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de los gremios, corriendo el trabajador de un lado para otro en busca del capitalista que le retribuye con el salario, «libremente convenido según la ley, á veces muy dura, de la oferta y la demanda.»>

El período primero comienza en los últimos tiempos de la Edad Media (1), en los que «el gremio se presenta como la asociación obligatoria de todos los que practicaban el mismo arte ú oficio en una localidad», pero redundando en beneficio de los maestros ú oficiales provistos de carta de examen, las principales condiciones de la agremiación, pues <<completamente sometidos á ellos en virtud de contrato, y formando parte de su familia, vemos al aprendiz», primer período de la carrera industrial, que «parecía un modo de dificultar el ingreso en algunos oficios», por los varios recursos á que se apelaba para hacer difícil pasar el aprendizaje; y aunque en condición menos dependiente, pero subordinado también al maestro, se presenta el oficial no examinado, trabajando á jornal ó recibiendo «precio cierto» por una cantidad de una obra, y casi garantido en su ocupación, pues una ley de la Recopilación <prohibió aplicar el agua y la fuerza animal á varios artefactos.>>

«El maestro reunía la doble condición de operario manual y de empresario capitalista»; y si bien por un lado, «para satisfacer los derechos y gastos del examen, montar el obraje y

(1) No obstante esto, las asociaciones de obreros constituídos en gremios ẻ cuerpos, que fueron conocidas en toda Europa con el nombre de cofradías ó hermandades, no fueron una novedad de entonces. «Nacidas en Oriente, se habían propagado estas sociedades por el Imperio romano, quien las legó al morir á los bárbaros y á la Edad Media; y á pesar de prohibirlas ahora Reyes y Concilios, aquéllos por creerlas contrarias à la seguridad pública, éstos por ser las más de ellas logias ó masonerías, propensas al perjurio», tomaron incremento por el rápido desarrollo de la industria, como consecuencia de las Cruzadas, y por la necesidad de amparar los derechos de los agremiados en aquella sociedad tan falta de reposo y de justicia. (Compendio razonado de Historia general, por D. Fernando de Castro, tomo IV, pág. 90.

adquirir las primeras materias, necesitaba algún capital», que le adquiría por el crédito, y «los Reyes, los magnates del Estado y de la Iglesia, los cabildos eclesiásticos y municipales tendían una mano liberal á los jóvenes sobresalientes>>; por otro lado, el rigor de los exámenes para pasar á maestro «quizá se extremara, y aun degenerase en parcialidad, cuando los jueces se elegían por los maestros, naturalmente recelosos de que nuevos y más entendidos rivales mermaran su clientela. A veces se rehusaba la admisión á examen con cualquier pretexto. Por el contrario, la admisión de hijos y yernos de los agremiados se facilitaba de tal modo, que gran parte de nuestra industria llegó á vincularse en determinadas familias», y <«probablemente para que no pasase á otro el establecimiento heredado, confirieron los cordoneros de Madrid á un niño de veintidós meses el título que autorizaba el taller y la tienda.>>

De aquí que la principal ventaja de los antiguos operarios de los gremios respecto de los modernos, que resultaba «de que el aprendiz en lontananza y el oficial en término próximo, divisaban la maestría como remate casi seguro de una regularizada carrera», y de que era la antigua organización de los gremios «un engranaje que concertaba por la esperanza á los oficiales y aprendices con el maestro, y por la utilidad común á los maestros entre sí», quedase muy entibiada por las restricciones para pasar de aprendiz á oficial y de oficial á maestro y por los abusos sostenidos por el interés de clase.

Supuestas estas conculcaciones del Derecho, que no han podido resistir el influjo del principio de igualdad de los inherentes á la persona humana extendido en los tiempos modernos, y admitido, por tanto, que á costa de los más y sobre inicuas prescripciones y abusos punibles se conseguía para unos pocos «la doble condición de operario manual y de empresario capitalista», no convenimos con el Sr. Conde de Torreánaz en que «si las maneras de fabricar se hubiesen estacionado en la Edad Media, poco podrían decir los socialistas contra aquella organización de los gremios»; porque si bien el antiguo

maestro debía saber trabajar y hacerlo en mayor grado y con más perfección que el oficial y el aprendiz, los hechos expuestos por el disertante prueban que no siempre sucedía así, y que entre unos postergados y otros excluídos del ejercicio de la industria, se preparaba el campo para la explotación por los maestros, como por el capitalista moderno, que es contra la que luchan los socialistas.

Y si luego se piensa que «en muchos ramos, si había trabajo para el gremio, le había también para cada uno de sus individuos, pues la organización se encaminaba á repartir por igual la tarea entre todos los asociados», que «éstos se socorrían como hermanos en las enfermedades, y al salir de ellas sin empeños ni deudas, atesoraban de nuevo los sobrantes del salario», y en fin, que en las Ordenanzas de Barcelona se dispone «que, cuando enferme el maestro, los cónsules coloquen al aprendiz, á fin de que no pierda el tiempo, y de que con las ganancias de éste se sostenga y pueda socorrerse aquél», atribuyendo esto á la fe cristiana y al amor al oficio; bueno es volver la vista para neutralizar el efecto del lado de los excluídos del gremio y de los postergados en él, que también eran hijos de Dios, hermanos de los agremiados y agentes dispuestos para el ejercicio de la industria respectiva, con más amor al oficio que los que vivían curtidos en su ejercicio y atenidos á la defensa de los propios intereses con daño de tercero.

