Febrero, o Libreria de jueces, abogados y escribanos, comprensiva de los códigos civil, criminal y administrativo, tanto en la parte teórica como en la práctica, con arreglo en un todo a la legislación hoy vigente: (1841. IX, 302, 306 p.)I. Boix, 1841 |
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... disposicion última , é imponiéndole el gravámen de restituirlo á otro hijo ó descendiente á cierto tiempo , si despues en el artículo de la muerte dejó simplemente el mismo tercio y quinto á otro hijo , se entiende quitado el gravámen ...
... disposicion última , é imponiéndole el gravámen de restituirlo á otro hijo ó descendiente á cierto tiempo , si despues en el artículo de la muerte dejó simplemente el mismo tercio y quinto á otro hijo , se entiende quitado el gravámen ...
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... disposición úl- tima algun legado á su hijo , é instituyéndole heredero igualmente con los demas , el legado se debe ... disposicion úl- tima ó en contrato , estén en su poder ó fuera de él . Cuando el padre ó la madre mejorare á alguno ...
... disposición úl- tima algun legado á su hijo , é instituyéndole heredero igualmente con los demas , el legado se debe ... disposicion úl- tima ó en contrato , estén en su poder ó fuera de él . Cuando el padre ó la madre mejorare á alguno ...
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... disposicion , parece que nin- guno de los dos ni ambos juntos podrán revocar la mejora , especialmente si entregaron al mejorado la posesion de los bienes de ella ; pero no es así , porque la ley 17 de Toro , que es la citada en el ...
... disposicion , parece que nin- guno de los dos ni ambos juntos podrán revocar la mejora , especialmente si entregaron al mejorado la posesion de los bienes de ella ; pero no es así , porque la ley 17 de Toro , que es la citada en el ...
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... disposicion , tiene lugar en la revocable por contrato , porque son de una misma naturaleza . a 2. El que afirma lá revocacion de una mejora debe probarla , y mientras no se pruebe no se tiene aquella por hecha . SECCION VI Del ...
... disposicion , tiene lugar en la revocable por contrato , porque son de una misma naturaleza . a 2. El que afirma lá revocacion de una mejora debe probarla , y mientras no se pruebe no se tiene aquella por hecha . SECCION VI Del ...
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... disposicion de esta ley se entiende cuando no se hizo pacto de no mejorar , pues habiendo precedido , no puede el abuelo mejorar á sus nietos sin espreso consentimiento de su hijo , en vida ni tampoco despues de su muerte . 1 : SECCION ...
... disposicion de esta ley se entiende cuando no se hizo pacto de no mejorar , pues habiendo precedido , no puede el abuelo mejorar á sus nietos sin espreso consentimiento de su hijo , en vida ni tampoco despues de su muerte . 1 : SECCION ...
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Términos y frases comunes
27 de setiembre abintestato abuelo acreedores ademas adquirido arreglo auto Ayor causa cion citada codicilo coherederos compete contrato cuerpo del caudal curador cuyo debe colacionar debia declarar deducir deja demas derecho descendientes despues deudas difunto disposicion dividir division donacion dote ecsisten efecto enagenar enfiteusis entrega escepto escluye escribano espresa espuesto estimacion estrajudicialmente estraño evacuar fallecimiento Febrero finca Fulano fundador gananciales habia halla heredar herederos herencia hermanos hijos hubiese igual institucion instituido interesados intestado inventario juez juicio juramento laudemios legado legatario legítima legítimos madre magüer manda marido matri mayorazgo mejora modo muerte muger nietos nombre Novis núm obligacion obligado ocultacion otorga padre pagar parafernales parientes particion partidor patria potestad patronato pedimento percibir peritos perjuicio personas pleito poseedor presente procede propio quinto razon Recop revoca sean SECCION segundo matrimonio sociedad conyugal solidum suceder sucesion sucesion intestada tambien tasacion tercio testa testador testamentarios testamento testigos título valuacion vinculados viuda voluntad
Pasajes populares
Página 162 - ... bienes hasta que en última instancia se determinen á su favor en propiedad los juicios pendientes, los cuales deben arreglarse á las leyes dadas hasta este dia 6 que se dieren en adelante.
Página 160 - Quedan suprimidos todos los mayorazgos, fideicomisos, patronatos y cualquiera otra especie de vinculaciones de bienes raices , muebles, semovientes, censos, juros, foros ó de cualquiera otra naturaleza, los cuales se restituyen desde ahora á la clase de absolutamente libres.
Página 168 - ... proporcionalmente la cantidad consignada. Art. 19. Lo mismo se entenderá con respecto á las consignaciones de alimentos que los actuales poseedores deben pagar á los sucesores inmediatos ú otras personas con arreglo á las fundaciones, pactos ó fallos de los tribunales. Art. 20. Quedan derogadas, en cuanto sean contrarias á esta ley la de 9 de junio de 1 835 y cualesquiera otras órdenes ó decretos.
Página 161 - Los poseedores actuales de las vinculaciones suprimidas en el artículo anterior podrán desde luego disponer libremente como propios de la mitad de los bienes en que aquellas consistieren; y despues de su muerte pasará la otra mitad al que debía suceder inmediatamente en el mayorazgo , si subsistiese , para que pueda tambien disponer de ella libremente como dueño.
Página 162 - Los títulos, prerogativas de honor, y cualesquiera otras preeminencias de esta clase que los poseedores actuales de vinculaciones disfrutan como anejas á ellas, subsistirán en el mismo pie y seguirán el orden de sucesión prescrito en las concesiones, escrituras de fundación ú otros documentos de su procedencia.
Página 162 - ... convenios particulares, ó á determinaciones en justicia. Los bienes hasta ahora vinculados , aunque pasen como libres á otros dueños, quedan sujetos al pago de estos alimentos y pensiones, mientras vivan los que en el dia los perciben, ó mientras conserven el derecho de percibirlos, excepto si los alimentistas son sucesores inmediatos , en cuyo caso dejarán de disfrutarlos luego que mueran los poseedores actuales.
Página 162 - También se debe entender que las disposiciones precedentes no obstan para que en las provincias ó pueblos en que por fuero particular se suceden los cónyuges uno á otro en el usufructo de las vinculaciones por...
Página 162 - Entiéndase del mismo modo que lo que queda dispuesto, es sin perjuicio de los alimentos ó pensiones que los poseedores actuales deban pagar á sus madres viudas, hermanos, sucesor inmediato ú otras personas, con arreglo á las fundaciones ó á convenios particulares, ó á determinaciones en justicia. Los...
Página 162 - La parte de renta de las vinculaciones que los poseedores actuales tengan consignada legítimamente á sus mugeres para cuando queden viudas, se pagará á estas mientras deban percibirla , según la estipulación , satisfaciéndose la mitad á costa de los bienes libres que deje .su marido , y la otra mitad por la que se reserva al sucesor inmediato.
Página 165 - ... podrá el poseedor ocurrir á la Autoridad local, y comprobado que en el valor de otra ú otras queda mas de la mitad que le es permitido enagenar, se autorice la venta por el Juez, y se proceda desde luego á ella.