Manual para las oficinas del estado civilOf. Tip. del Gob. en la Escuela de Artes y Oficios, 1903 - 103 páginas |
Términos y frases comunes
23 de Julio abuelos paternos ACTA DE MATRIMONIO ACTA DE NACIMIENTO acta de presentación actas del Registro acto actos Afecciones anotación apellido asentará Ayuntamientos cadáver celebrarse CERTIFICO ciento doce ción civil serán clase Código Civil compareció conceden conforme consentimiento consta constancias contrayentes copias del acta cuyo debe declaración Decreto defunción denuncia Difteria dispensa de publicaciones DISTRITO domicilio Doy fe Eclampsia edad efectos civiles Ejecutivo encargado del Registro enfermedades exhumación expediente expresa fecha fiebre tifoidea fojas fosa hará harán hubiere ídem ídem impedimento inhumación instante unidos interesados JILOTEPEC JOSE VICENTE VILLADA Jueces legales leídos los artículos manifestaron matri matrimonio civil MODELO MODELO NUM muerte mujer Municipales mútuamente por marido niño nombre número oficial del Registro Oficina originario y vecino padres panteones persona podrán previene profesión puerperal Registro Civil Reglamento remitirá Señorita SEPULCROS DE FAMILIA subscripto Juez SULTEPEC tarifa testigos CC tículo Toluca traslación de cadáveres Tuberculosis unirse en matrimonio verificarse verifique
Pasajes populares
Página 68 - ... mismo. Que el uno y el otro se deben y tendrán respeto, deferencia, fidelidad, confianza y ternura. y ambos procurarán que lo que el uno se esperaba del otro al unirse con él, no vaya a desmentirse con la unión.
Página 67 - ... que éste es el único medio moral de fundar la familia, de conservar la especie y de suplir las imperfecciones del individuo, que no puede bastarse a sí mismo para llegar a la perfección del género humano.
Página 101 - El matrimonio es un contrato civil. Este y los demás actos del estado civil de las personas, son de la exclusiva competencia de los funcionarios y autoridades del orden civil, en los términos prevenidos por las leyes, y tendrán la fuerza y validez que las mismas les atribuyan.
Página 103 - XIV. Todos los cementerios y lugares donde se sepulten cadáveres, estarán bajo la inmediata inspección de la autoridad civil, aun cuando pertenezcan á empresas particulares. No podrá establecerse ninguna empresa de este género sin licencia de la autoridad respectiva: no podrán hacerse inhumaciones ni exhumaciones sin permiso ú orden por escrito del funcionario ó autoridad competente.
Página 7 - El Excmo. Sr. presidente interino constitucional de la República, se ha servido dirigirme el decreto que sigue: El C. Benito Juárez, presidente interino constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a todos sus habitantes, hago saber: Que en uso de las amplias facultades de que me hallo investido, he tenido a bien decretar lo siguiente: Art. 1°...
Página 102 - VII. El matrimonio civil no podrá celebrarse más que por un hombre con una sola mujer, siendo la bigamia y la poligamia delitos que las leyes castigan. VIII. La voluntad de los contrayentes, libremente expresada en la forma que establezca la ley, constituye la esencia del matrimonio civil: en consecuencia, las leyes protegerán la emisión de dicha voluntad é impedirán toda coacción sobre ella.
Página 22 - Cuando no hayan existido registros, ó se hayan perdido, ó estuvieren rotos ó borrados, ó faltaren las hojas en que se pueda suponer que estaba el acta, se podrá recibir prueba del acto por instrumentos ó testigos; pero si uno' solo de los registros se ha inutilizado y existe el duplicado, de éste deberá tomarse la prueba, sin admitirla de otra clase.
Página 102 - V. Todos los actos del registro civil tendrán el carácter de públicos, y á nadie se le podrá negar el testimonio que solicite de cualquiera de las actas. VI. Las actas del registro serán la única prueba del estado civil de las personas, y harán fe en juicio mientras no se pruebe su falsedad.
Página 45 - Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, a sus habitantes sabed: Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente: DECRETO NÚMERO 53 LA H. XLIX LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO, DECRETA: CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE MÉXICO1 LIBRO PRIMERO TITULO PRIMERO Aplicación del Código Penal ART. 1...
Página 67 - El matrimonio es un contrato civil que se contrae lícita y válidamente ante la autoridad civil. Para su validez bastará que los contrayentes, previas las formalidades que establece esta ley, se presenten ante aquella y expresen libremente la voluntad que tienen de unirse en matrimonio.