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viamente cuenta á la direccion para que esta les ordene lo oportuno ‡.

145. A fin de que los administradores procedan con el acierto que se apetece en el arreglo de los derechos del pulque, y que estos no se hagan odiosos é insoportables, deben aconsejarse ó acompañarse para el propio arreglo de persona inteligente que tenga conocimientos de la calidad y productos de los magueyes; decidiéndose en caso de duda á favor de los contribuyentes §.

146. Las ventas de pulques de haciendas, ranchos y solares que pertenecen á comunidades eclesiásticas y á eclesiásticos en particular, aunque se hagan de cuenta de unas y otros, adeudan los derechos del pulque, sin embargo de que las haciendas, ranchos y solares estén libres del de alcabala T.

147. Los pulques que se venden en Tlaxcala, no deben pagar allí los derechos de ellos por los particulares servicios que hizo esta provincia á la corona en auxilios que facilitó al exmo. sr. D. Fernando Cortes, conquistador de este reino *.

148. Para dejar de satisfacer las espresadas cuotas de cuarta y sesta parte y seis granos en cada arroba neta de pulque, no vale costumbre alguna aunque sea inmemorial ‡‡.

149. Los indios cosecheros han de hacer las ventas de pulque á la puerta de sus casillas por la parte esterior con una sombra que les defienda del sol, y lo mismo los demas indios que no siendo cosecheros compran el pulque para revenderlo; y los demas que no sean indios, aunque sean cosecheros, los han de espender en puestos públicos descubiertos á los tres vientos, que deben situarse en los parages que de acuerdo señalen el justicia y el asentista (que ahora se entiende el administrador), cuidando de que no sea cerca de templo y de que estén fáciles al registro, sin que por estas diligencias lleven derechos ni el justicia ni el asentista, con el título de licencia para vender ó raspar los magueyes, ni con otro cualquiera motivo **.

150. En consecuencia, los administradores por estas licencias no han de llevar derechos algunos; y en atencion á que en la aduana de esta capital en los granos que se cobran á cada arroba de los pulques que en ella se introducen, se incluye lo correspondiente al permiso ó licencia de ventas, las administraciones foráneas en que esté establecida la exaccion de alguna pension por las licencias de pul

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querías, continuarán en su cobranza hasta la resolucion del punto que pende en el superior gobierno; en el supuesto de que el importe de esta cobranza se aplica á la real hacienda, á la que corresponde.

151. Estando, como están, exentos de derechos los indios por el pulque que beben los dueños de ellos, y por los que permutan por maiz, sal, chile y otros mantenimientos, y no habiendo medio con que pueda averiguarse qué parte de los que cosechan invierten en estos objetos, y cuál es la que venden, cada uno de los administradores premeditará lo conducente para que este particular se arregle en el territorio de su cargo, con presencia de las circunstancias que en él concurran; dejándose prudencialmente por punto general á los indios libres para sus consumidores y para la permuta por mantenimientos alguna parte fija de los magueyes que raspen; por ejemplo, que al indio que raspa doce magueyes, se consideren exentos para aquellos fines cuatro, y

que raspa seis, dos; y con lo que los administradores opinen sobre este asunto, ántes de reducirlo á efecto, darán cuenta á la direccion, esponiéndola las razones en que fundan su dictámen, para que combine todas las opiniones de estos ministros, y forme, si es posible, un arreglo general, que aprobado por superintendencia general de real hacienda, estinga arbitrariedades en la materia, y consiguientemente evite quejas y recursos de los indios.

PREVENCIONES

COMUNES A ALCABALAS Y PULQUES.

la

152. El rey, atendiendo al bien de sus vasallos, no quiere que haya en la renta de alcabalas particulares arrendadores T, por lo que los administradores no deben celebrar arriendo alguno en individuo particular en los pueblos de las administraciones que les están confiadas, sin embargo de que los valores de la alcabala sean en ellos muy cortos, en cuyos casos, previos los conocimientos que procurarán adquirir de los comercios que actúen los vecinos de los mismos pueblos, los encabezarán concertando con cada uno la cantidad que haya de satisfacer por razon de la alcabala que adeuda, encargando al vecino que les parezca mas á proposito la cobranza de lo que ocurra del viento y de la de efectos que quizá introduzcan los viandantes, y practicando respectivamente lo propio por lo que respecta á pulques; en inteligencia que cuando haya proporcion se han de unir las rentas en estos pueblos de cortos rendimientos, para que así pueda en ellos dotarse suficientemente un ministro que cuide de todos.

