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bernador Pizarro. A esta coyuntura llegó una provision de S. M. en que decia que cada uno tuviese lo que hobiese conquistado y poblado, aunque fuese fuera de los límites de su gobernacion, fasta tanto que él otra cosa mandase. El gobernador Pizarro invió á requerir al gobernador Almagro que le dejase luego el Cuzco por virtud de aquella provision; el gobernador Almagro respondió que aquella provision hacia á su caso y que por aquella le daban á él el Cuzco, pues le tenia á la sazon; y dada esta respuesta se comenzó á retirar é irse la vuelta del Cuzco con toda su gente, y el gobernador Pizarro mandó á Hernando Pizarro, su hermano, con un mandamiento que fuese en seguimiento del gobernador Almagro, y pues no queria obedecer la provision de S. M., hiciese justicia dél. Hernando Pizarro fué en seguimiento hasta el Cuzco, y media legua antes del Cuzco salió el gobernador Almagro á darle la batalla, en la cual batalla fué desbaratado el gobernador Almagro, y preso, metióle en el cubo donde él le tenia á él preso, y escomenzó á hazer su proceso contra él, y envió á su hijo de don Diego de Almagro á la ciudad de Los Reyes á que estuviese allí, el cual proceso se tardó en hacer cuatro meses, y por las culpas que de él resultaron, le sentenció á cortarle la cabeza. Don Diego de Almagro suplicó de la sentencia para ante S. M. Hernando Pizarro no le otorgó la apelacion sino ejecutó la sentencia. Fué dado un garrote en la carcel, y sacado á la plaza y cortado la cabeza, y le enterraron el cuerpo en Nuestra Señora de la Merced. Hecho aquesto, Hernando Pizarro salió luego a conquistar la tierra, y Gonzalo Pizarro, su hermano, fué á la conquista del Collao á conquistarla, y andándola conquistándola Gonzalo Pizarro, hecháronle celada los indios en un llano á donde le cercaron y donde le tuvieron cercado muchos dias, que nunca osó salir, hasta que Hernando Pizarro lo supo por indios y fué á socorrerle, en el cual socorro pasaron grandísimas necesidades, así el uno como el otro, porque cargó mucha gente de guerra sobre ellos y perdió muchos cristianos, especialmente en un desaguadero de una laguna que en aquella provincia halló muy grande, y los indios se hacian fuertes de la otra parte, y por donde desaguaba la laguna se echaron muchos cristianos á pasar y todos los mas dellos y los caballos no parecieron. De alli pasó

á la provincia de Los Charcas, adonde se descubrieron muy grandes minas de plata, y fecho aquesto y pacificada la tierra, dejó pobladas las minas que se dicen de Las Charcas é vinose al Cuzco con el gobernador su hermano que ya estaba en el Cuzco, y de allí despacharon á Alvarado que se volviese á su conquista y á poblar lo que habia despoblado, y despacharon al capitan Pedro Anzures que fuese á descubrir hacia los Andes; despacharon al capitan Mercadillo que fuese en el paraje de Xauxa la tierra adentro; despacharon al capitan Vergara que fuese á los Bracamoros, que es en el paraje de la ciudad San Miguel; despacharon al capitan Valdivia que fuese á lo de Chile; despacharon al capitan Joan de Olmos que fuese hácia la bahia de San Mateo, en demanda de la mina de las Esmeraldas. Fecho esto, Hernando Pizarro se determinó de venir á dar cuenta á S. M., y con parecer suyo del gobernador vino á España á dar cuenta de todo lo pasado. Enviaron á Francisco de Orellana que poblase la ciudad de Santiago que Benalcazar habia poblado y la habian despoblado los indios, la cual ciudad pobló y pacificó todos aquellos indios.

30 de Enero de 1531.

XXII.-Fragmento de carta de la Audiencia de la Isla Española al Rey.

(Archivo de Indias, 53-4-9.)

S. C. M.-A V. M. hezimos relacion que con estas nuevas tan grandes de las riquezas del Perú avíamos de thener travajo en detener la gente desta Isla y aun de todas las otras comarcanas para que V. M. mandase proveer lo que en esto fuese servido que se hiziese, despues se ha conseguido el temor que en esto teníamos, porque toda la gente generalmente está muy alterada con pensamiento de yr á aquella tierra, avémosles detenido y detenemos todo lo que podemos, aunque es la verdad con mucha fatiga nuestra, por que como son libres y en la tierra no hay yndios que les dar ni otras ayudas sino de sus travajos no hallamos manera para les detener y si hasta agora los avemos entrete

nido ha sido por que avemos visto un capítulo de carta que en dias pasados V. M. mandó screvir á los oydores que en esta Real Audiencia resydian, aprovando lo que avian fecho en defender el salir de la gente desta Isla, y por que agora está la cosa mas á punto de se despoblar no solamente esta Isla pero la de San Juan, Yarba y Jamayca; segun de allá nos escriven, mandó V. M. proveer lo que en esto es su Real Juicio que se haga: el medio que nos paresçe que hay para los dethener é asosegar en la tierra est que V. M. mande conceder las mercedes que por esta Ysla se han suplicado.

De Santo Domingo de la Española, á treinta de henero de quinientos é treinta é quatro años.-De V. S. C. C. M. muy humildes servidores que sus reales pies y manos besan.-(f.) El Licenciado Fuenmayor.—(f.) El Licenciado Maço.-(f.) El Doctor Infante.— El Licenciado de Vadillo.

13 de Marzo de 1531

XXIII-Declaracion de Hernando Pizarro, sobre una muerte ó justicia ordenada por Diego de Almagro.

