Límites entre Honduras y Nicaragua: alegato presentado a Su Majestad católica el rey de España en calidad de árbitro por los representantes de la república de Honduras, Madrid, marzo de 1905

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Fontanet, 1905 - 254 páginas
 

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Página 53 - Don Carlos por la gracia de Dios Rey de Castilla de Leon de Aragon de las dos Sicilias de Jerusalen de Navarra de Granada de Toledo de Valencia de Galicia de Mallorca...
Página 78 - Cabeceras, para que las jurisdicciones se contengan en ellos, y nuestros Ministros administren justicia sin exceder de lo que les toca: Ordenamos y mandamos a los Virreyes, Audiencias, Gobernadores, Corregidores y Alcaldes mayores, que guarden y observen los límites de sus jurisdicciones, según les estuvieren señalados por leyes de este libro, títulos de sus oficios, provisiones del Gobierno superior de las Provincias, o por uso y costumbre legítimamente introducidos...
Página 19 - V — En el caso de que el Representante Diplomático extranjero se excusare, se repetirá la elección en otro, dentro de los diez días inmediatos, y así sucesivamente. Agotados los miembros del Cuerpo Diplomático extranjero, la elección podrá recaer, por convenio de las comisiones de Honduras y Nicaragua, en cualquier personaje público, extranjero o centroamericano...
Página 92 - Honduras de 1825, dictada en el tiempo en que estuvo unido al de Nicaragua, formando con otros la República federal de Centro América, establece que «su territorio comprende todo lo que corresponde y ha correspondido siempre al Obispado de Honduras...
Página 18 - En falta de la prueba del dominio, se consultarán los mapas de ambas Repúblicas y los documentos geográficos o de cualquiera otra naturaleza, públicos o privados, que puedan dar alguna luz, y serán límites entre ambas Repúblicas, los que con presencia de ese estudio fijare equitativamente la Comisión Mixta.
Página 85 - Religiones, teniendo siempre atención a que la división para lo temporal se vaya conformando y correspondiendo cuanto se compadeciere con lo espiritual: los Arzobispados y Provincias de las Religiones con los distritos de las Audiencias: los Obispados con las Gobernaciones y Alcaldías mayores: y Parroquias y Curatos con los Corregimientos y Alcaldías Ordinarias».
Página 19 - En caso de que la Comisión Mixta no pudiese acordarse amigablemente en cualquier punto, lo consignará por separado en dos libros especiales, firmando una doble acta detallada, con cita de lo alegado por ambas partes, y continuará su estudio sobre los demás puntos de la línea de demarcación, con prescindencia del punto indicado, hasta fijar el término divisorio en el último extremo de la misma línea.
Página 117 - ... o como la nuestra merced fuese; lo qual visto por los del nuestro Consejo fue acordado que debíamos mandar dar esta nuestra carta para vos en la dicha...
Página 84 - Porque tantas y tan grandes tierras, islas y provincias se puedan con más claridad y distinción percibir y entender de los que tuvieren cargo de gobernarlas, mandamos a los de nuestro consejo de las Indias que siempre tengan cuidado de dividir y partir todo el estado de ellas, descubierto y por descubrir...
Página 109 - ... de hacer a vuestra costa, sin que nos, ni los reyes que despues de nos vinieren, seamos obligados a vos lo pagar al tiempo que asi lo...

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