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Año 1511.

Confirmación del privilegio concedido por D. Juan II á D. Alvaro de Luna, de eximir á su villa de Escalona de todo género de pechos, derechos, etc. -4 Enero.

Merced á la isla de San Juan en el mar Oceano para disfrutar de las mismas exenciones que la isla Española, con el fin de que se poblase.-26 Febrero.

Merced al conde de Benalcázar de los mineros de plomo, plata y otros metales que había descubierto y descubriese en sus tierras.-29 Marzo.

Otra à Martin Fernández Galindo, comendador de la villa de Reina, para beneficiar ciertas minas halladas y que se hallasen en el término de dicha villa.-29 Marzo.

Confirmación del privilegio que gozaban los corredores de lonja de Sevilla de ciertas exenciones y libertades, y de que ninguna otra persona, no siendo corredor, pudiese ejercer dicho oficio.-29 Marzo.

Licencia á Domingo García, vecino de Sevilla, para que por tiempo de quince años pudiese construir en cualquier parte de estos reinos los molinos de viento que tuviese por conveniente, sin que en dicho tiempo ninguna persona pudiese edificarlos bajo ciertas penas, cuya gracia se le concedió por haber sido el inventor de las atahonas para moler pan, los molinos para moler la aceituna, las norias para el riego de las huertas, y también de los dichos molinos de viento.-31 Mayo.

Merced ȧ D. Lope de Conchillos de todos los minerales que había descubierto en la villa de Molina, con obligación de dar para la Cámara de S. M. la octava parte de su producto liquido.-30 Mayo.

Confirmación de las nuevas leyes y ordenanzas que se habían hecho para el buen régimen, gobierno, conservación de las Cabañas Reales, que pertenecían al honrado consejo de la mesta.-14 Junio.

Merced á la ciudad de Ubeda de las penas de los juegos, para con ellas reparar las murallas de dicha ciudad.-15 Noviembre.

Otra á D. Diego López de Haro de ciertos mineros de hierro en los términos de Teresa y Cabrera, jurisdicción de Vera, y pudiese hacer herrerías. 15 Noviembre.

Confirmación del privilegio concedido à la ciudad de Rioseco para tener dos ferias cada año y un mercado franco todas las semanas.-12 Diciembre.

Año 1512.

Facultad á la villa de Olmedo para que en varios términos que tenían baldios, y sin poderlos labrar, los pudiesen plantar de pinar.-3 Enero.

Sobrecarta que inserta las ordenanzas que tenía establecidas la provincia de Guipúzcoa.-24 Enero.

Otra en la cual se inserta la bula que dispensa á los que se casaren en las Indias de los grados prohibidos.-34 Enero.

Facultad á la villa de Alcañices para tener un mercado franco.-24 Febrero.

Merced á Diego Bote y Soria de ciertas minas en los términos de Baeza. -5 Febrero.

Confirmación de ciertos capitulos de las ordenanzas de Vizcaya cerca de las instancias de los pleitos que en ella se siguiesen.-6 Marzo.

Confirmación de cierto asiento que se hizo con Juan Díaz de Solís sobre la demarcación y límites de la parte de navegación que pertenecía á la corona Real en los reinos de Castilla.-27 Marzo.

Sobrecarta insertando el arancel que debían llevar los almirantes de Sevilla y Granada.-6 Marzo.

Merced al gran capitán D. Gonzalo Fernández de Córdova de la tenencia de la fortaleza de la villa de Hornachuelos y de una veinticuatría en la ciudad de Córdoba.-2 Abril.

Merced á Francisco de Cobos de varias minas en la jurisdicción de la ciudad de Vera.-20 Abril.

Confirmación de los privilegios, fueros, usos y costumbres que tenía concedidos y usaba el señorío y condado de Vizcaya.-3 Abril.

Merced á D. Juan de Soria de ciertas minas en la ciudad de Baeza.22 Mayo.

Otra al licenciado Luis Zapata y secretario Conchillos, de las que se hallasen en las Alpujarras de Granada.-22 Mayo.

Otra al secretario Conchillos, de las que se encontrasen en la tierra de Purchena.-34 Julio.

Sobrecarta sobre la moneda forera en la ciudad de Avila.--19 Setiembre. Otra en la que se insertan las ordenanzas de la misma ciudad sobre fabricación de lanas y paños.-22 Setiembre.

Otra que inserta un capitulo de las ordenanzas de la fábrica de paños de Sevilla.-23 Octubre.

