Imágenes de páginas
PDF
EPUB

acaso por haber agotado sus recursos en los gastos que habia hecho para la compra y arreglo de las casas episcopales, al mismo tiempo que la Audiencia le retenia las rentas; pero en compensacion le regaló una casulla de damasco blanco con cenefa romana de oro, que valia sin duda más.' Esto hacia ántes de su viaje á España, cuando era solamente obispo electo; mas despues de su consagracion y regreso á esta tierra, ya con más medios y tranquilidad, proveyó por sí mismo á una triste miseria que no se habia ocultado á su diligente caridad.

Reinaba entonces en México, con dilatada extension y negra furia, el mal venéreo, y eran pocos los que escapaban de contraerle. Los enfermos de ese mal, quizá por lo súcio y contagioso de él, no eran recibidos en ninguno de los hospitales de la ciudad, y aquellos infelices vagaban por todas partes, llagados, tullidos, agobiados de dolores, hasta morir sin socorro por los caminos, ó en los pueblos de los indios. Compadecido el Sr. Zumarraga de su triste suerte, resolvió abrir un asilo especial para enfermedades contagiosas.3 En la Ereccion de la Iglesia (§ 31) se aplicó una parte de los diezmos á hospitales; y como áun no habia ninguno perteneciente á la Mitra,+ el señor obispo quiso que por tal se tuviese el que fundaba en unas casas que tenia construidas en el sitio que hoy ocupa la Academia de Nobles Artes de S. Cárlos. Dióle el título de "El Amor de Dios," y por patronos á los santos médicos Cosme y Damian, cuyas imágenes se conservaron casi

1 Apéndice, Doc. no 9, pág. 62. 2 Esta enfermedad no poco infernal, maligna y perniciosa.... tan de veras aflije, apremia y atormenta á los hombres, sin hacer excepcion alguna, que ya se usa decir en las Indias, que no es hombre honrado el que no tiene un cierto ramillo ó rastro de este achaque: y así es tan negro de usado un parche de terciopelo negro en el rostro, un chichon en una sien, una señal con falta de hueso en la frente,

que casi no se echa de ver en ello.»> DR. JUAN DE CÁRDENAS. Primera Parte de los Problemas y Secretos maravillosos de las Indias (México, 1591, 8), lib. II, cap. 5.—« Las bubas, que acá se llaman las infinitas.» MOTOLINIA, trat. III, cap. 9.

3 Carta del SR. ZUMARRAGA, 17 de Abril de 1540, Apénd., Doc. n. 27, pág. 137.

4 Apéndice, Doc. no 62, pág. 262.

hasta nuestros dias en dos medallones de piedra á los lados de la puerta principal del edificio, y asimismo en un gran cuadro que se hallaba en la escalera y hoy está en la del hospital de S. Andrés.

A principios de 1540 tenia hecho el Sr. Zumarraga su hospital, y habia enfermos en él, de lo cual informó al Emperador, rogándole que tomara el nuevo asilo bajo su real patronato, y mandara aplicarle lo que la Ereccion destinaba á hospitales. Tambien pedia licencia para cederle la casa de las campanas, y la de la cárcel que estaba edificando, "porque primero era cárcel lo que ahora es hospital," es decir, las mismas dos casas que habia querido dar al colegio de Tlatelolco, lo cual no tuvo efecto por no haberlo conce

dido el rey. Y parece que tambien le propuso entónces ceder á favor del mismo hospital el pueblo de Ocuituco, que tenia en encomienda, ya que tampoco habia conseguido que se diese al colegio y monasterio.

El rey, en 29 de Noviembre del mismo año de 1 540, otorgó las principales peticiones del señor obispo: mandó que el hospital se intitulase real, y que en señal del patronato se pusiesen en la fachada las armas reales: aprobó la cesion de Ocuituco: dispuso que el obispo y el virey formasen las constituciones, y que los obispos fuesen siempre administradores de esa obra pia, sin llevar por ello salario alguno.'