T Real órden de 18 de marzo de 1777. 51

153. Los subdelegados no han de embarazar las funciones del cobro de los derechos de alcabalas y pulques que privativamente pertenece á los administradores y receptores en cumplimiento de las órdenes que les están comunicadas, y deben dejarlos obrar con arreglo á ellas, bajo el concepto de que si los subdelegados advierten alguna injusticia ó tienen que representar, lo han de hacer á la superintendencia general de real hacienda por conducto de las respectivas intendencias, ó en derechura á la misma superintendencia los subdelegados de la intendencia de la provincia de esta capital unida á dicha superintendencia ‡.

154. Los administradores de alcabalas y pulques han de consultar á la direccion general las dudas que se les ofrezcan acerca de la legitimidad de cobros de ambos ramos †, y las primeras instancias de todas las causas y negocios.contenciosos de ellos son privativos respectivamente de la intendencia *, debiendo los administradores remitir á la direccion copia á la letra de las determinaciones que en estas causas contenciosas dictaren las intendencias, por. que la constancia y reunion de sus disposiciones en la propia dirección, es enteramente indispensable para que con su presencia pueda manejarse en lo Orden del superior gobierno de 17 de septiembre de 1793. + Circular de 25 de junio de 1787.

# Artículo 79 de la Instruccion de intendentes.

directivo y económico de las rentas de su inspeccion. El conocimiento de primeras instancias en negocios contenciosos del territorio de la administracion de esta capital, toca tambien privativamente al administrador general **, debiendo otorgarse las apelaciones de las sentencias difinitivas que en estos negocios contenciosos pronunciaren el citado administrador general y las intendencias para la junta superior de real hacienda; pero satisfecho ántes el adeudo, cuya legitimidad se cuestione ó contradiga pot las partes ††, segun se indicó en los artículos 131 y 32 de esta Instruccion; y correspondiendo últimamente que el rey y supremo consejo de Indias conozca en la sala de justicia de todas las apelaciones que se interpongan de las sentencias difinitivas que la misma junta superior de real hacienda dé en las indicadas causas, sin embargo de hallarse prevenido por la Ordenanza de intendencias que estas apelaciones fuesen para ante la real persona por la via reservada T.

Mégico 31 de marzo de 1794.-Lic. José Mariano de Arce y Echeagaray.

# Circular citada de 25 de junio de 787.

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INDICE

DE LOS ARTÍCULOS DE ESTA INSTRUCCION.

Establecimiento de la alcabala, su justificacion: obliga en el fuero interno: su cuota en N, E.: contra este derecho no hay prescripcion ni vale costumbre: condicion de que sea de cuenta del comprador, á quien por lo regular corresponde su paga que ha de hacerse en dinero: está suspenso el derecho de reventas en bienes muebles: suelos diversos: cuáles son bienes raices, y otras adver

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tencias.

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Origen de la alcabala en los reinos de Castilla, y justificacion que se impuso y se ha continuado como ley general y perpetua......

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La alcabala es debida por todo derecho.....
Su paga obliga con cargo de restitucion.....
Tiempo en que se estableció en N. E. y razones
que obligaron á su imposicion..

La alcabala de bienes raices y mucbles en toda la estension del reino, ha pertenecido siempre y pertenece en posesion y propiedad á la real ha. cienda sin limitacion alguna.....

La exaccion de la alcabala en lo general del reino es al seis por ciento, y está minorada en los lu. gares que se nombran por la razon que se es. presa..

La cuota del seis por ciento es con calidad de por ahora interin las urgencias del erario no pidan

su aumento......

La menor cuota en los lugares que refiere el art. 6.o, es tambien con calidad de por ahora mién. tras subsista la causa en que se funda....... Contra la alcabala no hay prescripcion, ni vale costumbre alguna......

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Consideraciones por que es precisa y útil esta instruccion

La alcabala se ha de cobrar en dinero, abonándose al erario el oro que recoja, y omitiéndose el cobro si el adeudo no llega al valor de la ínfima moneda de plata........

