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Libramien.

to.

En 12 de Agosto de 1524 años.

Este dia estando en Cabildo e Ayuntamiento los señores Diego de Ocampo alcalde mayor en esta Nueva España e Gonzalo de Ocampo alcalde en la dicha Cibdad e Diego de Soto e Bernaldino de Tapia e Alonso Xaramillo e Cristobal Flores regidores de pedimento de Francisco Gonzalez pregonero le mandaron librar cinquenta pesos de oro que parecio por los libros de Cabildo (14) que se le señalaron de partido en Cuyuacan (15) por un año con tanto que si de aqui adelante quisyere servir e usar su oficio lo a de hacer syn salario.

Este dia los dichos Señores de pediSalario al Escribano. mento de mi el dicho escribano me señalaron de salario por escribano de Cabildo ochenta pesos de oro por un año los quales mandaron que se me paguen de las penas de camara de que esta hecha merced a la dicha Cibdad e obras públicas por sus tercios para la paga de lo qual se obligaron en nombre del dicho concejo lo qual empieza a correr desde el dia en que fui recivido al dicho oficio.

Lo del fiel.

Este dicho dia los dichos Señores dixeron que por quanto en la ordenanza e pena que les está puesta a los oficiales que llevaren mas de lo que por los dichos aranzeles les esta mandado no se da parte al denunciador a cuya cabsa no se executan muchas penas en que caen e incurren por razon de lo susodicho por tanto que mandaban e mandaron que la dicha pena se reparta en tres partes la una para la Cámara e fisco a la otra para las obras publicas e la tercera para el denunciador.

Este dia los dichos Señores mandaron Portero de Cabildo. señalar e señalaron de salario a Juan Garrido por que tiene cargo de llamar a los regidores e porque ponga la mesa e bancos en que se haga el Cabildo treinta pesos de oro con tanto que por cada dia que faltare no theniendo justa ocupacion le quiten dos pesos de oro el qual dicho salario se le ha de pagar por sus tercios de los propios del dicho concejo.-Diego de Ocampo.-Gonzalo de Ocampo.-Alonso Xaramillo.--Diego de Soto.-Cristobal Flores.

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e pidió por una peticion le señalasen por vecino de esta dicha Cibdad e le hiciesen merced de un solar que esta en una calle trabieza la de Zalapa que ha por linderos de la una parte casas o inorada de Cristobal Rodriguez e a las espaldas la Calle del agua que trabieza la Calle de Zalapa. E por los dichos Señores fue recibido por vecino e le fue hecho merced e dado el dicho solar con tanto que sea syn perjuycio de tercero e conque de las fianzas que se suelen e acostumbran dar en este caso.

Este dicho dia Sebastian de Grijalva Solar. vecino de esta Cibdad dio una peticion le hicieron merced de un pedaso de solar que es entre medias de un solar y casa que era de Alonso de Yrado e de solar de maestre Martin junto al agua. E por los dichos Señores le fue dado syn perjuycio de tercero e no de otra ma

nera.

Este dia Juan Xeres criado de su merced (de Cortés) e vezino de esta Cibdad dio una peticion por la qual pidio le hiziesen merced de un solar que esta en las calles de las canoas que sale a la Plaza e alinda con un solar solia que ser de Francisco Belazquez e agora es de Juan Sanchez el qual dicho solar dixo no estar dado a ninguna persona e por los dichos señores le fue dado syn perjuycio de tercero.-Gonzalo de Ocampo.-Bernaldino Vazquez de Ta pia.-Rodrigo de Paz.

En 26 de Agosto de 1524.

Id.

didas falsas.

Este dia estando en Cabildo e Ayun- Pesas y me tamiento los señores Rodrigo Renjel et Gonzalo de Ocampo alcaldes en esta Cibdad e Rodrigo de Paz e Diego de Soto e Bernaldino de Tapia e Alonso Xaramillo regidores para platicar en las cosas complideras al servicio de Dios e de su magestad e al bien e pro comun de esta Cibdad e de los vecinos e moradores de ella dixeron que porque algunas personas tienen pesas varas e medidas falsas que se les ymponga la pena o pena que se les ha de llevar e a quien e como se ha de aplicar e haviendo sobre ello altercado mandaron que qualquiera persona en cuyo poder se hallare pesas o medidas falsas por la primera vez aya e incurra en pena de medio marco de oro la tercia parte para la Camara e las otras tercias partes para el acusador e juez e por la segunda la pena doblada repartida en la misma manera e la tercera cient azotes.