Autorizado de esa manera, procedió el Sr. Zumárraga á otorgar el instrumento en forma de la fundacion, á 13 de Mayo de 1541. Expresa en él haber acordado que unas casas edificadas á su costa se erigiesen en hospital, con el título de "El Amor de Dios,' para que en él fuesen curados los enfermos del mal venéreo ó de las bubas, como entónces se decia, y "de otra cualquiera enfermedad." Dispone que haya capilla con su campana, y una cofradía para la direccion de todo y cuidado de los enfermos. Concede al establecimiento las gracias, privilegios é inmunidades que 1 Apéndice, Doc. n. 28.

2 Apéndice, Doc. n. 29.

gozaban los de su clase, y le somete al Cabildo de la Iglesia Catedral. Para que no careciese de rentas, le dona tambien otras cuatro casas con sus tiendas, que estaban, segun parece, en la calle de la Moneda, con frente al Sur. Declara que todo aquello lo habia adquirido y labrado con dineros de que S. M. le habia hecho merced y con el producto de su cuarta episcopal, sin que en ello interviniera nada perteneciente á la fábrica ó al Cabildo. Este, representado en aquel acto por alguno de sus principales individuos, aceptó la donacion, declarando á su vez que ningun perjuicio resultaba de ella, ni á él mismo ni á la Iglesia. En virtud de ese instrumento, el 30 de Julio siguiente tomó el Cabildo posesion judicial del edificio y de las otras casas y tiendas, ocupada una de ellas por Andrés Martin, librero. Hallamos que en la diligencia se comprendió tambien "la cárcel de la Inquisicion," de la cual no se habla en la escritura del Sr. Zumárraga.'

No sé á punto fijo por qué tardó tanto este prelado en hacer la cesion formal del pueblo de Ocuituco, pues no la otorgó sino hasta el 6 de Abril de 1544, juntamente con la de una capellanía que tenia instituida en el hospital, para la cual habia fincado un censo que daba cien pesos de minas anuales. Era entónces mayordomo del hospital el P. Hernando Gomez de Coca, clérigo presbítero, y á él se entregó la escritura.2 Sospecho que áun cuando el hospital habria estado percibiendo desde su fundacion los productos del pueblo, continuó este á nombre del señor obispo, quien por olvido ó por otra causa no cuidó de extender el instrumento de cesion, hasta que habiéndose publicado aquí las Nuevas Leyes, que prohibian las encomiendas de los obispos, fué preciso que se desprendiera de Ocuituco. Pero es el caso que aquellas leyes incluian en la misma prohibicion los hospitales, de suerte que

1 Apéndice, Doc. no 30, pág. 145. 2 Apéndice, Doc. no 33. Este padre era mayordomo desde 17 de Diciem

bre de 1543, con salario de cuarenta pesos de minas anuales. Apénd., Documento n. 49, pág. 227.

si el de "El Amor de Dios" continuó gozando de esa renta seria por particular dispensacion del rey. No encuentro indicio de que la obtuviera, y por lo mismo la escritura de donacion vino á ser completamente inútil: en realidad el señor obispo la hizo cuando el pueblo ya no le pertenecia.

Poco más de un año despues, el 18 de Julio de 1545, sin tener en cuenta que las casas episcopales pertenecian á la Iglesia, ni que las habia ofrecido para el colegio y monasterio, ni que esto no fué aceptado por impedirlo el derecho de la Iglesia, las cedió lisa y llanamente al hospital, sin hacer mencion alguna de aquellas circunstancias.' Tampoco recordó nada el Emperador, y confirmó la donacion, así como la de las otras casas para renta, en 8 de Noviembre de 1546. En virtud de esa cédula, Martin de Aranguren, como mayordomo del hospital, tomó posesion judicial de las casas episcopales, el 30 de Julio de 1548, á poco de muerto el señor obispo, que se habia reservado el derecho de habitacion durante su vida. Mas ya hemos visto en otro lugar que esa donacion fué anulada por el Emperador.❜

