Historia externa del Derecho Romano

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Imp. del Colegio de Sordo-Mudos, 1842 - 335 páginas
 

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Términos y frases comunes

Pasajes populares

Página 262 - Empero bien queremos, é sofrimos que los libros de los derechos que los sabios antiguos ficieron , que se lean en los estudios generales de nuestro sennorío, porque ha en ellos mucha sabiduría , é queremos dar logar que nuestros naturales sean sabidores , é sean por ende mas onrados (1).
Página 166 - Primus divus Augustus, ut major juris auctoritas haberetur, constituit, ut ex auctoritate ejus responderent : et ex illo tempore peti hoc pro beneficio coepit. Et ideo optimus princeps Hadrianus...
Página 264 - ... las civiles no son en España leyes ni deben llamarse así, -sino sentencias de sabios, que solo pueden seguirse en defecto de ley, y en quanto se ayudan por el derecho natural y confirman el real, que propiamente es el derecho común, y no el de los romanos, cuyas leyes ni las demás extrañas no deben ser usadas ni guardadas.
Página 264 - ... las civiles no son en España leyes , ni deben llamarse •asi, sino sentencias de sábios que solo pueden seguirse »en de/ecto de ley, y en cuanto se ayudan por el dere»cho natural y confirman el real , que propiamente es »el derecho comun, y no el de los romanos, cuyas le»yes ni las demas extrañas no deben ser usadas ni...
Página 262 - ... alegar en los tribunales opinion, ni determinacion, ni decision, ni derecho, ni autoridad, ni glosa de cualquier doctor ó doctores, ni de otro alguno, asi legistas como canonistas, posteriores á Juan Andrés y Bartolo.
Página 165 - Responsa prudentium sunt sententiae et opiniones eorum quibus permissum est jura condere. Quorum omnium si in unum sententiae concurrunt, id quod ita sentiunt legis vicem obtinet ; si vero dissentiunt, judici licet quam velit sententiam sequi ; idque rescripto divi Hadriani significatur.
Página 166 - Massurius Sabinus in equestri ordine fuit et publice primus respondit : posteaque hoc coepit beneficium dari, a Tiberio Caesare hoc tamen illi concessum erat. Et, ut obiter sciamus, ante tempora Augusti publice respondendi...
Página 263 - ... efecto, dispusieron en la ordenanza 37 de las hechas en Madrid en 1499 que «en caso de duda y á falta de ley» se pudieran seguir en derecho civil las opiniones de los glosadores Bartulo y Baldo, y en el canónico las de Juan Andrés y el Panormitano (el arzobispo de Palermo); pero como esta decisión, «que hicieron por estorbar la prolijidad y muchedumbre de las opiniones de los doctores, había traído mayor daño», la derogaron en la ley...
Página 93 - ... harum et interpretandi scientia et actiones apud collegium pontificum erant, ex quibus constituebatur, quis quoquo anno praeesset privatis.
Página 142 - Quod principi placuit legis habet vigorem, utpote, cum lege regia, quce de imperio ejus lata est, populus ei et in eum omne suum imperium et potestatem conferat. Quodcumque igitur imperator per epistolam et subscriptionem statuit, vel cognoscens decrevit, vel de plano interlocutus est, vel edicto prcecepit, legis habet vigorem.

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