Este dia los dichos Señores señalaron

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Id.

Id.

Id.

Este dia de pedimento de Martin de Espinosa (17) e por consentimiento de Juan de Cuellar los dichos señores hicieron merced al dicho Espinosa de un solar que por una peticion pidio le diesen como a primero conquistador el qual es en esta dicha Cibdad de la una parte solar de Andres de Rosas e de la otra solar de Anton Bravo espadero el qual dicho solar le dieron syn perjuyzio de

tercero.

Este dia Hernando de Salazar, dio peticion por la qual pidio le recibiesen por vecino y le hiciesen merced de un solar que es en esta dicha Cibdad detras de las casas de Alonso de Grado ques es al presente hospital que alinda con un solar que se dio a Sebastian de Grijalva. E por los dichos Señores fué recibido por vecino e le dieron el dicho solar syn perjuycio de tercero.

Este dia Gonzalo de Riobo dio una peticion por donde pidio lo recibiesen por vecino e le hiciezen merced de un solar que es en la calle de Yztapalapa que a por linderos de la una parte solar de Rodrigo de Paz e de la otra de Jorge de Alvarado. E por los dichos Señores fue recibido por vecino e le fue dado el dicho solar syn perjuycio de

tercero.

Este dicho dia Juan Martin de Tiemblo dio una peticion por la cual pidio lo recibiesen por vecino e le hiciesen merced de un solar que es en esta dicha Cibdad en la hazera de Alonso de Avila que alinda con solar de Hernando de Xerez e con la calle del agua que sale a la casa del contador. E por los dichos señores fue recibido por vecino e 'le dieron el dicho solar syn perjuycio de tercero.-Gonzalo de Ocampo.Rodrigo de Paz.-Bernaldino Vazquez.-Alonso Xaramillo.

En viernes 9 de Setiembre de 1524 años (18).

Este día estando en Cabildo los Seño

res Gonzalo de Ocampo alcalde de esta Cibdad e Rodrigo de Paz e Bernaldino Vazquez de Tapia e Alonso Xaramillo regidores de pedimento del dicho Rodrigo de Paz le recibieron por vecino e le dieron por solar un solar que era de (lo dejó en blanco el escribano) Esturiano que a por linderos de la una parte sclar de (nada más se puso).

Este día los dichos señores de pedimento de Rodrigo Renjel alcalde en esta dicha Cibdad le señalaron é hicieron merced de un pedazo de tierra para una huerta de cien pasos en ancho e ciento e cinquenta en largo yendo por la calzada que va de esta Cibdad á Tacuba a la mano derecha desde un arbol que el señor Gobernador señaló.

Este dicho día de pedimento de Rodrigo de Paz los dichos Señores le señalaron é hicieron merced de otro pedazo de tierra en la dicha calzada de Tacuba de los dichos cient pasos en ancho e ciento e cinquenta en largo.

Este dicho dia de pedimento de Bernaldino Vazquez de Tapia los dichos Señores le señalaron e hicieron merced de otro pedazo de tierra en la dicha calzada de Tacuba del dicho anchor e largo.

Solar.

Huerta.

Id.

Id.

Este dicho dia de pedimento de Medida Alonso Xaramillo e de Cristobal Flores e de mi el dicho escribano los dichos Señores señalaron e hicieron merced de sendos pedazos de tierra para sendas huertas en la dicha calzada de Tacuba de los dichos cient pasos en ancho e ciento e cinquenta en largo las quales dichas huertas dixeron que para mañana sabado fuesen a medir e meter en la posecion de ellas a cada uno de los susodichos.

E despues de lo susodicho sabado diez dias del dicho mes de Setiembre e del dicho año los señores Gonzalo de Ocampo alcalde en esta dicha cibdad é Bernaldino Vazquez de Tapia e Cristobal Flores é Alonso Xaramillo regidores por ante mi el dicho escribano fueron á la dicha calzada de Tacuba é desde un arbol que está señalado de dos cuchilladas que dixeron los dichos Señores que el Señor Governador avia mandado señalar para las dichas huertas empesaron a nombrar e señalar las dichas tierras de los dichos cient pasos en largo e ciento e cinquenta en ancho cada una desde el dicho arbol adelante de las quales se echaron suertes e cupo la primera junto con el dicho arbol hazia la Cibdad al dicho Bernaldino Vazquez de Tapia e la segunda junto con ella á Rodrigo de Paz e la tercera

Id.