El Sr. Zumarraga alcanzó tambien merced para agregar al hospital una casa contigua "donde se solian doctrinar las niñas hijas de caciques y principales," que estaba vacía y á medio hacer; 4 pero áun cuando la mayor parte de lo edificado habia sido hecho á costa del señor obispo, el Ayuntamiento se opuso, porque habia pedido aquella casa para que sirviese de alhóndiga y de escuela donde se educasen los huérfanos de los españoles. Siguióse pleito ante la Audiencia, y habiéndole perdido en ambas instancias el Ayuntamiento, se mandó dar posesion de la casa al mayordomo del hospital, que lo era el canónigo Francisco Rodriguez Santos."

1 Apéndice, Doc. n° 35.

2 Apéndice, Doc. no 38.

3 V. ante, pág. 145.- Apéndice, Doc. n. 46.

4 De esta casa de educacion no tengo otra noticia.

5 Apéndice, Doc, no 47.

Grave contratiempo fué para el nuevo establecimiento la sentencia contra el Sr. Zumarraga en el pleito con el obispo de Michoacan sobre diezmos; porque no habiendo quedado bienes de aquel prelado, se embargaron y remataron tres casas que parece eran de las dadas al hospital, puesto que este, por su mayordomo Pedro Cuadrado, se opuso en terceria. Causa extrañeza que por una deuda particular del obispo, se quitara al hospital lo suyo, privando de esa renta á los enfermos; pero el hecho es que así se hizo, y que algun fundamento hubo para ello, aunque no le conozcamos por la falta de documentos. Sin embargo, el daño no fué irreparable, porque vino en auxilio de los pobres el buen Martin de Aranguren, que rescató las casas inmediatamente, y pocos años despues volvieron á poder del hospital.'

Por más de dos siglos permaneció este asilo prestando á la ciudad sus útiles servicios, y en ese tiempo contó entre sus capellanes sacerdotes tan ilustres como D. Cárlos de Sigüenza y Góngora. Al fin, puesto que todas las cosas de este mundo deben llegar á su

1 Es bastante difícil determinar cuáles fueron las casas que el Sr. Zumárraga dió al hospital para rentas, pues aparecen situadas ya en una parte ya en otra, segun los documentos que se consultan. Atendiendo á la acta de fundacion (Doc. no 29) parece que se trata de cuatro pares de casas con sus tiendas, que estaban en la cafle de la Moneda con frente al Sur; pero sin comprender la esquina de la calle cerrada de Sta. Teresa, porque esta era la casa de las campanas. Adviértase que es estilo comun de la época llamar par de casas á una sola. La posesion (Doc. no 30) se refiere primero á tres tiendas que lindaban por una parte con las casas obispales: esto último no se comprende, si no es admitiendo que el linde era con la casa de las campanas, á que se daria este nombre por ser propia del obispo, pues con las verdaderas casas obispales era imposible que lindaran, ha

biendo una calle en medio. Luego se habla de otras tres tiendas cuyos linderos no se expresan, y de la cárcel de la Inquisicion, que entiendo estaba en otra cuadra, en la calle del Amor de Dios, frente al hospital. En la sentencia del pleito (Documento no 48), el remate recayó sobre tres casas: la de Martin de Aranguren, la de Castañeda y la cárcel del arzobispo. Las dos primeras estaban contiguas: la de Aranguren era la esquina «<enfrente de las casas arzobispales,» es decir, en el mismo lugar de la casa de las campanas, que no sabemos cómo pasó á ser habitacion de Aranguren. La cárcel estaba junto al palacio arzobispal, en la calle cerrada, donde la conocimos. No consta que la casa de las campanas y la de la cárcel hubieran pertenecido ántes al hospital: sin embargo, pasaron á él por la cesion de Aranguren.

« AnteriorContinuar »