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Los sorteados serán conducidos por un Comisio. nado.

el pueblo, y desde este dia se les asistirá por prest, pan y gratificacion con dos reales diarios de los caudales públicos, hasta que sean entregados al Oficial de la Caxa: el qual reintegrará su importe al Comisionado para la entrega de los mozos, y este le firmará recibo al pie de la filiacion que entregará de cada uno, para que sirva este documento de abono en la primer revista.

6. único. Quando en el pueblo no hubiere caudal público para suplir estos gastos, se acudirá á la jurisdiccion inmediata, que deberá suplirlo; pero será prontamente reintegrada por la

otra

LVI

Al día siguiente al sorteo marcharán aquellos á quienes haya tocado la suerte, acompañados de dicho Comi

sionado para que les asista en el tránsito, y haga su formal entrega en la caxa particular ó cabeza del Corregimiento, segun el arreglo que esté hecho: el qual se ha de noticiar en tiempo oportuno por el Intendente á las Justicias, para que sepan , para que sepan adonde se debe hacer aquella entrega. Tambien debe acompañar á los sorteados igual número de los mozos que entráron á sortear con ellos, para que vean la legalidad con que en la caxa se admiten ó reprueban los sorteados, y puedan con moderacion y justicia reclamar qualquier agravio.

§. único. Al Comisionado y mozos acompañantes se les pagará su jornal de los propios del Concejo; y traerán consigo al mozo ó mozos desechados: á cuyo reemplazo se procederá por nuevo sorteo, entre los que hayan quedado encantarados, en el dia inmedia

Obligaciones del

Oficial aprobante.

to á aquel en que vuelva con ellos el Comisionado, porque el servicio no ha de estar suspenso. Y así en el nuevo sorteo, como en la segunda remesa se observará lo que queda prevenido para uno y otro acto..

LVII,

El Oficial destinado á la Caxa medirá, y aprobará ó desechará los mozos sorteados en el mismo dia que lleguen, para excusar gastos y detenciones: en lo qual encargo estrechamente al Oficial proceda con mucha integridad, prudencia y zelo. Y para mayor legalidad de este acto de reconocimiento y medida, y para la extension de las filiaciones de los mozos, aunque todo esto es peculiar del Oficial destinado, quiero que, donde le hubiere, asista un Comisario de guerra, y en su defecto el Escribano del Ayuntamiento: el

qual formará de los hombres que el Oficial apruebe listas individuales, que se han de depositar en la Contaduría de la provincia.

bres,

S. I. Dará recibo al respectivo Comisionado de los Quintos de cada jurisdiccion, expresando en él sus nomedades y vecindario. Tambien pondrá á continuacion los nombres de los desechados, y expresará la causa por que los desechó: con lo qual, si hubiere queja, se pueda sin tergiversacion verificar si hubo abuso, sirviendo de prueba instrumental este papel en todo tiempo; y le firmará el Oficial.

§. 2. Y por quanto mi Real in

tencion es que no se causen gastos voluntarios á los pueblos, ni otra vexacion, declaro que si por ridículos reparos se desechare á algun mozo, ó se verificare malicia ó fraude en el Oficial aprobante, con abuso de la con

fianza de su comision y de su honor,
se le castigará severamente segun la
calidad del exceso, privándole, si lo
mereciere, de su empleo: para lo qual
la Junta provincial dispondrá se sus-
tancie causa, y la remitirá al mi Con-
sejo de la Guerra, para que Me pro-
ponga
ó consulte lo que fuere justo.
Pero entre tanto que esta queja se de-
cide, quedará libre el mozo desecha-
do, y en su lugar irá á servir el que
se sorteare de nuevo.

LVIII.

No se admitan recursos ni reco

nocimientos de los

que fueren apro

bados. Gratifica

cion al Soldado.

sorteados

Mando que, una vez aprobados los por lo que toca á talla y sanidad, no se haga nuevo reconocimiento, y que ni á ellos ni á sus parientes se les admita allí recurso. Y el Oficial destinado, luego que se haya hecho cargo del sorteado, le entregará del fondo de gratificacion sesenta reales; de cuya

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