Mas no se limitaba á lo dicho el espíritu antijurídico de los gremios, sino que desde el punto en que hubo que «atar los brazos al no agremiado y contener á cada agremiado en el ejercicio de su industria (punto llevado á la exageración, que revelan unos memoriales de los sombrereros de Zaragoza, pidiendo permiso para forrar los sombreros por sí ó por sus mujeres, sin reservar esta operación accesoria al gremio de cordonería»), que «impedir el pase de un oficio á otro y la competencia de los forasteros antes de que llenaran ciertas condiciones», y desde que «el monopolio del trabajo llevaba consi

go el de la adquisición de aquellas materias elementales que sólo pueden utilizarse aplicándolas á determinados usos», de donde resultaba que «señalaba el precio de la mercadería el único comprador», obligando luego al maestro con tienda que comprase cualquier cosa perteneciente al oficio á partirla por lo que costó con sus compañeros, de suerte que no cabía ni aun «entre los agremiados licitación que mejorase la venta», y en fin, desde que «cobraban, además, varios gremios un derecho de visita sobre las materias brutas traídas al mercado»; se violentó más y más el derecho de la personalidad, y por consiguiente, la vida normal del orden económico, que debe de ser ante todo campo libre y abierto á la iniciativa y á la actividad individuales, ya que no completamente abandonado por el Estado, como impulsor de todos aquellos progresos sociales á que no alcanzan por ignorancia ó por falta de medios la aplicación y la energía privadas.

Siguióse de esa serie de limitaciones impuestas á tercero en beneficio de los gremios, que para hacerlas eficaces tuvieron los últimos que subordinarse «á los magistrados municipales ó á los agentes de la Realeza», y así resulta de la historia que, sin duda para asegurar el acierto en las providencias del Ayuntamiento, «en ciertas regiones aparecen ocupando un lugar importante» en aquél, especialmente en las ciudades catalanas, y á la vez la autoridad municipal era «dueña, .... cuando aprobaba las ordenanzas (gremiales), de prescribir la calidad de las materias, la estructura de los aparatos y la forma del artículo.>>

«Centralizada la Administración desde la época de D. Fernando y Doña Isabel, comienzan las pragmáticas que mandan laborear de un modo idéntico y con las propias condiciones á todos los oficios similares en el ámbito de la Monarquía»; llevándose esta tendencia á la uniformidad por parte de aquellos Príncipes al mayor extremo.

Bien se comprende que si en virtud de los privilegios otorgados á los gremios se menoscababa el derecho de terceros,

la

gracias á aquellas disposiciones se anulaba la personalidad del productor, absorbiéndole en el organismo del Estado. Y si en la esfera del trabajo privado, del que se lleva á cabo para satisfacer las necesidades sociales en cada uno de los individuos que las sienten, concertando libremente con ellos el modo y forma de hacerlos, ha de ser director y regulador de la actividad el Estado, ¿qué queda reservado á la libertad del hombre? ¿No es en tal caso un mito su personalidad y el cumplimiento de su misión por él mismo en la vida social?

Y como la verdad es ley de vida, así como el error ley de muerte, resultó de los absurdos jurídicos que implicaba la organización económica que hemos referido, que la industria viviese aprisionada, que el genio del inventor no pudiese tender sus alas, ni acudir el fabricante á las variadas exigencias del gusto y de la moda, y en fin, que «á medida que aumentaron las trabas, decayeron los abrajes de las lanas, sedas y otras materias», como dice el Sr. Conde de Torreánaz.

Lo dicho hasta aquí puede decirse que eran gérmenes de muerte que llevaban en sí mismos los gremios y la industria, bajo su aspecto jurídico; pero al siglo XVII, que había de dar vuelos importantes á las explotaciones industriales y mercantiles, estaba reservado decretar su muerte y provocar la necesidad de que se plantease en el presente el gran problema económico, ó sea, el de las relaciones entre el capital y el trabajo, entre el capitalista y el trabajador.

Prodújose el fenómeno del modo siguiente: «Muchos gobiernos trataban ya entonces de librar á su país de la producción extranjera fomentando la propia, y dándola salida á favor de las compañías de navegación y comercio. Disponía España, para realizar idea tan patriótica, de un Tesoro socorrido ya con los caudales de América, y de un mercado cual no le tuvo ni tendrá allende los mares otra nación del continente. Pero D. Felipe V y sus sucesores se apartaron, en un punto importante, con mayor daño para los gremios, del sistema que seguía la administración de Luis XIV. Esta sólo creó y

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