Los administradores no deben hacer baja alguna en la alcabala, y sí estimar su importe por mayor precio de la venta, si se condiciona que es do cuenta del comprador......

Tampoco deben variar el método de cobro sin con. sultar á la direccion......

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Eclesiásticos.

Escepcion que gozan los cuerpos eclesiásticos en] comun y los eclesiásticos particulares.. De los bienes de (eclesiásticos) comunidades eclesiásticas adquiridos desde 4 de diciembre de 1786, solo son libres de alcabala los de primera funda. cion

Los demas bienes de dichas comunidades están des. de el citado dia sujetos á todos los tributos regios conforme al Concordato del año de 1737......... } Los clérigos particulares no son manos muertas, por lo que su exencion se estiende los bienes que se espresan

Para que las comunidades eclesiásticas gocen li bertad de alcabala, deben hacer constar las cali. dades que requiere la escepcion........ La de los clérigos es personal, por lo que por su muerte se estingue........

Los fundos exentos de comunidades eclesiásticas y eclesiásticos en particular deben pagar alcaba. la si se manejan arrendados......

Los administradores deben dar cuenta á la direccion si el clérigo acepta la herencia que evidentemente le es gravosa.....

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Efecto que se revende en distinta especie: oficios mecánicos: obrages: minas; efectos de ellas y per sonas que venden á exentos. Efecto que se revende convertido en diversa es. pecie 6 calidad, debe pagar alcabala en un pro. pio suelo, aunque la haya pagado en su primera venta.....

Se esceptúan de esta regla los efectos de oficios mecánicos.......

Los efectos de estos oficios mecánicos, si sus primeras materias á la entrada en el lugar de su fá. brica no han satisfecho alcabala, la paguen en él si revenden por el que los compra al fabri

cante.......

Previene lo que por ahora ha de practicarse en cuanto a alcabala de manufacturas de obrages... Las ventas ó permutas de minas é ingenios de moler metales y haciendas de beneficiarlos, pagan alcabala, y no los efectos de minería que se introducen en los reales de minas..... Ninguno está exento de alcabala porque verda al que en sus ventas no la satisface.........

Cosas espresamente esceptuadas, y términos en que han de satisfacer la alcabala el trigo y harina, pieles y efectos de tropas.

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Las ventas de bienes patrimoniales y de espolios de los illos. señores arzobispos y obispos están sujetas á alcabala..............

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Igualmente lo están las ventas de bienes de novicios de religiones........

Todas las cosas no espresamente esceptuadas, de. ben pagar alcabala....

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ib.

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Se causa alcabala si el criador da dinero por no llegar á uno el adeudo del diezmo.....

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Los arrendatarios de diezmos deben pagar alcabala del importe de igualas que celebren..... Si hay costumbre inmemorial de que el diezmo se pague en dinero y no en especie, el acto de esta pag no adeuda por ahora alcabala......... Encomenderos que por la especie del tributo reciben dinero, adeudan alcabala

Igualmente la causan las ventas de bienes de toda cofradía, esté ó no aprobada, y por ahora se ha de sobreseer en el cobro de las de bienes de cofradías de indios......

Refiere las repetidas declaraciones sobre la libertad de indios y los términos en que debe entenderse. Los meztizos, mulatos y negros libres pagan alca. 1 bala, sin embargo de que tambien pagan tributo. Es exento de alcabala el indio casado con españo. la aunque los bienes sean de la muger, así como la debe pagar el español casado con india, aun. que á esta toque el caudal..

El indio eclesiástico que negocia aunque sea en efectos y frutos de la tierra, se iguala en el adeudo de alcabala con el eclesiástico español... Refiere los estrechos términos en que el rey manda últimamente se guarde á los indios la libertad de alcabala.........

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De lo tocante á la Santa Cruzada no debe cobrar. se alcabala....... Esplica la libertad del maiz, granos y semillas que se venden en los mercados y alhóndigas..... No pagan alcabala el pan cocido, caballos ensilla. dos y enfrenados, libros escritos, alcones, azo res, aves de cetreria para cazar, ni los utensilios de imprentas cuando estos no se introducen pa. ra vender.......

La plata, cobre, rasuras y demas para hacer mone. da no causan alcabala.....

