Imágenes de páginas
PDF
EPUB

testigo dijo que no sabia mas quel habia dicho la verdad de lo que pasó é quel dicho Juan de Aranda dijo á este testigo que queria que dijese aqui su dicho otra vez é queste testigo dijo que ya habia dicho la verdad é dijo este testigo que por cuanto en la corte habia dicho otra vez su dicho sobre esta causa que aquel asi mismo se refiere é que agora no dijera mas de lo que tenia dicho sino le fuera mandado de parte de su alteza é questa es la verdad por el juramento que hizo.-RUY FALERO.-El dotor de la Gama.

En este dicho dia el dicho señor teniente recibió juramento de Juan de Aranda fator de sus altezas en la casa de la contratacion de las indias por Dios é por santa Maria é por la señal de la cruz en que puso su mano derecha corporalmente so virtud del cual prometió de decir verdad de lo que supiere é le fuere preguntado é el señor teniente le hizo las preguntas siguientes. Preguntado que asiento ó concierto tomó con el comendador Magallains é con el bachiller Ruy Falero sobre el armada que hacen agora dijo que la verdad es questando en esta ciudad el comendador Magallains el dicho Magallains dijo á este que depone que sabia mucho de las cosas del altura é que habia descubierto mucha tierra é que este. testigo estaba inforformado de portugal quel dicho Magallains sabia mucho de navegar é que por esto escribió al gran chanciller de como este servidor estaba en esta ciudad é sabia mucho, que le enviasen cedula de su alteza para que fuese allá é que despues vino aqui el bachiller Falero é que todos concertaron de ir á la corte é que ellos se fueron con la duquesa de arcos la via descalona é queste que depone se fué por otro camino é que llegando tres leguas de aqui envió á este que depone Juan Fernandez de Castro un mensajero con una cedula de su alteza en respuesta de lo que habia escrito el gran chanciller por la cual mandaba que fuese allá é llevase consigo aquella persona porque bien habia escrito e que despues desde Medina del campo les escribió que los esperaba en Medina porque habian concertado que alli se habian de ver é que despues de llegados a Medina se partieron juntos a Valladolid é que en el camino viniendo platicando en el negocio sobre que iban por que iban alegres con la cedula de

su alteza, que no se acuerda si este testigo les dijo que seria bien que le diesen alguna parte del provecho que hubiesen en el armada ó si ellos se lo ofrecieron. Preguntado que parte les pidió ó dijo que seria bien que les diese dijo que les dijo que la que ellos quisieran porque no le vino en pensamiento de les pedir parte hasta aquel tiempo é que ellos se apartaron á hablar é quel bachiller decia que le diesen la decima parte é el Magallains decia que la otava é quel dicho bachiller viendo que el dicho Magallains decia que le diesen la otava parte tornó á decir el dicho bachiller enojado que le diesen la cuarta parte porque antes cuando se apartaron el Magallains dijo que no le diesen sino la decima é despues dijo que la otava é que entonces este que depone dijo que no queria que le diesen nada porquel no habia venido con intencion que le diesen nada sino por servir á su alteza é que ellos no quisieron sino que entrambos de una voluntad se concordaron de darle la otava parte é que despues estando en Valladolid le hicieron una escritura dello no se acuerda el nombre del escribano é la firmaron ambos é que despues a la venida sin que este que depone se la demandase el dicho Magallains dijo que le faria otra escritura pero que no se la ha demandado ni la ha fecho. Preguntado á donde está la escritura dijo quel la tiene en casa. Preguntado si habia de poner algunos dineros ó mercaderia ó otra cosa porque le diesen la otava parte de la ganancia dijo quel concierto fué que si su alteza les armase, porque ellos no habian de poner nada ni menos este que depone, que por eso le daba la otava parte é que si ellos hobiesen de armar á su costa que no le habian de dar nada é questa es la verdad.-JUAN DE ARANDA.-El dotor de la Gama.

E luego el dicho señor dotor mostró al dicho Juan de Aranda fator la cedula de su alteza é por virtud della le mando que de la escritura é asiento que dice que tiene entre el é los sobredichos, dijo questá presto de la dar.

E luego dende á poco el dicho Juan de Aranda presentó al dicho señor teniente la dicha escritura entre él é los susodichos habia pasado signada é firmada de Diego Gonzalez de Santiago escribano de su alteza, que parece ser fecha en Valladolid á veinte é tres dias del mes de febrero de mil é quinientos é diez

y ocho años traslado de la cual es esta que se sigue. Sigue la escritura. (No aparece en el orijinal.)

