Imágenes de páginas
PDF
EPUB

començado á tratar con el Papa y con los potentados de Italia lo que paresció convenir para la seguridad della y para la resistencia y defension contra el dicho turco que por avisos ciertos que ya entonces se tenian se entendia que con muy gran diligencia aparejava y adereçava para venir con todas sus fuerzas por mar y por tierra contra la Xpiandad y hazer en ella y especialmente en los reynos de su Mag.d y principalmente en estos todo el dapno que pudiesse, dado horden en estas cosas su Mag.d con el deseeo que tenia de venir a estos Reynos, aunque el ynvierno estaba muy adelante para poder convinientemente navegar se embarcó y passó la mar con las dificultades que habreis entendido y venido en ellos acordó mandar llamar estas Cortes, assi para entender en dar orden en las cosas que tocan al bien comun, buena gobernacion y reposo dellos segun lo entiende y quiere hazer con verdadera participacion y parecer como por haceros entender como á personas que representais estos reynos y en nombre dellos haveis benido á asistir en ellas y os hallais aqui juntos lo que en la dicha última ausencia suya sea ofrecido y ha passado y el estado en que se hallan los negocios públicos y particulares de su mag.d y las justificaciones y ofrecimientos que por su parte ha hecho para evitar la guerra con el dicho rey de Francia y tener en paz la cristiandad la qual por beneficio della y de sus reynos ha procurado y procura de presente, y endereçara adelante, por todos los medios honestos que se hallaren convinientes, y el peligro que ha llegandose la venida y ynvaxion del dicho turco á la guerra y fuerzas del dicho rey de Francia la amenaza, y principalmente á los reynos de su mag.d y á estos particularmente, la qual evidentemente se conosce será cierta por los grandes aparejos de galeras y armadas de mar y Exercito de tierra que se sabe à cierto que tiene hechos y continua con grandissima diligencia y estudio para lo qual por el dicho Rey de Francia teniendo ambos continua y estrecha inteligencia por sus embaxadores y personas que el uno al otro se han embiado y embian es persuadido solicitado y instado y por la experiencia de las cosas pasadas y presentes se puede tener por cierto que le asistirá y favorescerá y juntarán sus fuerzas contra las de su mag.d y sus Reynos y estados como lo hizieron el año pasado que anduvieron de compañia las galeras del dicho Rey de Francia con las de Turcos y partia en tres y los robos que hacian de cristianos las quales todo este ynvierno han estado y se han entretenido en Marsella y no se deve dubdar que sea para continuar lo mismo en lo venidero juntando y cresciendo mas las fuerzas como lo harán con la venida del dicho Turco para cuya evidencia no es pequeño argumento y confirmacion haber embiado el dicho Turco como pocos dias ha enbió embaxador expreso á la República de Venezia para declararle la hermandad que tiene con el dicho Rey de Francia y su determinacion por su respecto de venir en persona contra su mag.d y sus reinos y requerirla que se declare contra su mag.d amigo del dicho Rey de Francia el qual assi mis

mo la ha hecho muchas veces solicitar para lo mismo y agora al mismo tiempo que el dicho Turco mas expresamente y con mayores offreçimientos y ynstancia y aunque la respuesta de la dicha Republica haya sido la que debia conforme á honestidad y razon y es obligada con la confederacion que con su mag.d tiene hecha que es determinada á observar aquella enteramente, ninguna cossa se debe tener por mas cierta que el uno y el otro hayan de hacer todo lo que les fuere posible para poner y tener á su mag.d en trabajo y necesidad por todos los medios que pudieren para cuyo effecto allende desto el dicho Rey de Francia trae grandes platicas, como siempre las ha traido y tenido assi en Alemania especialmente con los desviados de la ffée como en Suiza y con grisones y en Italia para haber gente y crescer sus fuerzas y emplearlas al mismo tiempo que el Turco en daño de su mag.d y de sus reynos, para divertir las ssuyas y estrecharlo quanto pudiere para prevenir á lo que desea para resistencia y defension de lo qual su mag.d ha mandado proveer que se reparen fortifiquen y provean las fortalezas, plazas y tierras importantes de los reynos de Nápoles y Sicilia. en los quales se expera la primera ynvasion y peligro por causa de la venida de dicho Turco y que demas de la gente que ayen su exército de Lombardia se hagan en estos reynos, nueve mil infantes para enbiar á los dichos reynos y en ellos tanbien se haga la gente de á pie y de caballo que mas fuere necesario allende de la gente de armas ordinaria que ay en Nápoles y assi mismo ha proveido que de Alemania baxen un buen número de alemanes y esté proveido y apercebido otro mayor y mas grande para que habiendo nescesidad se puedan haber todos los que serán menester assí para esto como para engrosar el dicho exercito de Lombardía y alla se les liaga la resistencia y defension y se sostenga la guerra fuera de estos reynos como hasta agora se ha hecho y tan bien ha proveido que el príncipe Andrea Doria con todas las galeras de su mag.d y las que le sirven á sueldo y con otras que se arman de nuevo para cuyo effecto assí en estos reynos como en Napoles, Sicilia y Genova se ha proveido que se armen todas las que se pudieren y tomando y armando todas las naos que parecieren ser necesarias haga lo que viere convenir para la defension y seguridad de los reynos y estados de su mag.d y principalmente destos y daño de los enemigos y assi proveerá todo lo que mas fuere necesario por vias fundencias cada uno de vosotros podra bien considerar los grandes y escesivos gastos que en las dichas empresas y guerras se han hecho que han sido menores que se podrian numerar las quales no se pudieron ynevitablemente exanar y fueron necesarias y forzosas por el beneficio conservacion seguridad y reposo de los reynos y estados de su mag.d y principalmente destos por cuya causa no es necesaria otra narracion de ellos porque la misma notoriedad lo muestra claramente, resta considerar que no bastando las rentas Reales y toda el ayuda y servicio que su mag.d hubo de los dichos sus reynos de Napoles y Sicilia y lo que

