Ley de enjuiciamiento criminal para las islas de Cuba y Puerto RicoImprenta de Ramón Moreno y Ricardo Rojas, 1888 - 307 páginas |
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... juicio oral , á no ser que el motivo de la recusa- ción sobreviniere con posterioridad . CAPÍTULO II De la sustanciación de las recusaciones de los 2 TÍTULO III 17.
... juicio oral , á no ser que el motivo de la recusa- ción sobreviniere con posterioridad . CAPÍTULO II De la sustanciación de las recusaciones de los 2 TÍTULO III 17.
Página 19
... juicio oral . ART . 63. Instruirán la pieza separada de recusación : Cuando el recusado sea el Presidente ó un Presidente de Sala de Audiencia territorial ó del Tribunal Supremo , el Presidente de Sala más antiguo , y si el recusado ...
... juicio oral . ART . 63. Instruirán la pieza separada de recusación : Cuando el recusado sea el Presidente ó un Presidente de Sala de Audiencia territorial ó del Tribunal Supremo , el Presidente de Sala más antiguo , y si el recusado ...
Página 37
... juicio oral , si justificare que con posterioridad ha quedado comprendido en alguno de los casos del ar- tículo 123 . Lo dispuesto en el párrafo anterior será aplicable al que para seguir el recurso de casación pretendiere ante el ...
... juicio oral , si justificare que con posterioridad ha quedado comprendido en alguno de los casos del ar- tículo 123 . Lo dispuesto en el párrafo anterior será aplicable al que para seguir el recurso de casación pretendiere ante el ...
Página 42
... audiencia pública la sentencia . ART . 148. Si por cualquier circunstancia no pudiere fallarse alguna causa en el día correspondiente , esto no será obstáculo á que se decidan ó sentencien otras que hayan ... juicio oral 42 LIBRO PRIMERO.
... audiencia pública la sentencia . ART . 148. Si por cualquier circunstancia no pudiere fallarse alguna causa en el día correspondiente , esto no será obstáculo á que se decidan ó sentencien otras que hayan ... juicio oral 42 LIBRO PRIMERO.
Página 43
Cuba. ART . 149. Inmediatamente después de celebrado el juicio oral , ó en el siguiente día antes de las horas de des- pacho , el Tribunal discutirá y votará todas las cuestiones de hecho y de derecho que hayan sido objeto del juicio ...
Cuba. ART . 149. Inmediatamente después de celebrado el juicio oral , ó en el siguiente día antes de las horas de des- pacho , el Tribunal discutirá y votará todas las cuestiones de hecho y de derecho que hayan sido objeto del juicio ...
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Términos y frases comunes
3.º del art acto acusación admitirá apelación arreglo Audiencia auto denegatorio bunal calificación CAPÍTULO casación por quebrantamiento causa certificación ción circunstancias citación citado Código penal cometido comparecer competente condena Considerando considerandos se establece consignarán curso debemos declarar declarar y declaramos defensores delito ó falta denegación dictará dili diligencia de prueba dispuesto efectos emplazamiento Enjuiciamiento criminal escrito estuviere expresada Fallamos fianza fuere funcionarios de policía hiciere hubiere hubiese incurre inmediatamente instancia instruir interponerse el recurso Jueces Juez de instrucción Juez instructor Juez municipal Juez ó Tribunal juicio oral Magistrado mandará miento Ministerio de Ultramar Ministerio fiscal motivo multa necesaria notificación notificado núm objeto oficio párrafo pena pericial peritos perjuicio persona pesetas podrá interponerse podrán policía judicial práctica presente Presidente procedente procesado propuesta pudiere Puerto Rico querella querellante recurrente recurso de casación remitirá resolución respecto Sala segunda Secretario sentencia firme serán sumario sustanciación término testigos testimonio tículo TÍTULO Tribunal sentenciador Tribunal Supremo tuviere