Mui poderoso señor.-Juan de Aranda fator de la casa de la contratacion de las indias de Sevilla dijo que ya vra. alteza sabe como Fernando de Magallains y el bachiller Ruy Falero portugueses se concertaron con vra. alteza sobre la parte que habian de haber de las islas é tierras que nuevamente descubriesen, los cuales me ofrecieron de su voluntad cierta parte de lo que hobiesen de haber por razon del dicho descubrimiento; la escritura del concierto que pasó entre nosotros me fué mandada exhibir por mandado de vra. alteza á la cual suplico me la mande dar porque si ellos no quisieren cumplir lo que asentaron para les compeler á ello es menester la dicha escritura y aun segun lo que yo hice en servicio de vra. alteza cerca de lo susodicho me habia de mandar hacer mercedes é no está defendido en derecho que yo no reciba todo lo que me diere é ofreciere cualquier persona no interviniendo en ello fraude ni deservicio a vra. alteza ni tampoco por razon de mi oficio ni de las ordenanzas de vra. alteza era yo obligado á buscar ni traerlos á la corte de vra. alteza, salvo por inclinacion que yo tuve á hacer este servicio por la esperiencia que yo tenia de las cosas de portugal; especialmente que como vra. alteza sabe y es notorio yo no intervine en el quinto habian de haber de vra. alteza los dichos portugueses sino entrabajar que de lo que pedian é querian se concertasen por mucho menos de lo que ellos tenian concertado de haber, y asi pareció y parece por la confesion de las partes contrarias que dicen que les pesa mucho de la parte que me dieran porque yo no les ayudé en cosa ninguna de lo que habian de haber de vra. alteza ni les podia ayudar en ello porque yo no cupe en el quinto habian de haber sino solamente en traerlos á esta corte de vra. alteza y trabajar con ellos que no se volviesen a portugal porque el Rey de portugal les hacia muchas mercedes por su vuelta y si fuere necesario de todo esto daré informacion y suplico á vra. alteza que mande darme traslado de la informacion que contra mi fué hecha sobre lo susodicho, sobre lo cual pido que me sea hecha justicia.

Muy poderoso señor-Juan de Aranda fator de la casa de la contratacion de las indias por vra. alteza digo que yo he visto la pesquisa que vra. alteza me mandó dar para que alegase contra ella la cual no me perjudicará porque los testigos que deponen son partes formales y ellos no me querian dar nada ni sus dichos son tomados conforme á derecho y en caso que fuesen en lo que por mí hacen valen sus dichos y en lo que contra mi no me empecen y lo niego porque verdaderamente yo no hice cosa que no debiese ni les prometí que la haria ni que les ayudaria para que ellos hiciesen cosa que fuese en perjuicio del buen partido de vra. alteza ni dije ni encubrí cosas por donde vra. alteza fuese por ello deservido antes parece claramente todo el contrarío porque ellos al tiempo que dicen que trajeron sus capitulaciones hechas para las pedir á vra. alteza yo se las tomé porque me pareció que pedian mucho y con deseo que tenia de servir á vra. alteza no teniendo respeto ní se me acordando de la parte que me habian prometido trabajé y procuré con ellos que como demandaban de diez uno no demandasen tanto y por mi industria y razones con que les persuadi los atraje á que no demandasen mas que de veinte uno como parece por las capitulaciones que ante vro. real consejo presentaron que es de mí letra é por estas que yo presento aquí que son las mismas que ellos habian ordenado para pedir á vra. alteza en lo cual yo serví mucho á vra. alteza é al tiempo que se les concedió este partido que ellos demandaban se quejaron de mí que por creerme habian recibido cinco cuentos de renta de daño é así lo dijeron publicamente, y de creer es que si yo les ayudara ó diera consejo para que ellos fueran aprovechados en mas de recibirlos vra. alteza no hicieran contra mí como agora hacen y en lo que yo les ayudé fué en hacer relacion de lo que yo sabia de la habilidad de sus personas é del sentimiento que de su venida habia en portugal é de lo que el embajador de portugal é otras personas hacian por tornarlos á portugal é asi mismo en estorbarles que no se volviesen á portugal muchas veces que estuvieron movidos á ello visto la dilacion que aca en su despacho habia é los ofrecimientos é mercedes que de allá les ofrecian, y esto no solamente despues de venidos á la corte de vra. alteza

pero aun antes que partiesemos de Sevilla lo cual hacia yo pensando que servia mucho á vra. alteza como de hecho servi é sobre ello he gastado muchos dineros é aun ha sido causa que de envidia deste servicio que yo á vra. alteza hice de mas que mis compañeros trabajaron de estorbarlo, el contador intentó de acusarme porque yo hice esta contratacion y acete esta parte que ellos de su voluntad me dieron que sí por ser fator de vra. alteza yo no lo pude hacer seguirse ha que tampoco habria por el podido tener tratos en las indias como ha tenido despues que es contador lo cual hasta agora no ha sido por vra. alteza reprovado y aunque aquello lo fuese no lo seria esto mio porque yo no los necesité para que me lo diesen ni puse temores ni ofreci á hacer cosa que no fuese muy justa ni la hice ni me puse á regatear con ellos en lo que me habian de dar antes ellos de su voluntad me lo ofrecieron é sí ellos tuvieran otra intencion ó consideracion esta solo Dios la ha de juzgar y no era yo obligado á saberla sino á servir á vra, alteza en este negocio y en todos muy limpiamente como Dios sabe que he servido y ní está prohibido en derecho ni por ninguna de las ordenanzas de la casa que yo no recibiese lo que ellos me diesen no interviniendo fraude ni engaño á vra. alteza como no intervino y asi mismo esta es nueva negociacion que vra. alteza la puede poner donde quisiere y servirse en ella de los oficiales que fuere su servicio y asi por estas razones y otras muchas que podria decir como porque sobre este negocio yo he recibido mucha perdida y daño en mi hacienda suplico á vra. alteza mande ver si la escritura que pasó entre ellos y mí vale ó no vale y me la mande dar por que en ello vra. alteza me hará merced é sobre todo pido justicia é concluyo.

Muy poderoso señor-Juan de Aranda fator de la casa de la contratacion de las indias por vra. alteza digo que por otras peticiones he suplicado á vra. alteza me mandase dar la obligacion que me fué mandada exhibir porque no hay causa ni razon juridica por do me la deban tener porque al tiempo que la dicha obligacion se hizo yo no era ni me tenia por fator de la negociacion á que aquellos portugueses vienieron ni las ordenanzas

« AnteriorContinuar »