destos se le pudo enbiar assi del último servicio y subsidios eclesiásticos y de las órdenes como de las ventas de las rentas Reales fué necesario hacer muchos canbios y assientos de que se debe grandes sumas de dineros y corren muy crescidos yntereses y lo mucho que es menester para cumplir esto y lo que continuamente se gasta y es necesario para sostener el dicho exercito que para el dicho efecto tiene en Lombardia y poner de execucion las dichas provisiones y hacer las que mas combinieren para ocurrir y resistir á los dichos enemigos y defension de sus reynos y pues como sabeis mucha parte de la Renta del patrimonio Real de su mag.d esta vendida y empeñada y aunque de lo que queda se quisiere disponer no se hallaria forma para ello mas suficiente ni conviniente remedio su mag.d os encarga, exhorta y ruega que pensando las dichas necesidades y la cali dad grandessa y ymportancia de dos tan poderosos enemigos y el peligro y daño evidente, que allende de la disminucion de la republica de su mag.d se siguiria á sus reynos y estados si no se proveyesse, en la resistencia, que se les debe hacer y en la provision de las fronteras y gastos ordinarios de estado destos reynos y otros muchos que cada dia se han de ofrescer la cual no se podra hacer si su mag.d no fuese ayudado y socorrido de sus reynos y especialmente destos como siempre lo ha sido con el amor y celo que confia de vosotros para su servicio conservacion y acrescentamiento de su autoridad y reputacion y bien publico destos reynos, pues el servicio que le suelen hacer, no es vastante para lo que es menester y la nescesidad es grande y nueva y assi conviene que sea el remedio y es justo que siendo el daño que se espera comun todos ayuden para ello, mireis, penseis y platiqueis en el medio forma y orden que tenga menos inconvinientes que se debe y conviene dar, para que con el ayuda destos reynos que son el fundamento de todos los otros de su mag.d se pueda proveer y cumplir lo necesario a la conservacion seguridad y honra dellos como está cierto que lo hareis siguiendo lo que siempre estos reinos han hecho en las nescesidades passadas que se le han ofrecido y respondiendo al amor que les tiene y al cuydado que á continuamente tenido y tendra de lo que á su beneficio, tranquilidad y reposo tocare y lo qual entenderá mirará y platicará con vosotros y con la voluntad y cuydado que debe á la gran fidelidad y amor con que siempre le han servido, ordenará y proveerá lo que al servicio de Nuestro Señor y al bien dellos cumpliere.

Congreso de los Diputados.-Códices de las Cortes de Castilla.-Libro de documentos de 1532 á 1576.

DOCUMENTO NÚM. 92.

Convocatoria de las Cortes de 6 de Setiembre de 1538, para dar cuenta de la paz con Francia y poner remedio á las necesidades públicas.