Posesion. al dicho Rodrigo Ranjel e la quarta a Cristobal Flores e la quinta al dicho Alonso Xaramillo en las quales el dicho Señor alcalde Gonzalo de Ocampo en nombre del dicho cabildo los metyo en la posesyon e los presentes por los ausentes la tomaron e en señal de posesion arrancaron de las yervas que es tavan en los dichos sitios syn contradicion de persona alguna e lo pidieron por testimonio.

Huerta.

Id.

Huerta.

Solar.

Este dia de pedimento de Bernaldino de Santa Clara que presente estava los dichos Señores alcalde e regidores le señalaron e hicieron merced de otro pedazo de tierra de la manera susodicha linde con la de dicho Alonso Xaramillo asia la Cibdad en la qual el dicho Señor alcalde le metió en la posesion el qual la tomo e arranco de las yervas que ende estavan e lo pedió por testimonio.

E luego yncontinente los dichos señores señalaron a mi el dicho escribano la suerte e pedazo de tierra de que me avian hecho merced de los dichos cient pasos en ancho e ciento e cinquenta. en largo linde del dicho Bernaldino. Vazquez de Tapia por la cabezada de arriba e el dicho Señor alcalde Gonzalo de Ocampo en nombre del dicho Cabildo me metyo en la posesion de ella en señal de lo qual arranque de las yervas que ende estaban.

Las quales dichas suertes de tierra se tienen de medir los dichos cient pasos por la dicha calzada e los ciento e cinquenta por la tierra adentro.-Gonzalo de Ocampo.-Alonso Xaramillo.Diego de Soto.

En viernes 16 de Setiembre de 1524. Este dia estando en Cabildo e Ayuntamiento los dichos Señores Gonzalo de Ocampo alcalde en esta Cibdad e Diego de Soto e Alonso Xaramillo e Cristobal Flores e Bernaldino Vazquez de Tapia regidores por ante mi el dicho escribano de pedimento de Diego de Soto le señalaron e hizieron merced de un pedaso de tierra de los dichos cient pasos en ancho e ciento e cinquenta en largo de la manera susodicha en la di cha calzada de Tacuba linde con la huerta que le esta dada a Rodrigo de Paz por la cabezada de arriba.

De pedimento de Diego de Soto los dichos señores le hizieron merced de un solar que es en la calle de Tacuba que estava dado a Rivero platero que se va a Castilla con que el dicho Rivero lo aya por bien que se le de e por quanto el dicho Rivero lo traspaso a Juan de

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Este dia los dichos Señores hicieron Huerta. merced á Pedro Sanchez Farfan de un pedazo de tierra para una huerta de la manera que se a dado a los otros a la cabezada de Rodrigo Rangel alcalde.

de huertas

Este dia mandaron los dichos Señores Medida que los pasos que se medieren para las dichas huertas sea cada paso de tres pies de un hombre convenible por manera que los dichos cient pasos an de ser trezientos pies e los ciento e cinquenta cuatrocientos e cinquenta pies e cometieron para lo ir á medir á Alonso Xaramillo e a Cristobal Flores regidores.

Este dia los dichos Señores de pedi- Solar. mento de Leonardo de Villa Felix le hicieron merced de un solar que solia ser de Juan Ximon Genoves por quanto parecio que el dicho Juan Ximon ovo por bien de se le dar sin perjuycio de tercero e le mandaron dar el titulo de el.

Este dicho dia ante los dichos Señores Palacios Ruvios paje de cámara del señor Governador dio una peticion por la qual pidio le hiciese merced de un solar que esta a las espaldas de Andres Nuñez vecino de esta Cibdad e por los dichos Señores le fue dado sin perjuycio de tercero.

Este dicho dia Gaspar de Tarifa dio una peticion por la qual pidio le hiciesen merced de un solar que esta cabo el tianguis de Juan Belazquez en la calle de Benito de Bejel lindero de un solar de Hernando Burgueño e de Juarez el barbudo que dixo no estar dado a ninguna persona e por los dichos Señores le fue hecha merced del dicho solar syendo syn perjuycio de tercero.

