| Spain, Spain. Ministerio de Ultramar - 1870 - 510 páginas
...españolas, prévio aviso al Cónsul respectivo, si le hubiere , procederán á su extradicion. Art. 51. Todo buque extranjero podrá acogerse á los puertos...será auxiliado por las autoridades españolas. Art. 52. Las autoridades españolas intervendrán en cualquier exceso, desórden ó tumulto ocurrido en... | |
| Cuba - 1881 - 480 páginas
...de acuerdo con lo establecido en los respectivos tratados internacionales, si existiesen. Artículo 49. Todo buque extranjero podrá acogerse á los puertos...forzosa será auxiliado por las autoridades españolas. Artículo 50. Las autoridades españolas intervendrán en cualquier exceso, desorden ó tumulto ocurrido... | |
| Cuba - 1881 - 484 páginas
...internacionales, si existiesen. Articulo 49. Todo buque extranjero podrá acogerse á loa puertos españoles dé Ultramar. El que llegue por arribada forzosa será auxiliado por las autoridades españolas. Artículo 50. IMS autoridades españolas intervendrán en cualquier exceso, desorden ó tumulto ocurrido... | |
| Emilio Bravo - 1889 - 280 páginas
...extradición, previo aviso al Cónsul respectivo, si lo hubiese, ó de acuerdo con lo establecido en los respectivos tratados internacionales si existiesen....podrá acogerse á los puertos españoles de Ultramar. »E1 que llegue por arribada forzosa, será auxiliado por las Autoridades españolas. »Art. 50. Las... | |
| José Raúl Sedano y Agramonte - 1889 - 264 páginas
...los respectivos tratados internacionales si existiese. Art. 49. Todo buque extranjero podrá acojerse á los puertos españoles de Ultramar. El que llegue...extranjero anclado en puerto español cuando crea que pueda afectar á la seguridad interior ó exterior ó á la tranquilidad del territorio. En cualquiera... | |
| Spain - 1906 - 772 páginas
...extradición, previo aviso al cónsul respectivo si lo hubiese, ó de acuerdo con lo establecido en los respectivos tratados internacionales si existiesen....españoles de Ultramar. El que llegue por arribada forzosa sera auxiliado por las autoridades españolas. Art. 50. Las autoridades españolas intervendrán en... | |
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