D. Carlos etc. Concejo Justicia, regidores caballeros escuderos, oficiales y omes buenos de la muy noble y leal ciudad de Burgos cabeza de castilla salud y gracia: ya sabeis como en las ultimas Cortes que mandamos celebrar en la villa de Valladolid se os dió razon de todo lo que habia pasado en la jornada de Tunez y de lo que más siguió hasta la vuelta de mí el Rey á estos Reynos y como luego me parti para Monçon à tener las cortes de los Reynos de Aragon desde donde provei todo lo que convino para la resistencia y remedio de la guerra que teniamos con el X.mo Rey de Francia y assi mismo para la defension contra el Turco enemigo comun de la republica cristiana ofreciendo alguna plática sobre ello embiamos Ministros á la frontera de Perpiñan para platicar y tratar della en los del dicho X.mo Rey, como lo hizieron y no se pudieron concertar porque no faltase nada por mi de hazer para este effecto ofreci de tomar el trabajo de pasar en persona amiga para verme con nuestro muy santo padre y por su medio procurar de ver el fin y ansi plugo á nuestro Señor que con intervencion de su Santidad se siguió primero la tregua y sobreseimiento de Guerra por diez años y despues la comunicacion tratamiento demostracion amor confianza y confirmacion de buena paz y amistad que queda entre nos y el dicho X.mo Rey que theneis entendido vuelto agora en estos Reynos haIlando vuestro patrimonio y rentas reales tan gastadas y consumidas por los grandes gastos que los años pasados se han sostenido en defension y conservacion de nuestros estados y cosas sobredichas de manera que sin nuevo remedio no se pueden sostener ni proveer las otras cosas que convienen al bien de la cristiandad habemos acordado á mandar convocar y celebrar Cortes generales para mandar platicar mirar y dar horden en los procuradores del Reyno en su nombre en el remedio que se debe y conbiene para que adelante, se puedan proveer y cumplir los objetos ordinarios del Estado de estos Reynos y de nuestra cassa y los otros nesçesarios al beneficio, defension, conservacion y reposso dellos, y horden las cossas que conbienen al bien comun dellos y beneficio de la cristiandad, por ende por esta nuestra carta os mandamos que luego como fuere notificada juntos en vuestro Concejo y Ayuntamiento segun que lo teneis de uso y costumbre elijais vuestros procuradores de Cortes, personas en quienes concurran las calidades que deben tener conforme á las leyes de nuestros

reynos que cerca de esto disponen á los quales dareis y otorgarcis vuestro poder bastante en la manera que se hace y los embiareis con él para que vengan y se hallen y presenten ante nos en la Ciudad de Toledo, para quince dias del mes de Otubre de este presente año para entender, platicar tratar consentir concluir y otorgar por cortes ambos y en nombre desa ciudad y destos nuestros reynos todo lo que en las dichas Cortes paresciere se resolviere y acordare conbenir con apercibimiento que vos hazemos que si para el dicho termino no embiaredes los dichos vuestros procuradores ó venidos no truxeren el dicho vuestro poder bastante con los otros procuradores destos reynos que para las dichas Cortes mandamos llamar y vinieren á ellas mandaremos concluir y hordenar todo lo que se viere y hubiere de hazer y entendieremos que cumple al servicio de nuestro Señor y nuestro, y bien público de estos nuestros reynos y de como esta nuestra carta os fuere notificada, mandamos á cualquier escribano público que para esto fuere llamado que dé al que os la mostrare testimonio signado con su signo de manera que haga fee. Dada en Valladolid á seis de setiembre de mill y quinientos y treinta y ocho años-Yo el Rey-Refrendada del Comendador Mayor señalada de Guevara y licenciado Hernando Giron.

Congreso de los Diputados.-Códices de las Cortes de Castilla.-Libro de documentos de 1532 á 1576.

DOCUMENTO NÚM. 93.

Convocatoria especial dirigida al arzobispo de Sevilla y demás prelados españoles para las Cortes de 1538.

Al Arzobispo de Sevilla.

Por que siendo venido á estos reynos de la ausencia última que he hecho dellos de que despues de haber proueido lo que convenia para la resistencia y remedio de la guerra que teniamos con el cristianisimo rey de Francia nuestro muy caro y muy amado hermano y tanbien contra el turco enemigo comun de la república cristiana y mediante nuestra pasada para vernos con nuestro muy santo padre y con el dicho cristianisimo rey se siguió la tregua de diez años entre nos y él y despues la comunicacion tratamiento confirmacion de amor paz y buena amistad con que hauemos quedado y esperamos que se continuará placiendo á nuestro señor hallando tan gastado y consumido el patrimonio y rentas destos nuestros reynos para platicar mirar y dar horden como se pueden proveer los gastos ordinarios de nuestra casa y del estado dellos y las otras cosas nescesarias al beneficio defension y reposo dellos que sin nuevo remedio no se

« AnteriorContinuar »