRIMERA PARTE

DEL TERCER TOMO.

CUARTA PARTE: Consideraciones sobre la legislacion mosáica, pág...

CARTA PRIMERA. Leyes mosáicas, religiosas y morales, com. putadas á las de los demas pueblos antiguos,

§. 1. Leyes judías, religiosas y morales. . . .

S. 11. Comparacion de estas leyes con las de los pueblos an-
tiguos,

Carta segunda, De las leyes políticas de Moyses.
§. 1. Plan de gobierno tratado por Moysés.
§. 11. Solidéz de este gobierno.

[ocr errors]

S. 1. Precauciones tomadas para mantener la union entre las Tribus.

5

ib.

[blocks in formation]
[ocr errors]

ib.

9

10

§. iv. Cuán querido del pueblo debia ser este gobierno.... 11 §. v. Miras de Moysés sobre los Hebréos. Que no queria hacer de ellos un pueblo conquistador. Fronteras del país: sabiduría en la fijacion de sus límites.

§. vi. Sabiduría de estas leyes en el repartimiento de terrenos seguridad de las propiedades; y con qué condiciones se daban estos fundos.

12

.. 14

§. VII. Enagenabilidad de las tierras. Sabiduría de esta ley. Felices resultados de la reunion de esta ley con la precedente.

[ocr errors]

§. VIII. Ley del año del jubiléo: sabiduría y utilidad de esta ley.

..

§. IX. Miras de Moysés sobre la verdadera riqueza de las nacionės, sobre el comercio, sobre las artes, sobre la agricultura y la poblacion.

[ocr errors]

CARTA TERCERA. De las leyes militares.

§. 1. Sabiduría y dulzura de las leyes militares con respecto al ciudadano.

S. 11. Leyes militares de los Judíos concernientes á los enemigos. Orden de reclamar indemnizaciones antes de declarar la guerra. Prohibicion de hacer saqueos inútiles.

§. 111. Conducta con las ciudades sitiadas.

5. iv. Trato de los prisioneros de guerra.

[ocr errors]

15

16

[ocr errors][merged small][merged small][merged small][merged small][ocr errors][merged small][merged small][merged small]

26

5. v. Derecho de la guerra, mas suave entre los Hebréos que entre los demas pueblos antiguos.

[ocr errors]

S. vi. Falsa imputacion del célebre Escritor refutada,.. CARTA CUARTA. Leyes civiles de Moyses comparadas con leyes semejantes de los pueblos antiguos. Leyes dirigidas á asegurar la vida de los Hebréos.

27

§. 1. Idéa que se dá del homicidio.

§. 11. Leyes contra el homicidio premeditado. Sábia severidad de estas leyes.

ib.

28

[ocr errors]

30

§. 1. Leyes sobre el homicidio involuntario. Sabiduría de estas leyes...

[ocr errors]

§. IV. Leyes sobre el homicidio de autor desconocido.
§. v. Leyes contra los que sin ser ellos matadores son cau-
sa de la muerte de alguno por descuido..

[ocr errors]

ww

32

§. vi. Seguridad de la vida de los niños y las mugeres : restriccion de la autoridad de los padres y de los maridos. 33 §. vu. Leyes contra las violencias, injurias atroces y malos tratamientos,

[ocr errors]

S. VIII. Leyes contra los abortos.

35

36

Carta Quinta. Leyes civiles de Moyses. Continuacion. Leyes que tenian por objeto conservar la salud de los Hebréos. 37 §. I. La distincion de los animales en puros ó impuros estaba fundada en parte sobre miras de régimen y de salud. 38 §. 11. Prohibicion de comer grasas.

[ocr errors]
[ocr errors]

§. 1. Prohibicion de comer sangre.
§. iv. Prohibicion de comer bestias sofocadas, muertas de
enfermedad, ó despedazadas por otras bestias.

§. v. De la lepra: precauciones tomadas para impedir su comunicacion.

...

§. vi. De la lepra de las casas.

39

[ocr errors][merged small][merged small][merged small][merged small]

§. vii. De la lepra en los vestidos.

S. VI. Otra enfermedad. Gonorréa.

47

48

5. ix. Leyes relativas á los cadáveres: utilidad de estas leyes...

[ocr errors][ocr errors][merged small]

§. x. Limpieza útil á la salud, recomendada á los Hebréos. 51 5. xi. Descanso, y alegría mandada á los Israelitas. CARTA SEXTA, Leyes civiles. Continuacion. Leyes relativas á procurar á los Hebréos la abundancia. Cuidados y disposiciones pertenecientes á la agricultura.

[merged small][ocr errors][merged small][merged small]

§. 1. Preferencia que dá Moysés á la agricultura, inspirando á su pueblo la inclinacion á ella. §. 11. Distribución de terrenos, favorable á la agricultura. 56 §. 1. Estabilidad de las propiedades, y sus ventajas para la agricultura..

[ocr errors][merged small][merged small][ocr errors]

§. VI. De la ley que prohibia sembrar en una misma tierra diferentes semillas...

[merged small][ocr errors][merged small][merged small][merged small][ocr errors][merged small][ocr errors][merged small]

S. v. Cuidado de los árboles y arbustos frutales. Leyes sobre su plantacion y conservacion. .

§. VIII. Cuidado de los ganados. Reglamento sobre esto.

Notas.

[ocr errors][merged small]

Leyes civiles. Continuacion. Otros bienes que el Legislador asegura á su pueblo. Leyes contra el robo, el fraude, la destruccion &c.

Además de la vida, de la salud y la abundancia, hay todavía otros bienes, cuya posesion debe el Legislador asegurar en todo lo posible á su pueblo, y para esto es necesario que contenga el robo, el fraude, y en una palabra todos los delitos que pueden perturbar su goce. Re corramos, señor, los reglamentos que hizo sobre estos objetos el Legislador hebréo, y siempre veremos en ellos la misma equidad y la misma sabiduría.

S. 19

Del robo de hombre, 6 plagiato.

El primero de estos bienes es la libertad. Hemos visto que una milicia numerosa y sábios contrapesos á la autoridad prohibian bastante la libertad pública contra las invasiones extrangeras y la tiranía doméstica. Ya no quedaba mas que asegurar la libertad de los particulares contra un peligro, felizmente desconocido ahora en la mayor parte de los pueblos de Europa. La esclavitud estableci-" da entonces en casi todos los Estados, daba lugar á un comercio en que el hombre, hecho mercaderia, se negociaba como las bestias de carga; y muchas veces atrevidos raptores, bajo el pretexto de vender esclavos, vendian hombres libres que habian robado. Este crímen que los Romanos llamaban plagiato, se miró con razon por todos los pueblos antiguos como uno de los atentados mas punibles contra la sociedad. En efecto se robaba á ùn mismo tiempo á la pátria un ciudadano, y á este ciudadano el bien mas precioso: doble delito digno de un castigo

evero.

Moysés lo castiga con la muerte sin distincion. Si al-, guno, dice, roba á un hombre de entre sus hermanos los

[merged small][ocr errors]

10

« AnteriorContinuar »