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DP 136 .072

1846.

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13-390244

CAPITULO XXI,

Consagracion de la Iglesia de Segovia.-Union de Castilla y Leon.-Conquista de Córdoba par Domingo Muñoz, segoviano.-Milagro de la despeñada, Maria del Salto.-Sentencia real sobre términos entre Segovia y Madrid.-Division de rentas entre Obispo y Cabildo.-Obispos de Segovia Don Rodrigo y Don Raimundo.-Conquista de Sevilla, y muerte del Rey Don Fernando.

Į.

REGORIO IX, pontíficer omano, deseando que la guerra contra infieles se reforzase, habiéndo criado en las témporas de Setiembre de 1227 años cardenal, entre otros, al maestro Juan monge que habia sido cluniacense, presente arzobispo de Bisanzón y predicador famoso, le nombró y envió legado á los reinos de España para que predicase la cruzada; y uniendo los príncipes cristianos, los animase á la empresa. Este fue el motivo principal de la venida 'deste legado, no el divorcio de los reyes

de Aragon que fue accesorio como presto diremos. Llegando el legado á nuestra ciudad á instancia de nuestro obispo Don Bernardo y [cabildo, consagró nuestra iglesia catredal en 16 de Julio del año 1228 concediendo grandes indulgencias, que acrecentó al cuarto dia estando en Avila, como consta de la bula siguiente, cuyo original se guarda en el archivo catredal,

LOANNES, Dei gratia, Sabiniensis Episcopus, Apostolicæ sedis Legatus, universis Christi fidelibus, ad quos præsens scriptum pervenerit, salutem in Domino. Universitati vestræ præsentibus innotescat, quod Nos ob devotionem, quam venerabilis in Christo Pater B. Episcopus, et dilecti filij Capiluli Segoviensis nobis curarunt solicite, ac humiliter exhibère, consecravimus Cathedralem Ecclesiam Segoviensem, omnibus, qui ibidem interfuerunt, unum annum misericorditer indulgentes. Volentes igitur gratiæ addere gratiam, ipsam indulgentiam extendi voļumus usque ad festum. Nativitatis Beatæ Virginis proximo futurum, omnibus, qui memoratam Ecclesiam interim vel per se, vel per alium (si in propria persona nullo modo adire potuerint) ibidem pias eleemosynas impenderint contritis, et pœnitentibus, unius anni indulgentiam concedentes. Datum Abulæ XIII. Kalend. Augusti anno Domini milesimo ducentesimo, vigesimo octavo.

En este dia aniversario se celebra la dedicacion de nuestra iglesia.

II. Don Jaime, primer rey de Aragon, pretendia apartarse de Doña Leonor su muger por haberse casado sin dispensacion, siendo parientes. El legado,

que traía especial comision para esta causă, juntó en Tarazona á los arzobispos de Toledo y Tarragona, y obispos de Burgos, Calahorra, Segovia, Sigüenza, Osma, Lérida, Huesca, Bayona y Tarazona; que á los últimos de Abril, como dice Zurita (tom, 1. lib. 3. c. 3), pronunciaron ser el matrimonio inválido, declarando que D. Alonso. hijo de ambos era legíti→ mo, y sucesor de la corona, en virtud de la buena fe matrimonial, conforme á los sacros cánones. Con esto, Doña Leonor volvió á la compañía de la reina Doña Berenguela su hermana.

Trataban pleito nuestro obispo, y Gonzalo Mars tin, caballero de la religion de Santiago, sobre la villa de Gerindoch, que poseian nuestros obispos. Com> prometieron en el cardenal legado, que en Lerma en 17 de Agosto de 1229 años, prònunció: que la villa quedase por el obispo pagando á Gonzalo Martin y á su muger 70 escudos cada año por vida.

Don Alonso, rey de Leon, padre de nuestro Don Fernando, habiendo conquistado muchos pueblos de los moros, murió año 1230 en Villanueva de Sarria, dejando por su testamento los reinos de Leon y Galicia á Doña Costanza y á Doña Dulce sus hijas, y de Doña Teresa de Portugal, con quien primero contrajo matrimonio, que disolvio el Papa por el parentesco; como tambien el segundo con Doña Berenguela, cuyo hijo, por varon, era legítimo sucesor de aquellas coronas y al presente se hallaba en la guerra de Andalucia en el cerco de Guadalerza. Avisóle su

madre del suceso, y cuanto importaba la brevedad de su venida; y porque la dilataba, partió á traerle. Encontráronse madre y hijó en Orgaz, y acudiendo á Leon, fue jurado rey por los obispos y pueblos de más importancia. Algunos Señores, por medrar en la revuelta, favorecian á las infantas, cuya madre acudió de Portugal: y en Valencia, que hoy nombran de Don Juan, se vieron las dos reinas, mugeres que habian sido de aquel rey difunto. Venció la razon, quedando los reinos por Don Fernando, obligado á dar á las infantas 30000 ducados cada año por ali

mentos.

III. En 8 de Junio de 1232 años, el arzobispo de Toledo Don Rodrigo Ximenez estando en Turégano concedió indulgencia de cuatro cuarentenas á cuantos visitasen la iglesia de Segovia el dia de su consagracion, ó el dia de la Madalena, ó diesen limosna para ella, como consta de la bula que original permanece en el archivo catredal.

Por la enfermedad de nuestro obispo Don Ge→ rardo (como escribimos año 1218 cap. 209.) tuvo nuestro obispado diversos administradores: causa de que la dignidad obispal y sus rentas menguasen en gobierno de tantos dueños.

Nuestro obispo Don Bernardo deseando recuperar lo perdido: pidió justicia, cuentas y satisfacion ante el pontífice Gregorio IX, que cometió la causa al obispo de Cuenca, al dean de Toledo y al arcediano de Huete en 19 de Julio de 1234 años, co

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