Código de comercio para el estado de Buenos AiresImprenta americana, 1860 - 403 páginas |
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... siguientes . ART . 9 . Toda persona mayor de diez y ocho años , puede ejercer el comercio , siempre que acredite las circunstancias siguientes : Haber sido legalmente emancipado . 1 . 2. ° Tener peculio propio . 3.0 Caso de no tener ...
... siguientes . ART . 9 . Toda persona mayor de diez y ocho años , puede ejercer el comercio , siempre que acredite las circunstancias siguientes : Haber sido legalmente emancipado . 1 . 2. ° Tener peculio propio . 3.0 Caso de no tener ...
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... siguientes documentos : 1. Las cartas dotales y capitulaciones matrimoniales que se otorguen por los comerciantes , ó tengan otorgadas al tiempo de dedicarse al comercio , asi como de las escrituras que se celebren en caso de ...
... siguientes documentos : 1. Las cartas dotales y capitulaciones matrimoniales que se otorguen por los comerciantes , ó tengan otorgadas al tiempo de dedicarse al comercio , asi como de las escrituras que se celebren en caso de ...
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... siguientes : 1 . El libro diario . 2. ° El de inventarios . El copiador de cartas . ART . 56 . En el libro diario se asentarán día por dia , y segun el órden en que se vayan efectuando , todas las operaciones que haga el comerciante ...
... siguientes : 1 . El libro diario . 2. ° El de inventarios . El copiador de cartas . ART . 56 . En el libro diario se asentarán día por dia , y segun el órden en que se vayan efectuando , todas las operaciones que haga el comerciante ...
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... siguientes á la con- clusion de un contrato , deben los corredores entregar á cada uno de los contratantes una minuta del asiento hecho en su registro sobre el negocio concluido . Esta minuta será referente al registro , y no al ...
... siguientes á la con- clusion de un contrato , deben los corredores entregar á cada uno de los contratantes una minuta del asiento hecho en su registro sobre el negocio concluido . Esta minuta será referente al registro , y no al ...
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... siguientes ) . ART . 147 . Solo tiene el carácter legal de factor para las disposicio- nes de esta seccion , el gerente de un establecimiento comercial ó fabril , por cuenta agena , autorizado para administrarlo , diri- jirlo y ...
... siguientes ) . ART . 147 . Solo tiene el carácter legal de factor para las disposicio- nes de esta seccion , el gerente de un establecimiento comercial ó fabril , por cuenta agena , autorizado para administrarlo , diri- jirlo y ...
Términos y frases comunes
accion aceptacion acreedor administracion armador artí artículo precedente asegurado autorizacion buque cantidad capitan CAPITULO carga cargador cargamento causa cion comerciante comisionista comitente comprador concordato consignatario contrato contrato de seguro contrato de sociedad convencion cosa juzgada créditos cuenta culo dador daños y perjuicios debe declaracion de quiebra demas depósito derecho descarga despues determinado deuda deudor dilijencias disposicion domicilio dosantes dueño efectos embargo endosantes endoso entrega escepcion espresa estipulacion estipulado exijir exonerados fallido fiador fianza firma fletador fletamento fletante flete fuese gastos gruesa hubiere hubiese indemnizacion individuos intereses jirado judicial Juez Comisario lejítima letra de cambio librador liquidacion mandatario mandato negocios novacion objeto obligacion obligaciones solidarias obligado pago persona plazo podrá póliza portador precio prescriptas privilejio protesto puerto recibido reclamar rejistro respecto responde riesgos salvo serán síndicos sociedad sociedad colectiva socios solidariamente sueldos tenedor tercero tículo título tomador trasporte Tribunal de Comercio tripulacion valor vencimiento vendedor vendida venta verificacion verificado viaje
Pasajes populares
Página 177 - En virtud del protesto por falta de aceptación, tiene derecho el tenedor á exigir del librador ó de cualquiera de los endosantes, que afiancen á su satisfacción el valor de la letra, ó que en defecto de dar esta fianza, depositen su importe, ó se lo reembolsen...
Página 347 - La declaración de quiebra pronunciada en país extranjero no puede invocarse contra los acreedores que el fallido tenga en la República, ni para disputarles los derechos que pretendan tener sobre los bienes existentes dentro del territorio, ni para anular los actos que hayan celebrado con el fallido.
Página 8 - Tanto el menor como la mujer casada, comerciantes, pueden hipotecar los bienes inmuebles de su pertenencia, para seguridad de las obligaciones que contraigan como comerciantes. Al acreedor incumbe la prueba de que la convención tuvo lugar respecto á un acto de comercio.
Página 236 - de cargamentos,» anotará la entrada y salida de todas las mercaderías, con expresión de las marcas y bultos, nombres de los cargadores y consignatarios, puertos de carga y descarga y los fletes que devenguen. En este mismo libro inscribirá los nombres y procedencia de los pasajeros, el número de bultos de sus equipajes y el importe de los pasajes.
Página 190 - ... dejándose en el acto copia del mismo protesto á la persona con quien se haya entendido la diligencia, bajo pena de nulidad. Art. ol5. El domicilio legal para evacuar las diligencias del protesto será' 1.° El que esté designado en la letra. 2.° En defecto de designacion , el que tenga de presente el pagador.
Página 66 - ... las cláusulas susceptibles de dos sentidos, del uno de los cuales resultaría la validez, y del otro la nulidad del acto, deben entenderse en el primero...
Página 191 - ... y con la persona que la ejerza, se entenderán las diligencias del protesto y la entrega de su copia en defecto de descubrirse el paradero del pagador. Art. 516. Despues de evacuado el protesto con el pagador directo de la letra, se acudirá á los que vengan indicados en ella subsidiariamente, si hubiere indicaciones.
Página 77 - ... se conforme en percibir solamente el precio que le estaba designado, en cuyo caso no podrá el comitente desechar la compra que se hizo de su orden. Si el exceso del comisionista estuviere en que la cosa comprada no fuese de la calidad que se le había encomendado, no tiene obligación el comitente de hacerse cargo de ella.
Página 183 - El aval puede ser absoluto ó limitado. La persona que da un aval absoluto, responde solidariamente del pago de la letra, en la misma forma que el librador y endosantes. El aval limitado es el que reduce la garantía á tiempo, caso, cantidad 6 personas expresamente determinados.
Página 2 - Si una cuestión civil no puede resolverse, ni por las palabras, ni por el espíritu de la ley, se atenderá a los principios de leyes análogas ; y si aún la cuestión fuere dudosa, se resolverá por los principios generales del derecho, teniendo en consideración las circunstancias del caso").