Tampoco la adeudan los bienes que se dan en casamiento; pero sí los de difuntos, sino es que se venden para dividir entre herederos y concurran las tres circunstancias que se distinguen......... Prescribe lo que ha de practicarse en cuanto á al cabala de bienes que se venden para dividir entre compañeros.......

Las armas acabadas y jubones de malla no adeu. dan alcabala......

Cobrada la alcabala del ganado en pié, no debe repetirse el cobro de la misma carne muerta en un mismo suelo de aduana, y se refiere la parti. cular disposicion que hay para cuando se repar. ten los ganados......

Las ventas de ganado pagan el seis por ciento, ménos los que se venden en los sitios que se nominan

Las medicinas simples pagan alcabala, pero no las compuestas,....

Las nieves que se introducen de las neveras y bol. canes pagan alcabala, y las aguas que, un fundo vende á otro.....

Lino y cáñamo están libres de alcabalas, y el trapo que se conduce á España; y las harinas deben satisfacer indistintamente á su introduc. cion las cuotas que se espresan, y una carga de trigo estimarse por una de harina comun para el adeudo de la alcabala.................

Las alhajas de plata y oro no pagan alcabala; pero sí las perlas y piedras preciosas ó no preciosas... Los bienes de militares difuntos que solo tuvieron sueldo militar, no pagan alcabala............................ Los vestuarios y monturas de tropas en prendas hechas y acabadas, no pagan alcabala; pero sí los efectos que introduzcan las tropas, ménos los comprados por la real hacienda como obligada á provecrlas, y los militares no gozan fuero para contestar en punto á alcabalas... Las pinturas no la adeudan......... Tampoco la causa la libertad que el señor da al es clavo, cuando este se redime por precio adquirido lícitamento

..... ............

Tuna, gallinas y huevos no adeudan alcabala......

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Los tintes y colores adeudan alcabala...... Lo que se introduce para regalo ó consumo domes. tico en las aduanas en que la alcabala se cobra por entradas, adeuda este derecho sin escepcion alguna de personas ni efectos ultramarinos.... La venta del maguey en su especie de planta cau. sa alcabala.....

Las segundas ventas se estiman por primeras para el adeudo de la alcabala cuando estas se celebraron por exentos............

Lugar de la alcabala de bienes muebles; el de los raices; efectos dados á sirvientes; igualas; efectos existentes; fenecidas estas; aperos de haciendas, y efectos que no deben pagar en las almo nedas.

La alcabala de bienes muebles y semovientes ha de
cobrarse por punto general en el lugar donde es-
tá la cosa al tiempo de vendersc........
La de los raices ha de exigirse en el lugar de la
ubicacion de las fincas......
Tambien ha de cobrarse en el la alcabala que
causan las fincas por lo que dan á sirvientes en
cuenta de sus salarios, sin esclusion de los fun-
dos exentos por eclesiásticos, ni de los perte-
cientes á temporalidades de ex jesuitas, devol-
viéndose la que se exija á haciendas de misio-
nes de Californias.....

85 Las igualas que solo han de celebrarse por un año, no pueden cortarse con disentimiento del contribuyente, sin dar cuenta á la direccion, pres. cribiéndose tambien la alcabala que ha de exigirse de las existencias que resultan fenccida la iguala.........

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El fierro, acero, ganados y demas que se entran en las fincas para aperarlas y no para vender, no causan alcabala................

Para el pago de esta deben en las almonedas es. cluirse los efectos que la satifacieron á su en. trada, si no han mudado de especie ó calidad......

Censos, depósito irregular y locacion.

88. Esplica el censo reservativo, ó contrato enfiteu

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Refiere el enfiteusis que celebra el marquesado del Valle

Manifiesta qué es censo reservativo

El censo consignativo y el reservativo adeudan alcabala al tiempo de la imposicion sin diferencia alguna

Los censos son bienes raices, por lo que deben pa. gar alcaba siempre que se repita su venta.... Los censos redimibles pueden redimirse sin satisfacer nueva alcabala, pero no los perpetuos..... El censo redimible que se redime dándose alguna finca, adeuda alcabala, sino es que la finea sea alguna de las en que esté impuesto el censo...... De la imposicion del depósito irregular no ha de exigirse alcabala, medien 6 no hipotecas hasta la determinacion de S. M..........