(Archivo de Indias, 145-1-1, y public. por Torres de Mendoza, XLII, pág. 98.)

En la cibdad de Toledo á treze dias del mes de marzo de myll é quinientos é treynta é cuatro años, por mandado de los señores del consejo de las Yndias de S. M. fue tomado é rescevido juramento en forma debida de derecho de Hernando Pizarro para ynformacion de la querella presentada por Marigonzalez muger que fue de Rodrigo Perez, dixo que lo que sabe es que este testigo puede haber medio año estando en el pueblo de Caxamalca que es en la provincia del Perú oyó decir á muchas personas de los cristianos que á la sazon vinieron á la dicha provincia como Diego de Almagro avia ahorcado al dicho Rodrigo Perez del entena del navio, fue preguntado si sabe ó oyó dezir que fué la causa porque asi lo ahorcó, dixo que este testigo oyó dezir á muchas personas quel dicho Diego de Almagro en la ciudad de Panamá avia reñido con el dicho Rodrigo Perez que hera su mayordomo é secretario

é quel dicho Rodrigo Perez avia escrito al governador Francisco Pizarro é á este testigo avisándoles que el dicho Diego de Almagro hazia una armada apropósito de yr á poblar en la provincia de Puerto Viejo ques en la governacion del dicho Francisco Pizarro é que avian escrito al dicho Diego de Almagro algunas personas de las que estaban con el dicho Francisco Pizarro é poblando alli, ellos amotinarian la mayor parte de la gente questaba con el dicho Francisco Pizarro é se yrian á él é que estoviese advertido desto é ansimismo le escrivió que mirase que un Luys de Avila que yva de parte del dicho Diego de Almagro á hablar con el dicho gobernador é con mal propósito de hablar con los que havian de amotinar la gente é que estando el dicho Diego de Almagro en la provincia de Puerto Viejo oyó dezir este testigo que avia sido advertido el dicho Diego de Almagro en como el dicho Rodrigo Perez avia escrito lo susodicho é por aquesta cabsa oyó dezir este testigo que la havia ahorcado; fue preguntado si sabe quien mas tuvo culpa en lo susodicho é dió para ello consejo, favor é ayuda, dixo que no lo sabe, fue preguntado si sabe que el dicho Diego de Almagro oviese fecho proçeso contra el dicho Rodrigo Perez é si le avia oydo, é si tenia jurisdicion para hazer justicia dél, dixo que este testigo oyó dezir que no hizo proceso contra el ni le oyó, mas de que le dixo que se confesase é que avia respondido que no tenia fecho porque le matase ni tenia nescesidad de se confesar é que así le ahorcó sin mas le oir ni confesar, é que sabe que del governador Francisco Pizarro no tenia el dicho Diego de Almagro jurisdicion, que de S. M. que no lo sabe, fue preguntado si sabe que bienes tenia á la sazon el dicho Rodrigo Perez é llevaba consigo é que hizo dellos el dicho Diego de Almagro é lo que valian los dichos bienes, dixo que este testigo oyó dezir que tenia dos cavallos é un negro é una caxa de rropa é que los cavallos se vendieron por el dicho Diego de Almagro é su theniente por ochoçientos castellanos finos, é quel negro ni la rropa de la caxa no sabe en que tanto se vendió, é que todo lo que dicho é declarado tiene lo oyó dezir por cosa pública é notoria á las personas que fueron con el dicho Diego de Almagro, é que esta es la verdad de lo para el juramento que hizo é firmólo de su nombre.-Hernando Pizarro.-Hay una rúbrica.

22 de Marzo de 1531.

XXIV.-Real cédula autorizando á Diego de Almagro para que pueda dejar en su lugar como contador á Diego de Parras.

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(Archivo de Indias, 109-1-6.)

El Rey. Por quanto Juan de Perea en nombre de vos el mariscal don Diego de Almagro nuestro contador de tierra firme llamada Castilla del Oro me ha sido hecha relacion que ya sabia como os hezimos merced del dicho oficio de contaduría acatando lo que nos habeis servido y porque mejor y mas cumplidamente se cumpliese lo que capitulastes con Francisco Piçarro, nuestro gobernador de la provincia del Perú, hizistes un navio en el mar del sur, el mayor que en esas partes se ha fecho, é otro que fletastes é otro que adovastes para pasar á la dicha provincia donde llevastes sesenta cavallos y ciento y cincuenta españoles con todo el aparejo necesario y por que en nuestra hacienda hubiese muy buen recaudo dexastes en vuestro lugar en el dicho oficio de contaduría á un Diego de Parras y que es persona honrrada y de confiança y de los primeros pobladores y conquistadores de aquella tierra y me suplicastes que pues hera tal persona fuese servido que en vuestro lugar sirviese el dicho oficio de contaduría todo el tiempo que estuviésedes ausente de la dicha Tierrafirme, pues estábades ocupado en nuestro servicio y que como tal gozase del salario y de las otras cosas á él anexas ó como la mi merced fuese, y yo acatando lo susodicho túvelo por bien, por ende por la presente hasta en tanto que otra cosa mande. proveer sobre la provision del dicho oficio de contaduría doy licencia y facultad á vos el dicho mariscal don Diego de Almagro, para que le podais servir y sirvais por vuestro lugar teniente, siendo la tal persona que asi nombráredes de confiança y que convenga y ante todas cosas loada y aprovada por el nuestro gobernador y oficiales de la dicha Tierrafirme y no de otra manera. Fecha en Toledo, á 22 dias del mes de março de mill é quinientos y treinta y cuatro años.-YO EL REY.-Refrendada del Comendador

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