Este dia ante los dichos señores dió una peticion Alonso de Valencia por la qual pidio que le hiciesen merced de un solar de Alonso

(en blanco) el platero que se va a los reynos de Castilla que es linderos de la una parte solar de Juan de Salcedo el romo e de la otra Villafuerte (19). por quanto le avia comprado lo que en el estava ed ficado e por ser como es vecino e conquistador e por les dichos señores justicia e regidores aviendo con

Id.

Id.

Id.

Solar

sideracion a lo susodicho e como el dicho Alonso de Valencia es hombre pobre dixeron que le hazian e hizieron merced de el e se lo mandaron dar syn perjuycio de tercero.

Este dicho dia ante los dichos Señoseruydo. res dio una peticion Juan de Burgos vecino de està dicha Cibdad por la qual pidio le hiziesen merced de le dar por servido el solar de sus casas que alindan de la una parte con solar de Alonso de Estrada thesorero de su magestad e de la otra con casas e solar de Francisco de Sta. Cruz. E por los dichos Seño. res le fue hecha merced de se le dar el dicho solar por servido atento que es de los primeros conquistadores.

Huerta.

Id.

Huerta.

Este dicho dia Cristobal Martin de Gamboa dio una peticion ante los dichos. Señores por la qual pidio le hiziesen merced de le mandar señalar un pedazo de tierra como se da e señala a los otros vecinos de esta Cibdad para una huerta e para tener su grangeria de aves. E por los dichos Señores por ser de los primeros pobladores e conquistadores de esta Nueva España le hizieron merced de una suerte de tierra a la cabezada de la que esta dada a Cristobal Flores del anchor e largor que a los otros vecinos esta dado.

Este dicho dia de pedimento de Hernand Gutierrez de Salamanca los dichos Señores le hicieron merced de un pedaso de tierra para una huerta de la manera susodicha a la cabezada de la que esta dada a Bernaldino de Sta. Clara-Rodrigo Renjel.-Gonzalo de Ocampo.-Diego de Soto.-Bernaldino Vazquez de Tapia.-Cristobal Flores.-Alonso Xaramillo.

En viernes 23 de Setiembre de 1524 años.

Este dia estando en Cabildo e Ayuntamiento los Señores Rodrigo Renjel e Gonzalo de Ocampo alcaldes en esta dicha Cibdad e Diego de Soto e Bernaldino Vazquez de Tapia e Alonso Xaramillo e Cristobal Flores regidores de pedimento de Sebastian de Grijalva vecino de esta dicha Cibdad le señalaron una suerte de tierra para una huerta a la cabezada de la que esta dada a Alonso Xaramillo de la manera que esta dada a los otros vecynos.

En viernes 30 de Setiembre de 1524 años.

Este dia estando en Cabildo e Ayuntamiento los Señores Gonzalo de Ocam

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En viernes 7 de Octubre de 1524 años.

Huerta

Este dia estando en Cabildo e Ayun- seruyda tamiento los señores Gonzalo de Ocampo alcalde en esta Cibdad e Bernaldino Vazquez de Tapia regidor de pedimento de los dichos señores e de Cristobal Flores regidor en esta dicha Cibdad se dieron por servidas las huertas que les estan señaladas habiendo consideracion que an servido e syrven en el dicho Cabildo syn salario e mandaron que se diese título de ellas a cada uno de los dichos.

Este dicho dia de pedimento de Pedro Sanchez Farfan mayordomo de el concejo de esta dicha Cibdad le hizieron merced de la suerte de tierra que le esta señalada de se le dar por servida atento lo que esta tierra ha servido.-Gonzalo de Ocampo-Bernaldino Vazquez de Tapia.-Cristobal Flores.

En viernes 4 de Noviembre de 1524 años. (21.)

Id.