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El contrato de locacion no es venta, por lo que no】
adeuda alcabala, pero sí cuando se hace por diez
años, ó con cláusulas que induzcan perpetuidad
ó traslacion de dominio.............
Las ventas de solares hechas pare fabricar edifi
cios, pagan la mitad de alcabala, y el todo de
ella lo demas que se venda con los solares........
En arriendos de tierras so paga alcabala de lo que
al mismo tiempo se venda, por verificarse entón-
ces los contratos de locacion y conduccion, y el
de venta........................

Si las tierras se arriendan con calidad de que la pen-
sion se ha de satisfacer en algunos frutos, no
se adeuda alcabala......

100 En la regulacion de alcabala de fincas se han de escluir los censos, cerciorándose los administradores, en los términos que se previenen, de que los gravámenes son censos y no depósitos irregulares, y no debe para la regulacion separarse el importe de capillas y demas bienes sagrados, por estimarse accesorios á las fine is.....

101 Tampoco debe escluirse para la regulacion de la alcabala de fincas el importe de depósitos irregu. lares.........

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Esplica lo que debe practicarse cuando los bienes que se vendan son del concurso de acreedores, en que hay créditos piadosos y profanos....... 105 Advierte lo que ha de hacerse cuando hay legados profanos y piadosos, y la institucion directa de heredero es tambien piadosa........

106 La venta de bienes que se hace para pagar legado á comunidad eclesiástica, debe satisfacer alcaba la si el legado no es para la primera fundacion de ella. 107 La venta de bienes para pagar algun legado que vale ménos que los bienes del testador, causa al. cabala; pero no cuando el mismo testador deter. minadamente dice, que estos ó los otros bienes se inviertan en alguna obra pia...........

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Las ventas de oficios no causan alcabala... Todo lo que se entrega judicial o estrajudicialmen te en pago de alguna deuda, causa alcabala..... Tambien la adeuda la venta de herencia..... Igualmente la causa la venta necesaria.. 114 Prescribe cómo han de manejarse los administradores en cuanto á donaciones puramente gracio. sas, remuneratorias ó reciprocas que se esplican. 115 Igual advertencia en el particular de transaciones.. J Permutas; pacto de verder; reserva del compra. dor en las escrituras; bienes que se devuelven al deudor ejecutado; derecho del tante; comprador y vendedor que se arrepienten de la venia; las condicionales, las nulas ipso jure y las que se rescinden.

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116 De una y otra cosa que sc permutan, se ha de co. brar alcabala si por sí no están exentas... Si se presta una cosa y se vuelve otra de diverso género, hay permuta y no préstamo..... El pacto ó promesa de vender no adeuda alcabala. En escrituras de ventas, no debe reservarse el nombre del comprador; y si se reserva y despues se declara que fué para otro sujeto distinto del que sonó en el principio de la venta, se estima que median dos diversas..

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120 Si los bienes rematados se entregan al pariente

mas inmediato por el derecho del tanto, solo se entiende que hay una venta; pero es preciso que la entrega se haga por providencia judicial en que se declare que tiene lugar el propio derecho.. 121. Si los bienes rematados se devuelven al deudor ejecutado dentro de los dias que se refieren, no hay venta ni en consecuencia alcabala......... 122 Si el comprador y vendedor se arrepienten de la venta inmediatamente sin dedicarse á otros actos estraños de ella, no se adeuda alcabala..... 123 En ventas condicionales para el cobro de la alcaba la, debe esperarse á que se verifique la condicion, dando los administradores cucata á la direccion si la condiciones de aspecto sospechoso........ 124 Advierte lo que han de hacer los administradores cuando las ventas son ipso jure nulas......... 125 Previene lo mismo en lo relativo á ventas válidas que por algun justo motivo se rescinden.......... j

Remates celebrados habida fe del precio; térmi. nos en que se han de aforar los efectos; abonos por razon de mermas; debe denunciarse la alca. bala usurpada; escribanos que solo pueden actuar en las ventas, y depósito de alcabala dudosa.

126 De los remates de fincas celebrados habida fe del) precio, se ha de cobrar alcabala tantas cuantas ccasiones se verifiquen, aunque los remates se repitan porque á sus plazos no se paguen los precios.

