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cortes della por la ciudad de Granada Rui Diaz de Men doza y D. Hieronimo de Montalvo veinticuatros y procuradores de cortes della: por la ciudad de Sevilla Gonzalo de Cespedes veinticuatro y Carlos de Lezana jurado y procuradores de cortes della: por la ciudad de Cordoba Alonso Flores y Juan Perez de Valenzuela veinteicuatros y procuradores de cortes della: por la ciudad de Murcia Fustel de Villanova y Juan de Torres regidores y procuradores de cortes della: por la ciudad de Jaen Cristoval Palomino y Hernan Miria de la Cerda veinticuatros y procuradores de cortes della: por la ciudad de Guadalajara Gaspar Corvalan regidor y Antonio de Torres vecino y procuradores de cortes della por la villa de Valladolid el licenciado D. Pedro de Castilla oidor de la chancillería de Valladolid y el licenciado Agustin Jimenez Ortiz alcalde de la casa y corte de S. M. y procuradores de cortes della: por la ciudad de Salamanca D. Juan Arias Maldonado y el licenciado Juan de Ovalle de Villena regidores y procuradores de cortes della: por la ciudad de Segovia Sancho García del Espinar ý D. Juan de Heredia regidores y procuradores de cortes della por la ciudad de Avila Luis Nuñez Vela y Diego de Tapia regidores y procuradores de cortes della: por la villa de Madrid el doctor D. Iñigo de Cárdenas del consejo de S. M. y Pedro de Medina regidor y procuradores de cortes della: por la ciudad de Cuenca Juan de Montemayor regidor y Andres de la Mota vecino y procuradores de cortes della: por la ciudad de Zamora Bernardino de Mazariegos regidor y Alonso Rodriguez de san Isidro vecino y procuradores de cortes della y por la ciudad de Soria Velasco de Medrano y Gonzalo de Lara vecinos y procuradores de cortes della: por la ciudad de Toro D. Hernando de Borja alferez mayor y D. Juan de Ulloa Pereira regidor y procuradores de cortes della.

Luego incontinente el dicho D. Antonio de Toledo prior de sant Juan caballerizo mayor de S. M. que tenía el estoque, habiéndole dejado á D. Diego de Cordoba

*

Primer caballerizo de S. M. y D. Antonio de la Cueva marques del Adrada mayordomo mayor de la Reina nuestra señora y D. Pedro Fernandez de Bobadilla conde de Chinchon mayordomo del Rey nuestro señor, cada uno por sí hicieron por la órden y forma que los demas el mismo juramento en la dicha cruz y santos evangelios ante el dicho muy reverendo obispo de Segovia y el dicho pleito homenage en manos del dicho Príncipe de Melito, y en señal de la obediencia, reconocimiento y reverencia, sujecion, vasallaje y fidelidad al dicho Príncipe nuestro señor debida, hincadas las rodillas en el suelo cada uno de por sí por la órden que está dicho y segun que van nombrados le besaron la mano.

Hecho que fue lo susodicho luego incontinente subieron al dicho tablado D. Carlos de Guevara regidor de la ciudad de Toledo, y Gonzalo Hurtado jurado y procuradores de cortes della, y hincadas las rodillas en el suelo y poniendo la mano sobre la dicha eruz y santos evangelios hicieron ante el dicho muy reverendo obispo de Segovia el mismo juramento y solemnidad que los demas habian hecho, y á la conclusion dél digeron: si juro y

amen.

Y pasando adonde el dicho Príncipe de Melito estaba, hicieron en sus manos pleito homenage en la forma susodicha, al cual respondieron; asi lo prometo y en sefial de la obediencia, reconocimiento y reverencia, sujecion, vasallage y fidelidad al dicho Principe nuestro sefor debida, hincadas las rodillas en el suelo besaron á S. A. la mano.

Acabado que fue lo susodicho, el dicho D. Diego Hurtado de Mendoza Príncipe de Melito llegó ante el dicho muy reverendo obispo de Segovia y hincadas las rodillas en el suelo y puesta la mano derecha sobre la cruz y santos evangelios hizo el mismo juramento segun que los demas, al cual respondió: si juro y amen. Y levantandose de alli y metiendo las manos entre las del dicho D. Antonio de Toledo prior de san Juan hizo el mismo pleito

homenage, y respondió: asi lo prometo, y pasó al lugar donde el dicho Príncipe nuestro señor estaba, y hincadas las rodillas en el suelo y en señal de la obediencia, reverencia, sujecion y vasallaje à S. A. debida, le besó la

mano.