Merced á Hernando Enríquez de Rivera de todas las minas que se descubriesen en los términos de la Encomienda de la Reina de la orden de Santiago. 22 Diciembre.

Año 1513.

Merced al marqués de Villena de todos los minerales que resultasen en los términos de los lugares que le pertenecían, reservándose S. M. los minerales de oro ó plata.-23 Enero.

Provisión nombrando á Francisco de Ayala platero de S. A., constructor

durante su vida de todas las pesas que debían usar los boticarios del reino. 10 Enero.

Confirmación para que los vecinos y moradores de la isla de Cuba gozasen por diez años de todas las exenciones concedidas á la isla Española.— 13 Mayo.

Aclaración y moderación de las ordenanzas hechas para la gobernación de las Indias.-28 Julio.

Confirmación de las ordenanzas hechas por la ciudad de Sevilla con el fin de que no faltase el surtido de carne fresca de buena calidad y evitar los males que por su falta habían experimentado.-27 Julio.

Confirmación de facultad para hacer ordenanzas para el régimen del estudio de teología y cánones en Sevilla.-24 Setiembre.

Otra de las ordenanzas de Bilbao con el prior y cónsules de los mercaderes de Burgos acerca del concierto en punto á pleitos y diferencias reciprocas.-16 Setiembre.

Otra de una ordenanza que hizo la ciudad de Burgos sobre la alhóndiga.-16 Setiembre.

Otra de ordenanzas de Sevilla referentes á la entrada del vino.-16 Setiembre.

Otra de ciertas ordenanzas á favor de la ciudad de Oviedo.-28 Octubre.

Año 1514.

Merced al doctor de la Parra, fisico de S. M., de una mina descubierta en el río Manzanares cerca del lugar de Galapagar.-8 Abril.

Confirmación de las ordenanzas que se establecieron para el lugar de San Martín y otras villas y lugares en tierra de Segovia.-40 Mayo.

Sobrecarta insertando las ordenanzas establecidas por la villa de Madrid sobre los daños que causan sus ganados en los panes y viñas y arbolado. - Mayo.

Merced á la ciudad de Málaga de un mercado franco.-19 Marzo.

Sobrecarta confirmando unas ordenanzas de la ciudad de Salamanca sobre las bodas que se celebraban y celebrasen en dicha ciudad.18 Junio.

Otra insertando las ordenanzas sobre la residencia de los cautivos.30 Junio.

Confirmación de las ordenanzas que los caballeros hijosdalgos de la villa de Olmedo tenían establecidas sobre la elección de oficios de ayuntamiento.-24 Noviembre.

Privilegio de los vecinos de la ciudad de Segovia de no pagar portazgo, pasajes, barcajes ni peajes en ninguna parte de estos reinos donde fuesen con sus mercaderías.-25 Noviembre.

Año 1515.

Licencia á los nuevamente convertidos de la ciudad de Granada para que pudiesen nombrar una persona que tuviera el cargo de solicitador y procurador de las cosas que tuviesen. -25 Febrero.

Privilegio concedido á los vecinos de Lillo de andar francos por todas partes con sus mercaderías.-10 Mayo.

Otro en el mismo sentido al concejo y vecinos de Gomarra.-17 Mayo. Confirmación de ciertos capitulos que los escribanos de la audiencia de Valladolid hicieron sobre el repartimiento de los procesos ó causas.-31 Mayo.

Merced á Lope de Conchillos de los mineros descubiertos y que se descubriesen en un cerro que estaba en la comarca de la villa de Molina.-24 Octubre.

Archivo general de Simancas.-Registro general del Sello.

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Los presidentes y oidores manden rondar de noche.

No pidiendo las partes receptor, se cometa á las justicias la
probanza.

Provisión de asistentes y corregidores.

Residencias de corregidores y asistentes.

No se haga merced en las penas de cámara.

De la cobranza del servicio hecho en Cortes.

No se saque moneda del reino.

Los extranjeros no tengan oficios de gobernación.

De la renunciación de oficios.

Los Reyes no hagan mercedes de los términos de concejos.
No se armen cepos grandes en los montes.

LUGAR.

FECHA.

CÓDIGO EN QUE SE ENCUENTRA.

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Los alcaldes de corte y chancillerías nombren dos escribanos. Dichos alcaldes no pongan sustitutos.

De los derechos de los escribanos.

De los derechos de los porteros.

Sobre la condena de costas.

Sobre entrega del proceso por los escribanos.

40

Mayo 4509

48

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Modo de emplazar á los alcaldes de Valladolid y Granada.

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