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La alcabala se ha de exigir con proporcion al precio sin descuento alguno, aforándose los efectos segun aconseje su calidad; y regulándose la al. cabala segun los valores corrientes por mayor, y haciéndose por ahora por razon de mermas al aguardiente y cacao el abono que se previene..... 128 La alcabala se ha de exigir con sujeción á los afo. ros de las aduanas, y no por los precios en que se manifieste haberse vendido los efectos, los que adendan este derecho en el acto de introducirse en los lugares en que se cobra por entradas....... Pena en que incurre el que no denuncia la oculta. cion de alguna alcabala sabiéndola y pudiéndola probar, y premio que se le aplica si la denuncia. Las ventas y traspasos deben celebrarse precisa. mente ante escribano del número, y estos dar noticias á las aduanas de toda enagenacion, para que sus ministros adviertan si envuelven ó no venta.....

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137 Declaracion que se dió para que los indios pagasen este derecho, sin embargo do ser el maguey fruto de la tierra.....

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Bandos y circular que para arreglar este ramo dispuso el superior gobierno......... Los indios deben pagar la sesta parte del valor del pulque y seis granos mas en cada arroba neta, escluyendo el que se beben los dueños y el que permutan por mantenimientos........ 140 Los españoles satisfacen la cuarta parte y aquellos seis granos mas en cada arroba, estando libre el pulque que invierten en su uso ó consumo.... 141 Exigidos una vez los derechos del pulque, no debe repetirse el cobro en el suelo que antes era el de un asiento.......

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Los derechos del pulque no han de cobrarse en el lugar donde no se vende

La planta del maguey se estima diversa especie ó calidad respecto del pulque que es su jugo, así como lo es la uva respecto del vino....... 144 En todos los lugares en que sea posible se ha de hacer el cobro por entradas o peso, por ser el método mas seguro para evitar el daño del erario 6 del contribuyente....

145 Los administradores para la regulacion del derc. cho del pulque, se han de aconsejar con perso. na inteligente, decidiéndose en caso de duda á favor del contribuyente.

146 Para no pagar los derechos del pulque, no gozan privilegio alguno los eclesiásticos en comun ni en particular......

147 No deben cobrarse derechos de los pulques que se venden en Tlaxcala, por los particulares servicios que esta provincia hizo á la corona en la conquista de este reino.

148 Para no pagar los derechos del pulque no vale costumbre alguna........

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149 Se refieren los términos, en que segun el bando que se cita, se han de vender los pulques.......... 150 Previene que hasta nueva providencia se continúe cobrando para la real hacienda lo que se exija por razon de licencias de vender el pulque........ 151 Se hacen algunas prevenciones para un arreglo general que estinga arbitrariedades en la regula. cion del pulque que los indios beben ó permutan por mantenimientos.........

En alcabalas y pulques no debe haber arriendos; los subdelegados no han de mezclarse en los cobros de estos derechos, y si dar cuenta á la supe." rioridad si advierten se hace alguna exaccion no justa. Tribunales donde deben establecerse los recursos y apelaciones acerca de la legitimidad de adeudos de ambas rentas.

152 En alcabalas pulques no debe haber arrendata. rios, y en los pueblos cortos debe abrazarse el arbitrio que se indica para la recaudacion de ambas rentas.....

153 Los subdelegados no deben mezclarse en la exac. cion de estos derechos, y sí dejar obrar á los administradores, dando cuenta á la intendencia res. pectiva si advierten que se hace algun cobro injusto.

154 Noticia que deben dar los administradores á la direccion de sentencias que pronuncian las intendencias en primeras instancias de negocios de alcabalas y pulques, y tribunales en que han de es. tablecerse los recursos y apelaciones acerca de la legitimidad de adeudos de ambas rentas.

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para el establecimiento é instruccion de intendentes de ejército y provincia en el reino de Nueva España.

NOTA.

Es bien sabido que esta ordenanza es el famoso y principal código antiguo de hacienda, pucs el sistemar su ad.ninistra. cion fué su grande objeto. Sin embargo, despues padecieron alte.

racion muchísimos de sus artículos por cédulas posteriores, y aun tengo un estenso manuscrito (que muy raro letrado tiene, pues es esquisito) titulado así: Variaciones, revocaciones y adiciones que

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