Luego el dicho muy reverendo obispo de Segovia se levantó de la silla en que estaba y sé quitó la mitra y capa de que estaba revestido, y se puso su vestido ordinario y subió por mandado de S. M. á sentarse en su lugar el muy reverendo D. Gaspar de Quiroga obispo de Cuenca, y el dicho muy reverendo obispo de Segovia hincadas las rodillas en el suelo hizo juramento como los demas en la cruz y santos evangelios que el dicho obispo de Cuenca ante sí tenia, al cual respondió: si juro y amen. Y pasó donde el dicho Príncipe de Melito estaba y fizo otro tal pleito homenage como los demas habian hecho en sus manos, y respondió á él: asi lo prometo; y en señal de la obediencia, reconocimiento y reverencia, sujecion vasallaje y fidelidad á S. A. del dicho Príncipe nuestro señor debida, hincadas las rodillas en el suelo le besó la mano.

Acabado todo lo susodicho el dicho secretario Juan Vazquez de Salazar dijo en alta é inteligible voz á la católica Real Magestad del Rey D. Felipe nuestro señor las palabras siguientes.

V. M. en nombre del serenísimo y esclarecido Príncipe D. Fernando su primogénito hijo, acepta el juramento y pleito homenage y todo lo demas en éste acto hecho en favor del dicho serenísimo Príncipe y pide al secretario y escribano de las cortes que asi lo den por testimonio, y manda que á los prelados, grandes y caballeros que estan ausentes y acostumbran jurar se les vaya á tomar el mismo juramento y pleito homenage, à lo cuaj S. M. respondió: asi lo acepto, pido y mando.

Acabado lo susodicho SS. MM. y AA. se entraron por una puerta que habia en el dicho tablado, y se fueron al aposento que habia en el dicho monesterio, donde

comieron aquel dia, y los dichos prelados, grandes, señores, caballeros y procuradores de cortes se fueron á sus casas, con lo cual se acabó el dicho acto y solemnidad, de que fueron testigos los dichos muy reverendos D. Francisco de Soto de Salazar obispo de Segorbe y D. Juan Dimas Lloriz obispo de Urgel y los dichos licenciado Juan de Ovando y D. Antonio de Padilla y doctor Velasco, y licenciados Pedro Gasco y Juan Diaz de Fuenmayor y Juan Tomas, y doctor Francisco Hernandez de Liebana y Juan Campi y Joannes Sentis y doctor Leonardo de Herrera y Agustin Gesulpho. Y yo el sobredicho Juan Vazquez de Salazar secretario de la dicha católica Real Magestad y su escribano y notario público de su corte, reinos y señoríos, que á todo lo que dicho es presente fui en uno con los dichos testigos y escribano mayor de las dichas cortes, de pedimento y mandamiento de S. M. fice aqui este ini signo en fe y testimonio de verdad Juan Vazquez.

E yo el dicho D. Juan Ramirez de Vargas, escribano mayor de corte y ayuntamiento de estos reinos de S. M. católica, que á todo lo que dicho es fui presente con los dichos testigos y secretario Juan Vazquez, lo hice escribir en estas seis hojas de pergamino de cuero, de pedimento y de mandamiento de S. M. hice aqui mi signo en testimonio de verdad D. Juan Ramirez de Vargas.

Hállase en el archivo secreto del ayuntamiento de Toledo en un cuaderno de pergamino, el cual tiene ocho hojas, las seis útiles. Es dicho cuaderno del tamaño de un pliego de papel comun. Está autorizado.

Bibliot. Real Dd. 147. fol. 18.

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Memorial del reino al principio de las cortes
de 1594-

S. C. R. M.

El reino dice que él se ha comenzado á juntar en estas

y de

cortes conforine á lo que V. M. mandó, con el fin seo que siempre ha tenido de acertar á servir á V. M. concordando su Real servicio con el bien público, y por ser esta la 'mesma voluntad de V. M. como fue servido de dárselo á entender en la provision que se le hizo, en la cual le mandó se tratase dello y de lo que le conviniese, y por conformarse con su pública y urgente necesidad y con las órdenes é instrucciones que sus ciudades le dieron y encargaron, le ha parecido cosa muy importante á su Real servicio y bien universal representarlo luego á V. M.

Como lo hacen diciendo, que los notorios daños y grandes inconvenientes que se siguieron á estos reinos de tan excesivo crecimiento como fue el pasado de dos millones y medio, obligó á V. M. á que en las cortes pasadas les hiciese la merced qué recibieron en la baja de un millon; pero que no ha sido ni es remedio para que cesen los daños de dicho crescimiento, antes la experiencia ha mostrado que son cada dia mayores.

Porque de la grande baja y diminucion á que han venido los tratos y caudales destos reinos y las labranzas y crianzas dellos ha nacido ser imposible que las ciudades y partidos encabezados puedan cumplir el encabezamiento á que estan obligados, como se ha visto y ve cada dia por los acimientos de rentas que algunas de las cibdades y vilas han presentado y van presentando en el consejo de la contaduría mayor de V. M. por donde consta y es no

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