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Ordenanzas cierta ordenanza para que ninguna permercaderes. Sona que tuviese tienda de comprar e

sobre

bender no comprase de ningund estrangero en esta Cibdad con veynte leguas a la redonda en ningund tiempo so pena que perdiese lo que asy comprase e por quanto la dicha hordenanza es odiosa a los dichos mercaderes e a las personas que se van de esta Cibdad e tyenen necesidad de vender algunas 10pas e otras cosas que tienen por tanto que enmendando la dicha hordenanza e ordenaron e mandaron que cada e quando de los puertos de esta Nueva España e de otras qualesquiera partes binieren mercaderes a esta Cibdad o otras qualesquiera personas que an de bender algunas mercadurias en ella sean obligados a luego que a esta dicha Cibdad llegaren a aser apregonar publicamente las dichas mercaderias que asi quisieren bender para que los vecinos de la dicha Cibdad las puedan comprar libremente para provision de sus personas e casas en lo

que ovieren menester dentro de diez dias sy fueren las tales mercaderias de calidad que no sean para comer o bever tengan de termino los dichos vecinos para las comprar e bastecer sus casas termino e espacio de cinco e mandaron los que dichos terminos corran e se cuenten desde el dia que se mandaren apregonar las dichas mercaderias e no antes e dieron poder e facultad á todas las otras personas vecinos estantes e abitantes en la dicha Cibdad para que pasados los dichos terminos puedan libremente comprar las dichas mercaderias syn pena alguna aunque sean de las personas proybidas por la ordenanza de que de suso se hace minsion quedando aquella en lo demas tocante a las dichas penas en ella contenidas en su fuerza e vigor e mandaronlo apregonar publicamente.-Alonso de Estrada.Licenciado Suazo.-Rodrigo de Albor noz.-Bernaldino Vazquez de Tapia. -Alonso Xaramillo.-Rodrigo de Pregon. Paz.-Pregonose este dicho dia en la plaza por boz de Francisco Gonzalez pregonero en haz de mucha gente que ende estaba.

Merced

Este dia los dichos Señores ordenade penas ron e mandaron que por quanto su ma

de camara. gestad tiene hecha merced a esta Cibdad

de las penas de la Cámara por cierto tiempo e en cierta forma que parece por sus reales provisyones de que hay necesydad se entienda con mucha diligencia en aber e averiguar las dichas penas ansy por los procesos e condenaciones que de ellas estan echas como por todos los registros e protocolos que

de penas

han tenido e tienen los escribanos ante Merced quien an pasado las dichas condenacio- de camara. nes de los tiempos pasados e de los que estan por venir e por todo el tiempo. que la dicha merced durare por tanto que para aberiguacion e liquidacion de las dichas cuentas e para saber verdaderamente el cargo que de ellas se debe de hazer a la persona que en nombre de su magestad o de esta Cibdad por virtud de la dicha merced las deba aver e tener en su poder para las gastar e acudir con ellas segund e como su magestad lo manda que nombraban e nombraron para lo que dicho es a Rodrigo de Paz regidor e vecino de la dicha Cibdad para que por sy e por la persona que para ello pusiere pueda informarse de todas las dichas penas pertenecientes a la dicha camara valor e cantydad de ellas hasyendo ynquisicion de todos los registros escripturas e todos los pro. tocolos e condenaciones en que se hallaren en fanera que no pueda aver yerro ni otra encubierta alguna e asy acabadas e fenecidas las dichas quentas como dicho es con el cargo que montaren e se pudieren hazer de todas ellas traiga relacion cierta e verdadera a este Cabildo ante la justicia e regidores de el para que en todo se provea como su magestad lo manda e se puede gozar de la dicha merced en aquellos usos provechosos e utilidades que redundaren en sus reales rentas e en todo aquello que toca e atañe a la dicha merced e bien de la tierra a quien fue echa para lo qual todo se le da poder al dicho Rodrigo de Paz

E luego yncontinente en cuanto toca al cobrar de las dichas penas de aqui adelante eu tanto quanto la dicha merced durare hordenaron e mandaron se guarde en todo el capítulo de los corregidores que habla en razon de la cobranza que se a de hacer de las dichas penas para que aya en ellas la razon que en tal caso se requiere e añadieron que los Escribanos que en esta Cibdad uviere e cada una de ellos tengan libros particulares en que aya razon e quenta de las condenaciones que ante ellos pasaron por qualquier juez o alcalde que las sentenciare e el tal escribano ante quien pasare la dicha condenacion haga luego cargo de la cantydad de la dicha sentencia que se aplicare a la dicha Camara e obras publicas al escribano de concejo el qual tenga cargo de cobrar todo aquello de que le fuere echo el dicho cargo e tenerlo de manifiesto e en deposyto para acudir con todo ello a la persona que por el dicho cabildo le

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