Consequences ilustres, Volumen1 |
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Términos y frases comunes
adelante Alcaldes Alonso de Montaluo Alonso Diaz antiguo auia autor ayuntamiento Biblioteca buenos caballeros carta Castilla causa cibdad cinco cion ciudad comun Concejo conocer contiene corte cumple dado debe dellos derecho despues dhos dias Diaz de Montalvo dice Diego dijo doctor edicion ello ende escribano escribir Escuderos facer fagan fecha fijo firme fólio Francisco Fuero fueron glosa guardar habia habla hijo hojas Huepte Huete juez jurado justicia letra libro Licenciado llamados luego Madrid mando manera marido Martin de Montaluo mejor mente merced mill Montalvo muger noble nombre nueve número oficios omes Ordenanzas otorgo padre pagar papel pasado pechos Pedro pena poder poner presente primera procurador publico pueblos qual quales qualquier razon Real Regidores reino Reynos saber Santa sean segund sentencia siglo signo siguiente tenia tenido término testigos tierra título Toledo tomo trabajo trata última vecinos vendida verdad Villa visto
Pasajes populares
Página 255 - D. Enrique, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon , de Toledo, de Galicia , de Sevilla', de Córdoba, de Murcia , de Jaen, del Algarbe, de Algecira; é Señor de Vizcaya é de Molina : A vos D.
Página 280 - ... cualquier escribano público que para esto fuere llamado, que dé ende al que se la mostrare, testimonio signado con su signo porque Nos sepamos en como se cumple nuestro mandado.
Página 359 - A las generales dijo que es de edad de mas de cuarenta y cinco años, poco mas ó menos, y que no es pariente de ninguna de las partes , ni le va interese , ni concurren en él ningunas de las generales.
Página 351 - Por lo cual mandamos á todos y á cada uno de vos en vuestros lugares y jurisdicciones...
Página 354 - ... los unos ni los otros no fagades ni fagan ende al por alguna manera, so pena de la nuestra merced é de diez mil maravedís para la nuestra cámara.
Página 260 - E demás mando al home que les esta mi carta mostrare , que los emplace que parezcan ante mi en la mi corte , do quier que yo sea del dia que los emplazare fasta quince dias primeros siguientes so la dicha pena, so la cual mando á cualquier escribano público que para esto fuere llamado, que dé ende al que gela mostrare, testimonio signado con su signo, porque yo sepa en como se cumpla mi mandado.
Página 315 - ... a qualquier escriuano publico que para esto fuere llamado que de ende al que vos la mostrare testimonio sygnado con su sygno porque yo sepa en como se cunple mi mandado.
Página 121 - A costa de la Real Compañía de Impresores y Libreros del Reyno...
Página 248 - Villa é los unos ni los otros non fagades ende al por alguna manera so pena de...
Página 121 - Fuero real de España, diligentemente hecho por el noble rey don Alonso ix; glosado por el egregio doctor Alonso Díaz de Montavlo.