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No creo que llegue este caso. Ha dictado el presente libro un ferviente amor á Cataluña que forzosamente ha de sentírsele palpitar en sus páginas. Por otra parte no hago consistir el valor de mis argumentos en declamaciones retóricas ni en sutilezas dialécticas: el dato y sólo aquello que se deduce directamente del dato, forman la trama y la urdimbre de mis conclusiones. Si pongo á contribución testigos del Proceso instruido al Conde de Urgel, para esclarecer algunos puntos controvertidos, ni son estos de mayor importancia, y si son los testigos de mayor excepción, pues admito solamente al electo Obispo de Malta, Fr. Ximenis, al Párroco y al Notario de Balaguer, personas cuyo testimonio sería, más que temerario, injusto recusar.

Por lo demás, he aprovechado como fuentes históricas sólo autores de reconocida y universal autoridad, y más que todo, la Colección de documentos inéditos del Archivo de la Corona de Aragón; así como los Dietarios y Crónicas de contemporáneos. No he de dar á luz un solo dato inédito y ello me alegro, pues así está á mano de

de

quien quiera la comprobación de mis citas y

textos.

El plan que he seguido en el desarrollo de mi tema ha sido el dictado por las mismas cuestiones á que ha dado pie entre los catalanistas. Para muchos, según ya dejo indicado, no sólo D. Jaime de Urgel tenía derecho preferente á la Corona, sino que era el más digno de ceñirla entre todos los contrincantes; para otros, los Compromisarios eran gente servil sometida á las interesadas miras del Antipapa; para todos es el fallo de notoria injusticia, y el elegido, don Fernando, una calamidad para nuestra tierra, y origen de tan funestas consecuencias en el orden político, como la de arrastrar nuestra independiente y gloriosa nacionalidad á odiosa servidumbre. Atendiendo á estos mismos diversos aspectos de la cuestión, he acometido primero el estudio casi psicológico del Conde para poner en claro y determinar su personalidad, sus dotes de talento y de carácter, y también su comportamiento con el de Antequera después de pronunciado el fallo. Sigue à este estudio otro similar, aunque breve como correspon

de, acerca de los Compromisarios, porque innegablemente es dato necesario para juzgar de la equidad subjetiva de un fallo el conocimiento previo de la conducta y carácter de los jueces que han de pronunciarlo. Aclarados ya tales extremos, paso á desarrollar la primera parte del tema propuesto, esto es, el fundamento jurídico de la Sentencia, que ciertamente, según por modo palpable demuestro, no es impenetrable secreto, como se ha pregonado hasta ahora; después de lo cual paso á estudiar, en el último capítulo, la personalidad de D. Fernando y las consecuencias que para nuestra constitución política se derivaron. de la antedicha Sentencia.

Con tal capítulo hubiese terminado el libro, si la autoridad que desde Monfar viene otorgándose muy inmerecidamente á la Crónica del siglo xv titulada La Fi del Compte d'Urgell, (publicada hace unos años por el canónigo Collell en su Revista Catalana), no me hubiese obligado á ocuparme de ella con detención, para probar que está por completo desprovista de todo valor histórico, y que no es más, probable

mente, que una leyenda inventada para levantar los ánimos ya excitados, de los catalanes contra D. Juan II (en cuyo tiempo se escribió) y en favor del Condestable de Portugal, el simpático y caballeroso nieto del desdichado competidor de Fernando de Antequera. Para ello no he querido presentar un trabajo de análisis que sin duda alguna hubiese resultado pesado y pleonástico después de lo que se dirá al tratar del Conde de Urgel, sino que he dejado que la demostración plenaria de mi juicio resultase de la comparación sinóptica de los datos que la Crónica proporciona, con los que gozan ya de indiscutible autoridad histórica; á tal fin he dispuesto en dos columnas paralelas unos y otros datos numerados correlativamente, de manera que el lector pueda ver sin esfuerzo cuales resultan comprobados y cuales desmentidos de dicha Crónica, y deducir igualmente la autoridad que merecen uno o dos datos que por ahora no ha sido posible comprobar por no tenerse documentos suficientes.

A este primer Apéndice sigue otro destinado á vindicar á San Vicente Ferrer de tan

graves acusaciones como contra él se han lanzado, pues bien merece especial capítulo quien carga con todo el peso de la culpa que la maledicencia, la impiedad y un mal entendido amor patrio achacan aunados, al venerable Tribunal que, con admiración del mundo, sentenció en el más famoso pleito político que se ha debatido en los pueblos civilizados. Por último, en el Apéndice final trazo una semblanza de D. Fernando, como prueba psicológica de cuanto digo al tratar de su influencia en Cataluña.

Si de mi estudio resulta demostrado que nuestros historiadores modernos han escrito completamente al revés la historia de tan glorioso hecho, no será mía la culpa, sino de los que tal hicieron; ni sufrirán menoscabo las glorias de nuestro pueblo; antes al contrario, brillarán con más vivos destellos, pues serán levantados del negro polvo en que han sido hundidos, aquellos insignes patricios, espejos de virtud y de ciencia, llamados á dar su fallo en nombre de la más alta Justicia, y muy dignos por ello de tomar el nombre de verdaderos Varones de la Fama; volverá á ostentarse en todo su

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