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MADRID MDCCLXXXVIII.

POR DON BLAS ROMAN.

Se hallará en las Librerías de Maféo, Carrera de San Gerónimo,
en la de Bartolomé Lopez, Plazuela de Santo Domingo,
y en la de la Viuda de Sanchez, Calle de Toledo,
y en los puestos del Diario.

CON PRIVILEGIO REAL.

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CARTA

DEL PADRE BURRIEL

A DON JUAN DE AMAYA.

NOTA DEL EDITOR.

El ansia con que el público deseaba poseer las obras ineditas del sábio Jesuita Andres Burriel, nos obligó á publicar, desde los principios de nuestro Semanario las que pudimos haber á la mano. Entre ellas dimos á luz un trozo de la carta que escribió al Licenciado Den Juan de Amaya, generalmente reputada por el mas erudito de sus escritos; pero por desgracia el único MSS. que poseíamos de ella, sobre muy incompleto, estaba enormemente viciado. Las quejas del Público acerca de esta corrupcion pusieron en movimiento nuestro zelo, y nos hicieron redoblar nuestra diligencia, para reparar quanto en nosotros estuviese una falta tan considerable. La generosidad del señor D. Gaspar Melchor de Jobe Llanos ha premiado nuestra solicitud franqueándonos un MSS. que posee, y es el mejor que exîste de esta Carta; pues no solo se halla correcto y completo, sino que es origi nal, firmado, y anotado de mano del mismo Autor. Debemos además á este digno Magistrado que se encargase de cuidar por sí mismo de la nueva Edición: persuadido del gran mérito de esta obra, y creyéndola muy importante para ilustrar la historia y cronologia de nuestro Derecho nacional. Por este medio esperamos ase A 2

gu

gurar la indulgencia del Público, ante quien no pue de ser mas reprensible nuestro descuido, que laudables la buena fé con que le confesamos, y el zelo con que tratamos de repararle.

Señor D. Juan de Amaya mi señor y amigo de mi

mayor estimacion :

La respuesta de vmd. de 11 de este mes me llena de gozo, así por la noticia de su salud, como por su selecta erudicion , y juicio en materias tan útiles y tan gloriosas á la Nacion; con que quedo instruido y esperanzado de mas abundantes luces.

Esto no embaraza, que en algo no concordemos, como es en la qüestion, si es ó no Concilio nacional la Junta general de los Prelados y Procuradores de los Cabildos del reyno en la Ciudad de Sevilla año de 1478 por mandado de los Reyes Católicos. Yo fui el primero que dí á la aplicacion de vmd. las mas tiernas gracias por el descubrimiento de una noticia tan gloriosa á la Nacion , y de la qual ni en las colecciones de Concilios, ni en otros libros donde parecia deber estár, se hallaba el menor rastro, encontrándola la tenaz aplicacion de vmd., y su observacion curiosa en el libro de Establecimientos del Orden de Santiago impreso en Sevilla año de 1503, rarisimo por su materia, y por su antigüedad. Tambien confieso, que luego que lei la erudita representacion de ymd. al Padre Confesor de S. M., rogándole que mandase buscar las Actas de dicho Concilio nacio nal, quedé convencido que en realidad se habia celebrado dicho Concilio en Sevilla, pues no obligan á menos las palabras que vmd. copió de dicho libro impreso en tiempo y de órden de los mismos Reyes Católicos, que

dicen así: »Guarden, cumplan y executen la ley fecha ordenada "y todos los Prelados de este reyno en la por "santa Sinodo que celebraron en la muy noble Ciudad "de Sevilla, con autoridad del Reverendísimo Señor Nicolao Franco, Nuncio Apostólico, con poderio de "Legado à latere : que contiene que el Clerigo de pri»ma tonsura trayga ropa larga &c."

Especialmente habiendo vmd. legitimado con tan exquisita erudicion la persona del Legado Franco, y probado su asistencia, y la de los Reyes Católicos en Sevilla año de 1478, en que á 30 de Junio nació allí el Príncipe Don Juan, cuyo padrino de Bautismo fue dicho Legado, y á el qual bautizó el Cardenal Mendoza á 15 de Julio. Protesto tambien, que aunque en fuerza de noticias posteriormente descubiertas crea yo hoy que aquella Junta no fue Concilio nacional, no por esto disminuyo un punto del aprecio del hallazgo de vmd. ni rebaxo la gloria de la Nacion y de Sevilla, ni entibio el ansia de buscar las Actas y Leyes establecidas en ellas pues yo convengo en toda la substancia del hecho, y solo me opongo á lo que puede tenerse por una mera formalidad en cierto modo.

Esto supuesto, yo afirmo que los Reyes Católicos para dar órden en las cosas Eclesiásticas de su reyno, que hallaron tan desordenadas, convocaron á Sevilla para el dia de san Juan de 1478 á todos los Prelados y Cabildos de su reyno, y les mandaron celebrar una Congregacion ó Junta general presidida por el Nuncio Apostólico Nicolao Franco, en que de comun acuerdo se ordenaron varias leyes y estatutos para reforma y buen gobierno del Clero. De esta asamblea en que asistió todo el Clero de España, ó de la Corona de Castilla, digo, que no fue Concilio, sino solamente Congregacion ó Junta general del Clero. Las razones principa

les

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